Juicio por la sustracción de una camioneta y otras causas: Tres acusados fueron declarados penalmente responsables

El juez Guillermo Pereyra declaró penalmente responsables a tres de los cuatro imputados. Martín Miguel Poma Ovejero fue considerado responsable de seis delitos, vinculados al hecho principal y a causas acumuladas; a Julio Conte por peculado y César Eduardo por resistencia a la autoridad. Ramiro Mauricio Maldonado Blanque fue absuelto. Las penas se impondrán este martes 8, en audiencia de cesura.

La fiscal penal interina de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate en el que el juez del distrito Centro Guillermo Pereyra, declaró penalmente responsable a Julio Conte como autor de delito de peculado; a César Eduardo Acosta como coautor del delito de resistencia a la autoridad; y a Martín Miguel Poma Ovejero como partícipe necesario del delito de peculado, autor de dos hechos de falsificación de instrumento público, autor de daño doblemente agravado, coautor de resistencia a la autoridad, autor de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y de un hecho de desobediencia judicial, todo en concurso real.

Poma Ovejero fue absuelto por un hecho de desobediencia judicial y de los delitos de estafa y falsificación de documento privado en concurso ideal. En tanto, Ramiro Mauricio Maldonado Blanque fue absuelto de los delitos por los que llegó acusado.

En la audiencia de cesura, fijada para el martes 8 de septiembre a las 10:15, se impondrán las penas correspondientes.

Las causas

La primera causa se inició a partir de un siniestro vial ocurrido el 5 de enero de 2024, cuando Maldonado Blanque conducía una camioneta Volkswagen Amarok que había sido dejada por su propietario en un taller para realizar reparaciones y que el dueño del establecimiento le había prestado. Acosta viajaba con él.

Tras el choque, personal de Tránsito dispuso la retención del vehículo por falta de documentación. Durante el procedimiento intervino Poma Ovejero y se produjo un altercado con los inspectores. Acosta agredió a uno de ellos y, en esas circunstancias, Poma Ovejero se retiró con la camioneta. El vehículo fue finalmente trasladado a una dependencia policial y luego ingresado al Canchón Municipal. Al día siguiente, Poma Ovejero se presentó en la dependencia para entregar la llave del vehículo y, durante esa intervención, dañó el Libro de Guardia.

Días después, envió al Tribunal de Faltas documentación para solicitar la restitución de la Amarok. Entre lo presentado se encontraban un poder general para juicios adulterado y documentación identificatoria del vehículo falsa. El organismo advirtió inconsistencias y no autorizó la entrega.

El 18 de enero, Poma Ovejero obtuvo autorización para ingresar al Canchón únicamente para observar la camioneta. Conte se desempeñaba como retén y tenía a su cargo la custodia de los vehículos. Poma Ovejero obtuvo la llave y retiró la Amarok del predio sin autorización, mientras Conte se encontraba a cargo de su custodia.

La segunda causa, seguida únicamente contra Poma Ovejero, estuvo vinculada al incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y dos hechos de desobediencia judicial. El juez lo declaró penalmente responsable por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y por uno de los hechos de desobediencia, y lo absolvió por el restante.

La tercera causa se originó a partir de una operación para la compra de un terreno en General Güemes. El comprador entregó $170.000 por el lote y una suma adicional en concepto de gastos. Poma Ovejero intervino en la operación. Por estos hechos fue absuelto de los delitos de estafa y falsificación de documento privado en concurso ideal.

Condenados por el robo de un televisor en barrio La Paz

Uno de los acusados recibió una pena de prisión condicional, mientras que el otro, menor de edad al momento del hecho, fue declarado responsable penal. El televisor sustraído había sido vendido y posteriormente recuperado.

El fiscal penal 6 del Distrito Centro, Martín Ávila, representó al Ministerio Público Fiscal en una causa seguida contra un hombre de 22 años y otro que tenía 17 años al momento del hecho, por la sustracción de un televisor de una vivienda de barrio La Paz.

