Importante avance en la formación de policías bajo sistema penal acusatorio

Con una capacitación adaptada a la nueva normativa legal vigente y fortalecida con un moderno sistema de intercambio y fluidez comunicacional entre docente y alumno, se alcanzó una formación mucho más completa y actualizada del policía como auxiliar de justicia. La clave incluye como figuras principales a los fiscales penales y docentes del Ministerio de Seguridad.

A través de distintos convenios firmados entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia y la Procuración y sus órganos de capacitación, se gestó un importante cuerpo docente conformado por fiscales penales, auxiliares, abogados y técnicos forenses del Cuerpo de Investigaciones Fiscales del Ministerio Público, quienes pasaron a ocupar un lugar de preeminencia a la hora de instruir a los aspirantes a oficiales de la Policía.

A la hora de instruir a los aspirantes, es el caso de la Escuela de Cadetes “Elías Boleas”, respecto a los contenidos, alcance y aplicación del actual sistema legal que rige en Salta en materia de investigación penal, conocido como modelo acusatorio.

Este sistema deja en manos de las fiscalías la dirección de la investigación penal de los delitos y las contravenciones, por lo que en vista de ello, el Procurador de la Provincia, Pablo López Viñals, junto al Ministro de Seguridad, Carlos Oliver firmaron un convenio en el año 2015, con posteriores renovaciones que cubre hasta el 2026, que no sólo abrió paso a una serie de protocolos de enseñanza, sino incorporó a un importante cuerpo académico integrado por fiscales penales y otros operadores, tanto docentes como técnicos de la Procuración General y del C.I.F.

De manera conjunta, fiscales y docentes del Ministerio de Seguridad, moldearon un sistema de instrucción que rompió con una modalidad de enseñanza que, más allá de colocar al docente por encima del alumno, mantenía y alargaba la distancia entre uno y otro.

Conscientes de la necesidad de formar oficiales con un alto grado de capacidad y eficiencia en su tarea como auxiliares de justicia, los titulares de ambos organismos, la Procuración y el Ministerio de Seguridad, acordaron y firmaron dicha serie de convenios a fin de gestar un plan de estudio acorde a los objetivos antes mencionados.

Resultados favorables

Respecto a este plan de estudio y los logros obtenidos a partir del mismo, el Director de Educación de la Escuela de Cadetes, comisario mayor Manuel Gerardo Díaz, sostuvo que “la labor académica desarrollada en conjunto por ambas instituciones ha generado resultados favorables en relación a la actualización de los contenidos en los programas de estudios y la integración de lo aprendido con espacios de prácticas profesionales”.

Díaz destacó a su vez otro aspecto favorable, el cual está vinculado al intercambio académico “existente en relación a los aspectos centrales de la investigación penal, entre los magistrados, funcionarios y profesionales del Ministerio Público Fiscal y el alumnado”. Esta circunstancia -agregó- ha puesto de manifiesto la necesidad de sostener en el tiempo la vinculación entre ambas partes, como protagonistas en el nuevo sistema procesal penal acusatorio y con miras a lograr la formación profesional de los futuros auxiliares de justicia”.

“Con esta vinculación se busca continuar generando beneficios en el aprendizaje, redundando en una mayor calidad educativa, en un fortalecimiento de las relaciones funcionales e institucionales y concretamente en la optimización de la actividad de la fuerza, en el desempeño de su rol como profesional de la seguridad”.

La elaboración del régimen específico y su planificación coordinada entre las partes, según explicó, también tuvo y tiene por objeto, tanto la adecuación constante de los contenidos mínimos de las asignaturas, como así también evitar su superposición o duplicación.

Experiencia

“Cabe mencionar aquellos aspectos positivos de la implementación del Convenio mencionado en cuanto a la amplia experiencia que poseen los docentes del Ministerio Público Fiscal en los aspectos de la investigación penal y contravencional, ello en virtud de ser su espacio de trabajo diario, sumado a la continua capacitación y actualización en sus respectivos ámbitos de actuación para el correcto ejercicio de sus funciones, lo cual repercute directamente en el contenido que se le puede brindar al alumnado”.

