El Ministerio Público Fiscal apeló la prisión domiciliaria de Marco Lautaro Teruel

El fiscal Penal 1 de la de Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Federico Obeid, presentó un recurso ante la Sala 1 del Tribunal de Juicio para que revoque la Resolución del Juzgado de Garantías 1.

El fiscal Penal 1 de la de Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Federico Obeid, presentó un recurso de apelación contra la acción de habeas corpus por la que el Juzgado de Garantías 1 concedió la prisión domiciliaria a Marco Lautaro Teruel el 30 de enero de 2023.

En el documento, que fue presentado en la Sala 1 del Tribunal de Juicio, el fiscal Obeid advirtió que “sin dejar de considerar que la salud constituye un bien fundamental para el interno, sin la cual el tratamiento penitenciario carecería de sentido, se observa que las autoridades penitenciarias le brindan la atención adecuada”.

Además, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que “las expresiones vertidas por el accionante aludiendo cuestiones de salud han sido refutados con los informes de la autoridad penitenciaria, los profesionales de la salud e incluso por la inspección de visu realizada en las instalaciones donde fuera alojado el interno Teruel, por el Juez de Ejecución interviniente.

Obeid también señaló que debió rechazarse la acción de Habeas Corpus presentada por la defensa de Teruel, al encontrarse en trámite, sin resolución a la fecha, un pedido de prisión domiciliaria por ante el Juez de Ejecución y Detenidos 2, en virtud del cual el MPF dictaminó en forma negativa el 21 de diciembre de 2022.

Desestiman actuaciones y disponen archivo de una denuncia del abogado de Marcos Teruel

La denuncia fue radicada oportunamente por el abogado defensor del condenado de 28 años contra personal del Servicio Penitenciario por incumplimiento de los deberes de funcionario público y agravamiento de las condiciones de detención, sosteniendo que era exageradamente atado con una cadena común y candado a los barrotes de la cama cuando estaba hospitalizado, en contravención a las indicaciones médicas de asepsia y de movilización corporal básica.

El fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio informó que de la averiguación preliminar iniciada por la denuncia radicada por el representante legal del condenado provincial Marcos Lautaro Teruel en contra del Director de la Unidad Carcelaria 1, el Oficial Jefe del Penal y personal del Servicio Penitenciario Provincial por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y agravamiento de las condiciones de detención de su defendido, dispuso su desestimación por no constituir delito.

En la fundamentación, el fiscal Ramos Ossorio advierte que lo denunciado carece de elementos incriminatorios que puedan actualizar un evento típico o con encuadre delictivo, toda vez que del devenir de lo actuado y conforme las actas de comprobación efectuadas, el condenado no estaba siendo sometido a trato vejatorio alguno, ni padecía circunstancias que agraven su condición de privación de la libertad.

Hace la salvedad de que no es dable otorgar prerrogativas o liberalidades no previstas por ley a un individuo que se encuentre cumpliendo condena, en tanto el mismo permanecía en una institución hospitalaria al solo efecto de recibir atención profesional, sin que ello habilite a desnaturalizar las medidas de seguridad que pesan sobre el personal afectado a la custodia y cumplimiento de mecanismos de seguridad correspondientes.

Abuso sexual: 12 años de prisión efectiva para Lautaro Teruel

El fiscal penal Federico Obeid, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate en la que la Sala III del Tribunal de Juicio, condenó a Marco Lautaro Teruel, a la pena de 12 años de prisión efectiva por ambas acusaciones.

Marco Lautaro Teruel, fue condenado por la comisión del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por las circunstancias de su realización reiterado en concurso real (cuatro hechos), en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño en concurso real con abuso sexual con acceso carnal.

En el fallo, el Tribunal revocó a Teruel el beneficio de la prisión domiciliaria y ordenó el inmediato traslado a la unidad penitenciaria correspondiente.

El Tribunal resolvió absolver por el beneficio de la duda a los coimputados Silvio Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán, quienes llegaron a juicio, acusados de la posible comisión del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría.

