Ciudadanas francesas: Tras el rechazo del sobreseimiento por apremios ilegales, la causa continuará

El Tribunal rechazó el pedido de las defensas para cerrar la causa por afectación del plazo razonable y dispuso que el proceso continúe. La Unidad Fiscal pidió avanzar con el tratamiento de la prueba para llegar al juicio oral. Las defensas de los policías acusados, en cambio, anunciaron que recurrirán la decisión, por lo que deberá resolverse esa impugnación antes de avanzar hacia el debate.

La Unidad Fiscal, integrada por los fiscales penales María Luján Sodero Calvet, Pablo Paz y Daniel Espilocín, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que el Tribunal rechazó el pedido de sobreseimiento formulado por las defensas de los policías acusados de apremios ilegales en actuaciones vinculadas con la investigación de los homicidios de las ciudadanas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni.

El Tribunal, presidido por el juez Leonardo Fearns e integrado además por el juez Eduardo Sangari y la jueza Gabriela González, resolvió no hacer lugar al planteo de insubsistencia de la acción penal por afectación del derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable y dispuso que el proceso continúe según su estado.

La decisión fue dada a conocer luego del cuarto intermedio dispuesto en la audiencia anterior, cuando las defensas solicitaron la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de los acusados.

Al fundamentar la resolución, el Tribunal sostuvo que no se configuró una vulneración del derecho de los imputados a ser juzgados dentro de un plazo razonable. Para arribar a esa conclusión analizó la complejidad de la causa, la actividad procesal de las partes y la actuación de los órganos judiciales durante su tramitación.

Los jueces consideraron que, si bien el proceso lleva un tiempo prolongado, esa duración debe evaluarse junto con las características de los hechos investigados y las distintas incidencias producidas durante su desarrollo. En ese sentido, señalaron que las defensas promovieron numerosos recursos y planteos que, aun cuando constituyen el legítimo ejercicio del derecho de defensa, generaron suspensiones y contribuyeron a extender los tiempos del proceso.

El Tribunal señaló además que el expediente mantuvo actividad procesal y destacó que la audiencia actualmente en trámite se produjo por impulso del Ministerio Público Fiscal, que el 29 de mayo de 2026 solicitó avanzar con el proceso hacia el juicio.

La resolución recordó también que un planteo de similares características ya había sido rechazado por el Tribunal el 15 de mayo de 2025 y que esa decisión fue confirmada por el Tribunal de Impugnación el 17 de septiembre de 2025. La cuestión volvió a ser analizada ahora teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde aquel pronunciamiento y que, en esta oportunidad, las defensas de todos los acusados solicitaron su desvinculación definitiva del proceso.

Una vez conocida la decisión, las defensas manifestaron que recurrirán el rechazo del sobreseimiento.

Ante esa situación, el fiscal Daniel Espilocín sostuvo que la decisión de recurrir no impedía continuar con la audiencia y pidió avanzar en ese mismo acto con el tratamiento de la prueba ofrecida por las partes, como paso previo para la realización del juicio oral.

El fiscal señaló que el Ministerio Público Fiscal no desconocía el derecho de los acusados y sus defensas a recurrir, pero sostuvo que ello no debía impedir el avance del proceso, en consonancia con lo recomendado anteriormente por el Tribunal de Impugnación.

El Tribunal entendió, sin embargo, que el recurso anunciado por las defensas tiene efecto suspensivo. Por esa razón, dispuso que primero se tramite y resuelva la impugnación y que, según lo que se decida en esa instancia, se continúe posteriormente con el segundo tramo de la audiencia, destinado al tratamiento de la prueba para el eventual debate oral.

Comparecieron los acusados Martín Alberto Flores Saravia, Rubén Ángel Aguirre, Juan Carlos Paz, Osvaldo René Guanca, Néstor Orlando Chilo, Diego Aguirre Guantay, Rodolfo López, Ricardo Hernán Tabacache, Miguel Bernardino Flores, Dante Eduardo Ceballos, Adrián José Quipilor, Carlos Villagrán Guerrero, Fabio José Litián, Héctor Adrián Vázquez, Rodrigo Emmanuel Bautista y Ferraoti.

También estuvieron presentes, en calidad de damnificados, Gustavo Orlando Lasi, Francisco Ariel Tejada y Daniel Octavio Vilte Laxi.

Al finalizar, el juez Fearns explicó a los damnificados que el Tribunal había rechazado el sobreseimiento solicitado por las defensas y que, ante la decisión de recurrir, deberá tramitarse esa impugnación. Una vez resuelta, y de acuerdo con lo que decida el tribunal que intervenga, se determinará cómo continuará el proceso.

