María Fernanda Quinteros

Piden jury de enjuiciamiento contra un Fiscal Penal

El fiscal ante la Corte Nº1, Eduardo Sylvester, formuló acusación en contra del fiscal penal de Salvador Mazza, Jorge Armando Cazón por mal desempeño y solicitó que se inicie el proceso a fin de que sea removido del cargo que ostenta y se lo inhabilite para ocupar cargos públicos.

La acusación del Fiscal ante la Corte Nº1, se basó en seis hechos vinculados con mal desempeño por demoras en casos de abusos sexuales, de violencia de género, irregularidades en el manejo de dinero secuestrado, órdenes en causas de otras provincias y coacción a gendarmes e inoperancia e ineficacia procesal en un robo con armas, además del juicio político anterior solicitado anteriormente y las sanciones y sumarios que pesan sobre el funcionario denunciado.

Demoras en casos de abusos sexuales. En uno de ellos, la madre de una niña de 15 años con retraso madurativo denunció  un hecho de abuso, que tuvo como testigo a una hermana y que fue amenazada por el agresor. La denuncia fue puesta en conocimiento de Cazón el 30 de marzo de 2017. No obstante el gravísimo tenor de la denuncia, el Fiscal no realizó ninguna medida procesal hasta el 29 de abril de 2019, es decir más de 2 años después del hecho delictivo, cuando recién promovió acción penal porque el acusado fue detenido en la vía pública.

En otro caso, el 15 de mayo de 2017, los padres de una menor radicaron denuncia en la propia Fiscalía de Salvador Mazza, en contra del profesor de su hija. Cazón ordenó inicialmente la realización de una Cámara Gesell y requirió informe al médico legal de la policía, pero no adoptó medida alguna a fin de avanzar en la investigación hasta más de un año más tarde, el 24 de octubre de 2018, cuando solicitó la detención del presunto acusado.

Violencia de género: En un expediente por violencia, abusos y privación ilegítima de la libertad, el fiscal Cazón y la defensa llegaron a un acuerdo para solicitar juicio abreviado a favor del imputado. Al citarse a la mujer víctima del delito, dijo que en los días previos al acuerdo “la llamó al celular de su padre un número que desconocía, le dijo que era el Fiscal y le dio a entender que si ella le daba plata o tenía sexo con él, el imputado iba a seguir preso”. También relató que un familiar del imputado le manifestó que él nunca iba a llegar a estar preso porque le pagaba al Fiscal. La grave denuncia fue publicada en la página de Facebook del canal de televisión VIDEOTAR de Tartagal, a raíz de lo cual Cazón pidió derecho a réplica y fue convocado al piso para una entrevista, durante la cual sostuvo una dura discusión con la periodista Mabel Carrizo, a la que calificó de “abortera” en distintas ocasiones. Carrizo denunció la violencia de género del fiscal Cazón. En la causa judicial iniciada, la jueza de Violencia Familiar y de Género de Tartagal consideró que la situación encuadraba como un supuesto de violencia de género e intimó a Cazón a abstenerse de ejercer actos de violencia y lo obligó a realizar capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres.

Irregularidades en el manejo de dinero secuestrado. En por lo menos dos causas por tenencia de estupefacientes para comercialización, el fiscal Cazón omitió cumplir con la ley 7838 que lo obliga a hacer el depósito del dinero secuestrado en una cuenta bancaria. En una de ellas, el juez interviniente rechazó un pedido de devolución del dinero, no obstante lo cual Cazón, que estaba notificado de esa decisión, mediante una confusa llamada telefónica indujo a un efectivo policial a devolver el dinero, aún cuando el expediente ya había sido elevado a juicio.

En otro caso, no contestó los requerimientos judiciales para informar dónde estaba el dinero secuestrado y después de varios informes policiales haciendo saber que la plata no estaba en esa sede, sugestivamente apareció en la policía un sobre con el dinero luego de que el Juez iniciara una investigación al respecto. Se constató, además, que el fiscal Cazón se negaba a recibir los secuestros, lo que obligaba a los efectivos policiales a tenerlos en un armario sin registro.