La investigación se inició a partir de la denuncia de una mujer, quien manifestó que al regresar a su domicilio encontró abierta una de las hojas del portón del garaje, cuya cerradura había sido violentada. Al ingresar, constató la sustracción de un televisor BGH de 55 pulgadas que se encontraba en su dormitorio.

A partir de averiguaciones realizadas en la zona, se obtuvo información sobre dos hombres que habían sido vistos trasladando y ofreciendo a la venta un televisor. Personal policial logró identificar y demorar a los sospechosos.

Durante las actuaciones se estableció que el aparato había sido vendido a un tercero. Al ser informado de que se trataba de un bien denunciado como sustraído, el comprador hizo entrega voluntaria del televisor, junto con su cable y control remoto, por lo que pudo ser recuperado.

El fiscal Martín Ávila sostuvo que, pese a la recuperación del bien, el delito se encontraba consumado, ya que los acusados habían logrado disponer del televisor luego de sustraerlo.

Conforme a la prueba reunida y al reconocimiento de los hechos, se arribó a un acuerdo que fue homologado por el juez Gabriel González.

El acusado mayor de edad, sin antecedentes condenatorios, fue condenado por robo simple a la pena de un mes y 15 días de prisión de ejecución condicional.

En cuanto al segundo acusado, que tenía 17 años al momento del hecho, fue declarado responsable penal por el delito de robo simple y se remitió copia del acta al Juzgado de Menores en turno para la correspondiente cesura de la pena.

Condenado por un robo cometido con la participación de una menor

El hecho ocurrió en barrio Primera Junta, donde un hombre que circulaba en motocicleta junto a su pareja y su hijo pequeño fue abordado y despojado de distintos bienes. Una adolescente que intervino en el hecho fue declarada penalmente responsable.

El fiscal penal 6 del Distrito Centro, Martín Ávila, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que se homologó un acuerdo de juicio abreviado contra un hombre acusado por un hecho ocurrido en barrio Primera Junta de la ciudad de Salta.

El hecho investigado ocurrió durante la madrugada del 4 de marzo de 2025, cuando un hombre circulaba en motocicleta junto a su pareja y su hijo de 2 años por una avenida del barrio.

Según consta en las actuaciones, al pasar por inmediaciones de una plaza, fue abordado por un hombre y una adolescente, quienes lo habrían empujado y provocado su caída de la motocicleta.

Se produjo entonces un forcejeo y la mujer que acompañaba al damnificado se retiró del lugar con el niño. El hombre fue agredido y despojado de sus zapatillas, una campera, un teléfono celular y la motocicleta.

Al día siguiente, la motocicleta pudo ser recuperada mediante gestiones realizadas por familiares del damnificado. Más tarde, la pareja del denunciante vio a la adolescente cuando se encontraba en una cancha de fútbol del barrio y dio aviso a la Policía.

Al intervenir los efectivos, la adolescente tenía puesta la campera que había sido denunciada como sustraída durante el hecho, por lo que fue detenida.

Ante el juez Marcelo Rubio, se homologó el acuerdo de juicio abreviado y el hombre fue condenado a la pena de un año y cuatro meses de prisión efectiva como autor del delito de robo agravado por la participación de un menor.

Respecto de la adolescente, que tenía 17 años al momento del hecho, fue declarada penalmente responsable del delito de robo simple. Se dispuso la remisión de una copia de la sentencia al Juzgado de Menores en turno para la realización del correspondiente juicio de cesura de la pena.

Derrames en pozo petrolero: Ratificaron la actuación de la Fiscalía Penal de Pichanal y la investigación continúa

Tres resoluciones judiciales respaldaron el trabajo investigativo de la Fiscalía al rechazar los planteos de la defensa de una petrolera y permitir la continuidad de la investigación por un presunto hecho de contaminación ambiental.

La Fiscal Penal de Pichanal, María Sofía Fuentes, continúa adelante con la investigación iniciada para esclarecer un presunto hecho de contaminación ambiental relacionado con un antiguo pozo petrolero ubicado en el área Lomas de Olmedo, luego de que el Juzgado de Garantías rechazara distintos planteos formulados por la defensa de uno de los imputados y confirmara la continuidad de la actuación del Ministerio Público Fiscal.

