La fiscal interina de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, se declaró incompetente en razón de la materia, en la investigación sobre posibles cobros irregulares del Ingreso Familiar de Emergencia y remitió las actuaciones para su intervención a la Fiscalía Federal 1. Es que las sumas que habrían sido percibidas por las personas investigadas, corresponden a fondos de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
En el escrito dirigido al Fiscal Federal Nº 1, la fiscal
Simesen de Bielke relató que la Unidad Fiscal intervino a partir de la noticia
periodística respecto a los funcionarios públicos provinciales y municipales
que habrían accedido a la gestión y cobro del Ingreso Familiar de Emergencia,
inició las actuaciones y despachó las diligencias correspondientes.
Vale recordar que en mayo pasado, el Ministerio Público
Fiscal de Salta tomó intervención a raíz de la publicación en la que se
mencionó que el concejal de Guachipas, Héctor Cari, habría cobrado
personalmente el beneficio nacional conocido como IFE. Al advertir tal
situación, se dispuso la intervención de oficio y se logró determinar que
efectivamente el edil había accedido a tal subsidio. Se dispuso su
imputación y actualmente, el caso se encuentra con requerimiento de juicio ante
el Juzgado de Garantías 4.
Y ante la presunta existencia de hechos ilícitos de
similares características al de Cari, se dispuso la intervención fiscal.
Simesen de Bielke remitió al Fiscal Federal la averiguación
Preliminar que contiene el informe de la División Delitos Económicos y distintos
elementos probatorios; junto al listado agregado con datos de funcionarias y funcionarios
que habrían accedido al pago del IFE. La maniobra defraudatoria sería, prima
facie, en perjuicio de un organismo nacional, por lo que el hecho resulta de
competencia federal, conforme las previsiones de la Ley 48.
Ingreso Familiar de Emergencia
A raíz de la declaración por parte del Gobierno Nacional de
la declaración de la Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada
por la Organización Mundial de la Salud a raíz del COVID 19, se dispusieron distintas
medidas tendientes a coadyuvar a la población por la falta de ingresos ante la
imposibilidad de trabajar y para aquellos ciudadanos que no contaban con un
ingreso efectivo por encontrarse relegados del sistema legal de trabajo.
Fue así que se dispuso este Ingreso Familiar de Emergencia
para los trabajadores y monotributistas, de entre 18 y 65 años, con mayor grado
de vulnerabilidad, sumando a este IFE al paquete de medidas que alcanzan a
trabajadores formales de sectores críticos, informales, monotributistas,
jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones y empresas. Pero como
toda medida de carácter excepcional, se establecieron para el acceso requisitos
tales como contar con foto del documento nacional de identidad, datos de
contacto (correo electrónico); CUIL y Clave de la Seguridad Social y recién a
partir de allí, una vez reunidos tales requisitos, se podía ingresar a la
solicitud del beneficio.
Pero también se establecieron exclusiones, de forma tal que
no tendrían derecho al acceso aquellos titulares o su grupo familiar que
tuviera ingresos provenientes de una relación de dependencia en el sector
público o privado.
Y tratándose de funcionarios públicos el desconocimiento
de la normativa no deviene en una excusa que permita eximirlos de
responsabilidad penal, máxime en el contexto actual en el que nos encontramos a
raíz de la declaración de emergencia económica. Se vislumbran como posibles
hipótesis de investigación, las de aquellos que se inscribieron en el IFE
siendo funcionarios públicos y que no accedieron al beneficio como aquellos que
cobraron el beneficio.