La Unidad Fiscal que interviene en la investigación por el doble homicidio de las ciudadanas francesas informó que este 15 de mayo de 2026se impidió y obstaculizó una vez más, de manera ilegítima el cumplimiento de una diligencia probatoria autorizada por una sentencia judicial.
La diligencia mencionada consistía en la extracción de una muestra de saliva mediante un hisopado a la Sra. Beatriz Elizabeth Yapura, la cual había sido autorizada por sentencia del Juez de Garantías de 2da Nominación, Ignacio Colombo, en fecha 30 de abril de 2026.
La resolución judicial dictada a requerimiento de la Unidad Fiscal, autorizaba la conducción por la fuerza pública de la persona mencionada y la extracción de manera compulsiva de la muestra requerida, ya que la señora Yapura no había concurrido a las citaciones previamente cursadas.
La medida mencionada no se pudo cumplir toda vez que al ser trasladada a las instalaciones del Servicio de Biología Molecular Forense del C.I.F. se negó a ingresar a la sala de extracción, arrojándose al suelo y debiendo personal policial femenino utilizar la fuerza en la medida de lo necesario, para cumplir la manda judicial. Sin embargo, una vez en el interior de la sala y pese a que el personal del Cuerpo de Investigaciones Fiscales le explicó, en presencia de sus abogados, que la medida no era invasiva, no presto colaboración para la realización del hisopado bucal, intentando incluso morder al personal a cargo. Por este motivo, el personal interviniente suspendió la medida toda vez que vio amenazada su integridad física y remitió las constancias a la dirección del CIF.
En todo momento se encontraban presentes sus abogados Roberto Adrián Reyes y Humberto Vargas, quienes filmaban con sus celulares y le indicaban verbalmente a la Sra. Yapura que solicite la presencia del Procurador o del Gobernador. También se encontraba presente una persona que, sin ser parte del proceso, se identificó como Roberto Ezequiel Reyes, el que también se encontraba filmando con su celular pese a las advertencias de los funcionarios policiales y del personal del Servicio de Biología Molecular para que desista, toda vez que éstos últimos no autorizaron la difusión de sus imágenes, motivo por el cual se secuestró el celular de éste último.
Asimismo, durante el desarrollo de la diligencia, se encontraban periodistas locales y corresponsales franceses que registraban fotográfica y fílmicamente lo sucedido tanto en el exterior como en el interior de las instalaciones. En este contexto, resulto llamativo que la Sra. Beatriz Elizabeth Yapura portara oculto entre sus prendas y adosado a su cuerpo, previamente acondicionado, un micrófono inalambrico, el cual también fue advertido y secuestrado por personal de la Unidad de Investigaciones. Se hace notar que los mismos corresponsales franceses fueron quienes visitaron a una persona que formuló una denuncia por abuso sexual contra Santos Clemente Vera, reclamándole por esta situación, motivo por el cual la Fiscalía interviniente de Integridad Sexual solicito medidas de protección.
El Ministerio Público Fiscal a fin de evitar la instalación de falsedades en los medios de comunicación, aclara que los peritos cuya presencia reclamaba la señora Yapura y que fueron propuestos por su defensa, han sido aceptados por la Unidad Fiscal interviniente invitándolos a tomar posesión del cargo; notificación que le fue cursada a los Dres. Roberto Reyes y Humberto Vargas desde el 10 de abril de 2026, sin que hasta la fecha hayan concurrido. Se adjunta al presente comunicado la sentencia que autoriza la extracción de la muestra y las notificaciones a los abogados de la Sra. Yapura indicándoles que se aceptaba la intervención de los peritos propuestos.
En virtud de las comunicaciones realizadas a la dirección del CIF por los sucesos mencionados, la Unidad Fiscal remitirá copias de las actuaciones pertinentes a los fines de que la Fiscalía que corresponda, inicie las investigaciones necesarias para identificar a todos los autores y partícipes que impidieron que se cumpla la orden judicial.
La necesidad de contar con una muestra de saliva de la Sra. Beatriz Elizabeth Yapura, entre otras mujeres, responde al extremo de comparar el perfil genético femenino constatado por los peritos franceses en el cuerpo de la víctima Cassandre Bouvier.
