Piden la elevación a juicio contra un hombre que privó de su libertad a una mujer y sus dos hijos

El fiscal Penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, había imputado en enero pasado a Marcelo Sánchez por privar de la libertad a su pareja y a dos menores de edad.

El fiscal Penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, solicitó al Juzgado de Garantías N°2 la elevación a juicio contra Marcelo Sánchez, acusado de privación ilegítima de la libertad de una mujer y de dos menores, coacción agravada y lesiones en perspectiva de género en concurso real.

El fiscal Cazón realizó el requerimiento de juicio tomando en cuenta la existencia de elementos de prueba suficientes y la declaración de la propia víctima, que ya se encuentra en Buenos Aires.

La investigación se inició a partir de un oficio enviado a la Fiscalía por el Juzgado de Violencia Familiar y de Género 1 del distrito judicial Tartagal, a cargo de la jueza Carmen Juliá, quien había recibido un oficio de Buenos Aires –a través del Distrito Judicial Centro- por el que se buscaba a la víctima.

En efecto, en noviembre de 2020, la madre de la mujer, desde Buenos Aires, denunció que su hija se encontraba en la ciudad de Salvador Mazza en contra de su voluntad e incomunicada por su pareja.

Los hechos

De acuerdo a lo narrado por la víctima, conoció a Sánchez en Buenos Aires en 2017 e iniciaron una relación, fruto de la cual tuvieron un hijo. En esa ciudad comenzaron a vivir episodios violentos y bajo amenazas, la obligó a trasladarse a la ciudad de Salvador Mazza, donde residía una hermana del acusado.

Ya en la ciudad del Norte salteño, la mujer contó que su pareja la mantenía encerrada, sin posibilidad de comunicarse y ejercía violencia física, sexual y psicológica sobre ella.

En un descuido de su captor, la víctima pudo enviar un mensaje de WhatsApp a su madre en Buenos Aires y pedir ayuda, quien radicó la denuncia que llevó al fiscal Cazón a investigar el caso, logrando detener al acusado y poner a resguardo a la mujer y a sus hijos.

Sánchez se encuentra detenido en Tartagal.

Advierten por el crecimiento exponencial del juego clandestino

Bingos y lotas virtuales están prohibidos, pero proliferaron en forma exponencial desde el inicio de la pandemia. El Ente Regulador del Juego de Azar radicó nuevas denuncias por juego ilegal en Capital, Rosario de Lerma, Chicoana, Campo Quijano, Tartagal, Orán y Pichanal, e insiste en el enorme perjuicio que generan la ilegalidad y consecuente evasión fiscal, a las entidades de bien público.

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, recibió nuevamente al vicepresidente del Ente Regulador del Juego de Azar, Adrián Amén, quien informó que sigue siendo alarmante el avance del juego ilegal, especialmente virtual. Es que la oferta de juegos online se incrementó a partir del primer aislamiento obligatorio determinado por la pandemia y se mantuvo en franco crecimiento desde entonces. En ese marco, Enreja insistió en la necesidad de que funcione la Fiscalía de Ciberdelitos –cuya Ley de creación fue promulgada en diciembre de 2019-, porque la especialización, descomprimiría al resto de fiscalías que investigan distintos delitos e imprimiría mayor celeridad a las investigaciones.

Amén también consideró urgente que se otorgue la atención y tratamiento que merece la problemática, porque la tarea de ENREJA y las reiteradas denuncias formales ante la Unidad de Delitos Económicos Complejos y fiscalías de toda la provincia, son insuficientes para frenar los delitos. Especialmente en un contexto de crisis sanitaria y económica. En el mismo sentido, el funcionario instó a los usuarios de juegos virtuales clandestinos, a denunciar formalmente las estafas de las cuales son víctimas porque a través de ENREJA, informaron que muchos organizadores de bingos y lotas virtuales, no entregan los premios promocionados, otorgan otros de menor valor o lo hacen discrecionalmente a personas conocidas.

Amén insistió en el perjuicio al estado Provincial, pero especialmente a entidades de bien público porque apuestas y juegos online no autorizados, no tributan aquí. “Se llevan el dinero de todos los salteños” afirmó el Vicepresidente de En.Re.J.A, al ratificar que no pagan canon ni tributo alguno, cuando la ley establece que la recaudación tiene como fin desarrollar acciones preventivas de la adicción al juego y para programas sociales y educativos.

“El Ente actuará muy rápidamente en tratar de erradicar el juego ilegal, a través de las facultades que otorga la Ley Provincial Nº 7.020 y requerimos de la intervención del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial para dar la baja de dominios de páginas en las que apuestan los salteños”, precisó el funcionario, al tiempo que destacó la necesidad de concretar un próximo encuentro en el MPF con el Procurador y fiscales de los Distritos con mayor incidencia de juego ilegal, pero esta vez, junto a funcionarios del Poder Ejecutivo Provincial y el Jefe de Policía de la Provincia, con el objetivo de aunar esfuerzos en torno a la problemática.

El juego clandestino es un delito

En 2017, el juego clandestino dejó de ser una contravención y por imperio de la reforma que se hizo a la Ley de Ganancias al introducir el artículo 301 bis al Código Penal, quedó establecido como delito. La normativa establece que “será reprimido con prisión de tres a seis años el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente”.

