Caso Jimena Salas: Los acusados vinculados a delitos contra la propiedad y contra las personas

Del avance de la investigación y ante evidencia que vincula a estas personas a otras actividades delictivas, la Unidad Fiscal que investiga el homicidio calificado de Jimena Beatriz Salas, corrió vista a las Fiscalías que por jurisdicción correspondan para que se investiguen estos hechos.

La Unidad Fiscal integrada por la fiscal penal de la Unidad de Femicidios, Mónica Poma, el fiscal penal de Graves Atentados contra las Personas, Leandro Flores y el fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, informó que del curso de la investigación que llevan adelante y del análisis de numerosos objetos secuestrados oportunamente a los tres hombres imputados, se pudo determinar la presencia de bienes que habrían sido violentamente sustraídos en distintos hechos delictivos.

Al ser entrevistados los titulares de las tarjetas bancarias, de las tarjetas transporte y de los documentos de identidad secuestrados, manifestaron haber sido despojados de los mismos en hechos delictivos donde en algunos casos aportaron características de sus agresores y en otros, precisaron la identidad de los causantes.

Con estos elementos se corrió vista a las Fiscalías que por jurisdicción correspondan a los hechos, para que tomen intervención.

Asimismo, y a partir de la detección de irregularidades o desvíos en la recepción y distribución de donaciones y/o mercaderías provenientes de instituciones de bien público, destinadas a comunidades originarias de Santa Victoria Este, se corrió vista a la Unidad de Delitos Económicos Complejos para que inicie una investigación al respecto.

Avanza la producción de medidas probatorias en la causa Jimena Salas

En el marco de la investigación penal llevada adelante por la Unidad Fiscal en la causa por el homicidio calificado de Jimena Beatriz Salas, ocurrido el 27 de enero de 2017 en la localidad de Vaqueros, se realizaron nuevas diligencias tales como recepción de testimonios, pericias genéticas a otros familiares de los imputados y extracción de información de dispositivos tecnológicos, entre otras.

La Unidad Fiscal integrada por la fiscal penal de la Unidad de Femicidios, Mónica Poma, el fiscal penal de Graves Atentados contra las Personas, Leandro Flores y el fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, informó que se continúa con la realización de pericias informáticas, de Criminalística, Genéticas y recepción de testimoniales.

Los fiscales señalaron que en relación a la recepción de testimonios, se produjo la declaración de nuevas personas, quienes solicitaron hacerlo bajo identidad reservada por sentir temor a futuras represalias. Estas personas aportaron información que confirma la participación de uno de los tres imputados en el hecho y reconocieron en las fotografías incorporadas a la causa, una silueta similar a la de uno de los acusados.

Los integrantes de la Unidad Fiscal señalaron que se produjeron nuevos testimonios, que aportaron información sobre actividades y hábitos de los imputados y aluden a circunstancias previas y posteriores al hecho.

Un testigo realizó además el aporte de una fotografía, donde se aprecia a una mascota con similares características de raza, tamaño y color a la que se exhibe en las fotografías que obran en la causa desde 2017 y que son de público conocimiento.

Los fiscales señalaron que se encuentran en cumplimiento todas las medidas dispuestas para lograr el esclarecimiento del hecho investigado, tales como pericias genéticas, extracción de información de los numerosos elementos informáticos secuestrados en los domicilios de los imputados y otras.

Caso Jimena Salas: Avanza el cumplimiento de distintas medidas dispuestas

Prosigue la recepción de testimoniales, análisis de informes solicitados a distintas entidades, cámaras de seguridad, elementos informáticos, además de extracción y análisis de muestras genéticas que fortalecen las sospechas de la línea investigativa.

Continúan las actuaciones en el marco de la investigación penal llevada adelante por el Ministerio Publico Fiscal en la causa por el homicidio calificado de Jimena Beatriz Salas, ocurrido el 27 de enero de 2017 en la localidad de Vaqueros.

En relación al perfil genético de uno de los tres imputados, cuyo cotejo arrojara una coincidencia perfecta con 14 muestras tomadas en la escena del crimen, cabe destacar que tales patrones fueron recogidos en el año 2017 e incorporados a las actuaciones desde aquella fecha. Se considera oportuno señalar que las mismas corresponden a sangre del imputado encontrada en distintos puntos y objetos de la vivienda de barrio San Nicolás, entre ellos, en el hombro de la remera de una de las hijas de la víctima, como así también en acolchado, piso de la cocina, goteo en el pasillo y habitación principal. El perfil genético se lee a partir de un electroferograma que es obtenido del secuenciador automático. Ese perfil genético consta en los informes emitidos en la causa desde el año 2017, y fueron remitidos en formato papel y digital a todas las bases de datos operantes en la República Argentina (Mendoza, La Pampa, Córdoba, Entre Ríos y Salta) y al Registro Nacional de Datos Genéticos.