A éstos fines fueron también citadas para toma de muestras no sólo la Sra. Yapura sino también Fernanda Cañizarez (pareja al momento del hecho, del condenado Gustavo Lasi), Andrea Alarcón (quien mantenía al momento del hecho una relación sentimental con Santos Clemente Vera), Filomena Tolaba (pareja de Walter Lasi), una persona que denunció haber sido abusada por Santos Clemente Vera, la Dra. Ana María Vega (encargada de la realización de las autopsias) y a nueve operadoras del Laboratorio de Huellas Genéticas de la UBA que intervinieron durante la Instrucción Formal en el cotejo genético de las muestras. Se requirió también al laboratorio francés los perfiles genéticas de las personas que intervinieron en las operaciones realizadas en ese país. Todas las personas mencionadas, con excepción de la Sra. Yapura, concurrieron para la extracción de muestras.
Los cotejos genéticos requeridos permitirán determinar si el perfil femenino detectado por los expertos de Francia coincide con el de alguna de las personas mencionadas, ya sea por acción de arrastre o transferencia en los casos de las mujeres que estuvieron vinculadas con los sospechosos; o por contaminación de quienes intervinieron en la autopsia u otras pericias.
De ninguna manera una coincidencia en el perfil genético de éstas últimas, permitirá concluir que tuvieron participación en el hecho investigado, y particularmente en el caso de la Sra. Yapura, una eventual coincidencia tampoco podrá ser utilizada como elemento de cargo contra su pareja el Sr. Santos Clemente Vera, cuya situación procesal ya se encuentra resuelta por haber sido sobreseído por el Tribunal de Impugnación al haberse extinguido la acción penal por el paso del tiempo, esto en virtud del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que anulo su condena sin pronunciarse sobre su inocencia o culpabilidad.
Esta línea de investigación que se basa en nuevos estudios genéticos, responde no sólo a la necesidad de búsqueda de la verdad, sino que fue un expreso pedido del Sr. Jean Michel Bouvier al prestar declaración testimonial, quien requirió que sean considerados los estudios y perfiles detectados en Francia.
Por último, se informa que personal del Ministerio Público Fiscal a través de un exhorto internacional y con colaboración de Cancillería y la Embajada francesa se trasladará la próxima semana a Francia, a los fines de recepcionar nuevas declaraciones testimoniales en ese país y obtener información sobre las pericias allí realizadas.
En el marco de la investigación por el doble femicidio de las ciudadanas francesas Cassandre Bouvier y Houria Mounmi, la Unidad Fiscal Especial informa que uno de sus integrantes junto a personal del Servicio de Biología Molecular del CIF se trasladaran al Laboratorio de Huellas Genéticas de la Universidad de Buenos Aires a los fines de proceder al traslado de hisopados tomados oportunamente a las víctimas que se encuentran allí preservados.
Todo ello surgió a partir de un requerimiento de información remitido al laboratorio mencionado mediante un oficio de fecha 11 de febrero del presente año. Dicha institución respondió afirmativamente respecto de la presencia de remanente, recientemente en fecha 11 de marzo pasado.
La existencia de tales muestras se pudo determinar en base a un estudio de trazabilidad de las actas de secuestro y constancias de remision realizado por la Unidad Fiscal y personal del CIF, quienes realizaron un inventario y ordenamiento de la totalidad de los elementos secuestrados, lo que derivó en su localización.
La importancia de tales muestras radica en que, permitirá analizar -de acuerdo a su estado de conservación- la realización de nuevos estudios genéticos con medios tecnológicos que no estaban disponibles al momento de los hechos, a los fines de cotejarlos con los perfiles genéticos masculinos y el femenino detectado en los laboratorios franceses.
Este nuevo hecho fue puesto oportunamente en conocimiento de la víctima conforme el derecho que le asiste.
La Unidad Fiscal desea aclarar ademas, ante versiones conjeturales incorrectas que circulan en medios de comunicación, propaladas sin conocimiento y en ausencia de sustento tecnico alguno, en relación a una hipotética prescripción de la acción penal que provocaría fatal y aritméticamente el impedimento de continuidad de la presente investigación, se aclara que el mero transcurso del tiempo no es el único parámetro a considerar a tal fin, existiendo precedentes de la Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que expresamente reconocieron la potestad del Estado de continuar las investigaciones una vez transcurrido los plazos aritméticos fijados por la legislación interna de un Estado adherente, a los fines de cumplir los compromisos asumidos en Convenios Internacionales relacionados a prevenir, investigar y sancionar hechos de violencia de género o que reúnan excepcionales situaciones determinadas.
