María Fernanda Quinteros

Tartagal: Un hombre y una mujer imputados por el crimen en Villa Saavedra

Un hombre de 33 años una mujer de 27 años fueron imputados por el delito de homicidio criminis causa en perjuicio de un joven de 19 años, ocurrido la madrugada del sábado en la vía pública. La pareja habría consensuado previamente su actuación, que tenía como finalidad robar a la víctima y a un amigo con el que se encontraba reunido en la plaza.

La Fiscalía Penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, a cargo de Pablo Cabot, imputó ayer a Álvaro Alejandro López y a Rosa Adelina Martínez por el delito de homicidio criminis causa en perjuicio de Jeremías Adanto de 19 años.

Según consta en la investigación, el hecho ocurrió el sábado por la madrugada en la plaza 25 de Mayo de Villa Saavedra de esa ciudad, donde un joven de 19 años, identificado como Jeremías Adanto, se encontraba sentado en un banco con un amigo. Allí llegó la imputada y se acercó a conversar con ellos.

Luego, la víctima se paró para saludar a otro amigo que pasó y es en ese momento que aparece el imputado armado con un cuchillo e intenta asaltar al joven que quedó sentado en el banco. La víctima regresó al lugar y fue herido con un arma blanca a la altura de las costillas y falleció debido a que sufrió la perforación del ventrículo derecho.

Para el fiscal, a partir del análisis de las medidas probatorias recabadas hasta el momento, entre ellas la recepción de testimonios, la hipótesis es que ambos imputados se pusieron de acuerdo previamente con la finalidad de robar a los jóvenes que se encontraban reunidos en un banco de la plaza y que la agresión con arma blanca fue para poder concretar el delito ante la resistencia de los damnificados. 

Durante la audiencia de imputación, ambos acusados decidieron no prestar declaración. Desde la Fiscalía se solicitó que se mantenga su detención, mientras se completan diligencias y medidas solicitadas.

Ampliaron la acusación a María Florencia Bridoux Tello

El Tribunal de la Sala II de Juicio de Orán hizo lugar al pedido de las fiscales Filtrin y Viazzi, quienes solicitaron la ampliación de la calificación a homicidio simple con dolo eventual para la joven que causó un siniestro vial con víctimas fatales en Julio de 2008. Continúa la ronda de testimoniales.

En el marco del juicio que se sigue contra María Florencia Bridoux Tello por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas en concurso ideal por un hecho ocurrido en el mes de Julio de 2008, ayer las fiscales penales María Soledad Filtrin  y  Mónica Viazzi, solicitaron al Tribunal la ampliación de la acusación para la joven por homicidio simple con dolo eventual en perjuicio de las hermanas Barba y por lesiones graves en perjuicio de sus padres.

Los jueces Raúl Fernando López, Edgardo Laurenci y María Laura Toledo Zamora hicieron lugar a la ampliación por homicidio simple con dolo eventual pero no al de la ampliación por lesiones graves, ante lo cual las fiscales hicieron reserva de casación.

En la larga lista de testigos que pasaron ayer por la Sala II, se destaca el de un efectivo de Gendarmería Nacional que corroboró los dichos de Orlando Barba respecto a que esa mañana de Julio había un control de Gendarmería que hizo que se detuviera y que encendiera las balizas. 

También declaró un médico legal que en ese entonces se desempeñaba en la Policía de la Provincia, quien dijo que tras el siniestro, con la imputada no se procedió de la manera prevista de acuerdo a la lesión que presentaba, ya que fue ingresada a quirófano, se la aplicó un suero y una sonda vesical sin permitir que se le realizara la extracción de sangre para realizar el examen de alcoholemia. 

Hoy se continuará con la recepción de los últimos testimonios y según está previsto, se producirían los alegatos de las partes. 

Iruya: Dos detenidos por la desaparición de un turista

En el marco de la investigación por la desaparición de un ciudadano francés, ocurrida en el mes de Agosto en la región, se produjo la detención de dos adultos que estarían vinculados en su desaparición.

Los fiscales penales de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio y Pablo Rivero, tomaron intervención a partir del día sábado 15 a las 23, cuando un reporte policial de personal de Iruya daba cuenta que se tomó conocimiento de dos hombres mayores de edad que estarían involucrados en la desaparición de Mathieu Martin de 32 años. 

