Fiscal de Derechos Humanos solicitó el cese inmediato de una medida de sujeción ilegal impuesta a un detenido con padecimiento mental

Fue tras evaluar la documentación aportada, informe de pericia psiquiátrica y otros informes relacionados. Pidió también se emita una recomendación para que se realicen las modificaciones necesarias en el Manual de Procedimientos de la Alcaidía General de la Provincia, garantizando así el respeto de los derechos de las personas con discapacidad y el cumplimiento de los estándares internacionales en materia de tratamiento de reclusos.

El  fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, solicitó al Juez de Garantías de Cuarta Nominación en Feria, Diego Rodriguez Pipino, el retiro inmediato de la medida de sujeción ilegal impuesta a una persona con padecimiento mental, privada de su libertad.

El caso se inició a raíz de una Acción Constitucional de Habeas Corpus presentada por el Defensor Oficial Penal de Ejecución N° 1, ante el Juzgado de Garantías Quinta Nominación,  que solicitó el cese de la medida de sujeción. El informe médico efectuado por el Hospital Ragone, consideró el procedimiento como ilegal, innecesario y perjudicial.

En su dictamen, el Fiscal hace referencia a los informes médicos y documentos presentados en el expediente. Uno de ellos, emitido por las autoridades de la Alcaidía General, menciona el uso de sujeciones consistentes en una cadena de aproximadamente 70 cm de largo, la cual es colocada en el pie del detenido y sujeta a la cama. Esta metodología se aplica únicamente durante las horas de sueño, mientras que durante las actividades diarias, como el desayuno, almuerzo, cena, baño, higiene y recreación, se retira la sujeción, se señala.

El fiscal González solicitó al Juez de Garantías que se haga lugar a la solicitud y se ordene el inmediato retiro de la medida de sujeción, en cumplimiento del artículo 88 de la Constitución Provincial. Se argumenta que la medida de sujeción ha sido impuesta sin prescripción médica, justificándola con el argumento de evitar una fuga o mantener el orden, pero sin tener en cuenta los principios médicos ni el beneficio para la persona con padecimiento mental. Además, cabe mencionar que el accionar, se encuentra regulado normativamente en el Manual de Procedimientos de la Alcaidía General de la Provincia.

Destaca además el Fiscal, la necesidad de realizar una recomendación en la sentencia, dirigida al Ministro de Seguridad, a fin de modificar o readecuar el Manual de Procedimientos de la Alcaidía General de la Provincia, basada en el CORPUS IURIS ESPECIALIZADO en la materia, que incluye la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 13 de diciembre de 2006, la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (Ley 26.378), la Ley de Salud Mental N° 26.657, y las Recomendaciones que surgen de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela).

Hizo especial hincapié, en el fallo «Ximenes Lopes Vs. Brasil» de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el cual se establece que la sujeción se entiende como cualquier acción que interfiera con la capacidad del paciente de tomar decisiones o que restrinja su libertad de movimiento. Además, se reconoce que el uso de la sujeción conlleva un alto riesgo de ocasionar daños o incluso la muerte del paciente, y que las caídas y lesiones son comunes durante dicho procedimiento. El tribunal considera que la sujeción es una de las medidas más agresivas que puede sufrir un paciente en tratamiento psiquiátrico, por lo que debe ser empleada como último recurso y únicamente para proteger al paciente, al personal médico y a terceros en caso de representar una amenaza a su seguridad. Además, se establece que la sujeción debe ser llevada a cabo por personal calificado y no por los propios pacientes, respetando siempre la dignidad del paciente y minimizando los riesgos para su salud.

En igual sentido, el juez actuante al resolver la solicitud de Habeas Corpus, no solo accedió al pedido del defensor oficial, sino que también declaró la inconstitucionalidad del argumento utilizado por las autoridades del Servicio Penitenciario para justificar la aplicación de la medida de «sujeción mecánica» en el detenido.