El Ente Regulador del Juego de Azar de la Provincia de Salta es la entidad autárquica del Gobierno de la Provincia de Salta que regula el juego de azar en todas sus formas, es decir las pautas, procedimientos y condiciones de su explotación y administración.

En el encuentro también participó la secretaria General de Política Criminal de la Procuración, Sofía Cornejo.

Instan a una mediación por la ocupación de tierras en La Moraleja

La fiscala penal de Joaquín V. González, María Celeste García Pisacic, interviene en la investigación iniciada a partir de la denuncia radicada el miércoles 26 de mayo por el apoderado de la firma Tentrio S.A, que administra Finca La Moraleja, por la ocupación de terrenos en la zona. Se estima que entre 800 y 1000 personas permanecen en el predio. La mediación penal se realizará en breve.

De acuerdo a la denuncia, ese día empleados de La Moraleja observaron a quince personas, que realizaban limpieza, quema de basura y cavaban pozos, aparentemente con intenciones de asentarse. El predio en cuestión es un terreno de aproximadamente 50 hectáreas, sin perimetrar ni iluminación, con acceso por distintos caminos alternativos y sendas peatonales. El río del Valle limita con uno de los sectores. La misma noche se verificó la presencia de unas doscientas personas, entre varones mujeres y niños, de las cuales algunas se retiraron.

La fiscala solicitó a la jueza de Garantías de 1ra. Nominación de Joaquín V. González, Patricia Rahmer, la  prohibición de ingreso y medida de innovar, las cuales fueron otorgadas por la magistrada y se mantienen vigentes.

Según consta en las actuaciones, la madrugada del 27 de mayo, concurrió al terreno usurpado el intendente de Las Lajitas, Fernando Alabi junto al representante legal del municipio y el apoderado de la empresa, para solicitar que se retiren. En ese marco, a las 5:30 de la mañana, un grupo de 50 personas se negó a abandonar el lugar y comenzó a insultar y arrojar elementos contundentes hacia los efectivos. Uno de ellos, resultó con cortes en la cara.

A las 8, empezaron a regresar más personas, y sumaron unas 150. La fiscala convocó al Intendente, al apoderado de la empresa y a representantes de la toma, para la mediación penal prevista en la Delegación Penal Las Lajitas para esa misma tarde. Dicha audiencia no pudo concretarse por razones de salud de la mediadora. La nueva convocatoria será informada en breve, apenas se disponga el reemplazo de la funcionaria oportunamente designada.

Fuera de esa mediación formal convocada, cuatro delegadas del asentamiento fueron citadas al domicilio del intendente esa misma tarde y según las mujeres, les habría aconsejado que reunieran a más personas para el asentamiento irregular. Hacia las 20, ya había unas ochocientas personas en el predio, entre varones, mujeres con niños en brazos y adultos mayores.

También consta en las actuaciones que desde el inicio de la toma, estuvieron los candidatos a concejales Milagros Córdoba, Moro Ledesma, Kike Castillo y Coquena Ledesma.

En las mismas actuaciones surgió que la noche del sábado 29, llegaron al predio usurpado el diputado provincial Marcelo Paz y el senador provincial Marcelo García, donde se reunieron con las familias asentadas.

A todo esto, el apoderado de la firma, amplió la denuncia por la ocupación en un segundo terreno de la finca, y dejó constancia que parte de las tierras fueron donadas oportunamente al municipio de Las Lajitas, con destino habitacional.

Ante la creciente cantidad de personas asentadas y distintos hechos de violencia registrados especialmente el fin de semana, García Pisacic solicitó al Ministerio de Seguridad de la Provincia en dos oportunidades, que en carácter de muy urgente, dote de recursos humanos y materiales a la dependencia policial de la zona para tareas preventivas, al tiempo que ratificó que primará la mediación por sobre un pedido de desalojo.

El vehículo de Sánchez fue visto la última vez en la zona de La Pedrera

El seguimiento a través de las cámaras permitió verificar que la última imagen del automóvil Renault Scénic Sportway color gris, conducido por Leonardo Nicolás Sánchez de 88 años, fue vista en la zona sudeste de la ciudad de Salta. La Fiscalía solicita colaboración para dar con el paradero del hombre, quien falta de su hogar desde la tarde del viernes 21 de mayo, cuando salió desde su domicilio ubicado en la zona centro.

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Leandro Flores, investiga la desaparición de Leonardo Nicolás Sánchez de 88 años, ocurrida el pasado 21 de mayo por la tarde.

Imagen ilustrativa Renault Scénic Sportway

De las diversas medidas ordenadas, la del seguimiento de cámaras permitió ver por última vez el automóvil marca Renault Scénic Sportway, (color gris, dominio IUW- 523 y con un portaequipaje metálico negro en la parte superior), en la zona de la rotonda de barrio Solidaridad y con dirección hacia la zona conocida como “La Pedrera”, desde donde se puede conectar con distintos destinos hacia el sur de la provincia tales como Coronel Moldes y Cafayate; y hacia la Ruta Nacional 9, entre otros.

Sánchez es de contextura delgada, tez morena, de 1,70 metros de altura aproximadamente, cabello canoso, ojos color marrón oscuro, y al momento del extravío vestía camisa oscura, pullover marrón escote en V, campera color verde y pantalón color gris oscuro.

La denuncia fue radicada por la hija del adulto mayor, al detectar la ausencia de su padre y del automóvil. Llevaba consigo su DNI.