Martin es un ciudadano francés que se encuentra reportado como desaparecido desde el 8 de Agosto de este año, cuando fue visto por última vez en la localidad jujeña de Tilcara, ante lo cual se inició una intensa búsqueda entre las fuerzas policiales de Salta y Jujuy. 

Conocida las  novedades, se solicitó la detención de estas dos personas al juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino. Ambos detenidos serán trasladados a la ciudad de Salta para concretar su imputación. 

Los fiscales solicitaron además que se les remitan todas las actuaciones realizadas por las distintas áreas de la Policía de Salta que se encontraban llevando el operativo de búsqueda. 

Se comisionó a la zona a personal de la División Homicidios, Cuerpo de Investigaciones Fiscales, Bomberos de la Policía de la Provincia y Canes y Rescate del Servicio Penitenciario de la Provincia, quienes realizarán tareas de búsqueda en la compleja topografía del lugar en procura de dar con el paradero de Martin. 

Obligan al municipio de San Lorenzo a revelar datos de la evaluación ambiental en torno a un complejo hotelero

En el marco de un amparo planteado por la Procuración General el 12 de diciembre pasado, el juez de la Cámara Civil de Apelaciones, José Ruiz, ordenó a la Municipalidad de San Lorenzo la presentación de documentación ambiental relacionada a la habilitación de un complejo hotelero en la zona de “Castellanos” a fin de resolver el recurso interpuesto.

El amparo responde a una“arbitraria omisión” incurrida por parte de la Municipalidad de San Lorenzo, señaló el Procurador General, Pablo López Viñals, en su planteo realizado en vista de que el municipio no contestó ninguno de los pedidos de información pública ambiental en torno a un proyecto urbanístico privado hotelero que, según denuncia y reclamos de vecinos, podría afectar gravemente el cauce del río Castellanos, en dicha localidad.

A fin de conocer esta situación, la Procuración General solicitó informes en fechas 9 de febrero del año 2012, los que fueron reiterados hasta el 24 de septiembre de este año, sin que el municipio haya respondido a los pedidos.

En vista de ello, la Procuración sostuvo que la Intendencia de San Lorenzo incumplió con lo dispuesto por distintas normas de la Ley Provincial de Protección Ambiental y su decreto reglamentario, las que garantizan el acceso a la información pública ambiental del caso.

Por otra parte, y a modo de legitimación de la acción, el Procurador recordó que “la Constitución de la Provincia de Salta (en su art. 166) prevé, entre las atribuciones y deberes del Ministerio Público, la de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, intervenir en toda causa judicial en que esté interesado el orden público, velar por el respeto de los derechos, deberes, principios y garantías constitucionales y accionar en defensa y protección del medio ambiente e intereses difusos”.

Asimismo, agregó que “la Ley Orgánica 7.328, determina entre sus competencias, la interposición y prosecución de pretensiones destinadas a la defensa del medio ambiente y los intereses difusos y el ejercicio de la acción civil pública”.

Jurisprudencia ambiental

En materia de jurisprudencia respecto a la obligatoriedad de la evaluación de impacto ambiental y la participación social por la vía del amparo, se recuerda a modo de antecedente el caso de un grupo de vecinos de la Localidad de Palma Sola contra la Provincia de Jujuy y la empresa Cram S.A., litigio por el cual la Corte de Justicia de la Nación le garantizó su participación ciudadana, declarando la nulidad de resoluciones provinciales que otorgaron autorizaciones de desmonte, cuestionadas porque no surgía de las constancias de la causa que se hayan celebrado las audiencias públicas antes del dictado de las mismas.

De manera similar actuó la Corte de Salta en el caso de la Comunidad Indígena Eber Ezer contra la Provincia de Salta y la empresa Everest S.A. Aquí, se declaró la nulidad del estudio y el procedimiento administrativo de evaluación de impacto ambiental de una iniciativa privada de desmonte porque el estudio omitió valorar los aspectos sociales y culturales que pondrían en peligro la supervivencia de la comunidad. Además, la audiencia pública se había llevado a cabo sin la traducción a la lengua Wichi y sin la presencia comunitaria.

Incluso se puede mencionar un caso minero, presentado por un grupo de vecinos domiciliados en el municipio de Andalgalá, Provincia de Catamarca, contra la minera “Agua Rica LLC Argentina”,“Yamana Gold INC” y el citado Municipio, conflicto por el cual la Corte Nacional declaró la ilegalidad y arbitrariedad manifiesta de la Declaración de Impacto Ambiental que se les había otorgado, también por la falta de participación ciudadana.