Durante la investigación, la Fiscalía impulsó numerosas medidas probatorias destinadas a reconstruir el origen de la surgencia detectada en el pozo, determinar las condiciones en que fue perforado, explotado y posteriormente abandonado, analizar las intervenciones realizadas por las distintas empresas que tuvieron la concesión del área a lo largo de los años y establecer las responsabilidades que pudieran corresponder.

Asimismo, el procurador general de la provincia, Pedro García Castiella, creó una Unidad Fiscal integrando a la fiscal civil de Orán, Dra. Marcela de los Ángeles Fernández, para que inste las cuestiones reparativas socioambientales en el caso. Además agregó la disponibilidad del Ingeniero en Recursos Naturales Joel Medina y la Geóloga Melina Celedon del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), para que trabajen en las medidas técnicas forenses necesarias.

Como parte de esas actuaciones, se incorporó abundante documentación técnica, antecedentes administrativos, informes de organismos competentes y pericias especializadas, entre ellas un informe elaborado por un ingeniero en petróleo que analiza las características constructivas del pozo, su historia operativa y las posibles causas técnicas que habrían originado la pérdida detectada en 2023.

El informe producido por los profesionales del CIF ya fue presentado al Juzgado de Garantías interviniente por la Unidad Fiscal. En este se evalúa con la información existente en el legajo los procesos que dieron lugar a las emanaciones descontroladas de gases y fluidos en la locación LO-X10 y las consecuencias de daño grave al ecosistema observadas en superficie.

Las empresa President Petroleum S.A. ofreció un informe de un especialista en Petróleo, Ing. Miguel Ángel Basile, que por su parte concluye que la surgencia podría vincularse con un deficiente abandono del pozo y con procesos de corrosión o roturas producidas con el paso del tiempo, aspectos que forman parte de las hipótesis que son objeto de investigación.

En el marco del proceso, la defensa de uno de los imputados promovió un incidente de recusación contra la fiscal María Sofía Fuentes, alegando una supuesta falta de objetividad en la conducción de la investigación.

Tras analizar los argumentos expuestos, el Juzgado de Garantías rechazó el planteo al considerar que no se acreditó ninguna de las causales legales previstas para apartar a la representante del Ministerio Público Fiscal. En su resolución, el magistrado oranense sostuvo que las diferencias manifestadas por la defensa respecto de la estrategia investigativa o de determinadas decisiones procesales no constituyen prueba de parcialidad ni de pérdida de objetividad.

Asimismo, destacó que la actuación de la fiscal se ajustó a las facultades que le otorga el Código Procesal Penal para impulsar la acción penal, disponer medidas investigativas y conducir la investigación desde la recepción de la noticia criminis, señalando además que la defensa contó en todo momento con asistencia técnica y posibilidad de ejercer plenamente sus derechos procesales. En consecuencia, resolvió que la fiscal Fuentes continúe al frente de la investigación.

En otra resolución vinculada al mismo expediente, el Juzgado también declaró abstracto un planteo de nulidad presentado por la defensa contra el decreto que dispuso una ampliación de imputación.

Al resolver, el magistrado recordó que la cuestión ya había sido objeto de análisis judicial y que esa decisión se encontraba recurrida, por lo que no correspondía volver a pronunciarse sobre los mismos agravios.

Además, resaltó que la citación a audiencia de imputación constituye un acto procesal destinado a garantizar el derecho de defensa del imputado y que la investigación puede continuar mientras no exista una resolución firme que disponga lo contrario.

En resumidas cuentas, las resoluciones judiciales ratifican la validez de las actuaciones impulsadas por la Fiscalía Penal de Pichanal en el marco de la Unidad y permiten que continúe la producción de prueba para esclarecer las causas del presunto delito y su resultado de daño ambiental, identificar a los eventuales responsables y determinar si existieron incumplimientos de las obligaciones legales vinculadas con la explotación y abandono del pozo investigado.

La investigación permanece en trámite y la Unidad Fiscal continúa desarrollando medidas técnicas y procesales orientadas al completo esclarecimiento de los hechos, la cuantificación del daño ambiental y la estimación de los costos de su recomposición.