Se activaron los protocolos de búsqueda y desde el principio, se dispuso el trabajo del Grupo Investigativo del Sector 5 B para el cumplimiento de las distintas medidas tendientes a dar con su paradero.

La Fiscalía solicitó la colaboración a la comunidad y pidió que ante cualquier información sobre su ubicación, se comunique al Sistema de Emergencias 9-1-1, al Grupo Investigativo del Sector 5 B – Tel. 387-5806346, o dirigirse a la dependencia policial más cercana.

El MPF pide que la Ley garantice el juzgamiento de femicidas con perspectiva de género

El Ministerio Público Fiscal de Salta propone, a través de un proyecto de Ley, la reforma de la Ley Orgánica de Justicia Penal. Tiene el objetivo de que los Tribunales de Juicio que intervengan en causas de femicidio, estén integrados por al menos una jueza. Entre sus fundamentos, destaca la normativa internacional y nacional vigente, y especialmente se detiene en la reproducción de estereotipos machistas que podrían condicionar a las autoridades estatales.

La iniciativa legislativa de la Procuración General, surgió ante la imperiosa necesidad de modificar el Art. 9 de la Ley Provincial N° 7716, que establece la composición y atribuciones de las Salas de los Tribunales de Juicio, y que define que deben estar integradas por tres jueces cada una.

En este punto, vale señalar que el Ministerio Público Fiscal, adhirió en 2019 al “Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres (femicidios)”, confeccionado por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) de la Procuración General de la Nación.

El término femicidio fue desarrollado como un concepto teórico político para conceptualizar y visibilizar un fenómeno con manifestaciones y características particulares: las muertes violentas de mujeres por razones de género. En esa línea argumentativa, en el ámbito internacional de los Derechos Humanos se definió el femicidio como: “La muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”. Consecuentemente, el MPF, creó la Unidad Fiscal Especializada en Femicidios de Salta (UFEM – SALTA).

En este contexto, vale la pena mencionar el reciente pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, que rechazó un planteo para evitar un nuevo juicio a los acusados de matar a Lucía Pérez, la joven de 16 años asesinada en 2016 en Mar del Plata. Por ello, se realizará un nuevo proceso que incluya perspectiva de género al momento de juzgar.

En su fallo, la Corte Suprema bonaerense señaló que: “El juzgar con perspectiva de género propende a garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres, la igualdad de género y una tutela judicial efectiva, evitando la reproducción de estereotipos que dan por supuesto el modo en que deben comportarse las personas en función de su sexo o género, sin perder de vista que el principio de amplia libertad probatoria que debe regir en estos procedimientos, no implica una flexibilización de los estándares probatorios sino que…está destinado, en primer lugar, a desalentar el sesgo discriminatorio que tradicionalmente ha regido la valoración probatoria a través de visiones estereotipadas o prejuiciosas sobre la víctima o la persona acusada», y agrega que “el empleo de estereotipos de género en el razonamiento de los jueces constituye uno de los obstáculos que impiden a las mujeres el ejercicio de su derecho de acceder a la justicia en condiciones de igualdad, y conduce a descalificar su credibilidad y a asignarles una responsabilidad tácita por los hechos denunciados”.

Estereotipos reproducidos por autoridades estatales

En términos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, «…el estereotipo de género se refiere a una preconcepción de atributos o características poseídas o papeles que son o deberían ser ejecutados por hombres y mujeres respectivamente, y que es posible asociar la subordinación de la mujer a prácticas basadas en estereotipos de género socialmente dominantes y persistentes”.  

Por ello, su creación y uso se convierte en una de las causas y consecuencias de la violencia de género en contra de la mujer, condiciones que se agravan cuando se reflejan, implícita o explícitamente, en políticas y prácticas, particularmente en el razonamiento y el lenguaje de las autoridades estatales».

También ha afirmado que «La influencia de patrones socioculturales discriminatorios puede dar como resultado una descalificación de la credibilidad de la víctima durante el proceso penal en casos de violencia y una asunción tácita de responsabilidad de ella por los hechos, ya sea por su forma de vestir, por su ocupación laboral, conducta sexual, relación o parentesco con el agresor, lo cual se traduce en inacción por parte de los fiscales, policías y jueces ante denuncias de hechos violentos”, y que esa influencia “también puede afectar en forma negativa la investigación de los casos y la valoración de la prueba subsiguiente, que puede verse marcada por nociones estereotipadas sobre cuál debe ser el comportamiento de las mujeres en sus relaciones interpersonales”.

Para más, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la CEDAW, en su recomendación N° 33 sobre el acceso de las mujeres a la justicia, ha afirmado que «Los estereotipos distorsionan las percepciones que dan lugar a decisiones basadas en creencias preconcebidas y mitos, en lugar de hechos” porque “con frecuencia los jueces adoptan normas rígidas sobre lo que consideran un comportamiento apropiado de la mujer y castigan a las que no se ajustan a esos estereotipos”. Y dice más: que “el establecimiento de estereotipos afecta también a la credibilidad de las declaraciones, los argumentos y los testimonios de las mujeres, como partes y como testigos. Esos estereotipos pueden hacer que los jueces interpreten erróneamente las leyes o las apliquen en forma defectuosa”, al tiempo que advierte que “esto tiene consecuencias de gran alcance, por ejemplo, en el derecho penal, ya que dan por resultado que los perpetradores no sean considerados jurídicamente responsables de las violaciones de los derechos de la mujer, manteniendo de esta forma una cultura de impunidad” y que “en todas las esferas de la ley, los estereotipos comprometen la imparcialidad y la integridad del sistema de justicia, que a su vez puede dar lugar a la denegación de justicia, incluida la revictimización de las denunciantes”.