Díaz agregó que “la relación Fiscal – Alumno, se ve potenciada y mejorada durante el desarrollo del ejercicio profesional lo que permitió mayor fluidez comunicacional, afianzando el concepto de trabajo en equipo”.

Sobre el desempeño dentro de las prácticas profesionalizantes, Díaz señaló que pudo advertir que “los alumnos observan diferentes situaciones en el campo que le generan dudas e inquietudes y las cuales son llevadas a conocimiento del docente permitiéndole conocer diversas realidades del ámbito laboral, lo cual facilita a la clase evacuar dudas, corregir errores y acrecentar los conocimientos mediante el análisis de casos reales produciéndose una retroalimentación entre docentes y alumnos”.

Los alumnos

Respecto al plan de estudio y la modalidad de capacitación, los oficiales que recorrieron los tres años de cursado en busca del título de “Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana”, se mostraron conformes y con muchas expectativas de cara a la tarea que les espera dentro de la fuerza.

“Las clases fueron muy buenas, magistrales. Hemos podido preguntar todo y, sobre todo, sacarnos las dudas respecto a la parte teórica, la que luego vimos comprobada en la práctica en determinadas materias y pasantías”, señalaron al ser entrevistados los referentes con mejores promedios de la Institución.

Los alumnos resaltaron las capacitaciones de distintos fiscales, entre ellos Pablo Paz y Pablo Rivero, de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas (UGAP), de quienes “hemos aprendido no sólo los contenidos del sistema penal acusatorio, sino que estos docentes también nos compartieron experiencias que, posteriormente, confirmamos en la tarea de campo”.

“Aprender las 26 guías de práctica y otros protocolos, como así también tener la capacitación de técnicos y otros docentes respecto al área científico forense, sin dudas, nos impulsó a estar a la altura de las exigencias, sino a comprender lo importante que es la labor del policía como auxiliar de justicia”, concluyeron.

Obligan al municipio de San Lorenzo a revelar datos de la evaluación ambiental en torno a un complejo hotelero

En el marco de un amparo planteado por la Procuración General el 12 de diciembre pasado, el juez de la Cámara Civil de Apelaciones, José Ruiz, ordenó a la Municipalidad de San Lorenzo la presentación de documentación ambiental relacionada a la habilitación de un complejo hotelero en la zona de “Castellanos” a fin de resolver el recurso interpuesto.

El amparo responde a una“arbitraria omisión” incurrida por parte de la Municipalidad de San Lorenzo, señaló el Procurador General, Pablo López Viñals, en su planteo realizado en vista de que el municipio no contestó ninguno de los pedidos de información pública ambiental en torno a un proyecto urbanístico privado hotelero que, según denuncia y reclamos de vecinos, podría afectar gravemente el cauce del río Castellanos, en dicha localidad.

A fin de conocer esta situación, la Procuración General solicitó informes en fechas 9 de febrero del año 2012, los que fueron reiterados hasta el 24 de septiembre de este año, sin que el municipio haya respondido a los pedidos.

En vista de ello, la Procuración sostuvo que la Intendencia de San Lorenzo incumplió con lo dispuesto por distintas normas de la Ley Provincial de Protección Ambiental y su decreto reglamentario, las que garantizan el acceso a la información pública ambiental del caso.

Por otra parte, y a modo de legitimación de la acción, el Procurador recordó que “la Constitución de la Provincia de Salta (en su art. 166) prevé, entre las atribuciones y deberes del Ministerio Público, la de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, intervenir en toda causa judicial en que esté interesado el orden público, velar por el respeto de los derechos, deberes, principios y garantías constitucionales y accionar en defensa y protección del medio ambiente e intereses difusos”.