Órdenes en causas de otras provincias y coacción a gendarmes. En ochocasos en los cuales funcionarios de Gendarmería o Migraciones realizaban un control en la frontera, se detuvo a ciudadanos que tenían pedido de captura ordenado por tribunales de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tucumán, Santiago del Estero y Jujuy. Ante las dificultades para contactar con los juzgados respectivos, se consultó al fiscal Cazón, quien, lejos de reconocer su incompetencia y  absoluta falta de jurisdicción en esos casos, decidió por sí mismo, sin consulta a los jueces de las causas y dispuso la libertad de los detenidos. Un juez de CABA, advirtiendo la notoria irregularidad, la puso en conocimiento de la entonces Procuradora General de la Nación, que dispuso remitir las actuaciones a Salta, donde se inició una investigación.

Los gendarmes intervinientes relataron en un primer momento que el fiscal Cazón había dado las órdenes de libertad. Sin embargo, poco después presentaron notas en las que cambiaron su versión por supuestos errores involuntarios al citar al Fiscal jurisdiccional. Citados nuevamente los gendarmes, declararon bajo juramento que en realidad sí fue el Fiscal Cazón quien dio las órdenes y que el cambio de versión obedeció a que días después de sus primeras declaraciones, el fiscal los contactó personal y telefónicamente y los presionó para que modificaran sus dichos. Los gendarmes hablaron de presión, insistencias constantes, coacciones y consecuencias jurídicas si no sucedía lo que él pedía.

Inoperancia e ineficacia procesal en un robo con armas. El dueño de una camioneta charlaba con un amigo en Salvador Mazza; y su esposa y dos hijas menores de edad, estaban dentro del vehículo. De una motocicleta bajaron tres personas que con armas de fuego, amenazaron y apuntaron constantemente a todos e intentaron arrancar la camioneta con la mujer y niñas dentro. Les permitieron bajar y robaron la camioneta, en la que escaparon.

La investigación del fiscal Cazón fue tan pobre e incompleta, que al dictar sentencia los jueces la calificaron de “deficiente, paupérrima e  ineficaz” y expusieron que no se hizo reconocimiento en rueda de  personas ni careos, ni desgrabación de las cámaras de seguridad; ni croquis ilustrativos; ni  reconstrucción del hecho; ni examen del contenido de los teléfonos; ni descripción del arma.

Señalaron además que Cazón dejó vencer todos los plazos legales para ofrecer pruebas, lo que generó que el Tribunal no pudiera valorar en su real contexto el hecho ilícito ni valorar prueba alguna y que pretendió introducir en forma extemporánea, durante los alegatos, en otra sala del Tribunal de Juicio, el ofrecimiento de prueba omitido. Además, resaltaron que Cazón, al acusar, no mencionó la utilización de las armas de fuego relatadas por las víctimas; imputó como tercero involucrado a una persona sin ninguna prueba y respecto de otro imputado, requirió una pena menor a la del mínimo legal sin justificar su postura. 

Juicio político anterior, sanciones y sumarios Las irregularidades en el manejo de los expedientes y la inidoneidad del fiscal Cazón constituyen una verdadera regla de conducta reiterada a lo largo del tiempo, sostuvo Sylvester en su denuncia.

