Un hombre de 28 años es juzgado dos hechos de abuso sexual en perjuicio de una joven a la que sometió sexualmente dos veces y que en la primera oportunidad resultó embarazada. Ocurrió en la localidad de Cobres y tras el segundo hecho, la mujer decidió denunciarlo pese a estar amenazada.
La fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, María Luján Sodero Calvet, representa al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Diego Alejandro Gerónimo, acusado de dos hechos de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una joven de la localidad de Cobres.
Según pudo conocerse, la joven había mantenido un noviazgo con el acusado cuando tenía 15 años y decidieron distanciarse porque ella no accedía a mantener intimidad con el acusado. Pasado un tiempo, Gerónimo volvió a aparecer y aprovechando que la joven vive con su padre que es mayor y se encuentra discapacitado, ingresó a la vivienda y la sometió sexualmente.
Producto de ese abuso, la víctima resultó embarazada pero no denunció el hecho porque el acusado la amenazó con matarla o quitarle la beba. Pasado aproximadamente un año, volvió a irrumpir en la humilde vivienda y con la misma modalidad, abusó nuevamente de ella.
Esta vez, la mujer pese a estar amenazada, decidió trasladarse hacia la dependencia policial más próxima y radicó la denuncia en contra de Gerónimo.
Durante la investigación, la Fiscalía recibió el testimonio de familiares y algunos vecinos de la mujer, quienes ratificaron los dichos de la mujer respecto a que no mantenía ningún vínculo con el acusado.
También el Servicio de Biologia Molecular del CIF realizó un estudio de comparación genética entre las muestras indubitadas de la damnificada y su hija con las del imputado a los fines de determinar la existencia de vínculo filiatorio con la niña, donde se concluyó que Gerónimo tiene vínculo biológico de paternidad con la menor.
La audiencia unipersonal está a cargo de la jueza Mónica Mukdsi y está previsto que finalice hoy.
Hoy dará inicio en la Sala II del Tribunal de Juicio de ese distrito, la audiencia de debate contra María Florencia Bridoux Tello por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas en concurso ideal. A la joven se le revocó la prisión domiciliaria y permanece detenida en la Unidad Carcelaria Nº9 de Orán.
Las fiscales penales de Orán, María Soledad Filtrin y Mónica Viazzi, representarán al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Orán en la audiencia de debate contra María Florencia Bridoux Tello por un siniestro vial con víctimas fatales y lesionados que provocó en Julio de 2008.
La audiencia se desarrollará según lo establecido, hoy viernes 14, el lunes 17 y el martes 18 de Diciembre y será con tribunal colegiado, integrado por los jueces Raúl Fernando López, María Laura Toledo Zamora y Edgardo Laurenci, ya que el juez Fallos se inhibió.
Bridoux Tello se encuentra acusada de los delitos de homicidio culposo en perjuicio de Vanesa y Gisela Barba y por lesiones culposas en perjuicio de Orlando Barba y su esposa Alicia Gómezen el año 2008. Tras permanecer prófuga, la joven se presentó ante la Fiscalía y se ordenó su detención bajo la modalidad de prisión domiciliaria.
El beneficio de la prisión domiciliaria quedó revocado a través de la misma resolución donde ordena que sea trasladada a la Unidad Carcelaria Nº9 de Orán a la espera de la realización de la audiencia de debate para evitar el riesgo de fuga conforme a la conducta que ha demostrado la acusada durante “todos estos años de ausencia”.
Tras recibir los últimos testimonios, el Tribunal de la Sala VI dispuso que los alegatos de las partes se lleven a cabo hoy viernes a partir de las 16. La declaración de una asistente social que tomó intervención ante una denuncia de violencia familiar previa al hecho del 1 de Julio, fue contundente, ya que aseguró que pudo verificar la existencia de violencia dentro de la pareja y la dependencia emocional y económica de la mujer.