La Sala III del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza Carolina Sanguedolce y con la vocalía de los jueces María Gabriela González y Pablo Farah, dará a conocer los fundamentos del fallo en cinco días hábiles.

Lautaro Teruel: Desistieron de las réplicas y se espera el veredicto

La audiencia de debate contra Lautaro Teruel, acusado por el abuso sexual agravado de dos víctimas, y contra Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán en uno de los casos, fue clausurada por los jueces de la Sala III del Tribunal de Juicio, luego de que el fiscal penal Federico Obeid y ambas querellas desistieran del uso de las réplicas. Se aguarda el veredicto.

Antes de que los jueces pasaran a deliberar, declararon brevemente y por última vez los tres coimputados.

Marco Lautaro Teruel está acusado en una primera causa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño.

En la segunda causa, Teruel fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán. Interviene el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid.

Durante los alegatos, el fiscal penal Federico Obeid, requirió ante la Sala III del Tribunal de Juicio, la pena de 17 años de prisión efectiva para Marco Lautaro Teruel por ambas causas acumuladas, mientras que la querella de la primera causa solicitó al Tribunal la pena de 15 años de prisión efectiva.

Por otra parte, la querella de la segunda causa solicitó una pena de 15 años de prisión efectiva para Marco Lautaro Teruel y la pena de 10 años de prisión efectiva para los coimputados Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán.

Tanto el fiscal como las querellas requirieron al Tribunal que en caso de que se dicte una sentencia condenatoria, se revoque la prisión domiciliaria de los coimputados y sean inmediatamente alojados en establecimiento carcelario.

Lautaro Teruel: Alegatos en el juicio por las dos causas de abuso sexual

La audiencia de debate contra Lautaro Teruel, acusado por el abuso sexual de dos víctimas, y contra Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán, en uno de los casos, continuará este jueves. La última declaración del juicio, fue de la de Farfán.

Este jueves 14 de octubre se desarrollarán los alegatos en el juicio contra Marco Lautaro Teruel, acusado en una primera causa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño. En la segunda causa, Teruel fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán. Interviene el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid.

En la jornada anterior, ocurrida este martes, optó por declarar el coimputado Gonzalo Isaac Farfán, quien sostuvo que la denuncia de la segunda causa surgió “de un error en la memoria de la víctima” y negó su participación en los hechos denunciados.

Afirmó que tras la noche del hecho continuaron siendo amigos con la víctima hasta que ella se mudó a Buenos Aires y manifestó que no le guarda rencor a la joven, antes de declararse inocente.

En la misma jornada, también fueron reproducidos numerosos audios y transcripciones de chats ofrecidos como prueba por la Fiscalía.

Finalizada la etapa de testimoniales y tras declarar los tres imputados, los alegatos en la audiencia de debate a cargo de la Sala III del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza Carolina Sanguedolce y con la vocalía de los jueces María Gabriela González y Pablo Farah, se desarrollarán este jueves 14 de octubre, desde las 8.30, en el Salón de Grandes Juicios del Poder Judicial.

Lautaro Teruel: Instancias finales del juicio por las dos causas de abuso sexual

Este martes se desarrolla la décima jornada de la audiencia de debate contra Marco Lautaro Teruel, acusado en una primera causa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño. En la segunda causa, Teruel fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán. Interviene el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid.

En la jornada anterior, optó por declarar el imputado Marco Lautaro Teruel, quien en relación a la primera causa, afirmó que reconoció los hechos desde el primer instante ante la fiscalía.

“Es lo que sale en los audios y lo que le reconocí a mis viejos y a la psicóloga, con todo el dolor del mundo”, sostuvo Teruel y continuó: “Estoy arrepentido por lo que fui en ese momento. Sé quién soy ahora y quién no quiero ser el día de mañana. Mi intención siempre fue remediar algo que hice y estuvo mal”, dijo acerca de la primera víctima, menor de edad al momento de los hechos juzgados.

Sobre la segunda causa, el acusado afirmó que nunca fue su intención abusar de la víctima “ni del estado en que estaba”, y enfatizó que lo ocurrido esa noche “fue casual y con consentimiento”.

