Barrio Solidaridad: Condena, probation y prohibición de hostigamiento tras un violento conflicto entre vecinos

Dos grupos de vecinos protagonizaron enfrentamientos con agresiones, amenazas y ataques con piedras que dejaron un hombre con una lesión grave y daños materiales. 

El fiscal penal 6 del distrito Centro, Martín Ávila, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que, con el reconocimiento del hecho por parte del acusado y el acuerdo de las partes, se arribó a un juicio abreviado para Jesús Alfredo Flores, por los delitos de amenazas con armas y lesiones graves.

El acuerdo fue homologado por el juez Martín Pérez, quien lo condenó a un año de prisión efectiva. Debido a que el acusado registraba una condena anterior, se procedió a la unificación de penas y se fijó una pena única de tres años de prisión efectiva. Además, se dispuso su traslado a la Unidad Carcelaria.

Las actuaciones se iniciaron a partir de hechos ocurridos el 21 de septiembre de 2024 en barrio Solidaridad, donde se produjo un conflicto entre integrantes de dos grupos familiares que residían a pocos metros de distancia.

Según surge de la investigación, durante uno de los enfrentamientos se produjeron agresiones, amenazas y lanzamiento de piedras. Como consecuencia, una de las personas involucradas sufrió una fractura de cúbito, lesión que fue calificada como grave.

A estas actuaciones se acumuló una segunda denuncia formulada por integrantes del otro grupo familiar, quienes señalaron que un grupo de personas se habría presentado frente a su vivienda, donde arrojaron piedras contra el portón y posteriormente ocasionaron daños en distintos bienes.

En el marco de la resolución de las actuaciones, respecto de otros cuatro acusados que no registraban antecedentes condenatorios, se acordó la suspensión del juicio a prueba.

Como parte de las reglas impuestas, deberán realizar donaciones de pañales a Casa Cuna y a la Policía y cumplir una prohibición de hostigamiento mutuo, tanto de manera personal como a través de medios tecnológicos.

Asimismo, fueron sobreseídos dos menores que no eran punibles al momento de los hechos, conforme a la Ley 22.278, mientras que otro imputado fue sobreseído por fallecimiento.

El fiscal Martín Ávila destacó que, frente a un conflicto vecinal que había escalado hasta agresiones físicas, amenazas y daños, la respuesta procuró no limitarse a resolver la situación penal de cada uno de los involucrados. En ese sentido, remarcó especialmente la prohibición de hostigamiento mutuo, tanto personal como por medios tecnológicos, como una medida orientada a interrumpir la continuidad del conflicto, restablecer la paz social y prevenir nuevos episodios de violencia entre los vecinos.

Deberá reparar a la víctima y retomar sus estudios

Un acusado de sustraer la batería de un vehículo accedió a la suspensión del juicio a prueba por un año. Deberá realizar tareas comunitarias, terminar sus estudios secundarios y pagar $100.000 como reparación a la víctima.

El fiscal penal 4, Facundo Ruiz de los Llanos, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que se concedió la suspensión del juicio a prueba a un hombre acusado del delito de robo simple.

De conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 8520, la Fiscalía solicitó la aplicación del instituto y el juez Maximiliano Troyano hizo lugar al pedido, disponiendo la suspensión del proceso por el plazo de un año, durante el cual el acusado deberá cumplir distintas reglas de conducta.

Entre las obligaciones establecidas, deberá realizar tareas comunitarias durante cuatro meses en una iglesia, donde tendrá a su cargo tareas de mantenimiento y corte de pasto. También deberá retomar sus estudios secundarios.

Como parte del acuerdo, el acusado ofreció una reparación económica de $100.000 a la víctima, quien aceptó la propuesta. El monto será abonado en cuatro cuotas mensuales y consecutivas de $25.000.

La causa se inició por el robo de la batería de un vehículo en Villa Soledad. El acusado fue demorado posteriormente y el elemento pudo ser recuperado.

La audiencia se desarrolló con la intervención de la defensa técnica. El cumplimiento de las condiciones fijadas deberá acreditarse durante el período de suspensión del proceso.

Agredieron a un policía: Prisión efectiva para uno de los acusados

El hecho ocurrió durante un procedimiento en Rosario de Lerma. Un hombre de 29 años fue condenado mediante juicio abreviado, mientras que para otro, de 21, se dispuso la suspensión del juicio a prueba por un año.

El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que se arribó a un acuerdo de juicio abreviado para uno de los acusados y se concedió la suspensión del juicio a prueba al otro.

El hecho ocurrió el 28 de febrero, en un domicilio de calle Coronel Torino de Rosario de Lerma, donde personal policial intervino luego de que familiares solicitaran su presencia y advirtieran sobre la existencia de medidas judiciales vigentes.

Según consta en la investigación, durante el procedimiento dos hombres habrían impedido el accionar de los efectivos mediante el uso de fuerza física. Uno de los policías fue golpeado en la cabeza con elementos contundentes y, cuando se encontraba en el suelo, recibió golpes en distintas partes del cuerpo. El examen médico constató escoriaciones en ambos antebrazos y contusiones en el cráneo.

Luego, los acusados habrían intentado huir a través de propiedades vecinas. Uno de ellos fue finalmente localizado y demorado por personal policial cuando se encontraba oculto en un árbol de una vivienda cercana.

El hombre de 29 años, quien además había incumplido una prohibición de acercamiento vigente, aceptó someterse a un juicio abreviado y fue condenado a seis meses de prisión efectiva por los delitos de atentado a la autoridad agravado por poner manos en la autoridad, lesiones agravadas en perjuicio de personal policial, violación de domicilio y desobediencia judicial, todo en concurso real.

Respecto del acusado de 21 años, imputado por atentado a la autoridad agravado por poner manos en la autoridad, lesiones agravadas en perjuicio de personal policial y violación de domicilio, todo en concurso real, se acordó la suspensión del juicio a prueba por el término de un año.

Durante ese período deberá cumplir las reglas de conducta impuestas, realizar actividades comunitarias y entregar resmas de papel a la dependencia policial.