El juicio que se lleva adelante contra Roberto Daniel Rodríguez por la tentativa de femicidio y otros delitos conexos en perjuicio de su pareja y madre de sus tres hijos, se encuentra en sus últimas instancias. Hoy viernes a partir de las 16, está previsto que se lleven a cabo los alegatos de las partes y se conozca el veredicto.
Entre los últimos testigos citados, se recibió la declaración de una psicóloga perteneciente al Sistema de Emergencias 911, quien brindó asistencia al imputado en forma previa al hecho del 1 de Julio, cuando éste intentó quitarse la vida.
También brindó su testimonio una licenciada en Servicio Social que integra el equipo interdisciplinario de la Fiscalía de Rosario de Lerma, que tuvo a su cargo elaborar un informe socio ambiental de la pareja por hechos de violencia familiar anteriores y en su declaración dijo que pudo identificar los claros signos de violencia en la pareja,donde el imputado desempeñaba el rol de proveedor y la mujer tenía una clara dependencia emocional y económica del mismo. Concluyó que dentro de la pareja existía violencia física, verbal y psicológica.
El hecho ocurrió el pasado 4 de Diciembre cuando la menor de 10 años quedó a cargo de su abuela y su pareja, se acercó y le realizó tocamientos con contenido sexual. Tras ser identificado, se le impusieron medidas restrictivas al acusado y la semana próxima se le realizará un circuito cerrado de televisión a la menor.
La Fiscalía Penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, a cargo de Sergio Federico Obeid, inició actuaciones preliminares por supuesto abuso sexual simple ante la denuncia radicada por la madre de una menor de 10 años en la localidad de San Lorenzo, donde acusa a la pareja de su madre de haber sometido a su hija a tocamientos inapropiados.
La mujer consigna que el día 4 de este mes dejó a la menor en la casa de su abuela por cuestiones laborales y cuando regresó, la niña le reveló que el novio de su abuela se le había acercado y le realizó tocamientos, mientras le decía que no cuente nada.
Tomado conocimiento de los hechos, desde la Fiscalía se dispuso la citación de los padres de la menor para entrevista y se puso en conocimiento de la situación a la Asesoría de Menores e Incapaces en turno.
También se solicitó al Juzgado de Garantías interviniente para el acusado la prohibición de acercamiento a la menor, prohibición de ejercer actos de violencia física, psíquica o moral contra la menor, prohibición de mantener contacto con la menor por cualquier medio y que se fije una consigna ambulatoria por 10 días.
El acusado fue identificado y se fijó una entrevista con la menor mediante circuito cerrado de televisión para la semana próxima para tratar de obtener más detalles de lo sucedido.
Una menor de 13 años fue víctima en forma reiterada del concubino de su madre y producto de los abusos, resultó embarazada. La situación se puso en evidencia cuando en una atención médica se detectó que gestaba un embarazo de más de 20 semanas. El acusado fue detenido e imputado.
La Fiscalía Penal de Pichanal, Delegación Colonia Santa Rosa, imputó a un hombre de 40 años por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda y la convivencia, resultando grave daño físico a la víctima en perjuicio de una menor de 13 años.
El acusado se desempeñaba como trabajador rural y era concubino de la madre de la menor y convivían hace 5 años aproximadamente. Según pudo conocerse, aprovechando la ausencia de su pareja por cuestiones laborales, abusó en forma reiterada de la adolescente y la amenazaba para que no lo delatara.
En ocasión de una revisación médica, el profesional que la atendió a la menor le diagnosticó un embarazo de más de 20 semanas de gestación. Fue a partir de este suceso que la madre radicó la denuncia y se iniciaron las actuaciones.
El hombre de 40 años fue detenido e imputado y se dio intervención a la Asesoría de Menores e Incapaces en turno.
Había sido planteado ante la falta de información del estudio de impacto ambiental presentado por la empresa ganadera Inversora Juramento SA al municipio. El amparo, interpuesto por el fiscal de Joaquín V. González, Gonzalo Gómez Amado, fue promovido por la jueza civil, Patricia Rahmer, pero la Municipalidad apeló. Recientemente la Corte de Justicia rechazó esa apelación y confirmó el accionar de la fiscalía.