También quiso aclarar “el tema de la marihuana”, mencionado a lo largo del juicio y negó haberle convidado a la víctima. “Desde los 19 años sé que el alcohol y la marihuana no van de la mano. Si yo la vi alcoholizada jamás se me hubiese ocurrido darle marihuana”, afirmó.

La décima jornada de la audiencia de debate a cargo de la Sala III del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza Carolina Sanguedolce y con la vocalía de los jueces María Gabriela González y Pablo Farah, se desarrollará este martes 12 de octubre, desde las 8.30, en el Salón de Grandes Juicios del Poder Judicial y está prevista la declaración del coimputado Gonzalo Isaac Farfán y la reproducción de más audios ofrecidos como prueba por la Fiscalía. El desarrollo de los alegatos está previsto para el jueves 14.

Lautaro Teruel: La segunda víctima sufrió invasión psicosexual y diversos testigos ratificaron cambios en su estado anímico

Este miércoles se desarrolló la octava jornada de la audiencia de debate contra Marco Lautaro Teruel, acusado en una primera causa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño. En la segunda causa, Teruel fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán. Interviene el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid.

Durante la jornada y en el marco de la segunda causa, declaró una psicóloga que trabajó en el CIF, responsable de elaborar un informa tras entrevistar a la víctima. Indicó que presentó signos compatibles con vivencias de invasión psicosexual y mecanismos de defensa.

Minutos antes y por videollamada, la víctima relevó del secreto profesional a sus dos hermanos, quienes son los querellantes en la causa y en esta oportunidad, declararon como testigos.

Uno de ellos sostuvo que tomó conocimiento del hecho, al igual que toda la familia, por la denuncia publicada por la víctima en la red social Facebook. Afirmó que conocía la relación de amistad que su hermana mantuvo con el imputado Marco Lautaro Teruel y que la llevó en diversas oportunidades a su domicilio.

También indicó que supo por su hermana que la noche del hecho, le gustó el imputado Rodríguez y recordó que meses después, la víctima le preguntó cómo podría denunciar, porque no quería quedar expuesta públicamente.

Además, expresó que siempre fue muy cercano a su hermana, y que de un día para el otro, notó cambios en la víctima, quien incluso comenzó a contestarle de mala forma.

Sostuvo que la víctima regresó de Canadá exclusivamente para asistir al juicio y recordó que todavía sin saber de lo ocurrido, toda la familia cuestionó en su momento la decisión de la víctima de irse de Salta, primero para vivir en Buenos Aires y luego para abandonar el país.

En tanto, el otro hermano de la víctima recordó haber presenciado muchas discusiones en su casa por el deseo de la joven de irse de Salta y destacó que cuando le surgió la posibilidad de irse a Canadá, no lo dudó.

Afirmó que tras tomar conocimiento por la denuncia pública, sintió odio a sí mismo, por no brindarle a su hermana la confianza necesaria para que se lo contara; y contra los imputados.

Durante la jornada, también declararon una amiga y una excompañera de trabajo de la víctima, quienes recordaron que ésta debió retirarse de un evento público ocurrido en un teatro, donde la víctima sintió malestar al cruzarse al azar con los coimputados. En ese sentido, la amiga de la víctima recordó que la denunciante le contó acerca del episodio y sostuvo que «estuvo con un chico que le gustaba y que pasaron cosas con otros dos que ella no quiso».

Por otra parte, declaró por videollamada desde Córdoba un amigo de la víctima, quien estuvo con ella y los coimputados en un bar, la misma noche, y momentos previos al hecho denunciado. Recuerda que en ese momento la notó en buen estado y que estaba en compañía de los tres imputados.

Indicó que tomó conocimiento de lo ocurrido luego de que la víctima publicara la denuncia en Facebook y advirtió sin conocer entonces los motivos de un rotundo cambio en su estado anímico.

También por videollamada, declaró desde Córdoba una amiga de los coimputados Teruel y Farfán, quien conoció a la víctima por amistades en común. Sostuvo que tomó conocimiento del hecho denunciado por una amiga y que al venir a Salta, habló con los acusados Teruel y Farfán, quienes les contaron que tuvieron relaciones con la víctima.

