El acusado cumplirá 15 años de prisión efectiva por hechos de abuso en perjuicio de una menor. Los hechos ocurrieron en 2018, cuando aprovechando la confianza de la familia, acompañaba a la menor a realizar compras y la sometía sexualmente usando distintos métodos intimidatorios.
La fiscal penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrín, representó al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio de ese distrito en la audiencia de debate contra Víctor José Rueda por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido con arma y por el número de participes reiterado bajo una misma unidad de acción en perjuicio de una menor de edad.
La denuncia fue realizada por la madre de la menor en julio de 2018, al tomar conocimiento de que su hija había sido abusada sexualmente por un amigo de la familia en el que habían depositado confianza para que la acompañara a realizar compras.
Los actos de abuso se sucedieron entre abril y junio de ese año y para perpetrarlos, habría empleado distintos medios intimidatorios como amenazas con arma blanca.
El juez Fabián Fayos, tras los alegatos de las partes, hizo lugar al pedido de la fiscal y lo condenó a la pena de 15 años de prisión efectiva y en el mismo fallo, ordenó que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
Iván Olivares fue imputado por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo con motor y por haberse dado a la fuga y no socorrer a la víctima. Se trata del empleado de un taller mecánico que con el vehículo de un cliente, embistió a una motocicleta y se dio a la fuga. Uno de los ocupantes del rodado falleció luego por las lesiones sufridas.
El hecho ocurrió el 17 de agosto pasado alrededor de las 5 de la mañana, cuando Miguel circulaba como acompañante en una motocicleta por la intersección de las calles Lavalle y Alvear de la ciudad de Orán y fueron embestidos por un vehículo que luego se dio a la fuga.
La víctima ingresó al hospital local con un grave diagnóstico ya que presentaba fracturas múltiples de los huesos del cráneo y otras lesiones cerebrales de consideración y falleció el día 23 de agosto.
Los investigadores hicieron un minucioso trabajo de análisis de cámaras de seguridad y pudieron identificar al vehículo embistente como una camioneta importada que había sido dejada para reparación en un taller mecánico.
Se logró identificar al empleado que la había conducido el día del hecho y tras corroborar que un fragmento de óptica que había quedado en la escena se correspondía con el faltante en el vehículo, fue aprehendido y se solicitó su detención.
Desde la Fiscalía se solicitó que se mantenga su detención mientras se completan diversas pericias y diligencias solicitadas.
Un hombre fue condenado a 12 años de prisión efectiva por actos de abuso sexual en perjuicio de su hija entre julio de 2017 y enero de 2018. La denuncia la realizó la madre de la menor. Será registrado en el Banco de Datos Genéticos.
La fiscal penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrin, representó al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio de ese distrito en la audiencia de debate contra un hombre acusado del delito de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por el vínculo, la guarda y la convivencia reiterados bajo una misma unidad de acción en concurso real en perjuicio de su hija.
La denuncia la realizó la madre de la menor al tomar conocimiento de que su marido sometió sexualmente a su hija menor de edad, entre julio de 2017 y enero de 2018 en la vivienda familiar, aprovechando su ausencia por razones laborales.
El Tribunal compuesto por los jueces Edgardo Laurencia, Raúl López y Héctor Fayos, lo condenó a la pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo y en el mismo fallo, ordenó que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
El empleado de un taller mecánico fue aprehendido anoche tras ser identificado como quien conducía un vehículo que protagonizó una colisión con una motocicleta, cuyo conductor falleció tras permanecer internado. Tras el hecho permanecía prófugo y con el análisis de cámaras de seguridad de la zona, se pudo individualizar al vehículo.
La fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Orán, Claudia Carreras, informó que en el marco de la investigación que lleva adelante tras el fallecimiento de Juan Alberto Miguel de 36 años tras un siniestro vial ocurrido el 17 de agosto pasado, se produjo la aprehensión del conductor del vehículo que lo embistió y se dio a la fuga.
El hecho ocurrió alrededor de las 5 de la mañana de ese día, cuando Miguel circulaba en una motocicleta por la intersección de las calles Lavalle y Alvear de la ciudad de Orán y fue embestido por un vehículo que luego se dio a la fuga.