Dicho con mayor claridad, nada impedirá la continuidad de la investigación aun transcurrido dicho término calendario.
La Unidad Fiscal Especial, integrada por los fiscales penales María Luján Sodero Calvet, Gabriel González, Daniel Espilocín y Pablo Paz, que interviene en la investigación del homicidio de las ciudadanas francesas Cassandre Bouvier y Houria Mounmi, aclara que, a los fines de hacer efectivos los derechos que le asisten como víctima y de conformidad con lo establecido por los arts. 98 y 99 del Código Procesal Penal, el señor Jean M. Bouvier fue citado y se le recepcionó declaración testimonial durante los días 9 y 10 de marzo de 2026, acompañado en ese acto por personal de la Embajada de Francia.
En su compromiso inquebrantable con la continuidad de las investigaciones y su predisposición a aportar y colaborar con tal fin, el señor Jean Michel Bouvier ha decidido, al menos por el momento, mantener reserva y no realizar declaraciones a los medios de prensa sobre el contenido de lo expuesto ante los fiscales, decisión que será acompañada y, desde luego, respetada por el Ministerio Público Fiscal, especialmente al tratarse de una víctima de tan aberrante hecho criminal y considerando el amplio marco normativo vigente de protección a las víctimas y de salvaguarda de sus derechos ante las instancias judiciales.
La Unidad Fiscal desea aclarar que el señor Bouvier no ha solicitado ni instado que se cite a prestar declaración a personas que ejercieron jefaturas de Estado, tanto en la República Argentina como en la República de Francia, a la fecha en que ocurrieron los hechos.
El hecho ocurrió en 2011 y actualmente se desarrolla una nueva etapa de investigación bajo la intervención de una Unidad Fiscal Especial.
En el marco de la investigación que lleva adelante la Unidad Fiscal Especial por los homicidios de Cassandre Bouvier y Houria Moumni, en el día de hoy se recibió testimonio a Jean-Michel Bouvier, padre de una de las víctimas, quien realizó un extenso y pormenorizado relato en relación con distintos aspectos vinculados a los hechos y al proceso de búsqueda de esclarecimiento del caso.
La audiencia se extendió durante toda la mañana de hoy en sede fiscal y continuará este martes 10, conforme a lo dispuesto por los fiscales intervinientes.
La Unidad Fiscal Especial está integrada por los fiscales penalesMaría Luján Sodero Calvet, Gabriel González, Daniel Espilocín y Pablo Paz, quienes vienen trabajando de manera sostenida desde su conformación, por disposición del procurador general de la provincia Pedro García Castiella, bajo un esquema de abordaje integral de la investigación.
En ese sentido, se realiza un análisis técnico del material producido en la causa original, junto con la aplicación de nuevas herramientas científicas y métodos contemporáneos de investigación penal. Este enfoque permite revisar la estructura probatoria reunida en 2011, verificar la consistencia y trazabilidad de la evidencia incorporada y, al mismo tiempo, ampliar el alcance de las líneas de trabajo mediante procedimientos actualizados que no estaban disponibles al momento de los hechos.
En este marco, cabe recordar que el Ministerio Público Fiscal gestiona el traslado a Francia de fiscales y especialistas en biología molecular para la realización de diversas diligencias vinculadas con la investigación.
El desempeño durante la investigación y el juicio fue clave para sostener las acusaciones y asegurar un fallo ejemplar.
Mediante la Resolución Nº 1671, el procurador general de la Provincia de Salta, Pedro García Castiella, resolvió reconocer la labor desarrollada por los fiscales penales Ana Inés Salinas Odorisio, Gustavo Torres Rubelt y Santiago López Soto, integrantes de la Unidad Fiscal que condujo la investigación y el proceso judicial que culminó con la condena de los 17 imputados, entre ellos funcionarios del Servicio Penitenciario, internos y familiares de alojados en la Unidad Carcelaria 1, a penas de entre 1 y 10 años y 6 meses. A lo largo de las audiencias —que se extendieron desde el 4 de agosto hasta el 15 de octubre de 2025—, la Unidad Fiscal presentó pruebas contundentes que permitieron sostener las acusaciones y garantizar un fallo ejemplar, marcando un hito histórico en la lucha contra la corrupción y los abusos dentro del sistema penitenciario.