  • En 2016, se pidió el juicio político del fiscal Cazón por su desastrosa investigación en el caso de la violación en banda en perjuicio de la niña wichi cuyo caso se conoce como “Juana”, quien fue víctima de abuso por parte de al menos ocho sujetos, el 28 de noviembre de 2015 en el paraje Alto la Sierra.
  • En 2017, el ex Procurador General, aplicó al Fiscal Cazón la sanción de multa del 15 % de su remuneración por no haber producido avances en la investigación en un conflicto gremial en la Municipalidad de Salvador Mazza a pesar de hacer recibido 28 denuncias.
  • En 2019, se aplicaron al fiscal Cazón las sanciones de suspensión por el término de 20 días y multa del 20% de su sueldo, decisión que fue confirmada por el Colegio de Gobierno del Ministerio Público. En las actuaciones se comprobó que: a) el fiscal Cazón no obstante encontrarse de licencia concedida, continuó ejerciendo actos propios de la función de Fiscal Penal; b) reiteradas inobservancias en 21 casos a los plazos fijados en el Código Procesal Penal, lo que provocó el cierre definitivo del proceso o la libertad del imputado o la imposibilidad de justificar la acusación en audiencia de debate por falta de pruebas para producir, por no haber observado el Fiscal Cazón la debida diligencia; c) otras siete causas en las que se comprobaron demoras injustificadas en el desarrollo de la investigación; d) 18 causas con incumplimientos en la motivación de los requerimientos fiscales, provocando el rechazo por el órgano jurisdiccional; e) también se constató el desorden en que el Fiscal Cazón tenía las actuaciones bajo su custodia.
  • Actualmente, se encuentran en trámite ante las Fiscalías de Impugnación cuatro sumarios administrativos dispuestos por Procuración General y numerosas denuncias en contra del Fiscal en cuestión, que están en trámite en esa sede.

En su presentación ante el Jurado de Enjuiciamiento, el fiscal ante la Corte Eduardo Sylvester, expresó que “aún cuando la cantidad de irregularidades graves en el proceder del fiscal Cazón es enorme, acuso sólo por hechos que pueden corroborarse fácilmente con la prueba incorporada en expedientes judiciales y administrativos”, los cuales pidió que sean requeridos, además de los testimonios ofrecidos.

Y consideró que el mal desempeño del fiscal penal Jorge Armando Cazón que se demuestra en la presente acusación, es causal suficiente para se inicie el proceso de juicio político y se lo remueva del cargo de Fiscal de Salvador Mazza, inhabilitándolo de por vida para ocupar cargos públicos.

La Merced: chofer de SAETA imputado por un homicidio culposo

El hombre de 38 años, fue imputado por un hecho ocurrido en la localidad del Valle de Lerma, donde al realizar una maniobra imprudente, causó un siniestro vial, donde falleció un hombre de 36 años que circulaba en una motocicleta. El agravante considerado es que el chofer profesional, conducía bajo los efectos de sustancias estupefacientes.

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Leandro Flores, imputó a Tiofilo Fortunato Gerón como autor del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente, o antirreglamentaria de un vehículo con motor, calificado por estar bajo los efectos de estupefacientes.

El hecho ocurrió el 3 de enero por la tarde en la localidad de La Merced, cuando una unidad de transporte, conducida por Gerón, circulaba por avenida Sarmiento en sentido Oeste a Este y el chofer realizó una maniobra de giro hacia la izquierda sin respetar la prioridad de paso de la motocicleta conducida por la víctima, la cual circulaba por el lado derecho, ingresando el colectivo a calle Mendoza, momento en que el damnificado advierte el cruce del colectivo por frente de su línea de marcha, acciona los frenos e impacta en la parte posterior del vehículo de mayor porte.

La víctima, identificada como Álvaro Federico López, fue asistido y falleció horas más tarde en el hospital San Bernardo, con diagnóstico de shock hipovolémico, politraumatismo grave y TEC.

El informe realizado por el Servicio de Toxicología Forense del CIF señala que en las muestras extraídas al acusado, se detectó la presencia de cocaína.

El acusado estuvo acompañado por un defensor particular y se abstuvo de declarar.

Conductor será llevado a juicio por estar alcoholizado, causar dos muertes y darse a la fuga

El hecho ocurrió en la intersección de calles Rioja y Laprida de la ciudad de Salta, durante la madrugada del 5 de setiembre de 2020. Un menor de 15 años falleció en forma inmediata y días después falleció su acompañante de 21 años. El acusado se encontraba ebrio y huyó del lugar sin prestarles auxilio. Una pericia comprobó además, que circulaba a una velocidad superior a la permitida.

La fiscala penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 2, para Gabriel Simón Guaymas, acusado del delito de homicidio culposo en siniestro vial calificado por circular superando el nivel de alcoholemia permitido, darse a la fuga, por el número de víctimas y por superar la velocidad máxima en perjuicio de Noel Ariel Agustín Quintana y Claudio Alfredo Mercado.