Castellanos

En el recurso de amparo presentado, la Procuración referenció los pasos dados por ese organismo a partir de una denuncia ambiental recibida, la que activó la intervención como consecuencia de las competencias en materia de intereses difusos que ostenta el Procurador.

Así las cosas, se iniciaron actuaciones internas Nº 3268/09, las que detallan distintos tramos. En el trámite principal, se indica que además de la información requerida al municipio con jurisdicción en la zona de conflicto, y dada la trascendencia del tema, también se solicitó información mediante oficios a la División Protección del Medio Ambiente de la Policía provincial, al Departamento de Criminalística, a la Fiscalía de Cámara en lo Civil y Comercial, a la Secretaría de Recursos Hídricos y a la Secretaría de Política Ambiental.

A excepción de la Municipalidad de San Lorenzo, la Procuración recibió todos los informes requeridos a los restantes organismos y funcionarios. Cabe resaltar que en el marco de colaboración al Ministerio Público que dispone la Constitución Provincial como obligación a todos los Poderes Públicos, y por resultar información pública ambiental, el plazo de contestación se esperaba en un término de diez días hábiles desde la solicitud “bajo los efectos y apercibimientos de la normativa pertinente”.

Pese a ello, y “transcurrido más de seis años y diez meses del primer pedido a la Municipalidad de San Lorenzo y dos meses del último, el municipio no ha producido la respuesta aún. Por ello,la última vez, el 24 de septiembre de 2018, la Procuración vuelve a insistir bajo el apercibimiento de iniciar las acciones judiciales que por ley correspondan.”.

Sin explicación

En el amparo, la Procuración explicó que “del informe elaborado por el encargado de la Mesa de Entradas de esta repartición, a la fecha no ingresó contestación al requerimiento sostenido por esta Procuración General, sin que medie por parte de la Municipalidad explicación alguna, lo que constituye una negativa a brindar la información pública ambiental”.

Asimismo, agrega el Procurador que “lo solicitado no resulta un mero incumplimiento carente de lesión, pues, de convalidarse la negativa a proveer acceso a la información sobre la materia objeto de la presente acción, se obstruiría la posibilidad de que este Ministerio Público, y la sociedad cuyos intereses representa, ejerzan un control efectivo y actúe en cuestiones de preservación ambiental y de la salud”.

El procedimiento de evaluación de impacto ambiental y social (EIAS) que concluye con la certificación oficial correspondiente -que es el núcleo de la información obligatoria que se exige a la demandada-, incluye mecanismos de licenciamiento social mediante la participación pública y de verificación de inocuidad técnica mediante un dictamen oficial del organismo competente”.

“Es decir que este procedimiento engloba los pasos técnicos y participativos, previos y obligatorios, que debió o debe realizar este Municipio competente para asegurar la inocuidad sanitaria y ambiental del proyecto en cuestión del particular, lo cual no puede verificarse y garantizar si no se accede al trámite”.

Juez de amparo

Presentado el amparo, el juez José Gerardo Ruiz de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, tomó intervención inmediata en el mismo, y dictó una resolución previa al fallo del recurso, mediante la cual ordenó a la Municipalidad de San Lorenzo la presentación de la documentación cuestionada en un plazo de 4 días.

“Requiérase de la parte demandada la presentación, dentro del plazo de 4 días hábiles, de un informe circunstanciado sobre la cuestión que motiva estas actuaciones. En su oportunidad, deberá aportar la totalidad de los documentos y disposiciones normativas que estime pertinentes, individualizando aquellos elementos que no se encontraren en su poder y ofreciendo los restantes medios de prueba de que intente valerse.”, señaló el magistrado.

La Ciénaga: Se investiga el homicidio de un joven de 21 años

Por el hecho hay 6 personas aprehendidas, entre ellas menores de edad. Según lo obtenido hasta el momento por los investigadores, la víctima había sustraído elementos de un automóvil y cuando intentaba huir, fue agredido en un confuso hecho. Falleció por herida de arma blanca. 

La Fiscalía Penal 3 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en turno, a cargo de Rodrigo González Miralpeix, investiga el homicidio de un joven de 21 años, identificado como Enzo Guerrero

El hecho ocurrió ayer en la localidad de La Ciénaga, cuando según se pudo obtener de los testimonios recogidos, la víctima había sustraído pertenencias de un automóvil que se encontraba estacionado en la vía pública y al ser sorprendido, intentó huir y fue agredido en un confuso hecho. 