Desde el año 2013, y en el marco de actuaciones preliminares iniciadas en torno a un supuesto hecho de contaminación denunciado por la Cámara de Diputados, el fiscal de competencia múltiple de Joaquín V. González, Gonzalo Gómez Amado, solicitó al municipio documentación vinculada a la presentación de un estudio de impacto ambiental y social presentado por la empresa ganadera Inversora Juramento SA.
La firma posee en esa localidad instalaciones dedicadas a la actividad de engorde bovino a corral, labor que fue objeto de denuncias realizadas por habitantes de los parajes vecinos, entre ellos La Ranchería y Gaona por supuestos malos olores y contaminación ambiental.
En vista de ello, y dada la legitimación que el Ministerio Público Fiscal posee para entender respecto a interposición y prosecución de pretensiones destinadas a la defensa del medio ambiente, contempladas en la Ley 7.328 entre otras normas legales vigentes, la fiscalía solicitó informes a la Municipalidad de Joaquín V. González respecto a los trámites ambientales presentados por Inversora Juramento SA, como así también documentación relacionada a la habilitación de la misma por parte de esa comuna.
Dichos pedidos de informes de la fiscalía, dirigidos al intendente de esa ciudad, Juan Domingo Aguirre, ingresaron al municipio en fecha 8 de diciembre de 2013, y ante su omisión, el 22 de enero de 2014 se reiteraron.
El 3 de febrero de 2014, el municipio a través dela Coordinadora Ejecutiva de Ingresos Públicos, contadora Sandra Páez,respondió los pedidos pero sin precisar la información requerida, sobre todo respecto a la información y participación social exigida por la ley. Se aludió a que tal certificación ambiental había sido presentada, pero fue observada por la municipalidad, sin dar detalles de los puntos cuestionados.
Amparo
Esta situación, pese a la insistencia ejercida desde la fiscalía, se extendió por todo el año 2014, hecho que llevó al fiscal a plantear al año siguiente un recurso de amparo ante el Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia de Joaquín V. González, a cargo de la jueza Patricia Rahmer.
En respuesta al recurso de amparo, que es la acción judicial que tutela derechos de raigambre constitucional como el derecho a la información pública ambiental, la jueza resolvió hacer lugar al mismo en agosto de 2017, con lo cual la municipalidad quedó obligada a presentar la documentación requerida desde la fiscalía.
En su fallo, la jueza ordenó que dicha información debía seren carácter de “actualizada”, con lo cual el municipio debía presentar el estudio en cuestión, las observaciones realizadas por la municipalidad, las audiencias y dictámenes técnicos realizados como así también las acciones que la empresa ejecutó en consecuencia.
Apelación
Ante este revés judicial, el municipio a través de su representante legal, apeló el fallo de la jueza. Entre sus argumentos, la municipalidad aludió supuestas irregularidades y deficiencias formales que derivaron en la afectación del derecho de defensa en juicio y el debido proceso.
La apelación fue girada a la Corte de Justicia, la que el 5 de diciembre pasado, en un fallo unánime, resolvió rechazar el recurso interpuesto por el municipio, con lo cual confirmó el fallo de la jueza Rahmer y la acción iniciada por la fiscalía a fin de poder obtener la información necesaria respecto a las actuaciones preliminares iniciadas.
En sus fundamentos, la Corte señaló que “no se logra dilucidar cuál o cuáles han sido las defensas de las que se habría visto privada de ejercitar, toda vez que se limita a describir el desarrollo procesal de la causa sin señalar –concretamente- la afectación alegada”.
Por otra parte, la Corte rechazó que la Fiscalía no tuviera legitimación como planteó el municipio. Los jueces adujeron que el Ministerio Público Fiscal tiene competencia en la interposición y prosecución de pretensiones destinadas a la defensa del medio ambiente.