La víctima ingresó al hospital local con un grave diagnóstico ya que presentaba fracturas múltiples de los huesos del cráneo y otras lesiones cerebrales de consideración y falleció días después.
Los investigadores hicieron un minucioso trabajo de análisis de cámaras de seguridad y pudieron identificar al vehículo embistente como una camioneta importada que había sido dejada para reparación en un taller mecánico.
Se logró identificar al empleado que la había conducido el día del hecho y tras corroborar que un fragmento de óptica que había quedado en la escena se correspondía con el faltante en el vehículo, fue aprehendido y se solicitó su detención.
Carreras adelantó que será imputado en las próximas horas por el delito de homicidio culposo agravado y espera los resultados de las distintas medidas solicitadas tras el siniestro.
Un hombre fue condenado en Orán por realizar tocamientos en forma reiterada de su cuñada menor de edad. Los hechos eran reiterados y el acusado aprovechaba la situación de convivencia.
La fiscal penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrin, representó al Ministerio Público ante la Sala I del Tribunal de Juicio de ese distrito en la audiencia de juicio abreviado en contra de un hombre mayor de edad, acusado de los delitos de abuso sexual simple reiterado y abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real.
El acusado convivía con la familia de su pareja y aprovechando esta situación, sometía a la menor a continuos tocamientos que vulneraban su integridad sexual. Al tomar conocimiento la madre de la víctima, realizó la denuncia.
Con la conformidad de las partes, el juez Edgardo Laurenci, tras recibir la confesión del acusado y la aceptación de los hechos imputados, lo condenó a la pena de 5 años y 6 meses de prisión efectiva y en el mismo fallo, ordenó que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
La fiscal penal 3 de Orán, Mónica Viazzi, investiga el robo calificado por uso de arma cometido en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán el jueves 15 del corriente. Hubo doce allanamientos y hay cinco detenidos.
El hecho ocurrió el jueves pasado, en un domicilio de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, donde bajo la modalidad de “entradera”, una mujer y su hijo fueron abordados cuando ingresaban al garaje, por tres personas encapuchadas que portaban armas de fuego. Los obligaron a entrar a la vivienda, para luego llevarse un monto estimado en tres millones de pesos.
La investigación se profundizó a partir del hallazgo de dinero en tres domicilios de los doce allanados. Hasta el momento, no se encontraron las armas.
Hay cinco personas detenidas, de las cuales una sería la que aportó los datos para acceder a la vivienda de la familia de comerciantes de la zona.
La investigación contó con la colaboración de la Brigada de Investigaciones de Orán, y los allanamientos, con el aporte de la Unidad Regional 2 de la Policía de la Provincia y la asistencia del jefe de investigaciones de la Policía, Emilio Albornoz.
Un hombre de 44 años fue condenado a la pena de 15 años de prisión por un hecho ocurrido en el mes de julio de 2018, cuando raptó a una niña de 5 años del barrio 2 de Abril de Orán y abusó sexualmente de ella. Fue encontrado en su vivienda junto a la menor y se pudo comprobar que la motocicleta en la que se desplazaba era robada.
La fiscal penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrin, representó al Ministerio Público ante la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán en la audiencia de juicio abreviado contra Javier Víctor Jerez de 44 años, imputado por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, rapto agravado de menor de 13 años, robo simple y tentativa de robo agravado por el uso de arma en concurso real.
Las niñas dieron aviso de lo sucedido y una vecina llamó a la Policía, desde donde se montó un operativo cerrojo en procura de localizar a la menor. La Brigada de Investigaciones de Orán, a cargo de las pesquisas, llegó por la tarde a una vivienda de Hipólito Yrigoyen, donde encontraron al acusado en su interior y a la niña desaparecida.
Cabe señalar que Jerez presenta antecedentes delictivos de delitos contra la propiedad y que la moto en la que se desplazaba al momento del hecho, era robada y tenía pedido de secuestro.
