Desde las 14, tercera jornada del juicio contra el exintendente de Campo Quijano

Desde este lunes y hasta el viernes se espera que distintos testigos presten su testimonio en la audiencia debate contra Manuel Cornejo, y la exsecretaria de Hacienda de la comuna, Carmen Méndez.

A lo largo de toda la semana continuará desarrollándose la audiencia debate contra el exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, y la exsecretaria de Hacienda de la comuna, Carmen Méndez.

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, representa al Ministerio Público Fiscal y acusa a Cornejo de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, peculado (cuatro hechos), todo en concurso real, y a Méndez de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, todo en concurso real.

De acuerdo al cronograma, a lo largo de toda la semana, desde las 14 horas, en la Sala de Grandes Juicios continuará la ronda de testigos. El lunes 3 de julio se desarrollará a partir de las 13.30; el martes 4 de julio, desde las 11, y el miércoles 5 de julio, último día previsto para el juicio, será desde las 13.

La intervención de la UDEC inició en enero de 2020, cuando el intendente de Campo Quijano, Carlos Folloni, denunció la falta de registros contables de fondos municipales de los períodos 2017-2019.

Por su parte, el informe de la Auditoria General de la Provincia, dio cuenta de la inexistencia de la documentación respaldatoria de los gastos efectuados, del incumplimiento de la normativa financiera y la transparencia de la gestión pública en el manejo de fondos, además de la falta de registración contable que permitiera establecer el destino real de los fondos asignados durante su gestión y además, controlar la legitimidad del gasto.

Tras investigar los hechos y reunir las pruebas necesarias, la UDEC acusó formalmente a los exfuncionarios municipales.

 

Condenaron a un padre que no pasaba alimentos a sus hijos

Mediante juicio abreviado, fue sentenciado a dos años de prisión de ejecución condicional y a entregar el 50% de su sueldo, durante 2 años, a modo de reparación integral a su expareja.

La fiscal de Violencia Familiar y de Género 2, Luján Sodero, logró que, mediante juicio abreviado, el Juzgado de Garantías 3 condenara a un hombre a dos años prisión ejecución condicional y la imposición de reglas de conducta por el término de dos años por coacción e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

Por otro lado, las partes acordaron en el fuero civil y como parte del acuerdo alcanzado, que el hombre entregará el 50% de su sueldo mensual, por el término de dos años, a modo de resarcimiento.

La causa tuvo sus orígenes en 2019, luego de que la mujer denunciara que el hombre la había coaccionado tras reclamarle el incumplimiento, durante cuatro años, del pago de la cuota alimentaria para los cuatro hijos que tienen en común.

Entre las reglas de conducta fijadas por el Juzgado de Garantías 3 se indica que el condenado deberá someterse al cuidado del Programa de Inserción Social de Presos y Liberados de la Provincia e iniciar tratamiento psicológico.

Imputan al Intendente y a tres concejales de La Merced

La fiscala penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó provisionalmente al titular del Ejecutivo de La Merced por retención indebida, incumplimiento de los deberes de funcionario público (dos hechos) y peculado. Además, imputó a tres ediles como partícipes necesarios del delito de peculado.

La fiscala penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó provisionalmente al Intendente de La Merced por los delitos de retención indebida, incumplimiento a los deberes de funcionario público (dos hechos) y peculado. Además, imputó a tres concejales como partícipes necesarios del delito de peculado.

Las actuaciones de la Unidad de Delitos Económicos Complejos iniciaron luego de que el presidente del Concejo Deliberante, Horacio Santiago Huerga, denunciara al jefe comunal en la Fiscalía Penal de Cerrillos.

Las causas fueron derivadas a la UDEC, en donde se realizó una investigación y, luego de reunir las pruebas necesarias, la fiscala Salinas Odorisio tomó la determinación de imputar al Intendente por incumplimiento de los deberes de funcionario público pues habría presuntas irregularidades en las transferencias al Concejo Deliberante correspondientes a los meses de diciembre 2019, enero a julio 2020 y septiembre del 2020, y habría omitido aplicar la nueva alícuota de 6,92% establecida por el art. 21 de la Ordenanza 33/18.

En cuanto a la imputación de retención indebida, según surge de la investigación, el Intendente habría efectuado transferencias presupuestarias correspondientes a diciembre 2019, enero 2020, febrero 2020, marzo 2020, abril 2020, mayo 2020, junio 2020, julio 2020 y septiembre 2020 a favor del Concejo Deliberante, aplicando una alícuota del 4,5%, omitiendo aplicar la que correspondía según lo establecido por el artículo 21 de la Ordenanza 33/18 (modificado por la Ordenanza 02/2019), que era del 6,92%. De esta forma habría afectado nuevamente el correcto funcionamiento de la Administración Pública, en particular el del Concejo Deliberante de La Merced.

