María Fernanda Quinteros

Caso Liliana Ledesma: Últimas instancias del juicio contra los hermanos Castedo

Este martes, al reanudarse la audiencia de debate contra los hermanos Castedo, será el turno de realizar sus alegatos de los abogados defensores. Cabe recordar que la fiscal Carreras y  los abogados querellantes solicitaron la pena de prisión perpetua para ambos en calidad de coautores.

La fiscal penal de Graves Atentados Contra las Personas de Orán Claudia Carreras, representa al Ministerio Público Fiscal ante la Sala I del Tribunal de Juicio de ese distrito, en la audiencia de debate contra Delfín Reynaldo Castedo y Raúl Amadeo “Hula” Castedo por el delito de homicidio calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas.

Este martes, al reanudarse la audiencia de debate, el Tribunal dará lugar a los abogados defensores para realizar sus alegatos en este juicio que inició el pasado 19 de septiembre.

Cabe recordar que la fiscal Claudia Carreras a su turno solicitó que ambos sean condenados a la pena de prisión perpetua como coautores del delito de homicidio calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas en calidad de coautores.

A su turno, la querella adhirió al pedido de la representante del Ministerio Público Fiscal.

Caso Liliana Ledesma: La Querella solicitó prisión perpetua para los hermanos Castedo

No declaró el acusado de efectuar disparos en un bar

Este lunes, acompañado de un defensor particular, fue imputado y se abstuvo de declarar. Se solicitó su prisión preventiva. 

El fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio, imputó de forma provisional un hombre de 31 años como autor de los delitos de tentativa de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, lesiones leves y tenencia, portación de arma de guerra y daños en concurso real.

Durante la audiencia de imputación estuvo asistido por un defensor particular y se abstuvo de declarar. Desde la Fiscalía se solicitó su prisión preventiva.

Tras su detención el pasado viernes, durante el fin de semana personal de la Unidad Especial de Investigación Especial del CIF localizó en una vivienda de barrio Hernando de Lerma de la ciudad de Salta, el auto en el que el acusado se dio a la fuga del lugar del hecho y se procedió a su secuestro.

 

Fue detenido el acusado de efectuar disparos en un bar

Orán: Agravan la acusación contra el contador José Dimas Ruiz

Es en el marco de una causa donde ya se encontraba imputado por la supuesta comisión del delito de instigación a cometer delitos. A partir del avance de la investigación se agravó ahora su acusación como partícipe necesario de tres tentativas de robo calificado y un hecho de robo simple que se concretó en esa ciudad. 

La fiscal penal Daniela Murúa, interina en la Fiscalía Penal 2 de Orán, imputó de forma provisional a José Dimas Ruíz por los delitos de tentativa de robo calificado por el uso de arma de fuego sin peritar (tres hechos) y robo simple agravado por las circunstancias de hurto en concurso real y en grado de partícipe necesario.

El acusado estuvo acompañado de defensa particular y se abstuvo de declarar. Permanece detenido con prisión preventiva.

Con esta imputación se amplía una previa, donde se encuentra acusado provisionalmente como autor del delito de instigación a cometer delitos por un hecho denunciado en agosto de 2023, donde el ciudadano Juan Pablo Filtrin señaló al imputado como la persona que habría estado organizando un robo en su vivienda, como así también en otras viviendas de personas conocidas y de su entorno.

Ante la denuncia de este ciudadano y las medidas probatorias aportadas, se radicaron otras dos denuncias donde se menciona al denunciado como quien habría planificado los ilícitos contra la  propiedad, señalando los domicilios en los que no pudo llevarse a cabo los ilícitos y un hecho donde se sustrajo una importante suma de dinero.

Es esencial resaltar que la investigación está siendo llevada a cabo por la Fiscalía Penal 2 de Orán. Este caso no se encuentra contemplado ni mencionado en la resolución 1478/23, que establece la creación de la Unidad Fiscal de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado para investigar casos graves ocurridos en el Norte de la Provincia. Esta distinción es de suma importancia, ya que la investigación en curso se está llevando a cabo de manera ajena a la mencionada Unidad Fiscal.