Cabe reconocer la actuación profesional de la fiscal Ana Inés Salinas Odorisio, cuya dirección y compromiso técnico fueron decisivos para avanzar en la investigación en un contexto de alta complejidad institucional, superando obstáculos operativos y estructurales, y garantizando un enfoque interdisciplinario con pleno respeto a los derechos humanos. De igual trascendencia fue el reconocimiento a los fiscales Gustavo Torres Rubel y Santiago Lopez Soto, quienes con la misma dedicación, valentía y rigor profesional, contribuyeron al desarrollo de la causa y al logro de un resultado judicial de enorme relevancia institucional y estratégica, como condición necesaria para el control del funcionamiento de los penales.
Se destacó también el trabajo de los equipos intervinientes —en particular, la Unidad de Investigación UDEC y UFINAR, dependientes del Departamento de Investigaciones y Criminología del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), a cargo de los Comisarios Juan Pablo Sánchez yAriel Barrera— fue determinante para el éxito de la investigación, aplicando modernas técnicas de investigación criminal y manteniendo un enfoque interdisciplinario, con pleno respeto a los derechos humanos.
Ademas, se reconoce la dedicación y el compromiso de los integrantes de la Unidad de Investigación UDEC, cuya labor constante, rigurosa y basada en evidencia permitió sostener las acusaciones durante todo el proceso judicial, así como el trabajo de la auxiliar fiscal Eugenia López Ahanduni y el sumariante Walter Inda, quienes acompañaron con profesionalismo y vocación el desarrollo de la causa.
Asimiso, se resaltó el trabajo desarrollado por la Coordinación de Prensa Institucional del Ministerio Público Fiscal, cuya cobertura del juicio durante más de dos meses contribuyó a la transparencia institucional y a la comunicación pública de los actos de justicia.
Finalmente, el Procurador General subrayoque la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Sala VII representa un avance significativo dentro de la planificación estratégica del Ministerio Publico Fiscal y la lucha contra el crimen organizado. Según indicó, las experiencias actuales en otros centros urbanos, donde confluyen el crimen organizado, el Estado y la sociedad, anticipan y señalan el desafío de un nuevo escenario de atención en el interior de los penales, que puede convertirse en un germen de crecimiento para las organizaciones delictivas.
El Ministerio Público Fiscal informa que el día 9 de octubre de 2025 se inició una investigación a partir de las alertas efectuadas por familiares de la persona del Sr. Vicente Cordeyro, denunciando su desaparición.
Desde ese momento, se activaron los protocolos correspondientes y se dispusieron diversas medidas con el objetivo de determinar su paradero. A través del análisis de las cámaras de seguridad del Sistema de Emergencias 911, se logró reconstruir el recorrido de la persona y del vehículo en el que se desplazaba, un Volkswagen Suran de color gris.
Las imágenes obtenidas permitieron establecer que el automóvil circuló por distintos sectores de la ciudad de Salta y posteriormente por la localidad de San Lorenzo, donde fue ubicado alrededor de las 21 horas, estacionado en una calle lateral a la Iglesia, a escasos metros de la dependencia policial.
La etapa de investigación del paradero y ubicación del vehículo estuvo a cargo de los equipos de investigación de la Dirección de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Salta, quienes trabajaron de manera articulada con la Unidad Fiscal interviniente.
Ante este hallazgo, se dispuso la intervención inmediata del equipo de Criminalística del CIF, que realizó el abordaje técnico del automóvil y desplegó tareas operativas hasta altas horas de la noche, con el fin de preservar y recolectar todos los elementos de interés para la causa.
Esa misma noche, el equipo fiscal interviniente solicitó información a la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJUDECO) respecto de la línea telefónica de la persona desaparecida, con el propósito de obtener datos de ubicación, antenas de cobertura y actividad de conexión.
El organismo respondió de manera inmediata, aportando la información requerida para su análisis técnico.
El día viernes, los equipos de la Dirección de Investigaciones de la Policía de la Provincia, bajo coordinación de la Unidad Fiscal interviniente, continuaron con las tareas de análisis de la información obtenida.