Por ello, el Ministerio Público Fiscal de Salta, propone que la nueva integración de las Salas de los Tribunales de Juicio de la provincia, deberán conformarse inexorablemente con al menos una jueza, con el objetivo de lograr una composición equilibrada en los operadores judiciales y garantizando la perspectiva de género. Esa reforma contribuirá a la transversalización del enfoque de género que implica incorporar la experiencia, el conocimiento y los intereses de las mujeres y de los hombres lo que confluirá en la prestación de un mejor servicio de justicia.

Por lo demás, transversalizar la perspectiva de género supone valorar las acciones que se planifiquen en ese sentido, sean de orden legislativo, político o programas en todas las áreas o niveles. Y se trata de una estrategia para garantizar la integridad del sistema de justicia y la igualdad de los géneros.

El Comité de Evaluación de Femicidios, Transfemicidios y Violencia de Género repudia a un Diputado Nacional

Las y los integrantes del Comité de Evaluación de Femicidios, Transfemicidios y Violencia de Género, expresaron su repudio al diputado nacional por Salta, del interbloque Juntos por el Cambio, Martín Federico Grande, quien se refirió a la fiscala de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, como “atorranta”.

La declaración del Legislador se  produjo en el marco de una entrevista realizada por los periodistas Agustín Poma y Alexis Miranda, el martes 18 de mayo del corriente año, a través de FM Noticias, en la que el Diputado Nacional manifestó, entre otros conceptos, que “esa fiscal, a pesar de que yo tengo libertad de opinión, cuando yo hablé del tema Huergo, me llevó a declarar. Es una absoluta ineficiente funcionaria, que te puedo asegura que sí caza brujas y brujos, porque te lleva a declarar sin tener absolutamente nada para declarar….y por supuesto nunca me voy a negar a declarar, pero lo que hizo esa fiscal no tiene nombre… yo tengo libertad de opinión y me lleva a mí a declarar por el tema Huergo cuando en realidad es ella la que debería llevar a declarar a Huergo y a todos sus cómplices, inclusive a los que están en la Municipalidad de Salta, después del tremendo afano que hicieron el año antepasado. Preguntale a la fiscal si llevó a declarar a alguien…mirá…es una verdadera incapaz, miran para el lado que les conviene, pero cuando tienen que averiguar lo complejo……lo único que hicieron es llevarme a declarar”; y entonces, se dirigió a uno de los periodistas al decirle  “vamos viejo, haceme el favor, no pongas de ejemplo a esta fiscal, que me parece a mí, una atorranta, mirá”…

El Diputado Nacional no solo falta a la ética y demuestra su falta de formación en Derechos Humanos, de las Mujeres y en Perspectiva de Género, sino que -a pesar de ser legislador-, desconoce la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que desarrollen sus Relaciones Interpersonales (26.485). Una particularidad de esta ley es que aborda la violencia de género de manera integral y transversal, en línea con la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de “Belem do Pará”).

Esto implica que entiende la violencia hacia las mujeres como problemática pública estructural atravesada por lo cultural, lo económico y lo político. Por esto, entre los objetivos de la ley se encuentra la “remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres”. (Art. 2 punto e). Además, la ley establece diferentes tipos de violencia y modalidades, entre las cuales Grande es responsable de haber ejercido, al menos, violencia simbólica en su modalidad mediática.

Si bien puede predominar un tipo de violencia en algún caso, nunca son compartimentos estancos, ya que accionan varios tipos de violencia sobre una mujer en momentos y contextos determinados. Es lo que sucedió este martes con la Fiscala atacada públicamente por el Legislador, quien esbozó más tarde un ofrecimiento de disculpas a través de la red social Twitter, donde subestimando a sus seguidores y a la propia destinataria, publicó: “Hoy en una entrevista radial traté a la fiscal Simensen De Bielke de atorranta ««atorrante» es un americanismo que significa ‘vago’, ‘holgazán’, ‘desvergonzado'» no fue la palabra más adecuada, pido disculpas públicas a la Fiscal”, cuando con solo recurrir al buscador de Google, se puede confirmar que entre las primeras acepciones del lunfardo, “atorranta”, -cuya etimología viene de atorrante-, y se define como: “Dicho de una mujer, que da con facilidad favores sexuales, especialmente por interés, sin ser prostituta de oficio”. Para agregar, es casi una obviedad decir que el cambio de apellido de la Fiscala, mal escrito por el Diputado, no es casual y sí una forma de atacar también su identidad.

La Violencia Simbólica contra las mujeres es la que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos, transmite y reproduce dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.  

El Diputado Nacional, además, es candidato a senador provincial, cuerpo que cuenta hoy con una sola Senadora, sobre 23 legisladores en total de la Cámara Alta.

Por ello, manifestamos nuestra preocupación ante la posibilidad de que un legislador que representa en el Congreso Nacional a nuestra Provincia, severamente golpeada por la violencia de género en todas sus formas y con los índices de femicidio de los más altos del país; y con aspiraciones de integrar la Legislatura provincial, siga sin capacitarse y pretenda mantenerse por ese camino.  