Abona la certeza de las conclusiones que dichas muestra se tratan de perfiles únicos, de un solo individuo y no perfiles mezclados.

Tanto en el informe preliminar del Servicio de Biología Molecular del CIF, como en el informe final conjunto con la intervención de peritos de parte de la defensa, se concluyó en el cotejo positivo del perfil genético de las muestras catalogadas como H1 con el perfil genético del imputado Javier Saavedra.

Por otra parte, la Unidad Especial de Investigación continúa con la elevación de informes de análisis de material obrante en la causa, principalmente de las cámaras de seguridad donde se concluye la presencia de vehículos de propiedad de los imputados Carlos Damián Saavedra y Adrián Guillermo Saavedra, ahora secuestrados, situados en las inmediaciones del lugar del hecho, en día y hora precisa.

En la presente semana, se agregó cuantiosa prueba informativa proveniente de informes solicitados a distintos organismos tales como universidades, empresa Aguas del Norte y otros, que de ningún modo otorgan credibilidad a las manifestaciones exculpatorias vertidas durante las audiencias de imputación.

Respecto a la recepción de testimonios aportados por la defensa técnica de los acusados, no se produjo la contribución de información de relevancia para la investigación ya que estos dichos, aluden a circunstancias previas y posteriores al hecho.

En cuanto a las pericias genéticas iniciadas a familiares de los acusados, la próxima semana se realizará el cotejo con la intervención de la perito de parte, por lo que aún no existe ningún tipo de resultado.

Finalmente se destaca que en el marco de la investigación, se cumplen nuevas pericias genéticas y de extracción de información de los numerosos elementos informáticos secuestrados en los domicilios de los imputados.

Caso Jimena Salas: Inició el cotejo genético

Es en el marco de la investigación penal llevada adelante por el Ministerio Publico Fiscal en la causa por el homicidio calificado de Jimena Beatriz Salas, ocurrido el 27 de enero de 2017 en la localidad de Vaqueros.

Este jueves se dio inicio al acto del cotejo genético de las muestras oportunamente procesadas y secuenciadas, en el marco de la investigación por el homicidio de Jimena Salas.

La pericia se inició con la intervención de los peritos propuestos por la defensa de los tres imputados en resguardo de sus garantías constitucionales, además de los profesionales del Laboratorio del Servicio de Biología Molecular del DTC (Departamento Técnico Científico), del CIF.

En esta instancia se cotejarán las muestras de ADN de los tres imputados en la causa, con la prueba genética recolectada en la escena del crimen. Los resultados obtenidos se integrarán a medidas probatorias e indicios aportados en esta nueva etapa, por parte de los investigadores que trabajan con la Unidad Fiscal.

Cabe recordar que el Servicio de Biología Molecular que integra el Laboratorio Forense del CIF, cuenta con un Departamento de Genética donde además funciona el Banco de Datos Genéticos de la provincia de Salta, e integra la Red Nacional de Bancos de Datos Genéticos. El estándar internacional implementado es la Norma ISO 17025, que otorga competencia técnica y validez a los resultados de las determinaciones analíticas.

Caso Jimena Salas: Investigan diversas situaciones vinculadas con el procedimiento de detención de un imputado y el episodio acaecido durante su traslado

Mediante una investigación preliminar, se solicitaron informes a organismos y dependencias intervinientes en la causa.  Analizarán entre otras diligencias, las cámaras de seguridad de los accesos, como así también las diferentes revisaciones médicas efectuadas durante el día de detención y traslado de un imputado por el caso Jimena Salas. 

El fiscal penal Facundo Ruiz de los Llanos, a cargo de la Fiscalía de Derechos Humanos, se encuentra a cargo de la investigación preliminar por denuncias referidas de parte de Javier Saavedra, imputado en la causa Jimena Salas, disponiendo distintas diligencias a fin de reunir elementos probatorios. 

En el marco de la actuación, se solicitó al Juzgado de Garantías de Tartagal Nº 2, informe sobre los procedimientos, como así también los reconocimientos efectuados por profesionales médicos, en el Distrito Norte. 

En tanto, al Juzgado de Garantías Nº 5 de Salta, se le requirieron los respectivos informes y el aporte de las multiples revisiones médicas que se efectuaron en cada etapa del procedimiento. 