La madrugada del sábado 5 de setiembre de 2020, un menor de 15 años y su amigo de 21 años, circulaban en una motocicleta y fueron embestidos por un automóvil en la intersección de calles Laprida y Rioja. Cayeron en la cinta asfáltica, notoriamente lesionados y el conductor del vehículo de mayor porte, se dio a la fuga.

Los jóvenes fueron auxiliados por los vecinos, quienes llamaron al Sistema de Emergencias 911. Ambos fueron trasladados en código rojo al hospital San Bernardo, donde Claudio Alfredo Mercado falleció por hipertensión endocraneana y TEC grave. Su compañero, Ariel Noel Agustín Quintana, quedó hospitalizado en grave estado y falleció días después.

Personal del Grupo Investigativo Sector 5 A de la Policía de la Provincia, encontró restos del automóvil en el lugar y con el aporte de testigos y otros indicios, localizó al automóvil embistente, en una vivienda de las inmediaciones.

Al ser atendidos en ese domicilio, un hombre dijo ser el conductor del automóvil al momento del siniestro y luego, cambió su versión y reveló que se trataba de su hijo, que se encontraba en el interior de la casa. Guaymas fue demorado y el test de alcoholemia que se le realizó, arrojó un resultado de 1.57 g/l.

El agravamiento de la acusación por superar la velocidad máxima permitida, se produce al incorporarse en la investigación el resultado de la pericia accidentológica que se realizó, donde surge que Gabriel Simón Guaymas conducía a 61,4 km/h, mientras que según la Ley Nacional de Tránsito y seguridad vial N.º 24449/95 no debía superar los 30 km/h.

No declararon los acusados del homicidio de un anciano

Este miércoles, inició el juicio contra Alan Nahuel Arias y María del Valle Guaymán por el homicidio doblemente agravado por ensañamiento y criminis causa en perjuicio de Bernabé Fortunato López de 89 años, ocurrido en diciembre de 2018. Decidieron no declarar en la primera jornada y se inició la ronda de testimoniales.

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados, Leandro Flores, representa al Ministerio Público ante la Sala IV del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Alan Nahuel Arias y María del Valle Guaymán, imputados como autores del delito de homicidio doblemente agravado por ensañamiento y criminis causa en perjuicio de Bernabé Fortunato López.

Durante la primera jornada, se dio lectura al requerimiento a juicio fiscal y los acusados decidieron no declarar ante los jueces Maximiliano Troyano, Norma Beatriz Vera y José Luis Riera.

Entre los testigos citados, declararon el nieto de la víctima, su esposa y efectivos policiales que tuvieron intervención en la investigación.

Para la jornada de este jueves se prevé la declaración de policías y familiares de Bernabé Fortunato López.

La audiencia se desarrolla en la Sala de Grandes Juicios del Poder Judicial y está previsto que finalice el martes 17 de agosto.

Repudian amenazas a una Fiscala de Violencia Familiar y de Género

La Fundación Gema (Género y masculinidades), repudió las amenazas proferidas en contra de la fiscala penal de Violencia Familiar y de Género, Claudia Geria, quien en  el ejercicio de su función  imputó a un hombre por violencia de género y  por desobediencia judicial. La Fiscala solicitó su detención, porque pesaba sobre el sujeto una  prohibición de acercamiento a su expareja, la cual infringió. Luego, la amenazó.

El 11 de junio, la fiscala fue víctima de mensajes anónimos y amenazantes, enviados por el acusado detenido, Miguel Raúl Enrique Gentil. “Te voy a ajusticiar o “estás viviendo tiempo tiempos regalado», fueron algunas de las amenazas. La Fundación Gema solicitó en su documento que “se investigue y sancione al agresor” y cerró el documento con el pedido de “Basta de amenazas, violencia de género y femicidios! ¡Nunca Más violentos sin condenas!”