El juez Mario Maldonado, luego de recibir su confesión y la aceptación de los hechos, lo condenó a la pena de 15 años de prisión efectiva, lo declaró reincidente y en el mismo fallo, ordenó que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
Es para que no escape ni presione a la víctima ni testigos. La fiscal penal de Violencia de Género y Delitos contra la Integridad Sexual de Orán, María Soledad Filtrín, apeló la resolución del juez de Garantías 1, Francisco Oyarzú, mediante la cual el juez otorgó el arresto domiciliario al acusado Ramón Rodríguez, el pasado 31 de julio. La Fiscal pide que el acusado espere en prisión el juicio, cuyo requerimiento elevó el 6 de agosto pasado.
En su apelación, la Fiscal recordó que las piezas de convicción obrantes en el legajo de investigación permiten arribar a “un estado cercano a la verdad real sostenida desde la imputación, y a un debilitamiento de una eventual hipótesis de absolución”, al momento de llegar a juicio. Y máxime teniendo en cuenta que el 6 de agosto pasado se formuló el requerimiento a juicio. En consecuencia, dijo Filtrín en su apelación, “no es suficiente argumento para hacer lugar a la medida pedida por la defensa (en alusión a la prisión domiciliaria), que no exista peligro de fuga o de entorpecimiento para la causa por parte del imputado, toda vez que no debe perderse de vista que el delito que se le atribuye a Rodríguez, es grave: abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes”, que prevé una pena mínima de 8 años de prisión.
En la misma apelación, la Fiscal advirtió que Rodríguez podría eludir el accionar de la justicia o trasponer las fronteras, (dada la cercanía con Bolivia). Y alertó que el imputado podría entorpecer la causa a través del ejercicio de presión a la víctima y sus allegados; más aun teniendo en cuenta la función pública que ejercía antes del proceso, ya que fue concejal. De hecho, como no detenta ese cargo, la falta de arraigo laboral acrecienta el peligro de fuga.
El mismo entorpecimiento podría ocurrir si frustrara medios de pruebas ante la posible influencia en la victima y los testigos. La Fiscal también mencionó que el juez “no impuso al acusado la obligación de abstenerse de ejercer hechos de violencia por sí o por terceros, mediante el empleo de medios digitales, telefónicos y otros”.
Entre otros argumentos y tras citar abundante jurisprudencia que avala su pedido, la Fiscal destacó la contradicción en la que incurrió el magistrado cuando expresó que “no existe peligro de entorpecimiento ni de fuga” y luego agregar que: “es posible neutralizar un potencial peligro de fuga con la medida que aquí se despacha”.
Y también, consideró que los recaudos adoptados por el juez, no resultan efectivos porque dispuso una consigna policial fija tendiente a reforzar una debilidad que pueda derivarse de una tobillera electrónica ante una falla de conectividad, ya que es sabido que el personal policial en la ciudad es escaso y hay antecedentes que confirman que es imposible materialmente abarcar los servicios de custodia de manera efectiva y eficaz.
En ese sentido, Filtrín recordó que así sucedió en la causa contra Víctor Andrés Areco, acusado de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma y abuso sexual reiterado en concurso real, que fue tramitada por el mismo juez y quien también benefició al acusado con arresto domiciliario. Ese arresto domiciliario también fue apelado por la fiscal Filtrín, a quien dio la razón el Tribunal de Impugnación, que decidió revocar la domiciliaria de Areco. Sin embargo, Areco sigue prófugo.
Un hombre fue condenado a 12 años de prisión en Orán por abusar sexualmente de su hermana en un número indeterminado de veces, desde que ésta tenía 7 años y hasta los 13, que huyó de la casa donde convivían. Al quedar huérfanos, la había reconocido como hija. La fiscal había solicitado la pena de 15 años en los alegatos.
La fiscal penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrin, representó al Ministerio Público ante la Sala I del Tribunal de Juicio de ese distrito en la audiencia de debate contra un hombre acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por la situación de convivencia preexistente reiterados y bajo una misma unidad de acción en perjuicio de su hermana menor de edad.
La denuncia fue radicada en junio de 2018 por una hermana de la adolescente al tomar conocimiento de lo ocurrido.