El fiscal además solicitó a la División Homicidios, detallados informes respecto a su intervención en la tramitación de la detención del imputado y su ingreso a la Alcaidía General de la Provincia de Salta. 

Finalmente, a la Dirección del CIF, se le ordenó la entrega, preservación y resguardo de las filmaciones del sistema del circuito interno de cámaras de seguridad del edificio. 

Las diligencias fueron dispuestas a los fines de profundizar el análisis de la investigación destinada a esclarecer los hechos denunciados. 

Paralelamente, el fiscal penal Rodrigo González Miralpeix, subrogante en la Fiscalía Penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en turno, lleva adelante la investigación por las denuncias interpuestas por el personal policial que trasladaba al mismo Javier Nicolás Saavedra, a quien ya se recepcionó audiencia de imputación como presunto autor del delito de homicidio calificado por alevosía, por ser medio idóneo para crear un peligro común y por estar dirigido a un miembro de las fuerzas policiales, todo en grado de tentativa; oportunidad en que acompañado de su defensor particular, dio su versión de lo ocurrido. 

Para el acusado, se ordenó prisión preventiva en el riesgo procesal de la fuga y el entorpecimiento de la investigación que se encuentra en curso.

Corresponde recordar que el hecho sucedió el pasado miércoles en la jurisdicción de General Güemes, en ocasión en que el denunciado era trasladado por una comisión desde la ciudad de Tartagal hacia la ciudad de Salta en una camioneta oficial a fines de ser imputado en la causa que se investiga el crimen de Jimena Salas. Al llegar la comisión a la altura de la localidad de General Güemes, y en el momento en el que de frente y por el carril contrario circulaba un camión de grandes dimensiones, el acusado -que viajaba esposado en la parte trasera junto a dos custodios- se habría abalanzado sobre el conductor del vehículo, intentando quitarle el dominio del mismo y provocándole lesiones.

Lo acontecido, fue inmediatamente puesto en conocimiento tanto de los fiscales a cargo de la Unidad Fiscal que ordenara los procedimientos, como así también de la Sra. Jueza de Garantias interviniente a cargo del Juzgado de Garantias N° 5. 

Nueva Unidad Fiscal investigará el crimen de Jimena Salas

 El Procurador General de la Provincia Pedro García Castiella dispuso mediante el dictado de la Resolución 1328 del día de la fecha, la creación de una nueva Unidad Fiscal para intervenir en el Legajo de Investigación Nº 67/2019 de la UGAP (AP 49/2017 de la Sub comisaría Vaqueros), a fines de dar continuidad a la investigación del caso y cumplir con la premisa constitucional del afianzamiento de la Justicia y promover la actuación de la misma en defensa de la legalidad y los intereses generales de la sociedad, como así también abastecer no solo el mandato constitucional que impone la actividad acusatoria, de perseguir -debido proceso mediante- el enjuiciamiento y  eventual imposición del castigo penal al o los responsables del delito, sino también el derecho a la verdad, todo conforme a los paradigmas consagrados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

La resolución aludida, señala “Que teniendo en cuenta el estado actual de las actuaciones tramitadas mediante Legajo de Investigación N° 67/2019 de la Unidad de Graves Atentados a las Personas (AP N° 49/2017 de la Sub Comisaría Vaqueros) ,corresponde a este Procurador General que, con el fin de asegurar un eficiente y adecuado desempeño de las funciones acusatorias, adoptar medidas tendientes a favorecer ese rol, que implica cumplir con el mandato constitucional de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad (art. 166, letra a, Constitución de Salta).

Que, en ese sentido, resulta indispensable dar continuidad a la investigación del caso, estableciendo que la representación del Ministerio Público Fiscal se ejerza por magistrados diferentes a los que hasta ahora intervinieron”

La nueva Unidad Fiscal estará integrada por la Sra. Fiscal Penal Especializada en Femicidios, Mónica Susana Poma, el Fiscal Penal de Graves Atentados a las Personas, Leandro Flores y el Fiscal Penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, quienes deberán asumir de manera conjunta, con la colaboración de sus respectivos Auxiliares”.

Se agrega que la Corte de Justicia de Salta en el dia de ayer, 5 de abril, dictó sentencia desestimando la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en el proceso judicial hasta ahora llevado a cabo, agotando así de este modo la instancia recursiva por resultar el máximo tribunal de la Provincia.