Durante su declaración, fueron reproducidos audios ofrecidos como prueba por la Fiscalía entre la testigo y el principal imputado, en los que éste le contó sobre lo ocurrido.

Cabe destacar que durante la jornada de ayer, declararon la madre y la pareja de la víctima. La madre afirmó que se enteró de los hechos por la publicación que su hija hizo en Facebook, en la que mencionó a los tres acusados. Sostuvo que se sorprendió y que le constó creerlo, porque el coimputado Farfán era muy amigo de su hija.

Dijo que antes de tomar conocimiento, advirtió bruscos cambios en su hija, quien pasó de ser una persona alegre a gritar de noche y sufrir pesadillas. También advirtió cambios en la alimentación de su hija y un notable decaimiento en sus actividades, ya que estudiaba dos carreras universitarias y también trabajaba.

En tanto, la pareja de la víctima indicó que supo del hecho denunciado a principios de 2017, cuando ella se lo contó y relató que en la actualidad, la víctima todavía sufre depresión y ataques de pánico. Indicó que en el momento de saber que debía comparecer al juicio, se descompensó.

La novena jornada de la audiencia de debate a cargo de la Sala III del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza Carolina Sanguedolce y con la vocalía de los jueces María Gabriela González y Pablo Farah, se desarrollará este martes 5 de octubre, desde las 8.30, en el Salón de Grandes Juicios del Poder Judicial. Para la jornada, está previsto el desarrollo de las últimas testimoniales.

Lautaro Teruel: Declararon psicólogos y peritos del CIF

Este lunes se desarrolló la sexta jornada de la audiencia de debate contra Marco Lautaro Teruel, acusado en una primera causa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño. En la segunda causa, Teruel fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán. Interviene el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid.

Durante la jornada, declararon dos psicólogos del CIF y otro de parte, responsables de evaluar a los imputados Marco Lautaro Teruel y Gonzalo Isaac Farfán, como así también, a la víctima de la primera causa.

En relación al principal acusado, a quien entrevistaron en tres oportunidades, afirmaron que éste asumió la culpa y se mostró preocupado por el bienestar de las víctimas, al tiempo que advirtieron un pensamiento inmaduro, infantil y omnipotente, con indiferenciación sexual. Precisaron que el acusado tiene comprensión de sus actos y que presenta un perfil neurótico obsesivo.

Sostuvieron que la culpa generó en el acusado la necesidad de castigo y perdón, y puntualizaron en que la indiscriminación sexual viene acompañada de la fantasía infantil.

En este sentido, explicaron que el acusado no logró aún diferenciar lo masculino de lo femenino en el desarrollo psicosexual, por lo que desde su mente infantil, es capaz de ver a un menor de edad como un par sexual.

En relación al coimputado Gonzalo Isaac Farfán, una de las psicólogas del CIF, quien lo entrevistó en dos oportunidades, también advirtió un comportamiento inmaduro e infantil, con dificultades en la formación de su personalidad e incapaz de controlar sus emociones. Sostuvo que presenta agresividad y sufre estados de angustia, temor y ansiedad.

También hizo hincapié en que el coimputado presenta fabulación y tiene un pensamiento que lo aleja de la realidad, o bien, necesita transformarla para aceptarla.

En relación a la víctima de la primera causa, los psicólogos indicaron que presenta indicadores compatibles con un avasallamiento sexual y destacaron que existió una asimetría de poder y de conocimiento sexual, lo que llevó a la perplejidad a la menor al momento de los hechos denunciados.

Por otra parte, hicieron hincapié en que no presentó indicadores de mendacidad, fabulación o confabulación.

Además, declararon una perito de Criminalística del CIF, quien actuó de forma conjunta con un dibujante y presentó documentación fotográfica de las inspecciones oculares realizadas en el domicilio del principal acusado, como así también un efectivo policial con revista en la División de Delitos contra la Integridad Sexual, responsable de secuestrar el teléfono celular al coimputado Farfán en la vía pública.  