Relata la denunciante que la víctima huyó de la casa donde vivía con un hermano mayor, (quien la había reconocido al quedar huérfanos) y se fue a vivir con ella y su esposo. Ante una inconducta de la adolescente, la mujer la amenazó con devolverla con el otro hermano y fue ahí que le contó que éste abusaba de ella desde que tenía 7 años y en forma periódica.
El juez Edgardo Laurenci lo condenó a la pena de 12 años de prisión efectivay ordenó en el mismo fallo que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
La fiscal penal de Violencia de Género y Delitos contra la Integridad Sexual de Orán, María Soledad Filtrín, requirió juicio oral y público contra Ramón Isauro Rodríguez y Claudio Sánchez, ambos acusados de supuesto abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes, en perjuicio de una mujer. En su requerimiento, la fiscal mencionó el “antojadizo” fundamento del juez interviniente para no otorgar una prórroga del plazo de investigación preliminar solicitado por la fiscalía.
El pedido de requerimiento a juicio hecho por la fiscal penal de Violencia de Género y Delitos contra la Integridad Sexual de Orán, María Soledad Filtrín, ante el juez de Garantías 1, Francisco Oyarzú, menciona que pese a que la Fiscalía efectuó la solicitud de prórroga de la Instrucción Preliminar, en tiempo y en forma, el 12 de junio pasado; el juez se pronunció el 30 de julio siguiente, (es decir, un mes y dieciocho días después), “bajo el antojadizo y aparente fundamento de una interpretación sistemática, haciendo distingos que la ley no formula en el art. 256 del Código Procesal Penal, el cual bajo ningún punto de vista demanda que la última declaración del imputado sea motivada en una nueva imputación, -máxime teniendo en cuenta que fue a instancia de la defensa su realización-, apartándose de los términos procesales para emitir decisorio (art. 213 del C.P.P)”.
Y agrega que sin perjuicio de ello, “el Ministerio Público acude a formular acusación en contra de los acusados”. De las constancias que surgieron de la causa, la Fiscal adelantó opinión con mérito incriminador hacia Ramón Isauro Rodríguez y Claudio Alberto Sánchez, ambos de 29 años, por la presunta comisión del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes. Según la denuncia de la madre de la víctima y ratificada luego por la mujer de 22 años, Rodríguez habría abusado sexualmente de la joven la mañana del 2 de febrero pasado, después de trasladarla en una camioneta junto “a un amigo”. La mujer se defendió y pudo abrir la puerta del vehículo y salió corriendo. Fue auxiliada por transeúntes, hasta el arribo de personal policial. Por su parte, el amigo del acusado no solamente detuvo la marcha del vehículo, sino que presenció el hecho, pero no hizo nada para repeler la acción, sostiene el escrito.
En el extenso pedido de elevación a juicio, constan la primera denuncia realizada por la madre de la víctima, la denuncia de la propia víctima y su testimonio, las declaraciones testimoniales de testigos, las pericias e informes policiales sobre cámaras de seguridad, inspecciones oculares y recorrido realizado por especialistas de la División Criminalística, el informe médico del CIF sobre el examen realizado a la víctima y los informes psicológicos de los acusados y la víctima. Sobre el último informe, las responsables señalaron que “no advirtieron indicadores de fabulación o mendacidad, no se observan indicadores psicopatológicos que impidan comprender el proceso que se lleva a cabo y sí indicadores de posible abuso sexual padecido”.
En el mismo pedido, la Fiscal recordó que “solicitó autorización al Juzgado de Garantías a fin de no afectar el derecho de intimidad que pudiera implicar la medida (pericias sobre el teléfono celular), encontrándose ello en trámite, siendo este el motivo de solicitud de prórroga de la Investigación Preliminar a la que el juez no hizo lugar”.
También agregó que “la conducta enrostrada merece mayor reproche penal porque en el hecho intervinieron dos personas, lo cual acrecienta el estado de vulnerabilidad e indefensión en el que se encontraba la víctima al verse superada en número y como se dijo tener que duplicar los esfuerzos para esgrimir una defensa en un lugar desprovisto de gente en horario de descanso”.