Condenan por ruidos molestos al propietario de un bar

El local se encuentra en avenida Bicentenario de la Batalla de Salta y fue denunciado en reiteradas oportunidades por vecinos de la zona.

El fiscal Penal interino de la Unidad Fiscal Contravencional, Daniel Escalante, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia debate seguida contra Héctor Manuel Cáceres, propietario de un bar ubicado en avenida del Bicentenario de la Batalla de Salta.

Cáceres fue declarado autor materialmente responsable de la infracción contravencional ruidos molestos (dos hechos), en concurso real; prevista en el artículo 72 del Código Contravencional de Salta – “Contravenciones contra la tranquilidad y el orden público”; dejando en suspenso la ejecución de la pena por el término de un año.

El Juzgado de Garantías 8 fijó como pena –en suspenso por el término de un año- el pago de 30 días multa, estableciéndose el valor del día multa el equivalente a 10 (diez) litros de nafta de mayor denominación para automóviles”; lo cual arroja la suma de 300 (trescientos) litros de nafta, monto que deberá actualizarse a la fecha del pago de la misma.

Además, en razón de tratarse de una pena en suspenso, se impuso a Cáceres reglas de conducta, entre las que se encuentran el no cometer un nuevo hecho que pueda ser considerado contravención de conformidad al Código Contravencional de Salta y la obligación de realizar un acondicionamiento del local/bar, de cerramiento total del mismo, a realizarse en el término de dos meses, a partir de que quede firme la sentencia, debiendo acreditar el cumplimiento de dicha regla con la presentación ante el Tribunal de un proyecto, en el plazo de un mes desde que la sentencia quede firme. En caso de incumplir las reglas, se revocará la condicionalidad de la pena y Cáceres deberá abonar la multa impuesta.

La causa

La intervención de la UFICON inició a raíz de las denuncias radicadas el 20 de agosto y el 22 de octubre de 2022 por una vecina de zona norte de la ciudad, que aseguró que en el bar ubicado en avenida Bicentenario de la Batalla de Salta al 2300, entre Juan B. Justo y Samsón, colocaban música a un volumen elevado hasta altas horas de la noche, lo que no sólo perturbaba su descanso sino que le ocasionaba ataques de ansiedad dado que es una persona diagnosticada con TEA (Trastorno del Espectro Autista).

La secretaria letrada de UFICON, Daniel Zuleta, derivó a mediación la causa, medida que se realizó el 5 de diciembre de 2022. Como resultado, el propietario del bar se comprometió a no colocar música a alto volumen.

Sin embargo, el 19 de diciembre, otra vecina de la zona denunció a “los propietarios/encargados del bar ya que en el local constantemente los días miércoles a sábado desde horas 22:00 a 05:00 y domingo de 12 a 16:00 ponen música a alto volumen ocasionando con esto alta contaminación auditiva, interrumpiendo el descanso de los vecinos”. El 21 de marzo de 2023 ingresó una nueva denuncia en iguales términos.

De las tareas investigativas realizadas por el Cuerpo Especializado de Investigaciones (C.E.I) respecto a los ruidos molestos denunciados, se constató las emisiones de sonidos o ruidos que perturban el reposo y la tranquilidad de los vecinos colindantes, vulnerando así el bien jurídico protegido que es la Tranquilidad y el orden público.

Teniendo en cuenta el incumplimiento de lo acordado en mediación por parte de los propietarios del bar, la fiscal penal Luján Sodero elevó la causa a juicio, instancia que concluyó ayer.

Requieren juicio contra dos hombres por contravenir la tranquilidad y el orden público

Vecinos de barrio Docente radicaron distintas denuncias indicando que en el lugar funcionaba un taller clandestino que producía ruidos molestos. La Municipalidad de Salta informó que había clausurado el lugar.

La fiscal Penal Luján Sodero, a cargo de la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON), requirió juicio contra dos hombres como autores de la contravención contra la tranquilidad y el orden público.

