Disponen decreto de imputación por vejaciones calificadas

En su oportunidad, y por presentación de la defensa del entonces obispo de la Diócesis de Oran, Gustavo Oscar Zanchetta, se denunció el encadenamiento a la cama al que había sido sometido su defendido en violación a la normativa nacional e internacional de Derechos Humanos sobre tratamiento de personas privadas de su libertad; se cuestionaba en dicha presentación el uso de grilletes y esposas como elemento de sujeción a la cama en la clínica en donde estaba siendo asistido por un episodio de afección multiorgánica; disponiéndose en aquella oportunidad la remisión de piezas pertinentes a la Fiscalia correspondiente.

Corresponde recordar que en aquella oportunidad, hecho ocurrido en el año 2022- el obispo emérito de Oran había sido trasladado hacia una clínica por un episodio agravante de su cuadro clínico de base -afecciones cardíacas multiorgánicas e hipertensión arterial-. Estas circunstancias fueron oportunamente doblemente corroboradas por personal médico tanto particular como así también del Poder Judicial de Salta, al haberse consignado por parte del profesional del Servicio Medico del Distrito Judicial Oran, que se trataba “de un paciente de alto riesgo debido a la afección multiorgánica que posee, (…) todo este tipo de patologías (aneurismas) su desarrollo es evolutivo debido a que puede ir creciendo  (…) y en un pico de stress, que lleva consigo una hipertensión arterial, puede producir una ruptura del aneurisma con una hemorragia cataclísmica (…)”

A partir de la intervención cursada a la Fiscalía de Derechos Humanos, se iniciaron las investigaciones correspondientes, reuniendo elementos fotográficos, requiriéndose los informes correspondientes al Servicio Penitenciario y demás elementos pertinentes a las averiguaciones preliminares a cargo de dicha Fiscalía

Merituados estos elementos, entendió la Fiscalía a cargo, que surgieron los elementos de sospecha conducentes para formular imputación por el delito de vejaciones agravadas por el uso de violencia, puesto que la afección a la salud que presentaba el entonces Obispo, constituía un factor eminentemente predominante de riesgo, contrario a lo que dispone el manual de procedimientos de las personas privadas de la libertad ante estas afecciones que podrían agravar la salud del paciente, no amparado en ninguna causa de justificación o razonabilidad. Por ello se ordenó en el día de la fecha, la apertura del proceso mediante el decreto de citación a audiencia de imputación en contra del personal del Servicio Penitenciario por los delitos arriba mencionados.

Dos policías condenados por vejaciones y lesiones

Se conoció la sentencia por el juicio contra el suboficial principal Mario Pérez y el oficial auxiliar Luis Guillermo Moreyra, que llegaron acusados por los delitos de vejaciones y lesiones en contra de una persona.

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, representó al Ministerio Público Fiscal ante el Juzgado de Garantías 4, distrito Centro, en la audiencia de debate.

Mario Pérez fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación para empleo o cargo en las fuerzas de seguridad del Estado, por los delitos de vejaciones agravadas por el uso de la violencia y lesiones leves en concurso real. Luis Guillermo Moreyra en tanto, fue condenado a un año y medio de prisión de ejecución condicional y tres años de inhabilitación para empleo o cargo en las fuerzas de seguridad del Estado, por el delito de falsedad ideológica, más reglas de conducta para ambos.

El juez Diego Rodriguez Pipino ordenó además la remisión de las actuaciones al fiscal penal en turno que corresponda, por la posible comisión del delito de falso testimonio para cuatro policías que declararon en calidad de testigos durante el juicio.

El fiscal González había ampliado la acusación, al haber quedado acreditado en el debate que la víctima perdió la visión del ojo derecho, configurando el delito de vejaciones calificadas por el uso de violencia y lesiones graves en concurso ideal para Mario Pérez y falsedad ideológica de instrumento público y encubrimiento agravado en concurso ideal para Luis Guillermo Moreyra.