Al documento, adhirieron:

  • Beatriz Regal y Jorge Taddei
  • Espacio de Diversidad y Género ATE
  • Fundación Volviendo a Casa.
  • Greta Roquero. Periodista Programas La Propaladora y La Región (radial FM Sport Casilda). Enfoque Cooperativo Canal 4 Cooperativo. 
  • La Marx Santa Fe.
  • Abogadas Instituto Jurídico con Perspectiva de Género.
  • Secretaria de Género de APSADES Y CE DE APSADES
  • Secretaria de Igualdad de Género y Oportunidades de CTAA Salta
  • Asociación Madres del Dolor
  • Casa María Pueblo
  • Mesa de Derechos Humanos (Familiares de Detenidos-Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales, Asociación Coca Gallardo, Asociación Lucrecia Barquet, HIJOS Salta)
  • Mujeres Evita Salta – JP Feminista
  • KOLINA FEMINISTA ADHIERE
  • Mala Junta
  • Mujeres Trans Argentina
  • Campaña por la emergencia nacional en violencia contra las mujeres.

Gentil, imputado y detenido

En el caso originado en las amenazas en perjuicio de la Fiscala, interviene el fiscal penal 1, Ezequiel Molinati. Los investigadores del CIF identificaron el origen de las amenazas, vertidas a través de la sección Comentarios de un portal informativo, donde se vertieron comentarios de tenor delictual. “No vas a llegar a jubilarte…”, “Mis ojos te verán colgada…”, “Vas a implorar no haberte metido con nuestra comunidad…”, entre otras que más tarde fueron eliminadas o borradas.

Las amenazas fueron publicadas de la misma dirección IP, perteneciente al domicilio del imputado, Miguel Raúl Enrique Gentil, quien había sido imputado por Geria meses antes por la fiscala Geria, por reiterados hechos de violencia de género en detrimento de su expareja. La particularidad del caso fue que también acosaba a su expareja a través de redes sociales y mediante distintos perfiles falsos. Gentil estuvo detenido por amenazas, acoso y desobediencia judicial y fue oportunamente beneficiado con la figura de la prisión domiciliaria, desde los primeros días de junio pasado. Luego, amenazó a la funcionaria del Ministerio Público Fiscal.

Gentil se encuentra detenido en la Alcaidía General de la Provincia, al considerar la jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, como probable su participación en el hecho y hacer lugar a lo solicitado por la fiscalía interviniente. En ese marco, ordenó la prisión preventiva del acusado provisoriamente del delito de amenazas.

Ciberdelincuencia: El Ministerio Público Fiscal de CABA asesora al MPF de Salta

El procurador General de la Provincia, Abel Cornejo, firmó un convenio específico de colaboración con su par Juan Bautista Mahiques, del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires (CABA), por el que éste asesorará en la organización y gestión de la Fiscalía especializada en ciberdelincuencia, cuya creación fue promulgada en 2019.

El convenio establece que el equipo de trabajo de Salta realizará capacitaciones, charlas virtuales, encuentros presenciales y trabajo en conjunto con sus pares de Buenos Aires y especialmente, teniendo en cuenta que el Ministerio Público Fiscal de CABA ha constituido la lucha contra la ciberdelincuencia como uno de los ejes institucionales fundamentales de su política criminal. Todo ello, porque las acciones ilícitas cometidas a través de medios digitales impactan en la seguridad pública y en los derechos individuales de las personas afectadas.

A fin de programar, orientar y coordinar las actividades, el Procurador General designó a la secretaria General de Política Criminal del MPF de Salta, Sofía Cornejo, como coordinadora y el Ministerio Público de CABA hizo lo propio, con la fiscala de la Unidad Especializada en Delitos y Contravenciones, Daniela Dupuy.

Cabe recordar que en diciembre de 2019, el Poder Ejecutivo Provincial promulgó la ley que establece la creación de una Fiscalía Penal especializada en Ciberdelincuencia, con competencia en todo el territorio salteño y con asiento en el Distrito Judicial del Centro. La Fiscalía todavía no funciona.