Ante la difusión reciente de determinada información falsa sobre el proceso penal en curso, direccionada al descrédito de la intervención de dos de las fiscales asignadas a la Unidad Fiscal de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado, el Ministerio Público Fiscal ejerce su derecho de emitir aclaraciones para rectificar dicha información errónea en relación a un caso que todavía se encuentra en la fase de investigación y que fuera arriba mencionado (trámite de la Fiscalía penal N° 2 a cargo de la fiscal Daniela Murua, y no contemplado en la resolución de Procuración General N°1478/23, Unidad Fiscal de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado). Este procedimiento se basa en el artículo 263 del Código Procesal Penal de la Provincia de Salta, que establece un mecanismo para que las partes involucradas en un proceso penal puedan presentar aclaraciones en caso de divulgación de información errónea o que no se corresponda con los trámites cumplidos.

El propósito perseguido por el Ministerio Público Fiscal, es asegurar la transparencia y la precisión de la información relacionada con el proceso penal,  la absoluta sujeción a derecho de sus acciones, como así también salvaguardar la inquebrantable determinación en términos de política criminal de perseguir y desactivar las incipientes células de organizaciones criminales actualmente bajo investigación judicial, determinación que precisamente llevara a la creación de la mencionada Unidad Fiscal de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado.

Embarcación: Detenido por ejercer violencia contra su expareja pese a las medidas de restricción

El acusado fue denunciado por su expareja, quien señala que desde que se separaron, son constantes los hechos de violencia física y psicológica que sufre de su parte. Todo esto, pese a las medidas de protección emitidas por el Juzgado de Violencia Familiar y de Género de Tartagal. 

La fiscal penal de Embarcación, Gabriela Souto, imputó de forma provisional a un hombre de 37 años como autor de los delitos de lesiones doblemente agravadas por haber mantenido una relación de pareja y haber mediado violencia de género, amenazas (varios hechos) y desobediencia judicial en concurso real.

Tras su imputación, desde la Fiscalía se solicitó que el acusado permanezca detenido.

La denunciante mantuvo una relación de pareja con el acusado durante un período, teniendo dos hijas menores en común. A pesar de haber sido notificado de las medidas dispuestas por el Juzgado de Violencia Familiar y de Género de Tartagal, el acusado continúa presentándose de manera constante en el domicilio de la denunciante o en los lugares que ella frecuenta.

Bajo el pretexto de celos, la mujer señaló que el acusado la agrede tanto física como verbalmente, llegando incluso a proferirle amenazas que generan un ambiente de constante temor y angustia en la denunciante.

 

Prisión efectiva para un acusado de abuso en perjuicio de su esposa

La denuncia fue realizada por quien fuera su pareja y fue detenido oportunamente en Santa Clara del Mar, cuando se desempeñaba como autoridad de mesa en las elecciones PASO, en noviembre de 2021. Será registrado en el Banco de Datos Genéticos. 

La fiscal penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, María Luján Sodero Calvet, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala VI del Tribunal de Juicio del distrito centro, en la audiencia de debate contra un hombre de 39 años como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una mujer con la que había mantenido una relación.

El hecho juzgado fue denunciado por una mujer en contra del acusado, quien vulneró su integridad sexual mientras mantenían una relación de pareja. Con orden de detención librada oportunamente por el Juzgado de Garantías interviniente, el hombre fue detenido en Santa Clara del Mar, provincia de Buenos Aires, cuando se disponía a desempeñarse como autoridad de mesa en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), con el fin de determinar las candidaturas para cargos nacionales en noviembre de 2021.

El juez José Luis Riera en el veredicto, le impuso una pena de 6 años de prisión efectiva y en el mismo fallo dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Imputaron al detenido por abuso en Santa Clara del Mar

UFINAR: Cumplirá prisión efectiva por tenencia de estupefacientes

El acusado fue detenido en un allanamiento en la zona norte de la ciudad de Salta, luego de una investigación iniciada a partir de denuncias anónimas recibidas a través de la Web del Ministerio Público Fiscal. La acusación lo señalaba como una persona dedicada a comercializar estupefacientes en la zona. 