Respecto al delito de peculado, de la investigación realizada por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales, surgió que desde cuentas bancarias de la Municipalidad de La Merced se efectuaron, en septiembre de 2020, tres transferencias de $57.081 cada una a las cuentas de tres concejales.

Por último, Salinas Odorisio imputó al Intendente por incumplimiento a los deberes de funcionario público ya que suscribió la Resolución 535/21, que aprobaba contratos de obras públicas relacionados con el concurso “Cristo de la Hermandad” habría omitido los procedimientos establecidos y exigidos por la ley 8.072, sobre el Sistema de Contrataciones de la Provincia y su Decreto Reglamentario n° 1319/18.

Durante la audiencia, los imputados se presentaron con abogados particulares y se abstuvieron de declarar, aunque anticiparon que presentarán su descargo por escrito.

Remiten al Tribunal de Juicio la causa contra el exauxiliar fiscal Dantur por las filtraciones al policía Mamaní

El Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial del Sur-Circunscripción Anta, remitió la causa que tiene como imputado al exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado en concurso real, al Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur-Circunscripción Metán. La Mesa Distribuidora en lo Penal, deberá realizar el sorteo de la Vocalía del Tribunal de Juicio correspondiente.

De las consideraciones del fallo, surgió que tras el control de regularidad de la investigación, no fue advertida irregularidad alguna, por lo que se cumplieron con los requisitos formales de la acusación. Luego de que transcurriera el plazo previsto y sin que las partes formularan oposiciones o instado alguna de las medidas previstas por el Código Procesal, el magistrado interviniente ordenó la remisión de las actuaciones al mencionado Tribunal de Juicio.

El 26 de marzo, el fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial del Sur-Circunscripción Anta, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado, en concurso real.

Los elementos colectados durante la investigación, demostraron que el acusado incurrió en conductas incompatibles con la rectitud, objetividad y buena fe con la que deben actuar los funcionarios públicos, aún más los que se desempeñan dentro del Ministerio Público Fiscal, ya que es a este órgano al que se le atribuye la obligación constitucional de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

En sus fundamentos, el fiscal penal Ramos Ossorio, sostuvo que Dantur, quien se desempeñaba como auxiliar fiscal de la Fiscalía Penal de J.V. González – Delegación de Apolinario Saravia, tomó conocimiento directo, el 1 de julio de 2020, de la denuncia radicada en contra de Walter Mamaní, quien a esa fecha ostentaba la función de Comisario en la Subcomisaría El Dorado.

En ese sentido, pudo demostrarse que Dantur mantuvo con Mamaní diversas conversaciones sobre la causa investigada por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, quien sin embargo, logró requerir el juicio contra Mamaní y otros cuatro policías, por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real y en perjuicio de Luciano Diez.

En estas conversaciones, Dantur le transmitió a Mamaní información de las diligencias que Fiscalía le había requerido. Tal actuación por parte del exauxiliar fiscal resultó totalmente contraria a las normas que regulan el ejercicio de la función, en este caso, las disposiciones de la Ley N° 7712 y del Código Procesal Penal de Salta, toda vez que ejerció esa función en representación del órgano acusador y violó así los deberes a su cargo, específicamente lo dispuesto en los artículos 257 y 259 del Código Procesal Penal.

El artículo 257, establece en el segundo párrafo que: “Toda persona que por su función o participación tuviera acceso a los actos cumplidos en la investigación penal preparatoria, deberá guardar reserva y abstenerse de informar sobre los mismos».

A su vez el, artículo 259 del mismo cuerpo legal, reza que “los funcionarios que participen en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tengan conocimiento de las actuaciones cumplidas durante la investigación, están obligadas a guardar secreto. Sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda, el incumplimiento de esta obligación podrá ser sancionado conforme a las disposiciones de la ley respectiva”.

Las irregularidades registradas superaron el marco de discrecionalidad y tolerancia de lo que un trato cordial implica para con los integrantes de las fuerzas de seguridad en su rol de auxiliares de justicia, habida cuenta que Dantur decidió informar la marcha del trámite investigativo y las diligencias en curso, además de poner a disposición las actuaciones, actitud que sin lugar a dudas comprometió el éxito del proceso.

Además, Dantur incluso confeccionó un oficio para deslindar a Mamaní de un sumario iniciado en otra causa penal y puso a su disposición la llave de la oficina de la sede de la Delegación, para que el mismo Mamaní ingresara un día domingo a compulsar las actuaciones.