Las vejaciones ocurrieron en febrero de 2019, cuando Pérez, por entonces suboficial principal, disparó contra un joven, con una pistola paintball, en el momento en que se encontraba en el exterior del Centro de Convenciones de Limache, donde se realizaba la Carpa de las Estrellas.

Un efectivo policial fue condenado por vejaciones

El pasado viernes 13 se conoció la sentencia por el juicio contra el oficial Walter Luis Barboza Romero, de 37 años, por el delito de vejaciones, en contra de un menor de 17 años.

En la oportunidad, la jueza de la Sala VII, Paola Marocco, dio lugar a los alegatos por parte de la fiscalía y la defensa. Representó al Ministerio Público Fiscal, el fiscal de Derechos Humanos, Gabriel González.

El hecho se produjo el 13 de enero de 2019, en la vía pública, en el sector de ingreso de la comisaría 60 de la localidad de Cafayate. En esa oportunidad, el oficial Barboza Romero acometió con golpes de puño a quien por entonces, era un menor de 17 años.

Todos quedó registrado en un video en el que se observaban los acontecimientos, y que aportó a la investigación correspondiente, lográndose establecer que el masculino que golpeaba al menor era, efectivamente, el imputado.

El fiscal de Derechos Humanos, en sus alegatos, sostuvo que desde un primer momento se supo quién sería autor y la víctima del hecho, y ue ls circunstancias a las que aludía el imputado, no fueron consignadas en el informe presentado oportunamente.

El damnificado, en aquel momento de 17 años, dio su testimonio y expresó que se encontraban en un boliche, cuando tomaron conocimiento de que un amigo había sido llevado por la policía. Al preguntar por su amigo en la comisaría les decían que debían esperar, por lo que se fueron a la plaza para luego regresar. Fue ahí cuando Barboza le propinó un golpe de puño en la cara, directamente, para luego llevarlo retrocediendo a la vía pública y ahí volvió a darle otro golpe. En ningún momento se observa algún tipo de agresión por parte del adolescente. Sin embargo en su informe, el oficial sostuvo que su accionar se debió a que el menor había intentado agredir a una compañera que estaba embarazada.

En relación al accionar del imputado, el fiscal González sostuvo que “este hecho debe ser calificado como vejaciones calificadas por el uso de la violencia, entendiendo que tanto la tipicidad objetiva y subjetiva se encuentra conformada y probada, que se cometió en acto de servicio”. Aclaró que “este tipo penal no requiere que la persona se encuentre legalmente detenida, basta con que un funcionario público se encuentre cumpliendo servicio, y además protege la dignidad de la persona y encuentra adecuación en los tratados de Derechos Humanos, incorporados con jerarquía constitucional en nuestra Constitución Nacional”.

En lo atinente a la punibilidad, el acto fue cometido en cumplimiento de servicio, al que el fiscal González calificó de “desproporcionado, sin causa habilitante, que se hizo con total arbitrariedad, que el reproche no hace más que considerar que este hecho merece apartarse del mínimo de la escala penal, a pesar de que el imputado no registra otras causas penales, ni antecedentes condenatorios”.

Al finalizar el alegato, el fiscal González solicitó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, más pena de 5 años de inhabilitación especial por haber sido cometido el hecho mediante el abuso funcional y que esta última sea dirigida a que Barboza ocupe un cargo en la fuerza, más reglas de conducta.

Finalmente, la jueza de la sala VII del Tribunal de Juicio, distrito Centro, Paola Marocco, condenó a Walter Luis Barboza Romero a la pena de un año y dos meses de ejecución condicional e inhabilitación especial por el doble de la condena.

Cerrillos: Policías imputados por atropellar a una pareja y denunciar falsedades

El fiscal penal de Derechos Humanos en feria, Ezequiel Molinati, imputó provisionalmente a dos efectivos policiales por un hecho ocurrido durante la madrugada de año nuevo en barrio Congreso Nacional de Cerrillos.