El fiscal penal de la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad, Gustavo Torres Rubelt, representó al Ministerio Público Fiscal ante el Juzgado de Garantías 1 del distrito Centro, en la audiencia de juicio abreviado contra Jorge Rafael Sanso como autor del delito de tenencia simple de sustancias estupefacientes.

La investigación inició a partir de denuncias recibidas a través de la página web del Ministerio Público Fiscal, donde vecinos de la zona daban cuenta de la actividad que estaría desplegando el hombre en la zona, comercializando estupefacientes.

El personal policial especializado desplegó un exhaustivo trabajo de vigilancia e inteligencia en la zona, recopilando pruebas y elementos de convicción sólidos. A petición del fiscal Torres Rubelt, se llevó a cabo un allanamiento en la residencia del acusado, ubicada en el barrio 17 de octubre de la ciudad de Salta.

Durante el allanamiento, se incautaron varios objetos de interés para la investigación, incluyendo dinero en efectivo, teléfonos celulares, y  sustancia estupefaciente.

La jueza Ada Guillermina Zunino, luego de recibir la confesión del acusado, le impuso el cumplimiento de una pena de 1 año y 1 mes de prisión de ejecución efectiva y el pago de una multa.

Banda de los «sicarios»: Imputaron al «Gringo» Palavecino por un homicidio y una tentativa de homicidio

Desde la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Orán, se lo imputó en forma remota por dos hechos ocurridos en mayo 2017, donde junto a otras personas y de manera organizada, habrian atentado contra la vida de Ricardo Gerónimo y habrian asesinado a Raúl Martínez. 

La Fiscalía Penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Orán, imputó este viernes de manera provisional a Cristian Palavecino como presunto coautor del delito de tentativa de homicidio doblemente calificado por precio o promesa remuneratoria y por el concurso premeditado de dos o más personas, todo agravado por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Adrián Gerónimo y como presunto partícipe necesario del delito de homicidio doblemente calificado por precio o promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego en perjuicio de Raúl Fernando Martínez.

El acusado fue imputado de manera remota, acompañado de una defensora particular, se abstuvo de declarar. Desde la Fiscalía se solicitó la prórroga de su detención en forma previa a la indagatoria, informándole que oportunamente se solicitará su prisión preventiva en la presente causa.

El primero de los hechos imputados es la tentativa de homicidio de Gerónimo, ocurrida el 1 de mayo de 2017, cuando éste regresaba a su vivienda, en inmediaciones del pasaje Las Tipas y José Ingenieros, en la ciudad de Orán y tras descender de su vehículo y cuando abría el portón de su casa, fue sorprendido por un sujeto que le efectuó varios disparos, más de quince. De ellos, seis impactaron en la víctima, causándoles graves heridas en la espalda, piernas, ingle, testículos y nalga.

Tras la ejecución, el atacante abordó un automóvil blanco, Gol Trend, en el que se dio a la fuga. Gracias a sus familiares, Gerónimo llegó en un auto particular al hospital local, donde fue asistido y salvó su vida.

El segundo hecho ocurrió el 6 de mayo de 2017 a las 21.50, cinco días después del ataque en perjuicio de Gerónimo, en la avenida Esquiú y Alvarado, donde la Policía encontró sin vida el cuerpo de Martínez con heridas en el cuello y torso. En el lugar, se levantaron 6 vainas servidas calibre 9 mm.

El reporte de la autopsia pudo determinar que el cadáver presentaba seis orificios de entrada localizado en cuello, tórax y región lumbar.

Según testigos del hecho, se pudo establecer que Martínez se bajó de su camioneta junto a su pareja y se dirigió hacia un carrito choripanero, donde luego de hacer un pedido se sentó a esperar su orden. De repente, llegó una motocicleta 110 cilindradas, de la cual descendió un sujeto y su cómplice quedó al volante.

El criminal que bajó se acercó y directamente apuntó a Martínez, a quien le efectuó disparos, mientras la mujer de la víctima le arrojó una silla para que el sicario dejara de disparar. Tras consumar su cometido, el ejecutor subió a la motocicleta y se dio a la fuga al Norte por avenida Esquiú.