Vale recordar que a comienzos de febrero de este año, el Colegio de Gobierno del Ministerio Público aplicó la sanción de cesantía al exauxiliar fiscal de la Delegación Fiscal de Apolinario Saravia, Sergio Ariel Dantur, en los términos de la Ley Orgánica del Ministerio Público y de su Reglamento General. Con la sanción aplicada, quedó extinta la relación laboral de Dantur con el organismo.

Piden el juicio contra el exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur por las filtraciones al policía Mamaní

El fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial del Sur-Circunscripción Anta, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado, en concurso real.

Los elementos colectados durante la investigación, demostraron que el acusado incurrió en conductas incompatibles con la rectitud, objetividad y buena fe con la que deben actuar los funcionarios públicos, aún más los que se desempeñan dentro del Ministerio Público Fiscal, ya que es a este órgano al que se le atribuye la obligación constitucional de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

En sus fundamentos, el fiscal penal Ramos Ossorio, sostuvo que Dantur, quien se desempeñaba como auxiliar fiscal de la Fiscalía Penal de J.V. González – Delegación de Apolinario Saravia, tomó conocimiento directo, el 1 de julio de 2020, de la denuncia radicada en contra de Walter Mamaní, quien a esa fecha ostentaba la función de Comisario en la Subcomisaría El Dorado.

En ese sentido, pudo demostrarse que Dantur mantuvo con Mamaní diversas conversaciones sobre la causa investigada por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, quien sin embargo, logró requerir el juicio contra Mamaní y otros cuatro policías, por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real y en perjuicio de Luciano Diez.

En estas conversaciones, Dantur le transmitió a Mamaní información de las diligencias que Fiscalía le había requerido. Tal actuación por parte del exauxiliar fiscal resultó totalmente contraria a las normas que regulan el ejercicio de la función, en este caso, las disposiciones de la Ley N° 7712 y del Código Procesal Penal de Salta, toda vez que ejerció esa función en representación del órgano acusador y violó así los deberes a su cargo, específicamente lo dispuesto en los artículos 257 y 259 del Código Procesal Penal.

El artículo 257, establece en el segundo párrafo que: “Toda persona que por su función o participación tuviera acceso a los actos cumplidos en la investigación penal preparatoria, deberá guardar reserva y abstenerse de informar sobre los mismos.

A su vez el, artículo 259 del mismo cuerpo legal, reza que “los funcionarios que participen en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tengan conocimiento de las actuaciones cumplidas durante la investigación, están obligadas a guardar secreto. Sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda, el incumplimiento de esta obligación podrá ser sancionado conforme a las disposiciones de la ley respectiva”.

Las irregularidades registradas superaron el marco de discrecionalidad y tolerancia de lo que un trato cordial implica para con los integrantes de las fuerzas de seguridad en su rol de auxiliares de justicia, habida cuenta que Dantur decidió informar la marcha del trámite investigativo y las diligencias en curso, además de poner a disposición las actuaciones, actitud que sin lugar a dudas comprometieron el éxito del proceso.

Además, Dantur incluso confeccionó un oficio para deslindar a Mamaní de un sumario iniciado en otra causa penal y puso a su disposición la llave de la oficina de la sede de la Delegación, para que el mismo Mamaní ingresara un día domingo a compulsar las actuaciones.

Vale recordar que a comienzos de febrero de este año, el Colegio de Gobierno del Ministerio Público aplicó la sanción de cesantía al exauxiliar fiscal de la Delegación Fiscal de Apolinario Saravia, Sergio Ariel Dantur, en los términos de la Ley Orgánica del Ministerio Público y de su Reglamento General. Con la sanción aplicada, quedó extinta la relación laboral de Dantur con el organismo.

Las Lajitas: Investigan a la directora de una escuela especial

La denuncia fue realizada por la madre de un menor que asiste a la Escuela Especial 7167 de esa localidad en contra de la directora de la institución por un hecho ocurrido a mediados de Junio, cuando ésta lo habría «orejeado» y golpeado mientras padecía una crisis. Fue citada dos veces a la audiencia de imputación y no se presentó.  Read more

Absolvieron a 14 policías juzgados por la golpiza a un joven

La Sala III del Tribunal de juicio absolvió a 13 de ellos por el beneficio de la duda y a uno debido a que la fiscal retiró la acusación por un hecho ocurrido en Abril de 2015 por la madrugada a la salida de un local nocturno de la zona de la terminal, donde un joven denunció haber sido golpeado y rociado con gas pimienta Read more