Las actuaciones de la Fiscalía Penal de Derechos Humanos, iniciaron de oficio tras la publicación de una noticia criminis en un portal digital, que dio a conocer que una patrulla policial, en el lugar y momento señalados, habría atropellado a una mujer.

Con los elementos incorporados en la investigación, el fiscal penal Ezequiel Molinati, sostuvo que surgieron elementos de convicción suficientes para imputar provisionalmente a los dos efectivos policiales.

El chofer del vehículo, con el rango de sargento, fue imputado por los delitos de vejaciones agravadas por la violencia en perjuicio de una mujer, en concurso real con vejaciones agravadas por resultar grave daño a la persona en concurso real con vejaciones en perjuicio de un hombre y falsedad ideológica.

En tanto, otro de los efectivos con el rango de oficial subayudante, fue imputado provisionalmente por el delito de falsedad ideológica.

Del decreto de imputación, se desprendió que durante la madrugada del 1 de enero, por una gresca ocurrida en barrio Congreso Nacional de Cerrillos, se desplazó el móvil policial del destacamento Los Álamos, con cuatro efectivos policiales a bordo.

Al advertir la presencia del móvil, la mujer víctima habría pedido asistencia a los efectivos en medio de la calle y haciéndole señas para que se detuvieran.

Lejos de asistirla, el conductor la habría embestido, por lo que la mujer cayó al suelo. Al ver esta situación, el hombre se acercó a asistir a la mujer, cuando el conductor del móvil habría retrocedido e impactado, lo que le produjo una fractura en la rodilla izquierda.

Por otra parte, cuando el hombre fracturado se encontraba en el hospital de Cerrillos, el conductor del móvil se habría acercado para agredirlo verbalmente, con un trato denigrante con el propósito de mortificarlo.

Con el fin de justificar su proceder, el chofer formuló una denuncia y en su calidad de funcionario público, habría insertado en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar para tergiversar la mecánica de los hechos.

De la misma manera, el oficial subayudante también habría confeccionado un informe para insertar en un instrumento público declaraciones falsas.

Rechazan el pedido de sobreseimiento del diputado Orozco en una causa por vejaciones y torturas

La Sala IV del Tribunal de Impugnación rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica del diputado de Rosario de la Frontera, Gustavo Orlando Orozco, que requirió el sobreseimiento por caducidad. Una vez firme el fallo, la causa deberá avanzar hacia el plenario.

Se trata de la causa caratulada como “Suárez, Andrés; Reynoso, Javier, Orozco, Gustavo; Orellana, Víctor; Medina, Rubén; Luna, Víctor; Díaz, Andrea y Coronel, Denis”, por vejaciones y torturas.

Previamente, el fiscal de Impugnación, Guillermo Akemeier, sostuvo que el fiscal de grado se expidió en sentido negativo al pedido de la defensa y señaló que el plazo previsto por el artículo 219 del Código Procesal Penal referido por la defensa, no habría operado.

En su pronunciamiento, la Sala IV del Tribunal de Impugnación, citó distintos precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y especialmente de la Corte de Justicia de Salta, interpretada en base al derecho público provincial y los textos constitucionales, que por expresa disposición legal (art. 40 de la ley 5642, Orgánica del Poder Judicial), resultan de aplicación obligatoria para el resto de los Jueces y Tribunales.

Por ello, dijeron los magistrados, lo decidido constituye jurisprudencia vinculante.

Por otra parte, de las constancias de la causa, surgió que ante el apartamiento de la Vocal II de la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur-Metán, la Corte de Justicia de la Provincia determinó que la competencia para el trámite del juicio correspondía al Juzgado de Garantías 1º Nominación del Distrito Judicial Sur- Joaquín V. González.