Cabe recordar que por estos dos hechos, en junio de 2020 fueron juzgadas siete personas y el Tribunal de la Sala II de Juicio de Orán, integrado por los jueces María Laura Toledo Zamora, Héctor Fabián Fayos y Raúl Fernando López, condenó a Ricardo Raúl «Coya» Rojas y a José Martín Castillo a la pena de prisión perpetua y al pago de una multa como coautores del delito de homicidio doblemente agravado por haber sido cometidos bajo promesa remuneratoria, por el número de participantes y por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Raúl Fernando Martínez en concurso real con el delito de tentativa de homicidio doblemente agravado por haber sido cometidos bajo promesa remuneratoria, por el número de participantes y por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Ariel Gerónimo.

Norberto Roque Mendoza y Enzo Javier Quiroga fueron condenados a cumplir la pena de 19 años de prisión efectiva y al pago de una multa como coautores del delito de tentativa de homicidio doblemente agravado por haber sido cometidos bajo promesa remuneratoria, por el número de participantes y por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Ariel Gerónimo.

Matías Francisco Sarmiento fue condenado a cumplir la pena de 15 años de prisión efectiva y al pago de una multa como partícipe necesario del delito de tentativa de homicidio doblemente agravado por haber sido cometidos bajo promesa remuneratoria, por el número de participantes y por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Ariel Gerónimo.

En tanto, las acusadas Daniela Fernanda Liborio y Alejandra Beatríz Nuñez, fueron absueltas por el beneficio de la duda.

Palavecino se encontraba prófugo desde hace cinco años y fue detenido durante los primeros días de este mes.

Sicarios: prisión perpetua para «el coya» Rojas y Castillo

Disponen decreto de imputación por vejaciones calificadas

En su oportunidad, y por presentación de la defensa del entonces obispo de la Diócesis de Oran, Gustavo Oscar Zanchetta, se denunció el encadenamiento a la cama al que había sido sometido su defendido en violación a la normativa nacional e internacional de Derechos Humanos sobre tratamiento de personas privadas de su libertad; se cuestionaba en dicha presentación el uso de grilletes y esposas como elemento de sujeción a la cama en la clínica en donde estaba siendo asistido por un episodio de afección multiorgánica; disponiéndose en aquella oportunidad la remisión de piezas pertinentes a la Fiscalia correspondiente.

Corresponde recordar que en aquella oportunidad, hecho ocurrido en el año 2022- el obispo emérito de Oran había sido trasladado hacia una clínica por un episodio agravante de su cuadro clínico de base -afecciones cardíacas multiorgánicas e hipertensión arterial-. Estas circunstancias fueron oportunamente doblemente corroboradas por personal médico tanto particular como así también del Poder Judicial de Salta, al haberse consignado por parte del profesional del Servicio Medico del Distrito Judicial Oran, que se trataba “de un paciente de alto riesgo debido a la afección multiorgánica que posee, (…) todo este tipo de patologías (aneurismas) su desarrollo es evolutivo debido a que puede ir creciendo  (…) y en un pico de stress, que lleva consigo una hipertensión arterial, puede producir una ruptura del aneurisma con una hemorragia cataclísmica (…)”

A partir de la intervención cursada a la Fiscalía de Derechos Humanos, se iniciaron las investigaciones correspondientes, reuniendo elementos fotográficos, requiriéndose los informes correspondientes al Servicio Penitenciario y demás elementos pertinentes a las averiguaciones preliminares a cargo de dicha Fiscalía

Merituados estos elementos, entendió la Fiscalía a cargo, que surgieron los elementos de sospecha conducentes para formular imputación por el delito de vejaciones agravadas por el uso de violencia, puesto que la afección a la salud que presentaba el entonces Obispo, constituía un factor eminentemente predominante de riesgo, contrario a lo que dispone el manual de procedimientos de las personas privadas de la libertad ante estas afecciones que podrían agravar la salud del paciente, no amparado en ninguna causa de justificación o razonabilidad. Por ello se ordenó en el día de la fecha, la apertura del proceso mediante el decreto de citación a audiencia de imputación en contra del personal del Servicio Penitenciario por los delitos arriba mencionados.