Asimismo, agregó que “la Ley Orgánica 7.328, determina entre sus competencias, la interposición y prosecución de pretensiones destinadas a la defensa del medio ambiente y los intereses difusos y el ejercicio de la acción civil pública”.

Jurisprudencia ambiental

En materia de jurisprudencia respecto a la obligatoriedad de la evaluación de impacto ambiental y la participación social por la vía del amparo, se recuerda a modo de antecedente el caso de un grupo de vecinos de la Localidad de Palma Sola contra la Provincia de Jujuy y la empresa Cram S.A., litigio por el cual la Corte de Justicia de la Nación le garantizó su participación ciudadana, declarando la nulidad de resoluciones provinciales que otorgaron autorizaciones de desmonte, cuestionadas porque no surgía de las constancias de la causa que se hayan celebrado las audiencias públicas antes del dictado de las mismas.

De manera similar actuó la Corte de Salta en el caso de la Comunidad Indígena Eber Ezer contra la Provincia de Salta y la empresa Everest S.A. Aquí, se declaró la nulidad del estudio y el procedimiento administrativo de evaluación de impacto ambiental de una iniciativa privada de desmonte porque el estudio omitió valorar los aspectos sociales y culturales que pondrían en peligro la supervivencia de la comunidad. Además, la audiencia pública se había llevado a cabo sin la traducción a la lengua Wichi y sin la presencia comunitaria.

Incluso se puede mencionar un caso minero, presentado por un grupo de vecinos domiciliados en el municipio de Andalgalá, Provincia de Catamarca, contra la minera “Agua Rica LLC Argentina”,“Yamana Gold INC” y el citado Municipio, conflicto por el cual la Corte Nacional declaró la ilegalidad y arbitrariedad manifiesta de la Declaración de Impacto Ambiental que se les había otorgado, también por la falta de participación ciudadana.

Castellanos

En el recurso de amparo presentado, la Procuración referenció los pasos dados por ese organismo a partir de una denuncia ambiental recibida, la que activó la intervención como consecuencia de las competencias en materia de intereses difusos que ostenta el Procurador.

Así las cosas, se iniciaron actuaciones internas Nº 3268/09, las que detallan distintos tramos. En el trámite principal, se indica que además de la información requerida al municipio con jurisdicción en la zona de conflicto, y dada la trascendencia del tema, también se solicitó información mediante oficios a la División Protección del Medio Ambiente de la Policía provincial, al Departamento de Criminalística, a la Fiscalía de Cámara en lo Civil y Comercial, a la Secretaría de Recursos Hídricos y a la Secretaría de Política Ambiental.

A excepción de la Municipalidad de San Lorenzo, la Procuración recibió todos los informes requeridos a los restantes organismos y funcionarios. Cabe resaltar que en el marco de colaboración al Ministerio Público que dispone la Constitución Provincial como obligación a todos los Poderes Públicos, y por resultar información pública ambiental, el plazo de contestación se esperaba en un término de diez días hábiles desde la solicitud “bajo los efectos y apercibimientos de la normativa pertinente”.

Pese a ello, y “transcurrido más de seis años y diez meses del primer pedido a la Municipalidad de San Lorenzo y dos meses del último, el municipio no ha producido la respuesta aún. Por ello,la última vez, el 24 de septiembre de 2018, la Procuración vuelve a insistir bajo el apercibimiento de iniciar las acciones judiciales que por ley correspondan.”.

Sin explicación

En el amparo, la Procuración explicó que “del informe elaborado por el encargado de la Mesa de Entradas de esta repartición, a la fecha no ingresó contestación al requerimiento sostenido por esta Procuración General, sin que medie por parte de la Municipalidad explicación alguna, lo que constituye una negativa a brindar la información pública ambiental”.

Asimismo, agrega el Procurador que “lo solicitado no resulta un mero incumplimiento carente de lesión, pues, de convalidarse la negativa a proveer acceso a la información sobre la materia objeto de la presente acción, se obstruiría la posibilidad de que este Ministerio Público, y la sociedad cuyos intereses representa, ejerzan un control efectivo y actúe en cuestiones de preservación ambiental y de la salud”.