El artículo 72 del Código Contravencional de Salta establece que “será sancionado con arresto de hasta quince días o multa de hasta quince días y comiso el que profiriere voces, gritos o emitiere sonidos o ruidos o inmisiones que perturben el reposo o la tranquilidad de las personas. Idéntica sanción se aplicará al propietario del can u otro animal, que provoquen similares molestias”

La intervención de la UFICON inició a raíz de las denuncias radicadas el 8 de agosto y vía web del Ministerio Público Fiscal en 2022 por vecinos de barrio Docente, que aseguraron que los acusados efectúan ruidos en un taller mecánico clandestino, siendo una situación de larga data.

El Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) concluyó en un informe solicitado, que “los ruidos son ocasionados por los automóviles que asisten al taller, generando a cualquier hora y en cualquier día entorpecedores ruidos producto de aceleraciones y desaceleraciones de los vehículos los cuales se encuentran modificados o tuneados en su gran mayoría”.

Además, desde UFICON se requirió a la Municipalidad de Salta información sobre el taller, informando el organismo que había efectuado una clausura del lugar y que el acusado había procedido a la destrucción de la faja respectiva, continuando con la actividad que le fuera vedada por la autoridad municipal.

Por otra parte, la fiscal Penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó provisionalmente el 19 de abril pasado a un sargento ayudante de la Policía de Salta por el delito de cohecho pasivo en calidad de autor vinculado a esta causa.

Teniendo en cuenta todo ello, la fiscal Penal Luján Sodero tomó la determinación de elevar el requerimiento de juicio en contra de los dos hombres a cargo del taller.

Requieren juicio al propietario de un bar por perturbar la tranquilidad de los vecinos

Vecinos de zona norte denunciaron en reiteradas oportunidades que el volumen de la música del local comercial, les impide descansar.

La fiscal Penal Luján Sodero, a cargo de la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON), requirió juicio contra el propietario de un  bar de avenida Bicentenario de la Batalla de Salta al 2300, como autor de la contravención contra la tranquilidad y el orden público.

El artículo 72 del Código Contravencional de Salta establece que “será sancionado con arresto de hasta quince días o multa de hasta quince días y comiso el que profiriere voces, gritos o emitiere sonidos o ruidos o inmisiones que perturben el reposo o la tranquilidad de las personas. Idéntica sanción se aplicará al propietario del can u otro animal, que provoquen similares molestias”.

La intervención de la UFICON inició a raíz de las denuncias radicadas el 20 de agosto y el 22 de octubre de 2022 por una vecina de zona norte de la ciudad, que aseguró que en las canchas de fútbol y en el bar ubicados en avenida Bicentenario de la Batalla de Salta al 2300, entre Juan B. Justo y Sansón, se reproducía música a un volumen elevado hasta altas horas de la noche, lo que no sólo perturbaba su descanso sino que le ocasionaba ataques de ansiedad dado que es una persona diagnosticada con TEA (Trastorno del Espectro Autista).

La secretaria letrada de UFICON, Daniela Zuleta, derivó a mediación la causa, medida que se realizó el 5 de diciembre de 2022. Como resultado, el propietario del bar se comprometió a no colocar música a alto volumen.

Sin embargo, el 19 de diciembre, otra vecina de la zona denunció a “los propietarios/encargados del lugar del hecho ya que en el local constantemente los días miércoles a sábado desde horas 22:00 a 05:00 y domingo de 12 a 16:00 ponen música a alto volumen ocasionando con esto alta contaminación auditiva, interrumpiendo el descanso de los vecinos”.

El 21 de marzo de 2023 ingresó una nueva denuncia en iguales términos.

De las tareas investigativas realizadas por el Cuerpo Especializado de Investigaciones (C.E.I) respecto a los ruidos molestos denunciados, se constató las emisiones de sonidos o ruidos que perturban el reposo y la tranquilidad de los vecinos colindantes, vulnerando así el bien jurídico protegido que es la tranquilidad y el orden público.

