Vendía alcohol en el Martearena y ahora realizará tareas comunitarias en un Centro de Salud

El hombre, que fue aprendido por vender bebidas alcohólicas durante un partido de fútbol en el estadio Martearena, aceptó la suspensión de juicio a prueba propuesta desde la Unidad Fiscal Contravencional.

Un hombre que fue imputado por vender bebidas alcohólicas durante un evento deportivo aceptó un acuerdo de suspensión de juicio a prueba y ahora realizará tareas comunitarias en un Centro de Salud.

La probation o suspensión del juicio penal se puede solicitar en los casos en los que las penas sean menores a tres años a cambio de la reparación del daño causado y la realización de tareas comunitarias.

El fiscal Penal Leandro Flores, a cargo de la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) decretó la semana pasada el requerimiento de juicio al hombre, que había sido aprehendido el 22 de mayo pasado al finalizar el encuentro entre los clubes Juventud Antoniana y San Martín de Formosa en el estadio Padre Martearena.

En su poder tenía 40 bolsas plásticas pequeñas con líquido de color oscuro de origen etílico (fernet) en su interior y $57.100.

En ese momento, desde UFICON, se dispuso iniciar el protocolo de procedimiento por infracción a los artículos 41 y 42 de la Ley 24.192/93 y se solicitó al Juzgado de Garantías el secuestro y decomiso de las bolsitas de “fernet” como así también el secuestro del dinero.

Tal como lo establece el artículo 173 del CP, previo a elevar a Garantías el pedido de juicio, la UFICON realizó una audiencia con el imputado. El secretario letrado Carlos Saravia ofreció al hombre una suspensión de juicio a prueba, medida que fue aceptada por el acusado.

Tras aceptar haber cometido el delito que se le imputaba, el hombre se comprometió a distintas medidas, entre las que se encuentra el realizar tareas de mantenimiento del Centro de Salud de barrio Santa Ana una vez al mes, durante seis meses. Además, por el mismo período, no podrá asistir a eventos deportivos en el estadio Padre Marterena.

Cabe recordar que el artículo 177 del Código Contravencional de la Provincia de Salta establece que el imputado de una contravención, que no registre condena contravencional en el año anterior al hecho, puede acordar con el Ministerio Público Fiscal la suspensión del proceso a prueba sin que ello implique admitir su responsabilidad.

El acuerdo debe contemplar el compromiso de cumplir, por un lapso que no excederá de seis (6) meses reglas de conducta. Cumplido el compromiso, sin que el imputado cometa alguna contravención, se extinguirá la acción. En caso contrario, se continuará con el proceso.

La suspensión del proceso a prueba suspende el curso de la prescripción. También lo suspende la iniciación de un nuevo proceso contravencional, si en éste se dicta sentencia condenatoria.

UFICON: Fue llevado a mediación por tener perros peligrosos

El propietario de 3 pitbulls fue denunciado en numerosas oportunidades. La UFICON tomó intervención y se tomaron las medidas para garantizar la seguridad de las personas.

La Unidad Fiscal Contravencional logró, a través del Centro de Mediación del Ministerio Público Fiscal, resolver un conflicto entre vecinos por perros agresivos.

Los propietarios de tres canes raza Pitbull fueron denunciados por tres vecinos en distintas oportunidades por no tener los cuidados necesarios.

Una de las denuncias fue radicada en enero de 2022 por el vecino colindante ya que uno de los pitbulls ingresó a su propiedad y mató a su perro. En otra oportunidad, una mujer que corría por la zona, fue atacada por los perros sin que la lastimaran.

La UFICON tomó intervención y, a través de mediación, se logró un acuerdo por el que los dueños de los tres perros retiraron del domicilio al más agresivo, mientras que para los dos restantes, tomaron las medidas necesarias para evitar futuros ataques.

Cabe recordar que el Artículo 66 del Código Contravencional de Salta establece que será sancionado con arresto de hasta 30 días o multa de hasta 30 días, el propietario, poseedor o tenedor de cualquier animal que lo dejare deambular en la vía pública, plazas, rutas y demás lugares públicos, de modo que genere peligro; y el artículo 58 dice que será sancionado con arresto de hasta quince 15 días o multa de hasta quince 15 días, el que tuviere un animal que ofreciere peligro de ataque a las personas por su instinto o dificultad de domesticación, sin haber adoptado prudentes medidas de prevención.

La UFICON solicitó el traslado de 7 perros a Bienestar Animal

Los animales habrían mordido a un niño y su propietario sería una persona en situación de calle. Ante la consulta de la Policía de la Provincia, desde la Unidad Fiscal Contravencional solicitaron que los canes sean retirados de la vía pública para preservar la seguridad de la población.