González Miralpeix dio intervención a la División Homicidios para que realice las tareas investigativas y al Cuerpo de Investigaciones Fiscales para que realice los levantamientos y pericias necesarias. El cuerpo de la víctima fue trasladado al Servicio de Tanatología Forense del CIF para que se le realice la autopsia. 

Son 6 las personas aprehendidas por el hecho, entre ellas menores de edad, quienes serán imputados esta mañana. La investigación será llevada adelante por la Fiscalía Penal 1 de la UGAP, a cargo de Pablo Rivero.

Tartagal: Un detenido por el crimen en Villa Saavedra

Un hombre de 33 años fue detenido y será imputado por el homicidio de un joven de 19 años, ocurrido la madrugada del sábado en la vía pública. La víctima fue herida con un arma blanca y luego se logró secuestrar un cuchillo que habría sido usado para el hecho.

La Fiscalía Penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, a cargo de Pablo Cabot, investiga un hecho ocurrido el sábado por la madrugada en la plaza 25 de Mayo de Villa Saavedra de esa ciudad, donde un joven de 19 años, identificado como Jeremías Adanto, fue herido con un arma blanca y falleció.

Los investigadores lograron gracias al aporte de testigos del hecho y del análisis de cámaras de seguridad, la individualización del sospechoso, quien fue detenido horas más tarde. En su domicilio se secuestraron prendas de vestir y un cuchillo que habrían sido empleado en el hecho.

En las próximas horas, tras el control de legalidad en el Juzgado de Garantías en turno, será trasladado a la sede fiscal para la audiencia de imputación.

Homicidio culposo: «Estoy muerta en vida» dijo la acusada

El viernes inició la audiencia de debate por un siniestro vial ocurrido en Julio de 2008 donde fallecieron dos hermanas y resultaron heridos sus padres. La acusada declaró y dijo lamentar profundamente lo sucedido. Hoy será una larga jornada de testimonios. 

El viernes dio inicio en la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, la audiencia de debate contra María Florencia Bridoux Tello por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas en concurso ideal. El Tribunal integrado por los jueces Raúl FernandoLópez, María Laura Toledo Zamora y Edgardo Laurenci, tras resolver algunos planteos presentados por la defensa de la joven, declaró abierto el debate y recibió la breve declaración de la acusada.

Bridoux Tello dijo ante el Tribunal que lamentaba lo sucedido hace 10 años, que no fue su intención causar tal suceso y que desde aquel día se encuentra “muerta en vida”. Sus palabras fueron breves y no aceptó responder preguntas.

También declaró Orlando Barba, padre de las jóvenes de 14 y 21 años fallecidas. Fue un testimonio muy emotivo pues relató cuando detuvieron su marcha sobre la ruta nacional 50 ante un control de Gendarmería Nacional y fue embestido de atrás por el vehículo guiado por Bridoux.

“Papá me estoy quemando” le habría dicho una de sus hijas tras el siniestro donde también resultó gravemente herido junto a su esposa. “Lo único que quiero es justicia” enfatizó.

Varios de los testigos citados para esa jornada fueron reprogramados para hoy lunes, por lo que está previsto que la audiencia de hoy sea extensa.

Representan al Ministerio Públicolas fiscales penales de Orán, María Soledad Filtrin y Mónica Viazzi.

Bridoux Tello se encuentra acusada de los delitos de homicidio culposo en perjuicio de Vanesa y Gisela Barba y por lesiones culposas en perjuicio de Orlando Barba y su esposa Alicia Gómez en el año 2008. Tras permanecer prófuga, la joven se presentó ante laFiscalía y se ordenó su detención bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

El beneficio de la prisión domiciliaria quedó revocado a través de la misma resolución donde ordenó que sea trasladada a la Unidad Carcelaria Nº9 de Orán a la espera de la realización de la audiencia de debate para evitar el riesgo de fuga conforme a la conducta que ha demostrado la acusada durante “todos estos años de ausencia”.

11 años de prisión para el «Chato» Rodríguez

Roberto Daniel Rodríguez fue condenado hoy a la pena de 11 de años prisión por el delito de tentativa de homicidio doblemente agravado y otros delitos conexos en perjuicio de su pareja. Deberá además someterse a tratamiento psicológico y/o psiquiátrico mientras dure su detención. 