El procedimiento de evaluación de impacto ambiental y social (EIAS) que concluye con la certificación oficial correspondiente -que es el núcleo de la información obligatoria que se exige a la demandada-, incluye mecanismos de licenciamiento social mediante la participación pública y de verificación de inocuidad técnica mediante un dictamen oficial del organismo competente”.

“Es decir que este procedimiento engloba los pasos técnicos y participativos, previos y obligatorios, que debió o debe realizar este Municipio competente para asegurar la inocuidad sanitaria y ambiental del proyecto en cuestión del particular, lo cual no puede verificarse y garantizar si no se accede al trámite”.

Juez de amparo

Presentado el amparo, el juez José Gerardo Ruiz de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, tomó intervención inmediata en el mismo, y dictó una resolución previa al fallo del recurso, mediante la cual ordenó a la Municipalidad de San Lorenzo la presentación de la documentación cuestionada en un plazo de 4 días.

“Requiérase de la parte demandada la presentación, dentro del plazo de 4 días hábiles, de un informe circunstanciado sobre la cuestión que motiva estas actuaciones. En su oportunidad, deberá aportar la totalidad de los documentos y disposiciones normativas que estime pertinentes, individualizando aquellos elementos que no se encontraren en su poder y ofreciendo los restantes medios de prueba de que intente valerse.”, señaló el magistrado.

Violencia de Género: se ampliará al interior el programa de tratamiento de violentos 

Tras hacer un balance de esta iniciativa impulsada entre la Procuración General y el Ministerio de Salud Pública, los titulares de ambos organismos, resaltaron los avances logrados y adelantaron que ya se trabaja para llevar el programa al interior de la provincia. Para ello, se buscará sumar más profesionales y capacitación. En la Capital la demanda fue alta y también exige mayor refuerzo de personal.

El análisis y balance del Programa de Intervención con Agresores de Violencia de Género puesto en marcha por la Procuración General, a mediados de año, iniciativa a la cual se sumó casi de inmediato el Ministerio de Salud Pública, fue tema central de una reunión mantenida en los últimos días por el procurador, Pablo López Viñals y el ministro de esa cartera, Roque Mascarello.

Los organismos unidos en este frente contra la violencia de género acordaron, convenio de colaboración mediante, una serie de acciones tendientes a fortalecer el programa de tratamiento de violentos, una iniciativa innovadora que alcanzó mucho éxito desde su implementación, ya que no tiene registros de deserción de los agresores que participan del mismo, entre otros logros.

Salud Pública colabora en el programa con profesionales de la oficina de Asistencia a Víctimas de Violencia de Género del hospital San Bernardo, quienes fueron formados por el Centro de Capacitación y Gestión del Ministerio Público Fiscal, a fin de participar en las tareas del programa de Intervención con agresores de violencia de género.

En la reciente reunión entre López Viñals y Mascarello también participaron las dos profesionales a cargo del Programa, María Cristina Lozano Pérez y Ana Laura Herrando, quienes tienen a su cargo el trabajo de abordaje con los agresores. Por el Ministerio de Salud, en tanto, estuvieron la trabajadora social, Florencia Rivadeneira y la psicóloga Patricia Nieva.

Luego de un análisis de la marcha del programa, se determinó avanzar con el mismo hacia el interior de la provincia,siendo clave la cooperación por parte del Ministerio de Salud al momento de sumar profesionales al área, los que serán seleccionados, según criterio de dicha cartera, desde los hospitales de las localidades cabeceras.

La capacitación de dichos profesionales estará a cargo de los responsables del programa. López Viñals valoró el aporte en esta materia de parte de Salud Pública, pues la Procuración “se encuentra limitada en materia de profesionales para sumar al programa”.