Teniendo en cuenta entonces, que este último es el Tribunal con competencia para dictar la sentencia definitiva y que la causa se encuentra efectivamente a su disposición desde su ingreso al juzgado el 18 de junio de 2020, el plazo establecido en el artículo 219 del Código Penal, no se encuentra agotado y el legislador y el resto de los acusados, deberán ser juzgados por las imputaciones en su contra.

Confirman la prisión preventiva para los tres policías imputados en múltiples causas

La Sala IV del Tribunal de Impugnación, resolvió no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa de los acusados y confirmó el mantenimiento de la prisión preventiva de los tres efectivos que se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana, quienes fueron detenidos el lunes 19 de abril, tras el requerimiento presentado ante el Juzgado de Garantías 2 por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke.

Se trata del sargento Pablo Exequiel Toledo, actualmente con revista en la subcomisaría de Villa Asunción; el cabo Ignacio Esteban Zurita, con revista en el destacamento La Silleta y el oficial subayudante Rómulo Segovia, con revista en la subcomisaría de Los Toldos, quienes fueron imputados por los delitos de vejaciones, en concurso real con allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad.

De las múltiples causas, se tiene que los efectivos policiales acusados acometieron contra la integridad física de numerosas personas (entre las cuales se encontraban dos menores de edad), y en muchas situaciones y sin motivo alguno, les dispararon con armas no letales.

Uno de los damnificados, Luciano Cruz, perdió un ojo por la violencia con la que actuaron los encartados y tiene comprometido el otro, según trascendió de publicaciones periodísticas.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los diferentes elementos colectados durante la investigación, permiten sostener la sospecha fundada de que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga, con la posibilidad cierta de que los imputados no se sometan a los requerimiento del sistema judicial.

En este sentido, surgieron indicios vehementes de que los acusados hicieron del delito su medio de vida, sin mostrar arrepentimiento alguno, pues no resulta un dato menor considerar estos efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad provincial y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En virtud de los fundamentos vertidos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, solicitó la prisión preventiva del personal policial mencionado, debido a la existencia de motivos suficientes para sospechar que los imputados, en su rol de funcionarios públicos, tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no tiene un ciudadano común.

Dicha posición permite sospechar que podrían influenciar a personas que serán llamadas a deponer en la audiencia de debate ante el Tribunal y es necesario que declaren libres de toda influencia, motivo que habilita la restricción de la libertad de los acusados.

Además, la fiscala advirtió que se debe tener en cuenta la expectativa de pena, que en caso de recaer en condena sería de cumplimiento efectivo, debido la cantidad de causas por las que fueron requeridos, por lo que el incentivo para eludir la acción de la justicia es mayor.

Prisión preventiva para los tres policías imputados en múltiples causas

El Juzgado de Garantías 2 hizo lugar al requerimiento formulado por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, para los tres efectivos policiales detenidos el lunes 19 de abril, quienes fueron imputados en múltiples causas mientras se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana.

Se trata del sargento Pablo Exequiel Toledo, actualmente con revista en la subcomisaría de Villa Asunción; el cabo Ignacio Esteban Zurita, con revista en el destacamento La Silleta y el oficial subayudante Rómulo Segovia, con revista en la subcomisaría de Los Toldos, quienes fueron imputados por los delitos de vejaciones, en concurso real con allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad.

De las múltiples causas, se tiene que los efectivos policiales acusados acometieron contra la integridad física de numerosas personas (entre las cuales se encontraban dos menores de edad), y en muchas situaciones y sin motivo alguno, les dispararon con armas no letales. Uno de los damnificados, Luciano Cruz, perdió un ojo por la violencia con la que actuaron los encartados y tiene comprometido el otro, según trascendió de publicaciones periodísticas.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los diferentes elementos colectados durante la investigación, permiten sostener la sospecha fundada de que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga, con la posibilidad cierta de que los imputados no se sometan a los requerimiento del sistema judicial.

En este sentido, surgieron indicios vehementes de que los acusados hicieron del delito su medio de vida, sin mostrar arrepentimiento alguno, pues no resulta un dato menor considerar estos efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad provincial y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En virtud de los fundamentos vertidos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, solicitó la prisión preventiva del personal policial mencionado, debido a la existencia de motivos suficientes para sospechar que los imputados, en su rol de funcionarios públicos, tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no tiene un ciudadano común.

Dicha posición permite sospechar que podrían influenciar a personas que serán llamadas a deponer en la audiencia de debate ante el Tribunal y es necesario que declaren libres de toda influencia, motivo que habilita la restricción de la libertad de los acusados.

Además, la fiscala advirtió que se debe tener en cuenta la expectativa de pena, que en caso de recaer en condena sería de cumplimiento efectivo, debido la cantidad de causas por las que fueron requeridos, por lo que el incentivo para eludir la acción de la justicia es mayor.

Allanaron ilegalmente un domicilio, empujaron a una embarazada y detuvieron a un hombre sin orden judicial

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 2, la elevación a juicio de la causa que tiene a tres efectivos policiales acusados de los delitos de vejaciones y allanamiento ilegal, en concurso real. Uno de ellos también fue acusado del delito de falsedad ideológica, en concurso real con los otros delitos endilgados.

Las imputaciones recayeron sobre el sargento Pablo Exequiel Toledo, actualmente con revista en la subcomisaría de Villa Asunción; el cabo Ignacio Esteban Zurita, con revista en el destacamento La Silleta y el oficial subayudante Rómulo Segovia, con revista en la subcomisaría de Los Toldos.

El sargento Pablo Exequiel Toledo también fue acusado del delito de falsedad ideológica, en concurso real con los demás delitos endilgados.

Del requerimiento, surgió que el 2 de febrero de 2020, cerca de las 17, los acusados, quienes en ese momento cumplían funciones en la División Seguridad Urbana a bordo del móvil policial 1829, desempeñaron un acto de servicio y con exceso de sus funciones, ingresaron sin autorización al domicilio de la denunciante, ubicado en barrio Solidaridad.

Allí, acometieron en contra de la integridad física de la denunciante y de su hija, a quien empujaron pese a que estaba embarazada. Como consecuencia, la mujer empezó con contracciones y debió ser internada.

Además, en el interior del domicilio aprehendieron al sobrino de la denunciante, sin que se verifique ninguno de los supuestos establecidos por el Código Procesal Penal, para proceder a la privación de la libertad sin orden judicial.

Para avalar el ingreso ilegítimo a la propiedad y la restricción ilegal de la libertad, el oficial Rómulo Segovia confeccionó un informe obrante firmado como testigo por el sargento Pablo Exequiel Toledo.

Recientemente, la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió también ante el Juzgado de Garantías 2, la prisión preventiva de los tres efectivos policiales que fueron detenidos este lunes 19 de abril, quienes fueron imputados en múltiples causas mientras se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana.

Peligro de fuga: Piden la prisión preventiva de los tres policías imputados en múltiples causas

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 2, la prisión preventiva de los tres efectivos policiales detenidos este lunes, quienes fueron imputados en múltiples causas mientras se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana.

Se trata del sargento Pablo Exequiel Toledo, actualmente con revista en la subcomisaría de Villa Asunción; el cabo Ignacio Esteban Zurita, con revista en el destacamento La Silleta y el oficial subayudante Rómulo Segovia, con revista en la subcomisaría de Los Toldos, quienes fueron imputados por los delitos de vejaciones, en concurso real con allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad.

De las múltiples causas, se tiene que los efectivos policiales acusados acometieron contra la integridad física de numerosas personas, (entre las cuales se encontraban dos menores de edad) y en muchas situaciones, sin motivo alguno, les dispararon con armas no letales. Uno de los damnificados, Luciano Cruz, perdió un ojo por la violencia con la que actuaron los encartados y tiene comprometido el otro, según trascendió de publicaciones periodísticas.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los diferentes elementos colectados durante la investigación, permiten sostener la sospecha fundada de que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga, con la posibilidad cierta de que los imputados no se sometan a los requerimiento del sistema judicial.

En este sentido, surgieron indicios vehementes de que los acusados hicieron del delito su medio de vida, sin mostrar arrepentimiento alguno, pues no resulta un dato menor considerar estos efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad provincial y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En virtud de los fundamentos vertidos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, solicitó la prisión preventiva del personal policial mencionado, debido a la existencia de motivos suficientes para sospechar que los imputados, en su rol de funcionarios públicos, tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no tiene un ciudadano común.

Dicha posición permite sospechar que podrían influenciar a personas que serán llamadas a deponer en la audiencia de debate ante el Tribunal y es necesario que declaren libres de toda influencia, motivo que habilita la restricción de la libertad de los acusados.

Además, la fiscala advirtió que se debe tener en cuenta la expectativa de pena, que en caso de recaer en condena sería de cumplimiento efectivo, debido la cantidad de causas por las que fueron requeridos, por lo que el incentivo para eludir la acción de la justicia es mayor.

Un subcomisario golpeó a un demorado con una cachiporra y tuvieron que suturarlo

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, imputó provisionalmente al subcomisario Julio Alberto Guaymás, acusado del delito de vejaciones y lesiones leves calificadas por el uso de la violencia, todo en concurso ideal y en calidad de autor.

Del decreto de imputación, surgió que el imputado, el 22 de enero de 2019, cerca de las 18:30, cometió un exceso en sus funciones mientras trasladaba al denunciante, en calidad de demorado, a quien golpeó con su cachiporra en la cabeza y le provocó lesiones.

Un examen médico practicado por el Servicio Médico Forense del Poder Judicial, constató que el denunciante presentaba “herida contusa en región occipital, excoriación en escápula derecha y cuello lado izquierdo”, mientras que otro examen realizado por el CIF, también destacó la presencia de una lesión de dos centímetros de longitud, con labios unidos por dos puntos de sutura.

En su relato, el denunciante sostuvo que caminaba por el Grupo 648 Viviendas de barrio Castañares junto a un amigo, para reunirse con otros conocidos. Al acercarse al punto de reunión, el denunciante observó a unos siete efectivos motorizados. A medida que se acercaban, pudo ver que por detrás también venían móviles de Infantería, por lo que todo el grupo huyó en distintas direcciones.

Relató que en ese momento, su amigo ingresó a una casa, mientras que él se quedó quieto en la calle. Entonces, se le acercó un policía que le dijo “contra la pared, arrodillate”. Aclaró que no le hicieron ninguna requisa en ese momento y que solo atinó a soltar su teléfono celular.

En tanto, el policía le dijo “agarrá el celular pendejo y subite a la camioneta”, mientras lo empujaba, sin esposarlo. El denunciante fue el primero en ser ubicado, sentado en el piso con las rodillas encogidas y la cabeza agachada. Sostuvo que metros después, el móvil volvió a detenerse y que subieron a tres personas más.

Relató que eran custodiados por cuatro policías, quienes comenzaron a pegarles a todos; con golpes a mano abierta. Sin embargo, el denunciante fue luego golpeado con una cachiporra y sintió que algo le pasaba por la oreja. Al tocarse, notó que era sangre. Escuchó a uno de los policías decir “no, mirá boludo”, y luego le colocaron una gorra que era de otro de los detenidos, para cubrirle la herida.

Antes de bajarlo en el Centro de Contraventores, los policías limpiaron la herida con su propia remera, mientras que tras ser revisado, un médico pidió que lo trasladaran al hospital San Bernardo, donde le hicieron una sutura.

Al volver al Centro de Contraventores, la víctima pudo escuchar a dos efectivos decir “ese fue el boludo de Guaymás”.