La Unidad Fiscal Contravencional solicitó el traslado de siete perros a la Subsecretaría de Bienestar Animal de la Secretaría de Protección Ciudadana de la Municipalidad de Salta.

La medida fue solicitada luego de recibir una consulta de la Policía de Salta por perros que pertenecerían a una persona en situación de calle -que suele ocupar un espacio en la zona conocida como La Colina en Villa Las Rosas- y que habrían mordido a un niño, provocándole heridas.

El artículo 58 del Código de Contravenciones establece que será sancionado con arresto de hasta quince (15) días o multa de hasta quince (15) días, el que tuviere un animal que ofreciere peligro de ataque a las personas por su instinto o dificultad de domesticación, sin haber adoptado prudentes medidas de prevención.

Teniendo en cuenta que el propietario sería una persona en situación de calle, la UFICON solicitó el traslado de los perros a la Subsecretaría de Bienestar Animal.

Por otra parte, el fiscal Penal 4, Facundo Ruiz de los Llanos, investiga la denuncia radicada por el padre de uno de los niños y ordenó que el menor sea examinado por un médico legal e identificado el propietario de los animales.

Por contravenciones se recaudaron más de $ 6 millones

Desde la creación de la Unidad Fiscal Contravencional, el 5 de agosto de 2019. El dinero fue depositado por los infractores en una cuenta del Ministerio de Seguridad de Salta.

La Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) informó que, desde la creación de la Unidad el 5 de agosto de 2019, fueron cobrados 6.135.476 pesos en concepto de multas por infracciones a distintos artículos del Código Contravencional de la Provincia de Salta.

Ante una contravención, la Policía de la Provincia elabora un acta y, de ser necesario, consulta con el fiscal contravencional. El documento, junto a los elementos de prueba, son remitidos a la UFICON, en donde es controlada la legalidad del procedimiento. Si existen suficientes elementos de convicción, el infractor es citado para que realice su descargo.

A partir de allí existen distintos caminos: la infracción es investigada y puede llegar a juicio; la persona puede optar por reconocer su infracción y realizar un pago voluntario de la multa que corresponde o someterse a una medida alternativa de solución de conflictos, como mediación

Si la causa es elevada a juicio, el magistrado interviniente podrá sancionar al infractor con multa, arresto y sus sustitutos, como arresto domiciliario y/o arresto de fin de semana; servicio comunitario en tiempo libre; prohibición para acudir a determinados lugares; tratamiento médico obligatorio o instrucciones especiales. Las accesorias que se pueden son la inhabilitación, el comiso y la clausura.

Tal como lo establece el artículo 26 del CC, “las multas, beneficios económicos, bienes decomisados y el producto de su venta serán destinados al mejoramiento del servicio de seguridad y las acciones de prevención. El importe proveniente de las multas se depositará en cuenta reinvertible a nombre del Ministerio de Seguridad”.

El valor de la multa se encuentra estipulado en el artículo 24, que dice “la multa es una suma de dinero que se establecerá en «días de multa». El valor del día multa es equivalente a diez (10) litros de nafta de mayor valor para automóviles. En ningún caso, el importe podrá exceder la mitad de los ingresos medios diarios del condenado, excepto en los casos de «Contravenciones contra el Ambiente”.

Un día de arresto es conmutable con un día de multa.

Central Norte – Gimnasia y Tiro: cinco demorados por contravenciones

La Unidad Fiscal Contravencional fue consultada por distintas infracciones al Código Contravencional de Salta.

La Unidad Fiscal Contravencional informó que durante el certamen deportivo disputado entre los equipos de fútbol de Central Norte y Gimnasia y Tiro por el Torneo Federal A, fueron labradas cinco contravenciones.

En total, según el informe de la División Eventos Deportivos Y Sociales (DGI), ingresaron al Estadio Padre Martearena 9.991 personas, incluyendo prensa y jugadores; siendo el aforo previsto de 10.000. No se registró presencia de público visitante.

Tal como fue establecido en la reunión previa que mantuvieron los secretarios letrados de UFICON con la Secretaría de Seguridad de la Provincia, la Unidad Fiscal Contravencional fue consultada por distintas infracciones al Código Contravencional de Salta.

A tres personas se les labró acta de infracción al artículo 39 de la ley 7135, concordante con el artículo 24 de la ley 24192, que estipula que “el que perturbare el orden de las filas formadas para la adquisición de entradas, ingreso o egreso del lugar donde se desarrollare el espectáculo deportivo, o no respetare el vallado perimetral para el control, será sancionado con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto”

 Además, dos personas intentaron ingresar al estadio pese a que tenían prohibición de ingresar por una sanción a nivel nacional.