Venta de estupefacientes: Inicia juicio a seis personas, entre ellos, un guardiacárcel, y dos presos

Desde este lunes se desarrollará en la Sala 3 del Tribunal de Juicio del distrito Centro, la audiencia de debate contra un Sargento Primero del Servicio Penitenciario, dos internos de la unidad carcelaria y otras tres personas por el delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada.

El fiscal Penal de la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad (UFINAR), Santiago López Soto, representará al Ministerio Público Fiscal ante la Sala 3 del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate que iniciará este lunes 9 de mayo a las 9, contra seis personas como autores del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada.

Rodrigo Esteban Martínez, quien prestaba servicios en la Unidad Carcelaria 1 del Servicio Penitenciario Provincial con el cargo de Sargento Primero, será juzgado con dos agravantes: cometer el hecho en el interior de un lugar de detención y por ser un funcionario encargado de la guarda de presos.

Por su parte, los internos de la Unidad Carcelaria, Ramiro Gustavo Tejerina y Rodrigo Sebastián Medina, también serán juzgados con el agravante de cometer el hecho en el interior de un lugar de detención. Ambos se encontraban cumpliendo condena por infracción a la ley de estupefacientes.

María Natalia González, Rodrigo Agustín Cardozo González y Pablo Roberto Mamaní están acusados de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada.

La detención de las seis personas se produjo el 30 de octubre de 2020, luego de tres meses de una investigación que llevó adelante la UFINAR en la que se determinó que Ramiro Gustavo Tejerina, de manera telefónica desde el interior de la Unidad Carcelaria, era el encargado de conseguir las sustancias estupefacientes. Esta tarea la realizaba junto a su pareja, María Natalia González, quien luego la fraccionaba y la distribuía a otros de los imputados para que éstos se encarguen de su comercialización y luego recaudaba el dinero producto de la venta. González contaba con la colaboración de su hijo Rodrigo Agustín Cardozo González.

Rodrigo Sebastián Medina prestaba colaboración a la organización también desde su celda y coordinaba la distribución con su pareja. Por su parte, el Sargento Primero del Servicio Penitenciario prestaba colaboración en la organización.

Un preso será imputado por lesionar a un guardiacárcel

Un hombre de 23 años, alojado en la Unidad Carcelaria 1, lesionó a un guardiacárcel con un arma hechiza conocida como «arpón» en la zona del tórax. Fue auxiliado por otros efectivos penitenciarios y trasladado para su atención. Se abrió decreto de imputación y la audiencia se concretará en los próximos días.

La fiscal penal 4, María Eugenia Guzmán, investiga un hecho ocurrido el pasado martes por la mañana en el pabellón E2 de la Unidad Carcelaria 1, cuando un efectivo del Servicio Penitenciario que realizaba el desencierro de los internos, resultó lesionado en el pecho con un arma hechiza.

Según las actuaciones, el efectivo lesionado realizaba la tarea de celador con un compañero y al llegar a una celda donde había una pelea, recibió una herida en el tórax de parte del interno Raúl Marcelo Cabrera, que había ingresado hace dos días al penal.

El guardiacárcel fue auxiliado por sus compañeros y trasladado para su atención, mientras que al agresor se lo detuvo y se le secuestró un arma hechiza conocida como arpón, que consta de un palo de escoba con un elemento punzo cortante atado en la punta.

Con los elementos recolectados, la fiscal Guzmán abrió decreto de imputación para Cabrera, que será acusado formalmente como autor del delito de lesiones leves agravadas en los próximos días.

Caso Andrea Neri: Detienen e imputan a otro oficial penitenciario

Anoche se concretó la detención de Héctor Augusto Franco, quien se desempeñaba como Jefe del Pabellón E en la Unidad Carcelaria 1. Se le imputa el delito de abandono de persona seguido de muerte en perjuicio de Andrea Edith Neri. Acompañado de un abogado particular, se abstuvo de prestar declaración ante el fiscal.  Read more