Asimismo, afirmaron que “Al Procurador General de la Provincia le corresponde –de acuerdo a los lineamientos de la Ley 7.328- la promoción de dichas pretensiones o peticiones procesales, pudiendo expedir instrucciones a los fiscales de cualquier fuero o instancia”.
“A mayor abundamiento, es dable advertir que la finalidad de todo el marco normativo citado es garantizar ampliamente el libre y efectivo acceso a la información pública ambiental a toda persona que la solicite, poniendo a disposición las herramientas que consolidan la participación pública en la materia”, agrega finalmente el fallo.
Los padres del niño de 2 años que falleció el 11 de Agosto tras un incendio registrado en su vivienda, serán llevados a juicio por el delito de abandono de persona seguido de muerte calificado por el vínculo luego de comprobarse que el menor se encontraba en un estado de abandono general y que ese día lo habían dejado solo en forma prolongada para participar de una reunión con ingesta alcohólica que había iniciado en horas de la tarde.
El fiscal penal 4 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, llevó adelante la investigación de un hecho ocurrido el pasado 11 de Agosto de este año en una vivienda ubicada en calle Río Iruya de La Ciénaga, donde tras un incendio, falleció un niño de 2 años que se encontraba solo en el lugar.
La autopsia practicada al menor indica que el niño falleció por asfixia oxipriva por intoxicación con monóxido de carbono y carbonización y el informe realizado por Bomberos Voluntarios de Salta, concluye que el origen del siniestro y los daños resultantes fue la vela que dejaron encendida en la habitación.
Tras estos hechos y con el resultado de las primeras medidas probatorias, Ramos Ossorio decidió imputar a Cristian Andrés Chinchilla y a Ángela Fernanda Ibarrarán por el delito de abandono de persona seguido de muerte calificado en calidad de coautores.
Reunidos los elementos de convicción necesarios, el fiscal requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 6 para la pareja.
En sus fundamentos, el fiscal sostiene que el día de los hechos, según quedó comprobado, la pareja participó de una reunión social en el barrio, donde hubo ingesta de bebidas alcohólicas y dejaron al menor durmiendo solo en el interior de la precaria vivienda con una vela encendida, exponiéndolo a una situación de desamparo, siendo el niño de corta edad incapaz de valerse por sí mismo.
Asimismo resalta que en diversos testimonios obtenidos de vecinos de la pareja, que vivía hacía aproximadamente 7 meses en el lugar y de informes de profesionales del Equipo Interdisciplinario de la Unidad de Graves Atentados, se menciona que existían episodios reiterados de agresividad y violencia entre la pareja y de la pareja con los niños, anteriores al incendio.
Conforme a la investigación efectuada, se pudo establecer que ambos acusados dispusieron deliberadamente dejar al niño solo y en las condiciones objetivas de riesgo creado para asistir a una fiesta y que incluso al enterarse del siniestro, llegaron en forma posterior a que el personal de Bomberos sofocara el incendio.
Otro aspecto que se remarca en el requerimiento son los informes socio ambientales realizados a la pareja por el equipo interdisciplinario de la Unidad de Graves Atentados, donde se devela el bajo nivel de alarma por parte de los progenitores hacia sus hijos, situación de vulnerabilidad de los niños, episodios reiterados de agresividad y violencia entre la pareja y para con sus hijos y se pudo establecer que la pareja pertenece a un grupo social de consumo.
Un hombre de 30 años fue condenado por el delito de lesiones graves por un hecho donde hirió con un destornillador por la espalda a un menor de 15 años en Noviembre de este año en la zona Sudeste de la ciudad, cuando la víctima peleaba con un amigo del acusado.
El fiscal penal 3 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Rodrigo González Miralpeix, solicitó con el acuerdo de las partes, juicio abreviado para José Luis Ramos, “Gavilán”, por el delito de tentativa de lesiones graves en perjuicio de un menor de 15 años, tras un hecho ocurrido en Noviembre de este año en la zona Sudeste de la ciudad.