Teniendo en cuenta el incumplimiento de lo acordado en mediación por parte de los propietarios del bar, la fiscal Sodero tomó la determinación de elevar al Juzgado de Garantías el requerimiento de juicio.

Por ruidos molestos, pagará una multa de $28.800

El hombre fue denunciado en reiteradas oportunidades por sus vecinos de calle Anzoategui por lo que se le requirió juicio. Ayer se llegó a un acuerdo para el pago de una multa por la contravención.

La Unidad Fiscal Contravencional sancionó al propietario de una vivienda en calle Anzoategui de la ciudad de Salta con el pago de una multa de 28.800 pesos y el compromiso de abstenerse de efectuar ruidos molestos.

El hombre había sido denunciado en reiteradas oportunidades por sus vecinos, que lo sindicaban como el autor de fiestas “after” y guitarreadas.

Desde la Unidad Fiscal citaron al denunciado en distintas oportunidades por violación a la tranquilidad y orden público, pero nunca concurrió.

El artículo 72 del Código Contravencional establece que “será sancionado con arresto de hasta 15 días o multa de hasta de 15 días y comiso el que profiriere voces, gritos o emitiere sonidos o ruidos o inmisiones que perturben el reposo o la tranquilidad de las personas. Idéntica sanción se aplicar al propietario del can u otro animal, que provoquen similares molestias”

Reunidos los elementos necesarios para acreditar la existencia de la contravención, la Unidad Fiscal requirió juicio. Ayer, en aplicación del artículo 173 del Código Contravencional de Salta, se llegó a un acuerdo preliminar de sanción con el infractor, que deberá abstenerse de realizar ruidos molestos y pagar una multa de $28.800.

El dinero debe ser depositado en una cuenta bancaria del Ministerio de Seguridad de Salta.

Piden juicio contra el propietario de un restobar por ruidos molestos e incumplimiento del distanciamiento social

El fiscal de la Unidad Contravencional, Santiago López Soto, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa en la que Gustavo Emanuel Esnal, de 28 años, imputado como autor de la contravención de ruidos molestos e infracción al artículo 13, inciso 3 de la ley 8206/20 Covid, por actividades autorizadas que no adopten las medidas adecuadas conforme el protocolo, en concurso real.

Del requerimiento se desprendió que el restobar ubicado sobre calle San Luis al 600 de la Ciudad de Salta, propiedad del acusado, emitió ruidos muy altos y generó molestias a vecinos, ya que en su patio cervecero se desarrolló concursos de DJs y de bandas.

La situación fue constatada con el acta de infracción del 27 de febrero del corriente año, realizada por el Tribunal Administrativo de Faltas 3. De ella, surgió que al realizar el control, personal de la Municipalidad de Salta constató que el sonido excedió los decibeles permitidos por el artículo 94 de la Ordenanza 5941/20.  

Por otra parte, fue constatado también mediante grabaciones y fotografías aportadas por personal policial, la infracción al artículo 13, inciso 3, de la Ley 8206/20 Covid, ya que se advirtió la presencia de gran cantidad de personas que excedieron el límite autorizado por el personal de Bomberos.

Debe tenerse en cuenta que de acuerdo a las disposiciones del Comité Operativo de Emergencias, la capacidad se encontraba reducida al 30%.

También fue observado que la distancia entre mesa y mesa no cumplía con la Resolución 11 del COE, que establece un metro y medio de separación para dar cumplimiento con el distanciamiento social dispuesto para evitar la propagación del coronavirus.

Además, fue constatado mediante la actuación contravencional 366/21, que el infractor, al momento del control policial, carecía del certificado habilitante para la venta de bebidas alcohólicas al copeo.

De acuerdo a la Fiscalía, lo expuesto dejó al descubierto que la conducta desplegada por el imputado Gustavo Emanuel Esnal, fue de una falta total de prudencia, interés y desaprensión ante la situación de público conocimiento, que a la fecha lleva gran cantidad de contagios y de muertes, no solo en nuestro país sino a nivel mundial.