Durante la jornada también declararon tres peritos informáticos del CIF, responsables de la extracción de datos de teléfonos celulares en el marco de ambas causas acumuladas, quienes ratificaron las tareas e informes periciales desarrollados.

En este sentido, también declaró un perito de parte que realizó un informe pericial acústico sobre los audios ofrecidos como prueba. Concluyó que técnicamente no se puede confirmar ni descartar la autenticidad de los audios y reconoció que las herramientas de edición necesarias no son de acceso al ciudadano común y que la confirmación de la autenticidad le compete a la autoridad judicial.

La séptima jornada de la audiencia de debate a cargo de la Sala III del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza Carolina Sanguedolce y con la vocalía de los jueces María Gabriela González y Pablo Farah, se desarrollará este martes 5 de octubre, desde las 8.30, en el Salón de Grandes Juicios del Poder Judicial.

Abuso Sexual: Piden elevación a juicio contra Marco Teruel por las dos causas

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Sergio Federico Obeid, requirió la elevación a juicio ante el Juzgado de Garantías 7, contra Marco Lautaro Teruel, acusado de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño. En la segunda causa, Teruel está imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán.

El Fiscal realizó el requerimiento de juicio tomando en cuenta la existencia de elementos de convicción suficientes para sostener como probable la participación punible de los imputados y ratificó la calificación provisional otorgada oportunamente.

En la primera causa y tomando en cuenta la existencia de elementos probatorios obtenidos de la investigación a través de pericias psicológicas y psiquiátricas, declaraciones testimoniales, exámenes médicos, análisis telefónicos e informes de inspección ocular, pudo establecerse que Teruel habría cometido diversos hechos de abuso sexual en perjuicio de una niña cuando ésta tenía 10 años y en más de una oportunidad, aprovechando que la víctima frecuentaba su casa para jugar con un familiar.

En la segunda causa, Obeid atribuyó la calidad de coautores a Marco Lautaro Teruel, Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán, por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas.

La imputación se originó en la denuncia de una mujer que relató que durante el verano de 2014, cuando tenía 19 años, fue abusada sexualmente por Marcos Lautaro Teruel, en su domicilio. En tanto, Rodríguez y Farfán habrían participado, según la valoración a la que arribó Obeid, después de analizar numerosos elementos incorporados a la investigación a través de las declaraciones testimoniales, inspecciones oculares, pericias psicológicas, exámenes médicos e inspecciones en teléfonos computadoras y redes sociales de la víctima y los imputados.

Apelan una resolución judicial restrictiva de la libertad de prensa

La fiscal de Delitos contra la Integridad Sexual Nº 1 en feria, Cecilia Flores Toranzos, apeló la resolución mediante la cual la jueza de Garantías 7, María Edith Rodríguez, ordenó restringir la publicidad de actos vinculados con la causa contra Lautaro Teruel; relacionar la causa con “Los Nocheros” y eliminar todos los registros vinculados con la imagen del mismo grupo musical.

La fiscal Flores Toranzos apeló la resolución al entender que a través de la decisión adoptada por la Jueza, “se avanza sobre derechos reconocidos en la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales como base del sistema democrático de gobierno, como así también desconoce el ordenamiento procesal vigente y la obligación de los órganos del Estado de informar a la ciudadanía sobre una causa de interés público atento el contexto de violencia de género en el que se produjeron los hechos”. Y agregó que, “so pretexto de proteger la presunción de inocencia de la que goza el imputado Lautaro Teruel e incluso los derechos de la víctima, se avanza sobre la libertad de prensa en pos de la protección de derechos de terceros, los integrantes del Grupo Los Nocheros, quienes son ajenos a la presente causa y, por ende, el análisis respecto a la posible afectación a sus derechos debió serlo por fuera de estas actuaciones penales”.

Flores Toranzos recordó que tal como lo sostiene la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “la libertad de expresión e información es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática”. Y ello en tanto, la Convención Americana de Derechos Humanos dispone que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección” y que el “ejercicio del derecho…no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores”.

