Familiares de Diego Castro fueron recibidos por el Procurador General de la Provincia

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, recibió a Daniela y Carina Castro, hermanas de Diego Castro, víctima fatal de un siniestro de tránsito ocurrido el 3 de junio de 2017. La familia solicitó la audiencia esta semana, para expresar su disconformidad con la sustanciación de la causa y la sentencia, dictada en marzo pasado.

Durante el encuentro, Daniela y Carina Castro afirmaron que no obtuvieron justicia y que en casos juzgados por hechos similares, las penas fueron más duras.

Pedimos la audiencia porque el Procurador recibió a otros familiares de víctimas y vemos un poco de luz; salí muy esperanzada”, afirmó Carina y sostuvo que la calificación del delito como accidente de tránsito con lesiones, debería haber sido accidente de tránsito con lesiones seguida de muerte.

Además, cuestionó que no se haya incluido en el legajo el informe toxicológico realizado a María Belén Méndez García Zavaleta, por lo cual la presencia de alcohol en sangre durante el siniestro no se tuvo en cuenta, a pesar de la vigencia de la Tolerancia Cero.

La condena
María Belén Méndez García Zavaleta fue condenada el 14 de marzo pasado
, por el delito de homicidio culposo en siniestro vial agravado, en perjuicio de Diego Castro, a tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación por 10 años para conducir, al cumplimiento de reglas de conducta por ese término, a realizar un curso especializado en conducción y seguridad vial y al cumplimiento de reglas de conducta, además de cumplir tareas de voluntariado en la Fundación Hope.

En el mismo fallo, se dispuso la extracción de material genético de la imputada por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

La audiencia de debate fue llevada adelante por el Tribunal de la Sala V, integrado por los jueces Marcelo Rubio, Mónica Faber y Martín Pérez.

Condenaron a la conductora que embistió a Diego Castro

María Belén Méndez García Zavaleta fue condenada hoy a 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación por 10 años para conducir, cumplimiento de reglas de conducta y cumplir tareas de voluntariado en la Fundación Hope.

Hoy finalizó la audiencia de debate contra María Belén Méndez García Zavaleta por el delito de homicidio culposo en siniestro vial, agravado en perjuicio de Alejandro Diego Castro.

Durante los alegatos, el fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio mantuvo la acusación y solicitó la aplicación de la pena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación especial por 10 años para la conducción.

La querella solicitó la pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo y el máximo de inhabilitación por conducir por el delito de homicidio simple con dolo eventual.

La defensa técnica de la acusada solicitó la aplicación de la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional por el delito de homicidio culposo en siniestro vial agravado.

Luego de un cuarto intermedio, el Tribunal de la Sala V, integrado por los jueces Marcelo Rubio, Mónica Faber y Martín Pérez dio a conocer el veredicto, donde condenó a María Belén Méndez García Zavaleta a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, al cumplimiento de reglas de conducta por ese término, realizar un curso especializado en conducción y seguridad vial y a cumplir tareas de voluntariado no remuneradas en la Fundación Hope.

En el mismo fallo, se dispuso la extracción de material genético del imputado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Finaliza el juicio contra la conductora que embistió a Diego Castro

Está previsto que hoy finalice la ronda de testimoniales con la presencia de un testigo sobre cuya presencia insistió la defensa y se estaría en condiciones de pasar a los alegatos de las partes.

Durante la segunda jornada del juicio que se lleva a cabo contra María Belén Méndez García Zavaleta, el Tribunal de la Sala V recibió el testimonio de numerosos testigos, entre los que se cuenta personal policial y del Cuerpo de Investigaciones Fiscales que realizaron diferentes pericias durante la investigación, entre ellas la toxicológica de la acusada.

Para hoy está citado un testigo sobre cuya presencia insistió la defensa de Méndez García Zavaleta y a continuación se daría lugar a los alegatos de las partes.

Representa al Ministerio Público el fiscal penal 4 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, quien llevó a cabo la investigación del hecho ocurrido el 3 de Junio de 2017 sobre avenida Palacios, colectora de la avenida Paraguay, que tuvo como víctima fatal a Diego Castro.

Juicio para la conductora que mató a un trabajador en Villa Palacios

María Belén Méndez García Zavaleta será juzgada en el mes de Marzo por el delito de homicidio culposo en siniestro vial agravado por un hecho ocurrido el pasado 3 de Junio por la mañana en la colectora de avenida Paraguay, donde resultó muerto el trabajador Alejandro Diego Castro tras ser embestido.

El fiscal penal 4 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, representará al Ministerio Público ante la Sala V del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra María Belén Méndez García Zavaleta, imputada como autora del delito de homicidio culposo en siniestro vial agravado en perjuicio de Alejandro Diego Castro.

Según lo fijado por el juez Marcelo Rubio, la audiencia se desarrollará desde el 11 al 15 de Marzo por la mañana.

De las pericias realizadas, se pudo determinar que el rodado conducido por la mujer, un automóvil Ford Focus, circulaba a una velocidad de 84.76 kilómetros por hora por una arteria, avenida Palacios, cuyo máximo permitido, según la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad de Salta, es de 40 km/h.

En los fundamentos del requerimiento a juicio, Ramos Ossorio señaló que “de un renovado análisis de la plataforma fáctica recabada, merced los elementos probatorias colectados, se tiene efectivamente acreditada que la acción imprudente, imperita y antirreglamentaria ejecutada por la acusada, al pretender maniobrar el rodado en exceso de velocidad para la acción que pretendía ejecutar (giro/ ingreso a una arteria secundaria o colectora), constituyo una elevación del riesgo socialmente permitido para la actividad que la misma desarrollaba, esto es, la conducción vehicular, riesgo que finalmente se tradujo en el resultado luctuoso provocado como acción directa de la conducta reprochable”.