Según consta en las actuaciones, la víctima se encontraba junto a su novia cuando apareció un hombre al que conoce como “Burro” para incitarlo a pelear, y mientras se enfrentaban, apareció “Gavilán” de manera imprevista y lo lesionó en la espalda con un destornillador y se retiró del lugar.
El juez de Garantías 3, Antonio Pastrana, luego de recibir la confesión del acusado, lo condenó a la pena de 3 años de ejecución condicional y se le impusieron el cumplimiento de reglas de conducta, las que deberá cumplir bajoa percibimiento de revocar la condicionalidad de la pena.
Un hombre de 57 años fue imputado por un hecho ocurrido el 12 de Octubre pasado sobre calle Ituzaingó, entre Alvarado y Urquiza, cuando a bordo de una unidad del Corredor 3 B, embistió a un peatón que resultó lesionado y falleció días después. Conducía a alta velocidad.
La Fiscalía Penal 4 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, a cargo de Ramiro Ramos Ossorio, imputó a Carlos Dante Armella por el delito de homicidio culposo en siniestro vial en perjuicio de Alejandro González Bonorino.
El hecho ocurrió el 12 de Octubre pasado, cuando la víctima transitaba por la vereda Oeste de calle Ituzaingó al 100 y en determinado momento bajó de la vereda para sobrepasar a otro peatón que caminaba delante suyo y fue embestido por la unidad de transporte que circulaba a una velocidad superior a la permitida.
González Bonorino cayó de espaldas en la vereda, fue auxiliado y trasladado al hospital San Bernardo, donde fue intervenido quirúgicamente dos veces y falleció 6 días después.
El fiscal consideró para la imputación que Armella quebrantó el deber de cuidado y precaución que todo conductor debe observar al guiar un rodado de gran porte, haciéndolo a una velocidad superior a la establecida, desplegando una conducta descuidada e imprudente.
El trabajo investigativo contó con el valioso aporte de las cámaras de seguridad de un comercio de electrodomésticos que funciona en la cuadra, donde se puede apreciar lo sucedido aquel 12 de Octubre.
Una mujer de 27 años fue detenida e imputada luego de ser denunciada por vecinos de villa Asunción a los que estafó fingiendo pertenecer a una veterinaria y cobrándoles para suministrarle a sus mascotas medicación sin poseer título habilitante. Se suma además la denuncia de un médico veterinario que sostiene que hizo usurpación de título. Tras la imputación, la causa fue girada a la Unidad de Delitos Económicos.
La Fiscalía Penal 1, a cargo de Gabriela Buabse, imputó a Magalí Evangelina Rendón de 27 años por los delitos de estafa (2 hechos) en concurso ideal con usurpación de título a partir de las actuaciones que llevó adelante a partir de la denuncia de dos vecinos de Villa Asunción y de un médico veterinario.
Los vecinos refieren en forma coincidente que la mujer se presentaba en las viviendas aduciendo trabajar para una veterinaria de zona Centro y ofrecía aplicar pipetas y antiparasitarios a las mascotas por una suma de dinero y que incluso les entregaba un carnet donde anotaba cuándo sería la próxima visita.
También radicó denuncia un médico veterinario, miembro del Colegio de Médicos Veterinarios, donde expone que constituye una estafa la venta y aplicación de pipetas y otros fármacos sin la supervisión de un profesional y que se considera el ejercicio ilegal de la medicina veterinaria el ejercicio de tareas que le son propias sin poseer título habilitante matriculado.
Personal del Grupo Investigativo del Sector 1B desplegó su trabajo en la zona y logró ubicar a la mujer y tras su detención, se secuestró de una mochila que portaba, medicamentos, carnet y otros elementos de interés para la causa.
Reunidos todos estos elementos y tras la imputación, las actuaciones fueron giradas la Unidad de Delitos Económicos Complejos, donde continuará la investigación.