Grande es representante en uno de los poderes del Estado y además, tiene la responsabilidad de conducir un programa televisivo y radial diario, lo que cual, -de mínima-, implicaría que conozca que todos los medios de comunicación, están contemplados también en la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, cuando establece que “la Violencia mediática contra las mujeres es aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

Este Comité no puede dejar de mencionar su preocupación ante el hecho de que apenas Grande trató de “atorranta” a la Fiscala, el periodista Miranda dijo que “justo estaba hablando de lo que dijo el ministro Pulleiro”, y poco después se sumó Poma, quien consultó sobre la competencia de la causa sobre la que discutían. Es decir, ninguno de los dos comunicadores advirtió al Legislador sobre la violencia ejercida un momento antes contra la Funcionaria del Ministerio Público Fiscal, y en cambio, la toleraron como si nada se hubiera dicho, naturalizando la conducta y lenguaje machista de Grande.

De la alarma apagada a la hipótesis del perro, adelantada por el viudo: hoy se leerá el requerimiento a juicio

Durante la primera jornada de la audiencia de debate contra Sergio Horacio Vargas y Nicolás Federico Cajal Gauffin, será leído el requerimiento a juicio fiscal, elevado en marzo de 2020 por los fiscales intervinientes.

Vargas está imputado como partícipe secundario del delito de homicidio triplemente calificado por ser cometido con alevosía y ensañamiento y por precio de o promesa remuneratoria en perjuicio de Jimena Beatriz Salas y Nicolás Federico Cajal Gauffin, está imputado como autor responsable del delito de encubrimiento agravado en perjuicio de la administración de justicia.

Losfiscales penales Ana Inés Salinas Odorisio, Gustavo Torres Rubelt y Ramiro Ramos Ossorio,representarán desde hoy al Ministerio Público ante la Sala VII del Tribunal de Juicio del distrito Centro en la audiencia de debate.

Como se sabe, los fiscales requirieron juicio oral y público en contra de Sergio Horacio Vargas, en calidad de partícipe secundario, del delito de homicidio triplemente calificado por ser cometido con alevosía y ensañamiento y por precio de o promesa remuneratoria y en perjuicio de Jimena Salas; y en contra de Nicolás Federico Cajal Gauffin, como autor responsable del delito de encubrimiento agravado, en perjuicio de la administración de justicia.

En el requerimiento, los fiscales relataron los hechos ocurridos desde el 27 de enero de 2017, cuando Cajal Gauffin halló el cuerpo de Jimena Salas, las medidas ordenadas y todo lo sucedido hasta llegar al pedido de elevación a juicio.

A partir de los elementos, los sostuvieron que la conducta desplegada por el imputado Cajal derivó en una manifiesta obstrucción de la justicia, perpetrada en orden a evitar dar cuenta acerca del origen o naturaleza de bienes espurios que estaban en su poder y que fueran sustraídos por los autores del homicidio en ocasión de ejecutar el hecho principal.

Sobre Vargas

Dijeron que como consecuencia de las medidas llevadas a cabo en la investigación se pudo establecer que los autores materiales contaron con la activa colaboración del imputado Sergio Vargas para la perpetración del hecho, lo que se logró probar con grado de probabilidad suficiente. Mientras que, por otra parte se pudo establecer que el coimputado Nicolás Cajal Gauffin, pese a ser pareja de la damnificada, habría desplegado conducta criminalmente punible, al ocultar información trascendental para la investigación de los hechos, direccionándola y condicionando el resultado; todo ello en función de intereses personales, lo que sumado al transcurso del tiempo ha impedido (hasta el momento) la determinación de los autores materiales, sobre los que la investigación debe continuar y continúa de manera constante e intensa.

Al pedido sumaron todos los elementos probatorios recabados durante la investigación; entre ellos, las numerosas declaraciones testimoniales, entre las cuales varias coincidieron en señalar a un hombre que consultó por una “señora que tenía unas hijitas en la entrada, al principio de calle Las Virginias (domicilio de Salas) y que esta señora le había encargado que le iba a comprar”. Otros testimonios describieron a un hombre con un perro en las manos, y otros describieron a Salas hablando con uno de esos sujetos.

La base probatoria también se sustenta en informes policiales, de telefonía (que confirmaron que Vargas utilizó líneas telefónicas registradas a su nombre y prepagas con una “actividad inusual, intercambiando tarjetas SIM de diversas compañías de manera permanente y llamativa”), con impacto en la zona donde residía Salas, a principios de enero.

“Se pudo determinar fehacientemente la utilización de telefonía celular de manera llamativamente sospechosa en general y en particular por haberse comprobado que el día 4 de enero estuvo en la zona con un equipo telefónico que no se corresponde a los numerosos elementos secuestrados en la causa”, dicen los informes. Otro dato llamativo es que el día posterior al hecho consultó la web del diario El Tribuno cuando según se puede comprobar jamás había ingresado a un portal de noticias”. Según el Gabinete de Informática Forense – Depto. de Criminalística del CIF del Ministerio Público Fiscal, tuvo “una conducta atípica en los motores de búsqueda utilizados”, ya que sobre un total de 2672 (dos mil seiscientos setenta y dos) cookies recopiladas en el dispositivo, constan seis registros de visitas a la página web el diario El Tribuno el día 28 de enero de 2017, un día después del crimen.

Sobre Cajal Gauffin

Sobre el imputado Nicolás Federico Cajal Gauffin, se sumaron testimonios, informes médicos y policiales, pericias informáticas y telefónicas, entre otras. Se dio cuenta de que cuando llegó la policía, “su estado era sereno, predispuesto y atento a los detalles solicitados, haciendo siempre hincapié en que su concubina (víctima) habría sido atacada por un ladrón”. El imputado dijo que “los policías le dijeron que lleve a las menores (sus dos hijas, halladas en el baño), al auto para preservar la escena y a él, también le pidieron que se retire de la casa”. No fue detenido.

La alarma

También se suma el informe de la empresa proveedora del servicio de alarmas, que confirman que fue apagada el 26 de enero y restablecida el 30 del mismo mes, sin intervención de los técnicos.

Indica que “no existen constancias que funden la falla de comunicación del sistema GPRS en la alarma instalada en el domicilio de la víctima por sabotaje, ni corte de alimentación y no fue posible la falla por equipos de inhibidores de señal en razón que tanto la víctima como la niñera utilizaron sus equipos de telefónica celular encontrándose en el inmueble…por lo que resulta concluyente que la falla de comunicación registrada en fecha 26 de enero de 2017, víspera del homicidio aconteció al desconectar la antena de la misma; que momentos previos al evento de “falla en comunicación”, Nicolás Cajal se encontraba en el inmueble solo.

Precisa el pedido de elevación a juicio que “Cajal no mencionó ni la existencia de la alarma ni la extraña falla que en la víspera se había registrado, conociendo él la falla producida y su falla en el funcionamiento cuando ocurrieron los sucesos, ya que constan grabaciones registradas por la empresa en las que le comunican que la misma NO estaba funcionando”. Destacan que el servicio fue restablecido el 30 de enero, sin la intervención de equipos técnicos de la empresa

Testigos también señalaron que Cajal Gauffin utilizaba distintos números de teléfono, que no declaró.

Cajal anticipó la hipótesis del “perro”

Otro dato es que un compañero de trabajo del imputado declaró que cuando llegó a Vaqueros, el 27 de enero de 2017, Cajal le dijo “la mataron a mi mujer… por culpa de ese perro de mierda la mataron a mi mujer…”. Es decir, Cajal “señaló al testigo, una circunstancia fáctica vinculada al modo de comisión del hecho, la que no fue conocida sino tiempo después y merced a diferentes tareas investigativas, lo que da cuenta que conocía de antemano información de la mecánica del luctuoso suceso”. La hipótesis de los dos sujetos que aparecieron con un perro, fue elaborada en octubre de 2019.

Los homicidas buscaban un maletín

Otro informe policial pone de relieve que pese a existir una caja fuerte, los causantes se dirigieron directamente hasta un maletín y que por el nivel de preparación, el recorrido interno efectuado, y la metodología registrada, podría haberse tratado de un domicilio “entregado”.

En noviembre pasado, se realizó sobre dicho maletín, la prueba denominada “ejercicio punto a punto”, en la que el trabajo de perros certificados en la búsqueda de divisas, moneda de curso nacional y sustancias estupefacientes, dio positivo para sustancias narcóticas y/o divisas en su interior. La caja fuerte que estaba en el mismo placard, “no fue ni siquiera tocada…y a pesar de su fácil acceso y visibilidad, no fue violentada”.

Se documentó “la ausencia de desorden… y que las evidencias indican claramente que los autores materiales conocían la tenencia de estupefacientes, divisas o moneda de curso nacional en cantidades considerables para los victimarios”.

Los investigadores concluyeron que “el imputado intentó instalar desde los primeros minutos del abordaje policial la teoría de un robo frustrado al azar, omitiendo la sustracción ahora probada en el ejercicio punto a punto”.

Además, consta que Cajal recibió en julio de 2017, un llamado en el que “se hizo referencia expresa a maniobras propias de actividades ilícitas, con terminología utilizada en la jerga del comercio de estupefacientes, donde se asocia el resultado muerte del suceso a vinculaciones con el tráfico de drogas, lo que permite corroborar el contenido del maletín periciado”. Y se señala que “el imputado, nuevamente omitió dar a conocer al personal policial interviniente” esa comunicación.

Contradicción sobre las llaves de Salas

Los fiscales también encontraron una contradicción en la declaración de Cajal Gauffin, cuando dijo que el 27 de enero de 2017, encontró la llave de Jimena en la puerta; cuando la niñera declaró que la mujer la esperó afuera varios minutos porque no tenía la llave de su casa. Y en la presunción de la modificación de elementos del lugar del hecho, dijeron los fiscales que “cuando llegó Cajal, observó el llavero colgado en el alambre al lado de la puerta de ingreso; le sorprendió ver la puerta sin seguridad y el llavero de Jimena en el alambre”.

Según el registro fotográfico, “la llave que se observa colgada en el rombo del alambre tejido no sería el utilizado por Jimena…y el llavero que se encuentra colgado en el alambre, tiene llaves de un vehículo, lo que permite inferir que las llaves pertenecían a Cajal”. También se confirmó la presencia de un tercer llavero.

Los fundamentos de la acusación

Se ubica activamente la presencia e intervención de Sergio Vargas en la etapa previa del homicidio y se advierten actividades en torno a la ubicación del domicilio de la víctima y el ofrecimiento de dos sandalias para niñas, para lograr la precisa localización del domicilio donde residía Salas. Salinas Odorisio y Torres Rubelt, entendieron que la conducta de Vargas consistió en colaborar con los autores materiales del hecho, actuando como identificador o “marcador” del inmueble, y luego de alertante, a los fines de brindar mayor seguridad a los autores del crimen para la perpetración del hecho.

Se verifica luego el empleo de un supuesto perro “extraviado”, ardid a través del cual dos personas, aún no identificadas, ingresan al inmueble, atacan mortalmente a la víctima, resguardan a las menores, y luego, de simular la búsqueda de elementos de valor arrojando un joyero sobre la cama, toman el contenido de un maletín que se encontraba en el interior del domicilio.

En una instancia posterior, signada por la dificultad investigativa para esclarecer el suceso, y para individualizar a los dos sujetos que habrían matado a Salas, se destaca la actitud remisa de Nicolás Cajal. Dicen los fiscales que el imputado “deliberadamente omite brindar información, tergiversa datos, e impide una tarea investigativa eficiente, actitud que supera una mera renuencia y que, a la luz de las circunstancias, ostenta contenido criminal, por aparejar una efectiva obstaculización al proceso investigativo”.

Sobre Nicolás Federico Cajal Gauffin, afirmaron también que “en numerosas oportunidades y desde el comienzo de la investigación el imputado ha manifestado que no se sustrajo elemento alguno de su domicilio, negando la presencia de elementos de valor o susceptibles de ser objeto de robo, lo que determinó que el curso de la investigación siempre se abordara con presunción de un robo frustrado al azar y consecuentemente a una multiplicidad de hipótesis”.

El imputado habría ocultado deliberadamente por motivos a determinar, la existencia de dinero, divisas y/o sustancias estupefacientes, que ahora se sabe que contenía el maletín que estaba el armario de la habitación principal del domicilio. Se comprobó que los autores materiales de quitar la vida a la víctima de manera violenta, ya lastimados, se dirigieron directamente al armario, lo cual fue probado por los rastros biológicos hallados en el maletín.

Agregaron que Cajal Gauffin, tuvo la “decisión de omitir información a la Fiscalía para instalar el supuesto de un robo frustrado”.

Los fiscales entendieron que la omisión de dar a conocer que en el maletín secuestrado de su habitación y que se encontraba semiabierto, contenía dinero tanto nacional como extranjero y sustancia prohibida, es determinante y permite presumir que el imputado no quiso hacer referencia a esta situación porque ello daría paso a que los investigadores lleguen a indagar la procedencia de esos elementos… y con su accionar futuro, al intentar por diversos medios cobrar la póliza de seguro por la muerte de su pareja, Jimena Salas.

Lo cierto es que con esa omisión, logró la acción de ocultar un posible móvil del crimen, una prueba fundamental en la investigación que surgió luego de casi tres años y que pudo y puede cambiar el rumbo de la investigación con las dificultades que implica el paso del tiempo.

Según la autopsia practicada al cuerpo de la víctima, registraba unas 40 puñaladas aproximadamente, registraba signos de defensa y se utilizaron al menos dos armas blancas. Salas falleció por shock hipovolémico por lesiones múltiples por arma blanca. El cuerpo fue retirado por su madre al día siguiente del crimen y cremado el 29 de enero.

Conforman una Unidad Fiscal para dilucidar la actuación de un Magistrado

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo creó una Unidad Fiscal de Investigación para esclarecer los hechos publicados en distintos medios de comunicación, referidas a la actuación del Sr. Juez de la Sala 2 – Vocalía Nº3 del Tribunal de Juicio y de Menores del Distrito Judicial Sur – Circunscripción Metán.

El Procurador consideró que resulta necesario abrir una investigación preliminar a fin de dilucidar la cuestión, atento a las noticias periodísticas publicadas por los distintos medios de comunicación, que estuvieron referidas a la actuación del Sr. Juez de la Sala 2 – Vocalía Nº3 del Tribunal de Juicio y de Menores del Distrito Judicial Sur – Circunscripción Metán, quien habría citado a declarar en distintas causas penales a menores de edad.

La Unidad Fiscal fue conformada esta semana y la integran los fiscales penales Gonzalo Gómez Amado, Nicolás Rodríguez López y Gabriel Alejandro González.

Uno de los casos que trascendió públicamente, fue el de uno de los hijos de la periodista Teresita Frías, de San José de Metán, quien oportunamente denunció amenazas de muerte y distintos hechos de violencia de género, mediática  e institucional en su contra, todos ocurridos en la ciudad del sur. Frías fue recibida por el procurador Cornejo el 29 de enero último y ordenó la conformación de una Unidad Fiscal específica, para profundizar la investigación en torno a sus denuncias.

Entonces, la periodista Teresita Frías relató ante el Procurador los hechos que se vienen registrando en el predio habitacional en el que reside, en el sur provincial, a través de agresiones, insultos, ladrillazos contra las ventanas de su departamento y amenazas de muerte  que vino recibiendo de parte de una pareja vecina y que la víctima vinculó  con su tarea periodística. Precisamente esa pareja, es la que denunció al menor de edad y cuyo caso fue expuesto por distintos medios de comunicación.

Tartagal: Por una nueva imputación, ordenan la detención de la defensora Rosa Díaz

El juez de Garantías 1 de Tartagal, Nelso Aramayo, hizo lugar al pedido del fiscal penal 1 del mismo Distrito, Pablo Cabot, de detención de la defensora oficial Rosa Fabiola Díaz, pero ordenó que antes de hacerla efectiva, se inicie y solicite el allanamiento de su inmunidad ante el Presidente del Jurado de Enjuiciamiento. En este caso, pesa sobre Díaz una nueva imputación por la comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en grado de autora.