La Fiscalía tendrá a su cargo la investigación y persecución de delitos, cualquiera sea su naturaleza, siempre que para su comisión sean utilizados medios informáticos y sus derivados cometidos a través de la red. Se entiende por “delito informático” a toda acción u omisión así prevista como tal en la legislación penal argentina, que fuera dirigida hacia medios informáticos, o bien que se concretara mediante la utilización de estos. Serán funciones de la Fiscalía Penal especializada en Ciberdelincuencia: intervenir en toda conducta delictiva que tenga por objeto sistemas o programas informáticos y/o que sea perpetrada a través de sistemas o programas informáticos.

Banda condenada por el robo a oficinas y comercios del microcentro

Cuatro hombres que integraban una banda que cometía delitos contra la propiedad, fueron condenados por un hecho ocurrido en junio de 2018, cuando irrumpieron en una galería ubicada sobre avenida Belgrano al 600 y oficinas ubicadas sobre calle España a la misma altura y sustrajeron diversos bienes y dinero. 

La fiscala penal de la Unidad contra Robos y Hurtos, María Eugenia Guzmán, representó al Ministerio Público ante la Sala V del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra Carlos Héctor Aguirre, Jorge Ariel Báez, Franco Augusto Labari y Ricardo Hércules Ríos Muñoz por el delito de robo calificado en poblado y en banda.

Los hechos juzgados ocurrieron en junio de 2018 en locales comerciales y alrededor de 20 oficinas de avenida Belgrano 635 y en calle España 628 de la ciudad de Salta, donde bajo la modalidad boqueteros, los acusados, quienes contaban con frondosos antecedentes de delitos contra la propiedad, se llevaron importante cantidad de bienes.

De las tareas de investigación desplegadas por el Grupo de Investigación 2, a cargo del comisario Fabricio Nieva y otras áreas de la Policía de la Provincia, entre las que se cuenta el relevamiento de 47 cámaras de video que fueron analizadas en forma minuciosa y tareas de Criminalística, se logró establecer que el ilícito habría sido perpetrado por una banda de esta ciudad, con colaboración de un extranjero.

La causa se conoció como «la casa de Troya», ya que los delincuentes dejaron un vehículo en un estacionamiento y al cierre del mismo, descendieron tres de ellos y por más de ocho horas, ingresaron en las oficinas y comercios para cometer los ilícitos, sustrayendo distintos bienes y dinero en moneda nacional y extranjera y otros .

Reunidos los elementos de convicción necesarios, se realizaron tareas de vigilancia por un tiempo prolongado e ininterrumpido y se solicitó al Juzgado de Garantías 4, orden de allanamiento y detención para diversos domicilios vinculados a los investigados, donde se secuestraron elementos usados para cometer los ilícitos, una importante cantidad de dinero y otros de interés para la causa.

El Tribunal colegiado, integrado por los jueces Gabriela Romero Nayar, Mónica Faber y Marcelo Rubio, en el veredicto, impuso a los acusados la pena de tres años de prisión de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.

Jorge Ariel Báez fue declarado reincidente por tercera vez y al registrar condena anterior, se unificó en la pena única de cuatro años y dos meses de prisión efectiva.

Carlos Héctor Enrique Aguirre fue declarado reincidente por tercera vez y al registrar condena anterior, se unificó en la pena única de cuatro años de prisión efectiva.

Finalmente, los condenados, en carácter de indemnización por el daño causado, pagaron una suma de dinero a todos los damnificados.

Bº La Loma: Condenaron a “Coki” por lesiones graves

Gerardo Vicente Arias fue condenado en juicio abreviado por un hecho ocurrido en agosto de 2020, cuando el acusado, junto a otra persona no identificada, se acercaron a la víctima a bordo de una moto, y le dispararon en una de sus piernas, provocándole una fractura expuesta.

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Leandro Flores, representó al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio en la audiencia de juicio abreviado contra Gerardo Vicente Arias, “Coki”, por el delito de lesiones graves calificadas por el uso de arma de fuego y portación ilegìtima de arma de fuego de uso civil en perjuicio de Luciano Gabriel Guantay.