 

 

Caso Parisi: Fiscales presentaron una queja ante la Corte por retardo de justicia

Daniela Murúa y Daniel Espilocín acudieron a la Corte de Justicia ante la falta de resolución sobre la integración del Tribunal que deberá juzgar a Claudio Parisi. Los fiscales sostienen que la demora, que ya alcanza los nueve meses pese a dos pedidos de pronto despacho, provoca un serio perjuicio a la administración de Justicia y afecta el derecho del acusado a ser juzgado en un plazo razonable.

Los fiscales penales Daniela Murúa y Daniel Espilocín, integrantes de la Unidad creada por Resolución de Procuración N.º 1523/24, presentaron ante la Corte de Justicia de Salta una queja por retardo de justicia, en los términos del artículo 178 del Código Procesal Penal, en la causa seguida contra Claudio Alejandro Parisi y otros por cohecho agravado.

La presentación, dirigida a la presidenta de la Corte de Justicia, Teresa Ovejero, se refiere a la falta de resolución del trámite vinculado con la inhibición de la jueza Norma Palomo y, en consecuencia, con la integración del Tribunal que deberá llevar adelante el juicio respecto de Parisi.

Como antecedente, el 18 de diciembre de 2025, Palomo, en su carácter de jueza de la Sala I del Tribunal de Juicio del Distrito Orán, homologó un acuerdo de juicio abreviado y dictó sentencia condenatoria contra cuatro de los imputados en la causa.

Al quedar pendiente la situación procesal de Parisi, la Unidad Fiscal recusó a la magistrada con el objetivo de resguardar el derecho del acusado a obtener una sentencia de un juzgador imparcial.

Tras sucesivas recusaciones e inhibiciones de distintos magistrados, fueron convocados para integrar el Tribunal y resolver el planteo los jueces de Garantías del Distrito Tartagal Alvarado y Mariscal Astigueta.

También fueron convocados la jueza Soledad Rodríguez y el juez Martocchia, quienes rechazaron la competencia.

Según señalaron Murúa y Espilocín, la Unidad Fiscal había advertido, en un dictamen presentado el 18 de abril de 2026, que la cuestión planteada entre estos últimos magistrados no constituía un conflicto de competencia que debiera ser resuelto por la Corte de Justicia. No obstante, las actuaciones fueron remitidas al máximo tribunal provincial.

En agosto, la Corte de Justicia resolvió que la cuestión de competencia había sido incorrectamente planteada y devolvió las actuaciones al Tribunal para que se resolviera lo relativo a la intervención de Palomo.

De acuerdo con la presentación fiscal, posteriormente Mariscal Astigueta y el juez Gerónimo aceptaron la inhibición de la magistrada. Sin embargo, continúa pendiente la resolución necesaria para completar la integración del Tribunal que deberá llevar adelante el juicio.

Ante esa situación, la Unidad Fiscal presentó pedidos de pronto despacho el 7 de abril y el 7 de septiembre de 2026, al considerar incumplidos los plazos procesales para resolver la integración del Tribunal. Según se consignó en la queja, hasta el momento no se obtuvo respuesta a esas presentaciones.

Claudio Parisi está acusado de cohecho pasivo agravado (dos hechos), incumplimiento y omisión de los deberes de funcionario público, en concurso real. Se le atribuye haber otorgado el arresto domiciliario a César Daniel Martínez, alias “Oreja”, imputado por tentativa de femicidio, quien fue posteriormente asesinado frente al domicilio donde cumplía dicha medida.

En los fundamentos de la queja, Murúa y Espilocín sostuvieron que la falta de resolución sobre la integración del Tribunal provoca un serio perjuicio a la administración de Justicia, especialmente por tratarse de una causa de relevancia institucional en la que debe resolverse la posible responsabilidad penal de una persona que ejercía una magistratura judicial.

Los fiscales señalaron además que esta situación afecta gravemente el derecho constitucional de acceso a la Justicia y el derecho del imputado a ser juzgado dentro de un plazo razonable, al impedir que pueda realizarse el debate. En la presentación calificaron como injustificado el atraso, que ya alcanza los nueve meses.

Sobre este punto, citaron jurisprudencia de la Corte de Justicia de Salta respecto de la garantía de ser juzgado en un plazo razonable, según la cual corresponde determinar si la actuación de las autoridades intervinientes durante el proceso fue conforme a derecho y, de corresponder, adoptar las medidas pertinentes.

Finalmente, Murúa y Espilocín solicitaron a la Corte de Justicia que haga lugar a la queja, disponga la integración del Tribunal y comunique al órgano interviniente que otorgue urgente trámite a los pedidos formulados, con el fin de posibilitar la realización del juicio.