Instrucciones sobre el adecuado tratamiento de presos que se encuentren internados por cuestiones de salud

El Procurador General solicitó a todas las Fiscalías que se apliquen estándares internacionales sobre derechos humanos en el resguardo de la seguridad de las personas privadas de libertad en establecimientos de salud.

El 29 de septiembre de 2023, y en el marco de las funciones constitucionales que se encuentran en cabeza de la Procuración General de la Provincia, consistes en velar por el correcto cumplimiento de las leyes, garantías y el cumplimiento de los derechos humanos en las cárceles y todo otro establecimiento de internación, su titular, Pedro Oscar García Castiella instruyó a las Fiscalías de toda la Provincia sobre la forma en que deben conjugarse dos principios igualmente relevantes: el tratamiento adecuado de los reclusos que requieren atención médica y las medidas preventivas de seguridad a tomarse en esos casos para neutralizar riesgos de fuga.

Así, mediante Resolución Nro. 1464, el Procurador General instruyó a todas las Fiscalías Penales para que adopten medidas concretas al momento de tomar conocimiento de que una persona privada de libertad será trasladada a un establecimiento de salud para una atención médica.

En dicho instrumento, García Castiella insta a que, en esos casos, deberá requerirse al Juez que autoriza la medida (traslado para atención médica o internación temporal), que extreme los recaudos tendientes a evitar que las personas privadas de su libertad sean sometidas a sujeciones innecesarias tanto por parte de personal de la Policía de Salta, como del personal del Servicio Penitenciario, exigiendo que dicha medida sólo sea utilizada como último recurso y únicamente con la finalidad de proteger al paciente, o bien al personal de salud y a terceros, cuando el comportamiento de la persona en cuestión sea tal que represente una amenaza a la seguridad de aquéllos, siempre que no exista la posibilidad de adoptar otras medidas de seguridad menos gravosas.

Esta disposición surge como consecuencia de la recurrencia habitual al uso de encadenamientos o esposas en situaciones en las que el privado de libertad se vea obligado por necesidades de salud, a acudir a asistencias -inclusive internaciones- en establecimientos de salud, y en determinados casos de manera innecesaria o excesiva, sin un criterio rector razonable que pondere su necesidad y proporcionalidad en relación a la peligrosidad o riesgo de fuga del enfermo, neutralizable con otros medios, como así también la ponderación del cuadro o acto médico que provoca la atención.

La resolución asienta sus fundamentos en los estándares de interpretación del artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que fueron delineados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, principalmente en los casos “Loayza Tamayo vs. Perú” (sentencia de fecha 17/09/1997) y “Ximenes Lopes vs. Brasil” (sentencia de fecha 4/07/2006).

Por otro lado, encomendó a la Fiscalía de Derechos Humanos que, dentro de su rol de supervisar los centros de detención de personas, también debe abarcar el monitoreo de los establecimientos médicos en los que se encuentren internadas temporalmente personas privadas de su libertad y/o con medidas de seguridad definitivas, lugares en donde deberá verificar la aplicación de las recomendaciones establecidas en la mentada Resolución 1464.

Detenido por sustraer una mochila de un centro comercial

Ocurrió en una galería ubicada en inmediaciones del mercado municipal, donde el acusado ingresó y aprovechando un descuido de la vendedora, le sustrajo una mochila con dinero y pelotas de goma. Fue demorado en las inmediaciones. 

El fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio, imputó de forma provisional a un hombre de 42 años como autor del delito de hurto simple.

El hecho investigado ocurrió en una galería comercial de la zona del mercado municipal, donde la vendedora de un local sufrió el hurto de una mochila con dinero y tres pelotas de goma y señaló como principal sospechoso a un hombre que ingresó, le dio conversación y casualmente le había preguntado por las pelotas.

Alertado personal policial, detectó la presencia en la zona del acusado, quien cuenta con antecedentes delictivos y procedió a su demora y al secuestro de los elementos sustraídos.