En esa jornada se avanzó con el estudio de los datos remitidos por la DAJUDECO, referidos a la línea telefónica de la persona buscada, con el propósito de establecer desplazamientos y posibles zonas de interés.
Asimismo, se realizó un recorrido exhaustivo por distintos sectores de la villa veraniega de San Lorenzo, a fin de identificar cámaras de seguridad privadas ubicadas en las cercanías del lugar donde había sido hallado el vehículo.
Una vez ubicados los dispositivos, se procedió a la descarga del material audiovisual correspondiente.
Del análisis de esas grabaciones, en particular de una cámara externa situada en las inmediaciones del camino que conduce a la zona del cerro Elefante, se pudo observar la presencia de un hombre con características físicas y vestimenta coincidentes con las de la persona buscada, registrado el día jueves a las 8:22 horas.
Cabe destacar que ese mismo jueves, alrededor de las 12:10 horas, se registró un incendio forestal en el sector conocido como “la Cola del Elefante”, hecho que fue comunicado a las autoridades locales por un residente de la zona. Este alertante informó respecto de la visualización de una persona en el lugar donde una columna de humo indicaría el inicio de un fuego, y cuyo audio remitido resulta de un minuto anterior al horario informado del cese del tráfico de datos del celular.
Dado que el foco ígneo se originó en un área próxima al punto donde se orientó la búsqueda, la Unidad Fiscal incorporó esta circunstancia al análisis general de la investigación, con el propósito de determinar si pudiera tener alguna relevancia para el caso.
Como consecuencia de ello, durante la tarde y noche del viernes se llevó a cabo una reunión interdisciplinaria entre representantes de la Dirección de Investigaciones de la Policía de la Provincia, la Unidad Fiscal interviniente, el Ministerio de Seguridad, Defensa Civil y guías locales, con el objetivo de planificar las tareas de búsqueda y rastrillaje en la zona.
Las acciones se iniciaron el sábado a las 6:00 de la mañana, conforme al plan operativo acordado en ese encuentro.
La zona de búsqueda comprendía un amplio sector del cerro Elefante, caracterizado por una extensa red de caminos principales y senderos alternativos, muchos de ellos de acceso de mediana dificultad, que se incrementa progresivamente a medida que se asciende.
Estas condiciones demandaron una planificación minuciosa del operativo, con equipos distribuidos por sectores y el acompañamiento de guías locales conocedores del terreno, a fin de optimizar la cobertura y garantizar la seguridad de los participantes.
El primer equipo desplegado se dirigió hacia la zona del incendio, donde alrededor de las 9:00 horas se informó el hallazgo sin vida de la persona buscada.
A partir de ello, se dispuso un operativo integral para permitir el acceso del equipo de Criminalística del CIF, junto a bomberos locales y personal policial, a fin de realizar las tareas científicas correspondientes y asegurar la preservación del lugar del hallazgo.
El lugar del hallazgo se encontraba en un sector sin indicios de fuego, dentro de una ladera de fuerte pendiente, con una inclinación aproximada de 80 grados, lo que hace que el desplazamiento en la zona resulte sumamente dificultoso y riesgoso.
El cuerpo fue ubicado a media altura del faldeo, en una posición de difícil acceso para los equipos intervinientes, requiriendo maniobras cuidadosas para su aproximación y posterior intervención científica.
Se constató que el cuerpo no se hallaba recostado en el suelo, sino que se encontraba suspendido, en forma vertical, mediante una soga sujeta a un tronco de la vegetación del lugar, y pendiendo muy próximo a la inclinación de 80 grados aproximados de la ladera.
Presentaba una soga en el cuello, sin prendas de vestir en el torso ni en las piernas, conservando únicamente un par de zapatillas que guardaban correspondencia con las observadas en las filmaciones analizadas durante la investigación.
En este primer abordaje de la escena, efectuado el día 11 de octubre, se registró también el hallazgo de diversos indicios de interés criminalístico, los cuales fueron clasificados por grupos para su análisis y resguardo conforme al protocolo pericial.
Entre los elementos encontrados se identificó un primer conjunto de indicios, conformado por un encendedor, un teléfono celularincinerado, cuchillos y restos materiales (como botones de metal y remaches) que se encuentran actualmente en proceso de análisis técnico para determinar su origen y posible correspondencia o no con la mochila perteneciente a la persona fallecida.