El hecho ocurrió el 28 de agosto de 2020 en barrio La Loma, zona Oeste de la ciudad de Salta, cuando la víctima se encontraba reunido en la vía pública junto a otras personas y apareció una motocicleta con dos personas a bordo y una de ellas le efectuó un disparo con un arma de fuego calibre 22, que impactó en una de sus piernas, produciéndole una fractura expuesta.

La jueza interina Carolina Sanguedolce, luego de recibir la confesión del acusado, le impuso una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y el cumplimiento de reglas de conducta. En el mismo fallo, dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Finalmente, en carácter de indemnización por el daño moral y material causado a la víctima y su familia, se fijó el pago de una suma de dinero por parte del condenado.

Comienza el juicio por el brutal homicidio de un octogenario

Alan Nahuel Arias y María del Valle Guaymán serán juzgados desde el próximo miércoles 4 de agosto, por el homicidio doblemente agravado por ensañamiento y criminis causa en perjuicio de Bernabé Fortunato López de 89 años, ocurrido en diciembre de 2018.

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados, Leandro Flores, representará al Ministerio Público ante la Sala IV del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Alan Nahuel Arias y María del Valle Guaymán, imputados como autores del delito de homicidio doblemente agravado por ensañamiento y criminis causa en perjuicio de Bernabé Fortunato López.

El hecho ocurrió el 21 de diciembre de 2018 en calle Gral. Paz al 800 de la ciudad de Salta, cuando la pareja, con intenciones de robo, ingresó a la vivienda del octogenario  y lo atacaron salvajemente, lo arrastraron y le practicaron maniobras de ahorcamiento. Fue internado en el hospital San Bernardo y falleció días después.

Los imputados fueron inicialmente acusados como autores del delito de robo calificado por las lesiones y tras el fallecimiento del octogenario, la causa se giró a la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, donde se agravó la calificación.

Según consta en las actuaciones, la víctima se encontraba sentado en un sector externo de la casa cuando apareció una mujer desconocida y le arrojó una sustancia en los ojos que le impedía la visión. Luego apareció un hombre y con un trapo lo tomaron del cuello y lo ingresaron a la vivienda a los golpes.

Lo llevaron hacia una galería en la parte posterior, donde repetían que lo iban a matar y le propinaban golpes. Cabe señalar que López tenía 89 años y se encontraba operado de la cadera, por lo que tenía movilidad reducida.

Tras el ataque, lo dejaron abandonado y se introdujeron a la vivienda para sustraer distintos elementos, los cuales fueron transportados en un remis.

El fiscal fundamentó la acusación en que los imputados, luego de haber estudiado los hábitos de vida del  anciano,  sabiendo que se encontraba solo y que se trataba de una persona vulnerable por la edad y el estado de salud, decidieron atacarlo mientras el damnificado se encontraba sentado en la puerta de su domicilio.

El homicidio se agrava porque los acusados atentaron contra la vida del anciano con el fin de facilitar la comisión de un robo y procurar impunidad. También por ensañamiento ya que Arias y Guaymán decidieron acabar con la vida de López haciéndole padecer un sufrimiento físico innecesario, ya que por la avanzada edad y estado de salud de la víctima, sabían que era una persona totalmente vulnerable y sin ninguna posibilidad de defenderse.

Detienen a un prófugo que abusó de su nieta

Bajo la dirección del fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, los investigadores del CIF lograron ubicar al sujeto, de 62 años, quien viajaba asiduamente a Bolivia y residía en Salta, en un barrio de la zona sudeste de la capital salteña.  

Ante el resultado del trabajo de los investigadores del CIF, el fiscal González Miralpeix solicitó al Juzgado de Garantías 1 que autorice el allanamiento y detención del acusado de abusar de su nieta, de 4 años.

La denuncia fue radicada por la madre de la menor, a fines de 2020, cuando precisó que permaneció de visita durante una semana en la casa de sus padres y que dejó ocasionalmente a su hija al cuidado de sus abuelos. El abuso fue detectado a través de un control médico.

El hombre fue detenido cuando se disponía a realizar trabajos de reparación en el frente de la vivienda en la que residía. La imputación se realizará en las próximas horas, por la comisión del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo.