Investigan el ataque a dos trabajadores de prensa

La fiscal penal 4, María Eugenia Guzmán, inició de oficio las actuaciones correspondientes a los hechos publicados este domingo, sobre la agresión a un periodista y un fotoperiodista, quienes se encontraban realizando la cobertura periodística de una concentración, en inmediaciones del monumento al General Martin Miguel de Güemes.  

La investigación inició este domingo 13, a través de distintas medidas ordenadas por la fiscal interviniente, después de hacerse públicos los hechos en perjuicio de dos trabajadores de prensa. Una denuncia fue radicada este lunes por el periodista Alexis Miranda, quien fue agredido mientras realizaba una cobertura para el canal América 24. También radicó denuncia el fotoperiodista Javier Corbalán, quien cubría para el diario El Tribuno y recibió agresiones verbales y un escupitazo.

Según consta en la denuncia de Miranda, se encontraba realizando la cobertura mencionada sobre la denominada marcha de “Rebelión Republicana” y desde el inicio, fue víctima de agresiones verbales, hasta que en determinado momento, recibió un golpe de puño en la cara, de parte de un hombre que llevaba un barbijo identificado con “Partido Libertario”.

También precisó que personal policial fue testigo de la situación y que tomaron sus datos personales.

Sistema sanitario: investigan distintos casos de muertes de pacientes

El fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio inició actuaciones de oficio, con el fin de esclarecer las circunstancias en las que fallecieron los pacientes Eduardo Chañe, Gabriel Alejandro Paz, Juan Alberto Agüero y Luis Mendoza.

Entre las primeras medidas dictadas durante los últimos días, Ramos Ossorio solicitó informes al Sistema de Emergencias 911 para verificar si se realizaron llamados para solicitar asistencia; cuántos se efectuaron en cada caso y qué respuestas se dieron.

Otros pedidos de informes fueron dirigidos al Comité Operativo de Emergencias- Central de Operaciones Control y Seguimiento Covid-19 (COCS Covid-19), que centraliza las distintas unidades de mando y comando de las operaciones de emergencia referente a la Covid-19; coordina las acciones con el sistema público y privado de salud, Ministerio de Salud Pública, organismos nacionales, provinciales, municipales y otros.

Además, requirió registros de verificaciones que se hicieron desde el SAMEC-Ministerio de Salud, con concurrencia o no a los domicilios de los pacientes; y a las instituciones sanitarias y organismos de salud, acerca de los pedidos de asistencia y tratamientos médicos dispensados. En el caso de Chañe, también se solicitó la historia clínica al Instituto Médico de Alta Complejidad, IMAC.

En otro sentido, el fiscal inició actuaciones para investigar si existió comisión de delito en un hecho en el que una persona activó el protocolo para Covid-19, luego de requerir asistencia sanitaria públicamente, aunque posteriormente se confirmó que no presentaba ningún síntoma compatible con la enfermedad.

Dictaminan en contra de la empresa que busca participar de la licitación de la higiene urbana de la capital salteña

La fiscal penal 1 de Graves Atentados contra las Personas, a cargo interinamente de la Fiscalía de Impugnación y designada fiscal civil 2, Ana Inés Salinas Odorisio, elevó su dictamen al Juzgado en lo Civil y Comercial 11, en la causa caratulada “Vega Engenharia Ambiental S.A. vs Municipalidad de Salta” y consideró que no corresponde hacer lugar a la demanda de amparo de la empresa.

Las firmas Vega Engenharia Ambiental S.A. constituida conforme las leyes del estado de San Pablo, República Federativa de Brasil y TGLT S.A. promovieron la acción de amparo, en los términos del artículo 87 de la Constitución Provincial en contra de la Municipalidad de la Ciudad de Salta.

En su acción, las empresas pidieron que se declare la inaplicabilidad y/o inconstitucionalidad de los artículos 10 y 11 del Pliego de  Bases y Condiciones Generales de la Licitación Pública Nacional 05/2020, que impide la participación de empresas cuyos antecedentes a ser presentados no correspondan a servicios prestados en el territorio nacional y se trate de empresas constituidas en el extranjero.

Además, pidieron que se permita a la actora participar como oferente en el proceso licitatorio, en igualdad de condiciones que el resto de los participantes nacionales y que se ordene a la demandada la readecuación del los plazos del procedimiento licitatorio.

La fiscal Ana Inés Salinas Odorisio sostuvo que la acción de amparo fue concebida como un remedio constitucional, cuyo ejercicio está reservado para neutralizar los efectos de las decisiones, actos u omisiones, arbitrarios o ilegales de la autoridad o de particulares que afecten los derechos subjetivos o desconozcan garantías constitucionales.

Por otra parte, la Constitución Provincial no requiere la ausencia de otro medio judicial o administrativo más idóneo para habilitar su procedencia. Sin embargo, la Corte de Justicia de Salta, siguiendo a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, considera que el amparo es un remedio excepcional y heroico, que solo procede si, ante la ineficacia de las vías procesales ordinarias, es el único medio apto para reparar un daño concreto y grave.

El argumento de las amparistas

En relación a los argumentos de las amparistas, la actora y empresa brasileña con sede en San Pablo y sucursal en la República Argentina, promovió la acción de amparo contra un acto de la autoridad pública local, que estimó discriminatorio por excluir a toda empresa extranjera de la posibilidad de participar en la licitación pública para la prestación de los servicios de higiene urbana de la Ciudad de Salta.

Además, cuestionó la constitucionalidad de los artículos 10 y 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. El primero establece que cuando los oferentes sean personas jurídicas, las sociedades deben ser regularmente constituidas en el país con una antigüedad mínima de ocho años.  Por su parte, el artículo 11 regula en siete incisos los impedimentos para ser oferentes. El inciso. “g” alude, puntualmente, a las empresas constituidas en el extranjero. 

Los actores, sostuvieron que tales normas, contravienen leyes de mayor jerarquía como la Ley 21.382 de Inversiones Extranjeras, que en su artículo 1 promueve el trato igualitario en relación a los inversores nacionales y la Ley 26.443 que aprobó el Protocolo de Contrataciones Públicas del Mercosur, que asegura un tratamiento no discriminatorio en el proceso de contrataciones efectuadas por las entidades públicas.

La razón social Vega Engenharia Ambiental S.A. con domicilio legalmente constituido en la calle Maipú 133, Piso 10º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentra inscripta en la Inspección General de Justicia en fecha 19 de julio de 2014, bajo el Nº817, Libro 60, Tomo B de Estatutos Extranjeros.

La ley 21.382 de inversiones extranjeras dispone en el artículo 1 que los inversores extranjeros que inviertan capitales en el país en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 3 destinados a la promoción de actividades de índole económica, o a la ampliación o perfeccionamiento de las existentes, tendrán los mismos derechos y obligaciones que la Constitución y las leyes acuerdan a los inversores nacionales.

Dicha norma, de alcance general y de aplicación en todo el territorio de la República Argentina, representa un norte para adecuar las regulaciones normativas de jerarquía inferior a dicha norma.

El artículo 11, inciso f del Pliego de Bases y Condiciones Generales, representa un criterio constitucional para  acceder al proceso licitatorio.  Además, tal norma insta a los oferentes a acompañar con su presentación, una declaración jurada en la que expresen no encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias señaladas, de forma que la amparista se encontraba en condiciones de formular la vía administrativa para cuestionar tal exigencia.

Por último, la fiscal Salinas Odorisio, citó jurisprudencia y consideró que si bien el pliego licitatorio puede establecer quiénes pueden acceder a al proceso y quiénes están vedados de hacerlo, el límite se encuentra en que la causa de exclusión resulte «legítima».

El derecho subjetivo del adquirente de pliego, para poder ingresar su propuesta, sólo puede reglamentarse de manera acorde a derecho.

“Lo que acontece en el supuesto de autos, dado el impedimento ilegal de acceder al mismo a las empresas extranjeras; entiendo que, dicha cláusula no se aparta de la razonabilidad, encontrándose dentro de las facultades que la demandada puede fijar en un margen de discrecionalidad propias del órgano administrativo”, finalizó Salinas.

Hoy, charla informativa sobre el posgrado de Actualización en “Cibercrimen y Evidencia Digital”

La Procuración General de la Provincia de Salta en coordinación con la Universidad de Buenos Aires – Facultad de Derecho, invita a todas las interesadas e interesados, a la transmisión en vivo de la charla informativa del Curso de Posgrado de Actualización en “Cibercrimen y Evidencia Digital”. Se ofrecerá este lunes 7 de septiembre, desde las 18:30.

La participación será gratuita y podrá seguirse a través del siguiente link: https://youtu.be/ftD90IklCCE

La presentación estará a cargo del procurador general de la Provincia, Abel Cornejo; el subsecretario académico de la Facultad de Derecho de la UBA, Lucas Bettendorf y el director del Posgrado de Cibercrimen y Evidencia Digital, Marcos Salt.

Serán moderadoras la secretaria letrada de la Procuración General, Sofía Cornejo y la coordinadora Informática de la Procuración, Patricia Aballay.

El curso de posgrado de Actualización “Cibercrimen y Evidencia Digital”, coorganizado con la Universidad de Buenos Aires, se dictará  desde el miércoles 16 de septiembre próximo, bajo la modalidad virtual 

Feria Extraordinaria: Fiscales afectados hasta el 11 de septiembre

En el marco de la Feria Judicial Extraordinaria y las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y la Corte de Justicia de Salta, dada la delicada situación epidemiológica existente y la confirmación de circulación viral comunitaria en el departamento Capital, el Ministerio Público Fiscal reorganizó los recursos humanos con el fin de garantizar el acceso ciudadano a la justicia, la salud de la totalidad del personal y de la comunidad.

Las medidas excluyen al Distrito Judicial Sur – Metán (que comprende los departamentos Metán, Rosario de la Frontera y La Candelaria) y el Distrito Judicial Sur – J.V. González, que comprende el departamento Anta.

Para todas las demás dependencias del MPF de la Provincia, se reiteró la vigencia del Sistema Informático de Escritos Web para favorecer la presentación de escritos al Ministerio Público, por parte de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial; abogados particulares matriculados en el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia; y entre Magistrados y/o Funcionarios del Ministerio Público entre sí. Se accede a través del sitio: https://escritos.mpublico.gov.ar

El acceso a los edificios está restringido sólo para quienes deban cumplir trámites procesales y administrativos estrictamente necesarios.

Cronograma para cubrir Audiencias de Imputación de presos

Distrito Judicial Centro

  • 03/09/2020: Dr. Leandro Flores.
  • 04/09/2020: Dra. Cecilia Flores Toranzos.
  • 05/09/2020: Dr. Federico Portal – Dr. Ezequiel Molinatti – Dr. Gustavo Torres Rubelt.
  • 07/09/2020: Dr. Gabriel González – Dr. Ramiro Ramos Ossorio – Dr. Facundo Ruiz de los Llanos.
  • 08/09/2020: Dra. Gabriela Buabse.
  • 09/09/2020: Dra. Elisa Pérez.
  • 10/09/2020: Dr. Santiago López Soto.
  • 11/09/2020: Dra. Verónica Simensen de Bielke.

Dependencia habilitada en la Unidad de Graves Atentados contra las Personas (GAP).

Fiscalía Penal de Cafayate

Feria extraordinaria completa: Dra. Sandra Graciela Rojas.

Distrito Judicial – Orán – Fiscalías Comunes y Especializadas

03/09 al 11/09/2020: Dra. Mónica Viazzi – Dra. Soledad Filtrín.

Fiscalía Penal Pichanal

Feria extraordinaria completa: Dra. Sofía Fuentes.

Distrito Judicial – Tartagal – Fiscalías Comunes y Especializadas

03/09 al 11/09/2020: Dra. Lorena Martínez

03/09 al 11/09/2020: Dr. Pablo Cabot

Fiscalía de Salvador Mazza

Feria extraordinaria completa: Dr. Jorge Armando Cazón          

Fiscalía de Embarcación

Feria extraordinaria completa: Dra. Gabriela Souto

COORDINACIÓN DE FISCALES

DR. PABLO ALEJANDRO RIVERO

DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO

FISCALÍA DE CORTE Nº 1 y 2 Y FISCALÍA DE CAMARA CIVIL, COM. Y LABORAL

EDUARDO ALBERTO SYLVESTER

SECRETARÍA LETRADA

GONZALO FERNANDEZ SABATE

MARCELA DAVALOS

SUMARIANTE

MARIA LORENA DEL CURA

FISCALÍA CIVIL, COM. Y LABORAL N° 1° Y 2°

RODRIGO MARTÍN ERAZO SCHMIDT

SECRETARIAS LETRADAS

PATRICIA CABERO SANTAMARIA

BLANCA PUCHETA

DANIELA FRANCO

SUMARIANTE

NORA FIGUEROA NAVAMUEL

DELFINA JÁNDULA

OSCAR VARGAS

FISCALÍA DE IMPUGNACIÓN Nº 1, 2 y 3

ANA INÉS SALINAS ODORISIO

AUXILIARES FISCALES

KARINA HOLMQUIST MOREIRA

SUMARIANTE

ALEJANDRA CORNEJO

RAQUEL DEL VALLE DIAZ

FISCALIA DE DERECHOS HUMANOS

VERÓNICA SIMESEN DE BIELKE

AUXILIAR FISCAL

CELINA MORALES TORINO

SUMARIANTES

MARIANA IBAÑEZ

ANA LAURA SALAZAR

UNIDAD DE DELITOS ECONÓMICOS COMPLEJOS

LEANDRO JOAQUÍN FLORES

AUXILIAR FISCAL

CLAUDIA GERALDINA ABRAHAM

SUMARIANTES

MARIA VIRGINIA ACUÑA

BURGOS LAURA MERCEDES

IVÁN RODRIGO JAIME

FISCALIA PENAL CERRILLOS Y FISCALÍA PENAL ROSARIO DE LERMA

FEDERICO GABRIEL PORTAL

AUXILIAR FISCAL

VALERIA TANJILEVICH

ANALIA ALISIO

SUMARIANTES

ALBERTO CORNEJO

VERONICA VANESA DIAZ

ANTONIETA ARAMAYO SILADJI

EDGARDO DONELLI

VERONICA PATRON URIBURU

FRANCO FIGUEROA WAYAR

FISCALIA PENAL DE DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL N° 1, 2 y 3

FEDERICO OBEID

RODRIGO GONZÁLEZ MIRALPEIX

MARÍA CECILIA FLORES TORANZOS

AUXILIARES FISCALES

VERONICA PATRICIA SALCEDO 

FEDERICO GONZALO VALE

SILVIA L. PALIZA

SUMARIANTES

ROXANA DURAND

SERGIO SUFFI

SILVINA RIZZOTI

MARÍA EMILIA BRAVO HERRERA

VERONICA CAROLINA JEREZ SALAZAR

LORENA ISABEL BASSO

EQUIPO TÉCNICO – PROFESIONALES

CECILIA LEIVA

PAOLA PERETTO

ANDREA VILLARREAL

FISCALÍA PENAL DE MENORES Nº 1 Y 2 y FISCALIA DE TRANSICIÓN

NADIA LORENA CRUZ

AUXILIARES FISCALES

ANDREA VERÓNICA BARRIONUEVO

NORMA ELENA MARTÍNEZ

SUMARIANTES

MARIA ANASTACIA CANEPA

MARÍA INÉS CASTRO

MARIA FLORENCIA ROJO

OMAR ALFREDO MOLINA

NORMA CLAUDIA REINOSO

MERCEDES RUIZ DE LOS LLANOS

IRMA BEATRIZ GOMEZ

FISCALÍAS PENALES DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

1-CLAUDIA N. GERIA

2-FACUNDO RUIZ DE LOS LLANOS

3-GABRIELA R. DÁVALOS

4-ELISA V. PÉREZ

5-LILIANA JORGE

AUXILIARES FISCALES

1-MARIA MERCEDES DE LA CUESTA

2-NATALIA SARAVIA LIZONDO

3-MARCOS VEGA ORTIZ

4-RAQUEL BARRIONUEVO MERLANI

5-ANDREA BETIANA GÓMEZ 

SUMARIANTES

MÓNICA MABEL COPA

TOMAS ALVARADO RIVERA

MARIA IRMA SOSA

MARÍA ELENA PEREIRA

PABLO DIAZ

SERGIO TERÁN

DEBORA JUDITH CARRASCO

GRACIELA DEL VALLE MAURELL

FLORENCA DIAZ PERGHER

VIRGINIA ALONSO BUDIÑO

EQUIPO TÉCNICO – PROFESIONALES

2-MARIA FERNANDA LERMA

3-CAROLINA TEJERINA

4-SILVANA BEATRIZ LIZARRAGA

5-CAROLINA TEJERINA

FISCALÍA PENAL GENERAL GÜEMES

GABRIEL ALEJANDRO GONZÁLEZ

AUXILIAR FISCAL

FERNANDA JORGE ROYO

SUMARIANTES

MAGDALENA VARGAS

GABRIEL TULA

FISCALÍA PENAL N° 1

PABLO RODRIGO PAZ

AUXILIAR FISCAL

MARIANA LECUONA DE PRAT

SUMARIANTES

GUADALUPE ROMERO

MARIA PIA PONCE DE LEON

FISCALÍA PENAL N° 2

MÓNICA S. POMA

AUXILIAR FISCAL

DANIEL GAVEZ

SUMARIANTES

MONICA VILLARREAL

JOSEFINA DAVALOS RUBIO

FISCALÍA PENAL N° 3

HORACIO CÓRDOBA MAZURANIC

AUXILIAR FISCAL

ALEJANDRO CAMPOCCIA

SUMARIANTES

MARIELA GONZALEZ

ROSA ZANGARA

FISCALÍA PENAL N° 4

MARÍA EGUENIA GUZMÁN

AUXILIAR FISCAL

MARIA EUGENIA LÓPEZ AHANDUNI

SUMARIANTES

MARCELO ESTEBAN ROMERO

MARTIN ATENCIO

FISCALÍA PENAL N° 5

GABRIELA BUABSE

AUXILIAR FISCAL

MARIANELA SÁNCHEZ HULET

SUMARIANTES

NICOLAS ESNAL

FATIMA GIL

FISCALÍA PENAL N° 6

MARCOS EZEQUIEL MOLINATI

AUXILIAR FISCAL

MARIA LUJÁN CARRIZO

SUMARIANTES

JORGE AMADO SKAF

ELIANA GUADALUPE SÁNDEZ

FISCALÍA CIVIL Y PENAL CAFAYATE

SANDRA GRACIELA ROJAS

AUXILIAR FISCAL

MARTÍN MARCHETTI

SUMARIANTES

FLORENCIA CUSSI

FLORENCIA NACIF

DELEGACIÓN FISCALÍA PENAL CACHI

AUXILIAR FISCAL MARÍA DE LOS ÁNGELES JUÁREZ MATTAR

SUMARIANTE

NATALIA VERDÚM

UNIDAD DE GRAVES ATENTADOS CONTRA LAS PERSONAS

1-ANA INÉS SALINAS ODORISIO

2-RAMIRO RAMOS OSSORIO

3-GUSTAVO TORRES RUBELT

AUXILIARES FISCALES

1-PATRICIA UCHINO

2-NICOLÁS ALONSO LÓPEZ

3-MARÍA JORGELINA BRANDON SUÁREZ

SUMARIANTES

LUCÍA JERÉZ

DAIANA PAZ

IGNACIO CARRIZO

BRENDA VALERGA

GABRIELA DEL CURA

CAMILA RUIZ DE LOS LLANOS

DELIA PAZ SARAVIA

UNIDAD FISCAL CONTRA LA NARCOCRIMINALIDAD (UFINAR)

SANTIAGO J. LÓPEZ SOTO

AUXILIAR FISCAL

JOAQUIN COSTELLO

SUMARIANTES

GISELLA MARISOL TULA

FEDERICO BALBI

UNIDAD CONTRA ROBOS Y HURTOS

PABLO A. RIVERO

AUXILIAR FISCAL

CRISTIAN MEDINA

SUMARIANTE

MARTÍN NICOLÁS MONTERO BANDUR

LUCAS LÓPEZ CASANOVA

UNIDAD FISCAL CONTRAVENCIONAL

GABRIELA MARÍA BUABSE

SECRETARIO LETRADO

HERNAN BLANQUEZ

SUMARIANTE

DANIELA ZULETA

OFICINA DE ORIENTACIÓN Y DENUNCIA PROFESIONALES – SAVIC

BLANCA GRACIELA CARI

EQUIPO PROFESIONAL   

FERNANDA CARECCHIO

LAURA FLORES

SUMARIANTES

MARÍA BELEN BORDÓN

MARÍA JOSÉ MARTINEZ

SOLEDAD RACEDO

CÁMARA DE OBSERVACIÓN – SALTA (CCTV)

SUMARIANTE

MARIANO FEDERICO ALBARRACÍN

CENTRO DE MEDIACIÓN

DIRECTORA NANCY VALENCIA DONAT

MEDIADORES

EMILIO VITTAR

ROQUE LÓPEZ HINOJO

CAROLINA RADZIWILUK

JOSÉ OSCAR OTERO 

MARÍA GABRIELA AGOLIO

CYNTHIA ALFONSÍN

RAQUEL SARAPURA 

SERGIO ARCH GUERRERO

SILVANA LIENDRO

NATALIA VELÁZQUEZ

VIVIANA SOSA

MARÍA CECILIA PÉREZ

MARÍA LAURA PAVICHEVICH

DISTRITO JUDICIAL SUR – CIRCS. METÁN, ROSARIO DE LA FRONTERA Y ANTA – MODALIDAD PRESENCIAL DISPUESTA POR  RESOLUCIÓN Nº 1072/2020 CON PERSONAL INCLUIDO EN LA PRESENTE

FISCALÍA CIVIL, COM., PENAL Y LABORAL N° 1 Y N° 2

GONZALO GÓMEZ AMADO

AUXILIARES FISCALES

JULIO BRANDÁN

JULIANA LEAVY

SUMARIANTES

FABIAN ANDRES LÓPEZ

SANTIAGO JESUS ANCELY

ANALÍA CARDOZO

MARIA FLORENCIA LEDESMA

FISCALÍA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

SUSANA ESTELA REDONDO TORINO   

AUXILIARES FISCALES

JULIANA LEAVY

SUMARIANTES

KAREN QUIROGA

CLARA ROJAS

EQUIPO PROFESIONAL

RAMONA ÁLVAREZ

DANIELA TORREGROSA

FISCALÍA PENAL DE ROSARIO DE LA FRONTERA

NICOLÁS RODRIGUEZ

AUXILIARES FISCALES

CAROLINA SALAS

SUMARIANTES

NANCY NOEMI TROICHUK

ROMINA MERIN

EXEQUIEL ANTONIO MONTERO

EQUIPO PROFESIONAL

YONE DEL VALLE CRUZ

MÓNICA ROMÁN

SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

PAOLA ANDERS

SAVIC

DANIELA TORREGROSA

SECRETARÍA CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL

SECRETARIA LETRADA

CANDELARIA LÓPEZ

SUMARIANTE

LORENA DÍAZ

CENTRO DE MEDIACIÓN

MARÍA DE LOS ÁNGELES PÁEZ

FISCALÍA PENAL – JOAQUIN V. GONZALEZ

CELESTE GARCÍA PISACIC

AUXILIARES FISCALES

MARÍA LUCIANA MOYANO

ROLANDO FABIÁN SAVALL SOTO

MARCELA LILIANA ELÍAS

YONNY ELIZABETH ZIGARÁN

SUMARIANTES

ANAHÍ MEDINA

WALTER RAFAEL ÁLVAREZ MOLINA

DIONISIA ORELLANA

ADRIANA JAUREGUI

SEBASTIÁN OCHOA

ROCÍO BELÉN ESPICOGNA

DISTRITO JUDICIAL ORÁN – MODALIDAD DISPUESTA POR RESOLUCIÓN Nº 1062/2020 y para diligencias presenciales se encuentra habilitado el personal incluido en la presente.

UNIDAD DE GRAVES ATENTADOS CONTRA LAS PERSONAS

CLAUDIA MARÍA CECILIA CARRERAS

AUXILIAR FISCAL

MARÍA ELIA BERNAD

SUMARIANTES

ANDRÉS ARIAS

PAMELA FERREYRA

FISCALIA PENAL Nº 1, FISCALIA PENAL N° 2 Y FISCALIA PENAL N° 3

DANIELA A. MURÚA (Fiscalía Penal N° 1)

MÓNICA A. VIAZZI   (Fiscalía Penal N° 3 y Fiscalía Penal N° 2)

AUXILIARES FISCALES

RODRIGO GUERRA ABREGÚ

RAMIRO MORIZZIO

RAMIRO TEVEZ CAÑETE

SUMARIANTES

JORGE M. TOLOSA NADRA

ASUNCIÓN WENDELL 

MARIANELA MARTÍN

SAÚL PEREZ

ALEJANDRA PORTILLO

ALEJANDRA CARRATALA

FISCALIA CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL

MARCELA DE LOS ÁNGELES FERNÁNDEZ

SUMARIANTE

MARIA DEL HUERTO PAZ DE OBRADOR

FISCALIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

MARÍA SOLEDAD FILTRÍN CUEZZO

AUXILIAR FISCAL

CARLOS A. SALINAS

SUMARIANTES

JOSE LUIS PONS

FRANCO NIEVA 

EQUIPO TÉCNICO – PROFESIONALES

MARIA DE LOS ANGELES PEREZ

SOLEDAD MERCADO

FISCALIA PENAL PICHANAL – COLONIA SANTA ROSA

MARIA SOFÍA GUIOMAR FUENTES

AUXILIARES FISCALES

ROGELIO FERNÁNDEZ

SILVIA FORTI

SUMARIANTES

ALBERTO UBIERGO

JUAN GUTIÉRREZ

ROMINA ARIAS

SAVIC

MARÍA DE LOS ANGELES PÉREZ

DERECHOS HUMANOS

RODRIGO GUERRA ABREGÚ

SUMARIANTE

ENZO PASCUAL PORCARA

CENTRO DE MEDIACIÓN

MARÍA LAURA PAVICHEVICH

DISTRITO JUDICIAL TARTAGAL – MODALIDAD DISPUESTA POR RESOLUCIÓN Nº 1062/2020 y para diligencias presenciales se encuentra habilitado el personal incluido en la presente

FISCALÍA PENAL Nº 1 y FISCALIA PENAL N° 2

RAFAEL MEDINA

AUXILIARES FISCALES

JIMENA BAIGORRIA

SUMARIANTES

PATRICIA MOLINA

MILTON ARAMAYO

VERÓNICA AZURMENDI

JAVIER ONTIVEROS

FISCALIA GRAVES ATENTADOS CONTRA LAS PERSONAS

PABLO CABOT

AUXILIARES FISCALES

JOSEFINA CALVO

SUMARIANTES

DOLORES AGUILERA

JOSEFINA CIMADEVILLA

FISCALIA VIOLENCIA FAM. Y DE GÉNERO

MARÍA LORENA MARTÍNEZ (completa)

AUXILIAR FISCAL

JORGE SALEM

SUMARIANTES

LIDIA ABÁN

VALERIA CAPURRO

ESTHER ALICIA CUELLAR

EQUIPO TÉCNICO – PROFESIONAL

GRISEL GUERRERO PALMA

FISCALÍA CIVIL, COM. Y LABORAL

PABLO CABOT

SECRETARIA LETRADA

BETIANA GISEL BRITEZ

SUMARIANTE

FEDERICO FIUME

FISCALÍA PENAL EMBARCACIÓN

GABRIELA SOUTO

AUXILIARES FISCALES

VALERIA ALEJANDRA DAVID CABRAL

SUMARIANTES

CRISTIAN CUELLAR

JULIÁN MOLINA

FISCALÍA PENAL SALVADOR MAZZA

JORGE ARMANDO CAZÓN

SUMARIANTES

LUCIA DANIELA ALBORNOZ GELATI

FERNANDO BARROS

SAVIC

KARINA MAIDANA

DERECHOS HUMANOS

JIMENA BAIGORRIA

CENTRO DE MEDIACIÓN

MARÍA CECILIA PÉREZ

Se negó a retirarse de una fiesta y recibió un disparo

Un hombre de 19 años recibió un disparo en la zona del tórax cuando participaba de una reunión con ingesta alcohólica en barrio Apolinario Saravia de la ciudad de Salta. Por el hecho hay dos detenidos que ya fueron imputados por la tentativa de homicidio.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en turno, Ana Inés Salinas, investiga un hecho ocurrido la madrugada de este domingo en barrio Apolinario Saravia, zona Sudeste de la ciudad de Salta, donde un joven de 19 años recibió un disparo en la zona del tórax.

De las tareas investigativas desplegadas, se pudo saber que la víctima participaba de una reunión con ingesta de bebidas alcohólicas en una casa ubicada en calle Lago Dulce al 3000 y que en determinado momento, fue expulsado con otras cinco personas por el dueño de casa, identificado como Mario Gustavo Vázquez.

Se inició así una gresca, por lo que Vázquez tomó un arma de fuego y realizó un disparo al suelo para disuadir a los violentos expulsados. Otro de los invitados, identificado como Mario Alberto Burgos, le arrebató el arma y le disparó a Guillermo Daniel Mamaní en la zona del tórax.

En medio de incidentes, se hizo presente personal policial y debieron trasladar al herido hasta el centro de salud de Villa Lavalle, desde donde fue llevado en ambulancia al hospital San Bernardo. La víctima fue intervenida quirúrgicamente y permanece internado.

En la vivienda de Vázquez se logró secuestrar un arma de fuego larga oculta en un vehículo y que según los testigos, fue la empleada para disparar a Mamaní.

Mario Gustavo Vázquez de 36 años y Mario Alberto Burgos de 37 años, fueron imputados este lunes como coautores del delito de tentativa de homicidio calificado por el uso de arma de fuego.

Tras la imputación, Salinas Odorisio solicitó al Juzgado de Garantías en turno que se mantenga la detención de los acusados mientras se completan diversas medidas solicitadas.

Investigan amenazas dirigidas a un fiscal

El fiscal penal 1, Pablo Rodrigo Paz, investiga la denuncia radicada por una persona del entorno familiar del fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio.

Según consta en la denuncia radicada por una familiar del fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio, el viernes último recibió una llamada, realizada por una mujer que no se identificó, a pesar de la insistencia de la consulta.

Durante el llamado, la mujer preguntó sobre la relación con el fiscal en cuestión y le pidió que le avisara que “la va a pasar muy mal y que se cuide”. La misma mujer amenazó también a quien recibió el llamado y le advirtió que “también se cuide”.

El delito de amenazas tiene lugar cuando una persona informa a otra acerca de su intención de generarle algún mal. Está previsto en el artículo 149 bis 1er. párrafo del Código Penal Argentino, el cual asigna una pena de prisión de seis meses a dos años para quien impartiere amenazas con el fin de alarmar o amedrentar a una o más personas. La pena se elevará (de uno a tres años de prisión) siempre que se utilizaren armas para cometer este delito, o si las amenazas realizadas fueran anónimas.

COVID-19: Disponen Feria Judicial Extraordinaria en el MPF por circulación comunitaria

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, ordenó la Feria Judicial Extraordinaria  en el ámbito del Ministerio Público Fiscal de la Provincia, a partir de las cero del 27 de agosto y hasta el 2 de septiembre inclusive. La posibilidad de prórroga por igual período, se evaluará según la evolución de la situación epidemiológica provincial.

Como lo hizo el organismo desde el inicio del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, -salvo en las etapas que permitieron flexibilizaciones-, la totalidad de fiscales, funcionarias y funcionarios y personal, trabajan en forma remota y están a disposición telefónicamente durante las 24 horas. La atención al público se restringirá  totalmente a partir de este jueves.

La Resolución 1079 establece también que cuando lo requieren las necesidades del servicio, por audiencias, personas presas y otras situaciones, las funcionarias y funcionarios deberán concurrir a las oficinas para la articulación de las diligencias procesales, conforme el cronograma de guardias rotativas establecido. Además, quedó establecido que las y los fiscales, asumirán la vista de sus intervenciones de acuerdo a ese cronograma y deberán verificar en los Juzgados de Garantías habilitados, la necesidad de los actos procesales que se requieran.

El mismo texto exhorta a todas las personas integrantes del Ministerio Público Fiscal al estricto cumplimiento del aislamiento social y preventivo en el ámbito de sus incumbencias y responsabilidades, como de todas las medidas de prevención e higiene emanadas por las autoridad sanitaria local, para evitar cualquier tipo de situación que pueda generar atisbos o principios de contagio en sus ámbitos de actuación.

Es que frente a las circunstancias excepcionales que está atravesando la sociedad, resulta imprescindible que el Ministerio Público Fiscal asegure su capacidad de adaptar los recursos materiales y humanos que sean necesarios para responder a las contingencias que el presente contexto sanitario genera en todo el país y en especial, en la provincia. Por ello, desde el 20 de marzo pasado, se articuló un esquema de trabajo esencialmente dinámico y sujeto a la permanente evaluación y adecuación en su funcionamiento. Todo ello, en consonancia con las recomendaciones sanitarias vigentes, lo que permitió además garantizar la prestación del servicio de justicia.

Y hoy, la Procuración General se encuentra obligada a adoptar decisiones indispensables, con la urgencia y premura que demanda la coyuntura sanitaria local, a partir de las últimas declaraciones de circulación viral comunitaria de Covid-19 de la Ministra de Salud y su par, el Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y las medidas restrictivas del Comité Operativo de Emergencia.

Covid-19: Acerca de la preservación del personal y la comunidad ante la nueva normalidad sanitaria

Ante la difícil situación epidemiológica que atraviesa la Provincia de Salta como consecuencia de la pandemia mundial COVID 19 y debido a que solamente con  la responsabilidad plena y la solidaridad de la ciudadanía en su conjunto se podrán sortear y superar los delicados problemas de salud que nos afectan, el Ministerio Público Fiscal encuentra propicio llamar a la reflexión sobre declaraciones vertidas en un marco de extrema gravedad, en el cual sólo son posibles acciones en conjunto para poder paliar una crisis sanitaria que no reconoce precedentes.

En ese sentido, desde el 20 de marzo pasado, cuando empezó el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), dispuesto por Decreto N° 297/20, la Procuración General realizó diferentes gestiones para preservar a magistradas y magistrados, funcionarias y funcionarios y todo el personal del Ministerio Público Fiscal, algunas incluso en soledad. No solamente suspendiendo las actividades y estableciendo el trabajo en forma remota, sino preocupándose cotidianamente para intentar resolver las diferentes situaciones que se han producidos a lo largo de estos meses donde ciudadanas y ciudadanos debieron recluirse y apartarse de su vida normal, adoptándose nuevos parámetros de normalidad. Todas las medidas adoptadas por la Procuración General de la Provincia, pueden leerse en este sitio, donde fueron publicadas cada vez que se resolvieron.

Así es que se realizó un convenio de cooperación con el Ministerio de Salud de la Provincia; se proveyó de trajes especiales al Hospital del Milagro y se hizo un público reconocimiento a las autoridades sanitarias de la Provincia y al personal de la salud en su conjunto, ante el enorme esfuerzo que vienen realizando ante un virus que no conoce pausas ni fronteras. Particularmente, es dable agradecerle al cuerpo médico del Ministerio Público que trabajó a destajo, sin descanso, pausa ni medida, para atender en forma personalizada cuantas veces fue requerido y se paralizaron de inmediato las actividades de las dependencias donde se constataron casos sospechosos de Covid-19.

Por ello es que se exhorta, en un momento crítico que requiere el esfuerzo del conjunto, a deponer actitudes personales y que todos los poderes públicos nos sumemos en un esfuerzo superador, para poder salir airosos de una pandemia que debe unirnos y abroquelarnos para evitar su expansión y sus daños que tanto dolor  y aflicción causan a la sociedad.

Cheques por más de 23 millones y contaminación ambiental: amplían la imputación contra el exintendente de Pichanal

La fiscal penal Mónica Araceli Viazzi, amplió la imputación contra el exintendente de Pichanal, Julio Antonio Jalit, quien se encontraba imputado desde 2019 por supuesto enriquecimiento ilícito. Este lunes, se le imputaron también los delitos de estafa por fraude a la administración pública; negociaciones incompatibles con la función pública; peculado de servicios, todos hechos de forma reiterada; enriquecimiento ilícito reiterado; utilización de residuos peligrosos que contaminaron de un modo peligroso para la salud el suelo, el agua, la atmósfera y el ambiente en general; omisión maliciosa de presentar y por falsear u omitir insertar datos en las declaraciones juradas patrimoniales y fraude a la administración pública por administración infiel, en concurso real.

Jalit se presentó este lunes en la Fiscalía y anticipó que declarará por escrito. Además, la fiscal Viazzi citó a otras ocho personas, que serán imputadas por distintos delitos, entre este martes 25 de agosto y el martes 1 de septiembre próximo. De distintas manera, habrían participado en las maniobras fraudulentas que encabezó Jalit.

Viazzi decidió también imputar al extesorero municipal, Ricardo Murúa Enrique, por el delito de coautor del delito de estafa por fraude por ser en perjuicio de la administración pública, (hechos reiterados); y a César Gómez, (propietario de Mirador Servicios), como partícipe necesario de los delitos el delito de peculado de servicios y estafa por fraude en perjuicio de la administración pública (hechos reiterados). En tanto, a  Luis Enrique Juárez (propietario de Servicios Generales Victoria); Renzo Reynaldo Ruiz (Contador Público Nacional), Sergio Daniel Castillo Jalit, (empresario); Sergio Castillo (empresario);  Leonardo Darío Macaron y Lilia Amanda Klarmann, los imputará como participes necesarios del delito de estafa por fraude por ser en perjuicio de la administración pública (hechos reiterados).

Entre otros hechos, de la investigación surgió que el exjefe comunal emitió casi 1400 cheques irregulares, que sumarían más de $23.000.000 aproximadamente. El dato se suma a lo dicho en el primer decreto de imputación, en el que se señaló que Jalit “tuvo un incremento significativo de bienes desde el inicio de su gestión hasta su cese, de los ingresos derivados de la inyección de fondos de origen espurio e ilegal”.

En base a la documentación recabada de entidades bancarias, juzgados de Minas y otras fuentes de la investigación, la fiscal entendió que Jalit incurrió en el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, ya que autorizó la salida de fondos, órdenes de pago y cheques y otros, que representaban a los intereses de empresas co-contratantes (CEJOTA- FARMACIA RIVADAVIA- ASTILLERO SRL, SOCIEDAD DE HECHO JALIT- CASTILLO), y no a la entidad pública estatal que representaba.

Es que de los elementos de convicción colectados surgió que al menos durante 2014, 2017, 2018 y 2019, el exintendente Jalit, conjuntamente con el tesorero Ricardo Murúa, emitió 1.394 cheques, que totalizan la suma de $ 23.494.711,00 (veintitrés millones cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos once pesos). Los montos y cantidades son estimativos, porque resta ampliar la pericia contable y verificar otros años de la gestión en el Municipio de Jalit, entre 2003 y 2019, porque constan en la causa numerosos cheques que habrían sido librados de forma irregular o ilegítima.

Sobre Ricardo Murúa, se sabe que formó parte de las maniobras para beneficiar a Astillero SRL, ya que desde diciembre de 2015, firmó todos los cheques. También firmó cheques en beneficio propio o de sus familiares.

Acerca de Servicios Generales Victoria y El Mirador, de propiedad Cesar Gómez y Luis Enrique Juárez, respectivamente, la funcionaria estimó que prestaron sus nombres a fin de aparecer como dueños de empresas unipersonales que ni siquiera declaraban ingresos en AFIP, pero figuraban en libros, bancos, órdenes de pagos, de compra y facturas, como encargados de realizar obras públicas. Pero, en realidad los montos dinerarios dispuestos por Jalit y Murúa a través de cheques, eran negociados o percibidos por Astillero SRL.

Además, Juárez y Gómez cobraban haberes en relación de dependencia con el Municipio. Sin embargo, Gómez no trabajaba y solo iba a cobrar mensualmente. En cambio, sí se desempeñaba en las empresas rurales privadas de Jalit.

En el caso la maniobra pergeñada desde el Municipio a través de los coautores Murúa y Jalit con la participación de Juárez, Gómez y Renzo Ruiz, éstos permitieron que cuantiosas sumas salgan del erario municipal hacia terceros -Astillero SRL-, (cuyos representantes legales son Klarmann y Macaron) y hacia el propio Jalit, sin ningún tipo de respaldo documental, tal como lo observó la Auditoria General de la Provincia.

Por otra parte tanto Juárez como Gómez, prestaban sus nombres para que no se haga visible quiénes eran los reales beneficiarios o destinatarios de los cartulares: el propio Jalit y la firma Astillero SRL y KYM SACAGFICFTS, cuyos representantes legales son Darío Macarón y Lilia Klarmann y quienes se beneficiaron con fondos públicos, a través de por lo menos 496 cheques. Es decir que por un lado, Jalit administraba los fondos del municipio y de manera fraudulenta hacía aparecer a Servicios General Victoria y El Mirador Servicios como los destinatarios de los pagos, cuando, en realidad, no cobraron ninguno de los cheques. Del otro lado, participaban de la maniobra Macaron y Klarmann, quienes se beneficiaban con los montos de los títulos de créditos, en connivencia con Jalit. Los tres imputados eran autorizados y firmantes indistintos de las cuentas de Astillero y KyM, adónde iban destinados dichos fondos municipales.

También quedó comprobado que Jalit compraba combustible a la empresa Astillero SRL para sus fincas privadas y era proveedora del Municipio. Jalit y Murúa, con la participación de Renzo Ruiz, firmaban las órdenes de pago y cheques destinados a Macaron–Klarmann.

Además, se constató que las farmacias Rivadavia y Cejota SRL, pertenecen a la sociedad de hecho Jalit -Castillo Sergio y que recibieron pagos cuantiosos con títulos de crédito con fondos del Municipio. Hasta hoy, se contabiliza que se libraron 108 cheques a favor de Cejota SRL y 68 a favor de Farmacia Rivadavia. En este caso, Sergio Castillo y Sergio Castillo Jalit (padre e hijo) percibieron o negociaron títulos de crédito con fondos municipales y se apropiaron de ellos; el primero por ser socio y el segundo, por ser apoderado de ambos.

Declaraciones juradas falseadas

Por otra parte, Jalit incurrió en el delito de omisión maliciosa de presentar y por falsear u omitir insertar datos en las declaración jurada patrimonial porque incumplió en debida forma al presentar las declaraciones juradas ante la Escribanía General de Gobierno y cuando lo hizo, las falseó. Se encontraron diferencias notorias entre las del 2014, 2015 y 2017 y 2019 al cotejarlas con el informe de UNAC, que se sirve de base de datos del R.N.P.A. y confirmaron diferencias entre vehículos, inmuebles y otros bienes declarados y reales.

Entre las numerosas acusaciones, también se encuentra la falta de rendiciones de gastos del Fondo Federal Solidario, a través del “Plan Más Cerca”; del Plan Alimentario Nutricional Provincial y del Programa de Asistencia Financiera a Provincias y Municipios.

Grave contaminación ambiental

Con respecto del delito de contaminación ambiental imputado a Jalit, se probó que el exfuncionario ejerció acciones claramente abusivas de su poder de intendente municipal, se introdujo invadiéndola en propiedad privada ajena y luego mandó a proceder al vertido y vaciado de la totalidad de la recolección de residuos domiciliarios, patógenos y líquidos cloacales en un sector cercano río San Francisco. Además de provocar la contaminación del suelo, aire, agua, atmósfera y en general el ambiente de un modo peligroso para la salud, puso en peligro a personas que realizan cirujeo y animales, de los cuales algunos son de consumo humano.

Es que por decisión de Jalit, se ocuparon dos inmuebles, donde se vertieron líquidos cloacales previa apertura de canales desagüe, que formaron una laguna y se originaron dos basurales. Tal acción fue demandada y tramitada en la justicia civil, que condenó al Municipio a pagar al propietario de un terreno, la suma de $ 3.500.000, al determinar que hubo negligencia del jefe comunal en las acciones realizadas sobre  una fracción de 100 has correspondiente a uno de los inmuebles. La suma total de la condena no fue cancelada, lo que significó el embargo de la Coparticipación Federal Impositiva del Municipio.

Jalit, funcionario público desde 1991

Jalit fue proclamado como concejal en noviembre de 1991 y fue jefe comunal desde 2003 a diciembre de 2019. Viazzi empezó a investigar de oficio a Jalit, a raíz de las publicaciones del diario El Tribuno, del 12 de marzo de 2019, cuando llevaba 15 años y 3 meses de gestión al frente del ejecutivo municipal y en la que el imputado contaba con un patrimonio que superaba entonces los 500 millones, el cual se multiplicó desde 2005 con vehículos de alta gama, maquinarias agrícolas y equipos varios y más de una decena de fincas. A la investigación se sumó la información brindada por la Auditoría General de la Provincia.

Durante la investigación, concejales declararon que hasta 2017, el presupuesto municipal se trató a libro cerrado, no se labraban actas y detectaron dobles imputaciones respecto de obras ya presupuestadas e inexistentes.

Como ejemplos, consta que se presupuestaron $30.000.000 destinados a gas y electricidad para el parque industrial, pero la obra no se hizo. Al terreno lo compró la Municipalidad a KyM y fue inaugurado en 2011, con solo un cartel y una casilla, pero sigue abandonado. Y surge que fueron presupuestados la feria Municipal de Pichanal -cuya obra no existe-, y el Complejo Municipal, que figuró en más de un presupuesto. En esta última obra está involucrado el agente municipal y “contratista” César Luis Gómez, quien según se verificó no tiene solvencia para ejecutar tal obra.