Asimismo, se localizó un fragmento de etiqueta con código de barras, el cual, tras su lectura y trazabilidad, permitió establecer que correspondía a una botella de alcohol.
El seguimiento de este dato permitió identificar el punto de venta del producto en un comercio de la zona norte de la ciudad, constatándose que el ticket de compra fue emitido a nombre de un familiar del Sr. Cordeyro, y asociado ala tarjeta de puntos de cliente de este último.
Por otro lado, se identificó un segundo grupo de indicios, conformado por dos sectores donde fueron recogidos cuerpos amorfos no compatibles con material vegetal, los cuales fueron debidamente levantados, embalados y remitidos para su análisis pericial, con el objetivo de determinar su composición y posible relevancia para la investigación. Por último, se procedió a la incautación del elemento constrictor (soga) y par de zapatillas.
La totalidad de los elementos levantados en el lugar de los hechos, fueron secuestrados por los investigadores y solicitada su ratificación ante el Juzgado de Garantías en turno.
Para continuar con el análisis integral del lugar del hecho y de las evidencias objetivas recolectadas, la Unidad Fiscal solicitó la intervención del equipo especializado de la División Investigación de Siniestros de la Policía Federal Argentina, quienes pusieron a disposición un can entrenado para la detección de derivados de hidrocarburos.
El equipo arribó a la provincia el jueves 16 de octubre y desarrolló sus tareas hasta el sábado 18 de octubre, trabajando de manera coordinada con los peritos del CIF y la Unidad Fiscal interviniente.
En el marco de esa labor, y a modo indiciario, el can efectuó una marcación positiva en el sector donde se halló el primer grupo de evidencias —integrado por el teléfono celular, cuchillos y restos en análisis—, todos presumiblemente incinerados, así como en otro punto próximo de la misma zona.
Ello motivó el levantamiento y embalaje de muestras de suelo, que fueron remitidas para su posterior análisis científico en laboratorio, a fin de determinar la eventual presencia de compuestos relacionados con sustancias inflamables o derivados de hidrocarburos.
Asimismo, se trabajó sobre el resto de los elementos levantados en el área del hallazgo, registrándose una marcación inicial del can en la muestra del teléfono celular, en los cuerpos amorfos recolectados. Al día siguiente y continuando con las labores olfativas del can, pudo también indicar, indiciariamente, el registro de material combustionanteen las uñas de ambas manos de la persona fallecida, todo lo cual será objeto de pericias específicas en curso.
El día 12 de octubre se llevó a cabo la autopsia médico-legal del cuerpo, la cual fue realizada por dos médicos forenses del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) y contó con la presencia del perito médico de parte.
Del examen realizado se determinó como causa de muerte una asfixia mecánica por ahorcamiento, constatándose además la presencia de lesiones corporales compatibles con quemaduras superficiales por contacto directo con fuego, en rostro, cabellera, cejas, torso, espalda y uno de sus miembros inferiores de carácter vital (mientras se encontraba con vida), sin observarse signos de defensa.
Asimismo, se verificaron livideces en ambas extremidades inferiores (nalgas y piernas), lo que resultaría compatible con la posición de suspensión vertical del cuerpo y su proximidad con la ladera.
Durante el procedimiento, se efectuó la extracción de diversas muestras biológicas y de tejidos destinadas a análisis toxicológicos, microscópicos, genéticos y otros estudios complementarios, con el propósito de obtener una valoración científica integral.
El informe médico estableció una data de muerte estimada entre dos y cuatro días previos a la fecha de realización de la autopsia.
No obstante, la determinación exacta de la data de la muerte deberá ser precisada científicamente, motivo por el cual se llevan adelante análisis entomológicos sobre los indicios biológicos levantados del cuerpo.
Este trabajo pericial especializado será incorporado a la investigación una vez concluidos los estudios de laboratorio, a fin de complementar y confirmar los resultados médico-legales obtenidos en la autopsia.
Por otra parte, se requirió la intervención del Área de Criminalística de Gendarmería Nacional Argentina, cuyos especialistas arribaron al lugar el día 16 de octubre y llevaron adelante su correspondiente análisis técnico sobre la escena y los elementos relevados.