El Tribunal de la Sala VI de Juicio, integrado por los jueces Guillermo Pereyra, Mónica Mukdsi y José Luis Riera, condenó hoy a Roberto Daniel Rodríguez a la pena de 11 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de coacción, amenazas, lesiones doblemente agravadas, desobediencia judicial (2 hechos) en concurso real y tentativa de homicidio doblemente agravada en perjuicio de Nancy Elizabeth Manzaras.

Además se ordenó que reciba tratamiento psicológico y/o psiquiátrica mientras dure su estado de detención. En el mismo fallo se dispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

En los alegatos, el fiscal Pablo Rivero solicitó la aplicación de la pena de 13 años de prisión y dijo que se trataba de una causa singular, que debía ser analizada con perspectiva de género, la misma que se empleó durante la investigación, ya se trata de una causa típica de violencia de género. 

El abogado defensor de Rodríguez solicitó su absolución por el beneficio de la duda para los delitos conexos y la aplicación de la pena de hasta 6 meses de prisión por el delito de lesiones leves. 

San Agustín: A prisión por abusar de un joven con padecimientos mentales

Un hombre de 19 años fue condenado hoy por un hecho ocurrido el pasado 2 de Noviembre en un potrero de esa localidad, donde abusó sexualmente de un joven de la misma edad que padece una enfermedad mental grave. 

El hecho fue denunciado el 2 de Noviembre de este año por la madre del joven de 19 años, que padece una enfermedad mental grave y presenta un notorio deterioro en su salud. Ese día había sido abusado por otro joven de la misma edad en el interior de un potrero de la localidad de San Agustín. 

La Fiscalía Penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, a cargo de Cecilia Flores Toranzos, inició las actuaciones y recibió la declaración filmada del joven damnificado y se incorporaron los informes médicos que acreditan el estado de salud de la víctima. 

A partir de la confesión del acusado y del acuerdo manifestado por las partes, la fiscal solicitó juicio abreviado para el acusado. El mismo estuvo a cargo del juez interino de la Sala V del Tribunal de Juicio, José Luis Riera, quien lo condenó a la pena de 6 años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal y en el mismo fallo, dispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

En Marzo será el juicio por el femicidio de Cintia Carmen Tapia

Ramón Ángel Chocobar, «Ramoncito”, acusado del homicidio triplemente calificado de la joven madre de 25 años que fue encontrada sin vida en el camping El Préstamo el 21 de Setiembre de 2017, será juzgado desde el 21 al 29 de Marzo de 2019.

El fiscal penal 4 de la Unidad deGraves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, fue notificado por la Sala VII del Tribunal de Juicio de la fijación de fecha para audiencia de debate en la causa que investiga por el homicidio calificado por alevosía,criminis causae y femicidio en perjuicio de Cintia Carmen Tapia, ocurrido la madrugada del 21 de Setiembre de 2017 en el camping El Préstamo del dique Cabra Corral.

Según lo previsto, la audiencia se desarrollará los días 21 y 22 de Marzo a las 10.30; los días 25, 26 y 27 de Marzo a las 15 y 28 y 29 de Marzo a las 10.30.

En el requerimiento a juicio, Ramos Ossorio consigna los numerosos testimonios recogidos de las personas que compartían el festejo con la víctima y el acusado, quienes presenciaron cuando Chocobar acompañó a la joven madre al baño y luego volvió solo y fue encontrado con las prendas manchadas con sangre.

También se refiere a los resultados de las diferentes pericias realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales, donde la situación del acusado se ve seriamente comprometida, sobre todo en las pruebas genéticas, de donde surge la certeza de su autoría.

La hipótesis criminal del fiscal sostiene que Chocobar tenía la intención de abusar sexualmente de Cintia CarmenTapia y ante la imposibilidad de consumar ese delito, desplegó su intencionalidad homicida con alevosía. Ante la negativa de la mujer, la golpeó con un elemento contundente en una zona vital, actuando a traición, ya que la víctima se encontraba bajo los efectos del alcohol y confiaba en su victimario porque lo conocía y había sido su pareja. En relación a la calificación de femicidio, se refiere al acto de violencia de género perpetrado en función de la desigualdad física existente y a la vulnerablidad de la mujer.