El viernes 16 de abril, la defensora oficial Civil Nº 1 de Tartagal, Rosa Fabiola Díaz fue imputada por el fiscal Pablo Cabot por la comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en grado de autora. Esto, a partir de la intervención de la Fiscalía Penal Nº 1 originadas en las actuaciones remitidas por la Procuración General de la Provincia de Salta. Dichas actuaciones se basaron en la denuncia hecha por el defensor general de la Provincia, Pedro García Castiella, ante el Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia, en relación a diversos hechos detectados en el ámbito de la Defensoría Oficial Civil Nº 1, del Distrito Judicial Tartagal. En esa presentación, García Castiella atribuyó a Díaz la presunta comisión de mala conducta, mal desempeño y falta de cumplimiento de los deberes a su cargo. De allí surgió la reiteración de situaciones penalmente relevantes, y encuadrables prima facie en el tipo penal de Incumplimiento de los deberes de funcionario público, cuando se advirtió una cantidad desmedida de trámites pendientes de inicio, y en otros casos, de un sensible abandono e inacción que se tradujo en una ausencia de respuesta a sus asistidos.

Del relevamiento efectuado por la Defensoría General, se obtuvo que entre 2017 y 2020, la Defensoría dejó sin atender más de 250 casos que se encontraban en condiciones de haber sino iniciados.

En su presentación, García Castiella reseñó 150 casos en un listado parcial, ya que el general es de 262, con la descripción de los hechos, su estado y demás información. De los 150 casos de abandono por parte de la defensora Díaz, el fiscal Cabot puntualizó sobre 29, en los que se advierte la inacción en distintas situaciones de gravedad, tales como la falta de respuesta al pedido que una mujer realizó en 2018, para que se inicie un proceso judicial para obtener el cuidado personal unilateral de su hija menor de edad y la supresión del apellido paterno, porque la niña fue víctima de abuso sexual por parte de su padre biológico. O el caso en el que Díaz ignoró en 2016, el pedido de un integrante de una comunidad originaria que intentó iniciar trámites para la tutela de sus sobrinas huérfanas ante el fallecimiento de su madre, ocurrida en condiciones de extrema pobreza. Por la inacción de Díaz, el hombre no pudo acceder a una asignación, subsidio o plan nacional para solventar el cuidado de los niños.

Es decir, la defensora Díaz no inició o postergó casos de cuidado personal, peticiones de guardas judiciales, tutelas, casos de restricción de la capacidad, medidas de protección, pedidos de alimentos o ejecución de alimentos ya regulados, interdictos de recuperar la posesión, promociones de divorcio unilateral y bilateral, peticiones de inscripción de nacimientos y defunciones, rectificaciones de partidas, juicios por cobro de pesos, informaciones sumarias, casos de filiación, de régimen de comunicación, impugnaciones a la paternidad, juicios sucesorios, intervenciones en expedientes de violencia familiar, juicios laborales, medidas autosatisfactivas, pedidos de desalojos, cambios de apellidos y homologaciones. En todos los casos, se contaba con el poder otorgado por el asistido y con la totalidad de la documentación requerida.

En su resolución, el juez Aramayo  consideró acreditado el peligro de entorpecimiento, de acuerdo a los argumentos del fiscal y coincidió en lo sostenido por Cabot, quien expresó que la Defensora Oficial Civil del Distrito Judicial Tartagal puede hacer valer las relaciones de amistad o interés surgidas a partir del cargo que desempeña, con la finalidad de obtener favores personales por parte de otro y en consecuencia, entorpecer la investigación, sea telefónica o personalmente.  Vale mencionar que oportunamente, un funcionario de la Defensoría reveló durante su declaración testimonial que la defensora le pidió extraer documentación de la oficina, cuando la investigación sobre su accionar ya estaba en marcha. La funcionaria ya se encontraba suspendida en sus funciones, en el marco de las actuaciones administrativas iniciadas por la Defensoría General de la Provincia.

Cabe recordar que el 8 de febrero pasado, Rosa Fabiola Díaz, de 40 años, fue imputada por la supuesta comisión del delito de administración fraudulenta de bienes o intereses ajenos, en grado de coautora. Por el mismo delito y también como coautora, fue imputada su hermana, Paola Alejandra Díaz, de 43 años.

La Merced: Intentó robar con un arma falsa y lo detuvieron

El fiscal penal de Cerrillos, Federico Portal,  imputó a Cristian Ariel Tolaba, de 20 años, por la comisión del delito de robo agravado  por el uso de arma de utilería, en grado de tentativa.

La imputación surgió luego de que una empleada de la sede del Instituto Provincial de Salud de ese municipio, denunciara que el pasado martes 20 de abril, alrededor de las 7:55, el acusado ingresó a la oficina con un arma y le dijo que le entregara toda la plata, a lo que la denunciante opuso resistencia con un abrecartas que sustrajo del cajón de su escritorio, lo que asustó al acusado y huyó.

El autor del hecho fue detenido por personal policial, en tanto que la audiencia para declaración del imputado se concretó este miércoles, a través de una videollamada. La fiscalía pidió el mantenimiento de la detención.