El equipo actuante solicitó el acceso integral a la información contenida en la causa a fin de efectuar un estudio complementario coordinado con las demás pericias en curso. Se encuentra pendiente la incorporación formal de los resultados de dicha intervención al caso.
Actualmente, se encuentra en desarrollo la recuperación del contenido del teléfono celular de la persona fallecida, a través del trabajo del Área de Informática del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF).
No se descarta la intervención de otras áreas especializadas pertenecientes a organismos científicos nacionales con competencia en la materia, a fin de ampliar el alcance del análisis digital.
Asimismo, se prevé la obtención de información complementaria sobre la línea telefónica, mediante la aplicación de técnicas de investigación específicas, con el propósito de reconstruir en detalle las comunicaciones y actividades vinculadas al caso.
En el día de la fecha, y luego de la recepción de las declaraciones testimoniales de los familiares directos, se procedió a hacer efectiva la entrega del cuerpo del Sr. Cordeyro a sus allegados, con prohibición de cremación, a los fines de su velatorio e inhumación conforme lo dispuesto por la Unidad Fiscal interviniente.
En paralelo, la División Homicidios del área de Investigación del CIF continúa desarrollando tareas de campo en distintas líneas investigativas, bajo la coordinación de la Unidad Fiscal interviniente, y a la espera de las conclusiones periciales y criminalísticas que refuercen la continuidad y productividad de la investigación.
El trabajo se orienta a profundizar las averiguaciones relativas a los posibles vínculos e intervenciones del fallecido con organismos federales y provinciales vinculados a áreas de investigación de narcotráfico, con el propósito de verificar antecedentes, relaciones y circunstancias que puedan aportar elementos de contexto, o investigaciones relevantes de la que hubiese intervenido.
Asimismo, los equipos especializados llevan adelante labores de identificación y entrevista a residentes y personas que frecuentan la zona del hallazgo del cuerpo, con el objetivo de recabar información útil para la reconstrucción de los movimientos previos al hecho y las condiciones del entorno.
Estamos ante una investigación compleja, encarada desde un primer momento con la seriedad, inmediatez y compromiso institucional que el caso requería.
Desde el inicio, la actuación del Ministerio Público Fiscal se ha sustentado en dos premisas esenciales: el respeto y acompañamiento a la familia del Sr. Cordeyro, y el aseguramiento de una investigación integral, objetiva y científicamente fundada.
Bajo esa orientación, y cuidando el rigor metodológico y técnico, se ha dispuesto la intervención de distintos equipos interdisciplinarios especializados y se ha solicitado la colaboración de organismos científicos de fuerzas federales, cuyas tareas se encuentran actualmente en desarrollo, análisis y elaboración de resultados periciales.
Adelantar o aventurar conclusiones fuera del marco de lo verificado constituiría una desconsideración al trabajo celoso, pormenorizado y profesional que llevan adelante los equipos fiscales, investigadores y peritos intervinientes.
Se trata de sostener una investigación seria, en el marco de la Resolución de Procuración General del año 2021 para muertes violentas, y con el celo suficiente parareafirmar el compromiso del M.P.F.S. con las buenas prácticas investigativas y la mejora continua, evitando anticipos prematuros y apresurados carentes de rigor científico.
Esta causa exige, por tanto, prudencia, responsabilidad y apego estricto a la evidencia científica, pilares que guían la labor de todos los equipos intervinientes.
Finalmente, el Ministerio Público Fiscal invita a toda persona que acredite un interés legítimo, sea de manera individual o mediante representaciones jurídicas, a constituirse como parte querellante, conforme lo prevé el Código Procesal Penal de la Provincia de Salta, pudiendo así controlar directamente las actuaciones, las medidas dispuestas y revisar la totalidad de las evidencias recolectadas.
El M.P.F.S. no puede ni debe divulgar públicamente la totalidad de los elementos sensibles que integran la investigación, en virtud de su obligación legal de reserva y protección del proceso, respetando la intimidad de la familia sin dejar de garantizar información veraz y oportuna ante cada avance confirmado.La que será comunicada oficialmente por los canales institucionales, evitando versiones infundadas.
Columna de humo, registrada por el alertante a horas 12.10 aproximadamente al costado del Cerro Elefante
En relación con el apoyo técnico y pericial solicitado al Ministerio de Seguridad de la Nación en la causa, trabajan en el lugar especialistas en siniestros y análisis del lugar del hecho.