Secuestraron 30 animales sueltos en la vía pública

La Unidad Fiscal Contravencional intervino ante la violación del artículo 66 del Código Contravencional. Los propietarios, previa acreditación de propiedad y pago de una multa, podrán retirarlos.

Durante el último fin de semana, la Unidad Fiscal Contravencional ordenó el secuestro de 30 animales que constituyendo un peligro para la población, se encontraban en la vía pública en las localidades de San Luis, La Caldera, San Antonio y capital.

El artículo 66 del Código Contravencional de Salta establece que será “sancionado con arresto de hasta treinta (30) días o multa de hasta treinta (30) días, el propietario, poseedor o tenedor de cualquier animal que lo dejare deambular en la vía pública, plazas, rutas y demás lugares públicos, de modo que genere peligro”.

Los animales –en su mayoría caballos y vacas- fueron trasladados a la División Caballería de la Policía de la Provincia, desde donde los propietarios podrán retirarlos previo acercarse a la UFICON, en donde deberán acreditar la propiedad y abonar una penalidad.

La multa por cada cabeza de ganado se encuentra establecida en $3.200. Tal como lo establece el artículo 26 del Código, las multas, beneficios económicos, bienes decomisados y el producto de su venta son destinados al mejoramiento del servicio de seguridad y las acciones de prevención.

El importe es depositado por el infractor en una cuenta del Ministerio de Seguridad de la Provincia.

Siete demorados por contravenciones en el último partido disputado en el Martearena

Desde UFICON evacuaron las consultas de la Policía de la Provincia sobre las infracciones al Código de Contravenciones de la Provincia. Los siete fueron sancionados y ahora deberán presentarse en la Unidad Fiscal Contravencional.

La Unidad Fiscal Contravencional informó que durante el certamen deportivo disputado entre los equipos de fútbol de Central Norte y Defensores de Pronunciamiento por el Torneo Federal A, fueron labradas siete contravenciones.

En total, según el informe de la División Eventos Deportivos y Sociales (DGI), ingresaron al Estadio Padre Martearena 7316 personas, incluyendo prensa y jugadores; siendo el aforo previsto de 9000. No se registró presencia de público visitante.

A lo largo del operativo de seguridad desplegado, la Unidad Fiscal Contravencional fue consultada por distintas infracciones al Código Contravencional de Salta, tal como fue establecido en la reunión previa que mantuvieron los secretarios letrados de UFICON con el director de Seguridad de la Provincia, Marcelo Domínguez.

A tres personas se les labró acta de infracción al artículo 39 de la ley 7135, concordante con el artículo 24 de la ley 24192. En este caso, los tres hinchas intentaron acceder al estadio pese a que tenían prohibición de ingreso por una sanción a nivel nacional.

Además, fueron decomisadas 14 bolsas de fernet a un hombre que intentaba vender alcohol a los asistentes del partido. Teniendo en cuenta el artículo 102 de la ley 7135, de prohibición de venta ambulante de bebidas alcohólicas en el estadio, le fue labrada la correspondiente contravención.

Por otra parte, hubo tres contravenciones a los artículos 45 (incitación pública a la violencia) y 78 (desobedecer la orden del personal policial).

Los infractores ahora deberán presentarse en la Unidad Fiscal Contravencional

Por ruidos molestos, pagará una multa de $28.800

El hombre fue denunciado en reiteradas oportunidades por sus vecinos de calle Anzoategui por lo que se le requirió juicio. Ayer se llegó a un acuerdo para el pago de una multa por la contravención.

La Unidad Fiscal Contravencional sancionó al propietario de una vivienda en calle Anzoategui de la ciudad de Salta con el pago de una multa de 28.800 pesos y el compromiso de abstenerse de efectuar ruidos molestos.

El hombre había sido denunciado en reiteradas oportunidades por sus vecinos, que lo sindicaban como el autor de fiestas “after” y guitarreadas.

Desde la Unidad Fiscal citaron al denunciado en distintas oportunidades por violación a la tranquilidad y orden público, pero nunca concurrió.

El artículo 72 del Código Contravencional establece que “será sancionado con arresto de hasta 15 días o multa de hasta de 15 días y comiso el que profiriere voces, gritos o emitiere sonidos o ruidos o inmisiones que perturben el reposo o la tranquilidad de las personas. Idéntica sanción se aplicar al propietario del can u otro animal, que provoquen similares molestias”

Reunidos los elementos necesarios para acreditar la existencia de la contravención, la Unidad Fiscal requirió juicio. Ayer, en aplicación del artículo 173 del Código Contravencional de Salta, se llegó a un acuerdo preliminar de sanción con el infractor, que deberá abstenerse de realizar ruidos molestos y pagar una multa de $28.800.

El dinero debe ser depositado en una cuenta bancaria del Ministerio de Seguridad de Salta.