Por otra parte, y dada la demanda de este programa en el Distrito Judicial Centro, también se contempla la incorporación de más profesionales. Asimismo, en la reunión, Herrando que recientemente regresó de Barcelona, España, donde se capacitó para este programa, expuso un informe de dicha experiencia.

Por último, no se descarta que el próximo año el Gobierno de la Provincia defina pautas en la materia que permitan avanzar con este programa hacia los agresores que cumplen una pena de prisión efectiva, posibilidad que será evaluada ante el éxito del programa, el cual, cabe recordar, se aplica por el momento a violentos que reciben una pena condicional y su ingreso al mismo es de manera voluntaria.

Evaluación positiva

Mascarello al término de la reunión, la evaluó como positiva, ya que se pudo realizar un balance de lo actuado hasta el momento con la experiencia de la Oficina de Asistencia a Víctimas de Violencia de Género del hospital San Bernardo y dijo que como un objetivo a mediano plazo, se analiza replicarla en otros nosocomios de la ciudad y de la provincia.

En la ciudad mencionó al hospital Público Materno Infantil, al hospital Papa Francisco y en el interior, dijo que el hospital Melchora Figueroa de Rosario de la Frontera sería uno de los lugares donde quisiera llevar la experiencia.

El ministro resaltó la importancia del convenio firmado hace seis meses y señaló la necesidad de contar con la cooperación de otros organismo del Estado que se encuentren comprometidos en la lucha de contra el flagelo de la violencia de género, por lo que consideró consecuente con ello participar en la implementación del programa de tratamiento de agresores a través de los profesionales de las áreas pertinentes de la cartera de Salud Pública.

El programa

El programa fue creado a partir de una iniciativa de la Procuración, la que tomó como generador del programa la experiencia que se logró en España, donde este programa se aplica de una forma exitosa, pues logró frenar la reincidencia en materia de violencia de género.

El Jefe de la Unidad de Relaciones Externas e Institucionales del Consejo General del Poder Judicial de España, Andreu Estela Barnet afirmó, durante una visita a esta ciudad patrocinada por la Procuración, que en su país se puso en práctica un programa en el que se ofrece al agresor realizar un tratamiento a fin de evitar que reincida en el primer año, el momento en que hay mayor probabilidad de reincidencia. Con la aplicación de este programa, la tasa de reincidencia pasó del 25% al 6%.

Esta situación, ya conocida por López Viñals, llevó a iniciar un camino que derivó el 28 de diciembre de 2017 en la creación del Programa de Intervención con Agresores de Violencia de Género, modelo que incluyó la tarea de dos psicólogas, Figueroa y Lozano Pérez junto a la asistente social, Silvana Lizárraga.

Capacitación en España

En la resolución de creación, López Viñals sostuvo que “la violencia de género debe ser enfrentada desde los distintos ámbitos institucionales adoptando todas las medidas tendientes a erradicarla, tal como lo dispone el Art. 7 de la Convención de Belem do Pará; desde ese punto de vista, se advierte que no serían adecuadas ni suficientes las decisiones de la justicia que revisten un carácter simplemente declarativo,y que desaprovechan la oportunidad de imponer reglas de conducta a los violentos que incidan en su comportamiento futuro.”.

“Que, por ello, las decisiones judiciales que declaran que un hecho delictivo se ha cometido en contexto de violencia de género y dan lugar a una condena de ejecución condicional, devenir, cuando ello es considerado conveniente y eficaz, acompañadas de la imposición de reglas de conducta que incidan sobre los agresores, conforme lo autoriza el Art. 27 bis inciso 6 del Código Penal, para asegurar que esos pronunciamientos tengan el efecto disuasivo inherente a toda condena.”.

A partir de ello, la Procuración gestó la adecuación de un programa local a partir de las bases del utilizado en España, por lo que se impulsó la capacitación de dos licenciadas Figueroa y Lozano Pérez, quienes pudieron formarse en Barcelona.

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