En el marco de la investigación por el fallecimiento del excomisario Vicente Cordeyro, la Unidad Fiscal especializada para su tramitación y avance informó que este jueves se mantuvo una reunión con miembros de su familia para comunicarles los avances de las tareas que se están realizando en procura de esclarecer lo sucedido.
En la jornada de ayerfamiliares del occiso realizaron un reconocimiento directo del cuerpo, ello luego de que con la presencia del médico presentado como perito de parte, se realizara la toma de muestras,relevamiento de indiciosy demás elementos que serán sometidos a análisis.
Asimismo, con la conformidad de los propios familiares, se acordó que el cuerpo de Cordeyro permanezca en el Servicio de Tanatología Forense del CIF el tiempo necesario para que concluyan las pericias y se cuente con los informes correspondientes.
Al respecto, fueron puestos en conocimiento del informe preliminar de autopsia, de donde surge que las prendas que vestía, habrían tomado contacto con un incendio registrado en el cerro Elefante, y que, como consecuencia de ello, elcuerpo presentaba una serie de quemaduras superficiales, que no tendrían incidencia en la causa de muerte.
En el marco de las tareas de levantamiento de indicios, se logró incautar una soga, una botella, una etiqueta correspondiente a una bebida alcohólica de venta libre, un encendedor y un teléfono celular parcialmente derretido por acción del fuego. Asimismo, se hallaron elementos amorfos y calcinados —presumiblemente cierres, carretes, remaches y correas— que serán analizados a fin de determinar si corresponden con la mochila que portaba al momento en que fue captado por última vez en las imágenes. Además, se secuestraron otros elementos, los cuales quedarán sujetos a procesos de cotejo, reconocimiento y eventuales pericias.
Por su parte, en la jornada de hoy trabajan en el lugar, miembros de la Unidad Fiscal, del Cuerpo de Investigaciones Fiscales y personal de Criminalística de fuerzas federales, especializado en siniestros y análisis de escenas del hecho con la participación de un can entrenado en la detección de hidrocarburos, con la finalidad de realizar un abordaje integral tendiente a liberar la zona.
Por último, los fiscales informaron que el acceso al cerro Elefante se encuentra restringido de manera absoluta a toda persona ajena a la investigación, desde que se activó el operativo de rastrillaje el pasado jueves. Desde ese momento, se ha preservado el lugar sin ningún tipo de intervención externa, asegurando la cadena de custodia y la integridad de la escena.
En la jornada de alegatos, los fiscales Carreras y Cabot sostuvieron la acusación y pidieron la pena máxima prevista en el Código Penal. La querella adhirió al pedido, mientras que la defensa técnica solicitó su absolución.
Los fiscales penales Claudia Carreras y Pablo Cabot, en Unidad Fiscal, representan al Ministerio Público Fiscal ante la Sala I del Tribunal de Juicio de ese distrito, en la audiencia de debate contra Gustavo García Viarengo, como autor del delito de homicidio doblemente calificado, por la relación de pareja y por mediar violencia de género, en perjuicio de una mujer de 27 años.
Este lunes 13, al reanudarse la audiencia de debate, el abogado querellante solicitó al Tribunal exhibir imágenes de cámaras de seguridad del edificio donde fue encontrada la víctima, captadas la mañana del 19 de febrero de 2023.
Luego, se dio lugar a los alegatos de las partes. En primer lugar, lo hizo la Unidad Fiscal, donde tras referirse en extenso a las medidas probatorias producidas, sostuvo la acusación contra García Viarengo y solicitaron que sea condenado a la pena de prisión perpetua.
Luego, el abogado querellante, en representación de la familia, tras su exposición, sostuvo la acusación y coincidió en el pedido de pena para el acusado.
A su turno, la defensa del acusado sostuvo su inocencia y pidió que sea absuelto de forma lisa y llana, y de forma subsidiaria, que sea absuelto por el beneficio de la duda.
El Tribunal, conformado por los jueces Norma Palomo, Aldo Primucci y Aníbal Burgos, dispuso un cuarto intermedio hasta este martes 14 a las 13 para las últimas palabras del acusado y tras deliberar, dar a conocer el veredicto.