En su apelación, Flores Toranzos citó la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha caracterizado la libertad de pensamiento y de expresión como un derecho con dos dimensiones: una individual, y otra colectiva o social, consistente en el derecho de la sociedad a procurar y recibir cualquier información, a conocer los pensamientos, ideas e informaciones ajenos y a estar bien informada ; y dijo que a partir de ello, el eventual abuso de la libertad de expresión “no puede ser objeto de medidas de control preventivo sino fundamento de responsabilidad para quien lo haya cometido”.

Sumó que, imponiendo un balance entre los derechos del imputado en el proceso penal y el derecho de información de los ciudadanos, el Art. 263 del Código Penal, bajo el título “Información a la prensa” , reconoce el derecho de la sociedad a tomar conocimiento de las decisiones que los órganos de la justicia adopten durante la Investigación Penal Preparatoria, derecho que habrá de canalizarse a través de la prensa, hasta tanto se arribe al Plenario, el cual por definición es público, permitiendo el conocimiento y control directo por parte del ciudadano de los hechos que se traten.

En el mismo sentido, Flores Toranzos dijo que “surge como agravio para esta Fiscalía, que la cita y análisis de ese artículo del Código Penal, fueron omitidos a lo largo de la resolución” de la jueza Rodríguez, “constituyendo una circunstancia de gravedad institucional que la resolución del 28 de junio, la desconozca”; y en consecuencia, que restrinja arbitrariamente el ejercicio de una facultad asignada por la ley en pos de armonizar los derechos antes mencionados.

Flores Toranzos concluyó que la decisión de la Jueza, sobre el tratamiento que le brindaran los medios de comunicación a la situación del imputado y su vínculo con los presentantes y el grupo musical que ellos conforman, “se tradujo en una restricción indebida a la libertad de de prensa y, con ello, los derechos a la información y libertad de expresión y pensamiento de los ciudadanos”.

Por otra parte, dijo que la afirmación hecha por la Jueza, en el sentido de que la necesidad de “limitar la información o en su caso adecuar la misma, surge latente” “ya que por un lado la gravedad de los hechos que están siendo investigados amerita la extremada prudencia en la información por afectación a garantías constitucionales y para llevar adelante una investigación libre y espontánea despojada de cualquier subjetividad que pueda surgir a partir de las apreciaciones públicas”, no encuentra sustento en las constancias de la causa pues la Fiscalía que tiene a su cargo la tarea de investigar los hechos, no ha esgrimido ningún tipo de afectación ni peticionado restricción en tal sentido. Y le remarcó que “el propio ordenamiento jurídico le brinda la herramienta de disponer la reserva total o parcial de las actuaciones”, a través del secreto de sumario.

El fallo apelado
El viernes 28 del corriente, la jueza Rodríguez ordenó “a las partes intervinientes en el proceso y a toda persona que por su función o participación tuviera acceso a las actuaciones, se abstengan de revelar a terceros y especialmente a los medios masivos de comunicación, a cerca de los actos procesales, datos y/o pruebas colectadas en el marco de la investigación penal preparatoria, de conformidad a lo expresado en los considerandos y normas legales invocadas, en el marco de la causa “Teruel, Lautaro por exhibiciones obscenas agravadas y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) todo en concurso real en perjuicio de una menor”.

La Jueza también ordenó precautoriamente “a los medios masivos de comunicación locales y nacionales que en ocasión de informar se abstengan de publicar y/o difundir la imagen y o el nombre de Mario Teruel, César “Kike” Teruel, Álvaro Teruel, Rubén Ehizaguirre y del grupo musical denominado “Los Nocheros”, relacionando a los mismos con la presente causa” y ordenó la eliminación, anulación, borrado y/o desactivación de todos los registros informáticos de imágenes, videos, datos, comentarios, link, historiales, sitios, vínculos y/o motores de búsqueda que relacionan la imagen y/o nombre de Mario Teruel, César “Kike” Teruel, Álvaro Teruel, Rubén Ehizaguirre y del grupo musical denominado “Los Nocheros”. El fallo fue notificado al Ente Nacional de Comunicaciones – ENACOM- y a la oficina de Prensa del Poder Judicial de Salta.