Caso Salas: Interponen recurso de queja y piden que se respete el derecho a justicia de la víctima de femicidio

Los fiscales Ana Inés Salinas Odorisio, Gustavo Torres Rubelt y Ramiro Ramos Ossorio, interpusieron un recurso de queja ante el Tribunal de Impugnación, en relación a las actuaciones originarias del Tribunal de Juicio Sala VII, caratuladas Vargas, Sergio Horacio – Cajal Gauffin, Nicolás Federico, por los delitos de homicidio triplemente calificado en calidad de partícipe secundario y encubrimiento. Ambos fueron absueltos por el beneficio de la duda. El MPF apeló el fallo, pero el Tribunal de Juicio rechazó el recurso. Ahora, recurrieron en queja.

El recurso de queja interpuesto fue sobre el pronunciamiento del Tribunal de Juicio Sala VII el  29 de junio de 2021, en el que resolvió no conceder el recurso de casación interpuesto por los fiscales Ana Inés Salinas, Ramiro Ramos Ossorio y Gustavo Torres Rubelt, por extemporáneo. El fallo fue notificado el 29 de junio de 2021. Por ello, este jueves solicitaron que el Tribunal de Impugnación admita la queja y declare mal denegado el Recurso de Casación interpuesto por los fiscales.

Los fiscales también consideraron que la resolución impugnada resulta arbitraria y constituye un acto ex profeso de denegación de justicia manifiesta. En el escrito, hicieron hincapié en la mala fe del tribunal, al decidir en su fallo, -virtualmente-, cerrar el caso, cuando constaba en expedientes que el propio Tribunal conocía de antemano la situación de salud de los tres fiscales.

En el recurso de queja, los fiscales recordaron que del 3 al 26 de mayo pasado tuvo lugar el  Debate Oral y Público contra Vargas y Cajal. En ese contexto, el miércoles 26 de mayo se reanudó el debate para las instancias de réplica y dúplica de las partes, y solo pudieron estar los fiscales Ana Inés Salinas y Ramiro Ramos Ossorio, ya que Torres Rubelt -quien sí estuvo durante los 21 días de audiencia precedentes-, presentaba sintomatología compatible con COVID 19. Tal situación fue informada expresamente al Tribunal interviniente antes de la réplica. El mismo día se dictó el pronunciamiento absolutorio en favor de Sergio Vargas y Nicolás Cajal Gauffin

El 27 de mayo, Ramos Ossorio comenzó a padecer idénticos síntomas, lo que fue informado al Servicio Médico del Ministerio Público Fiscal, y en forma privada por Secretaría del Tribunal, para que se adopte el protocolo pertinente, por haber compartido los fiscales la sala con todas las demás personas participantes del proceso. Ramos Ossorio fue confirmado positivo para Covid el 29 de mayo y las constancias respectivas fueron aportadas al Tribunal. Quedó aislado y bajo tratamiento médico.

En consecuencia, el Servicio Médico del Ministerio Público resolvió extender el aislamiento obligatorio para Torres Rubelt por el término de 12 días, desde el 25 de mayo y hasta el 8 de junio, inclusive. A su vez,  Salinas fue clasificada como “Contacto Estrecho” y se ordenó su aislamiento preventivo y obligatorio por 10 días, del 26 de mayo al 6 de junio. Claramente, los tres integrantes de la unidad fiscal se encontraban sometidos al aislamiento obligatorio por COVID positivo hasta el 7 de junio y sin poder contactarse con otras personas, de lo cual se acompañaron constancias del servicio médico y particulares.

Lectura de fundamentos, con ausencia del MPF

El 4 de junio, el Tribunal dispuso la Lectura de los Fundamentos y dejó constancia de que no estaban presentes las partes. Resaltaron los fiscales que el conocimiento de las razones legales del fallo en cuestión, resultó imposible de cumplir para los tres, por razones de seguridad y salud pública (caso fortuito- fuerza mayor), circunstancia que fue comunicada a la Secretaría del Tribunal. Recién el 7 de junio, Salinas pudo efectivamente contar con los fundamentos de la sentencia.

Por último, el 29 de junio el Tribunal de Juicio rechazó el recurso de Casación, y aludió a su extemporaneidad, por haber sido presentado a horas 12:23 por Mesa Virtual del Poder Judicial. Dijeron los fiscales que sin perjuicio de no compartir el criterio sostenido por el Tribunal en su denegatoria para el inicio del cómputo de los plazos casatorios y aún en el supuesto de admitirse esa interpretación, existen razones de orden constitucional y convencional que permiten sostener la admisibilidad formal de la vía recursiva intentada.

En su expresión concreta de agravios, los fiscales entendieron que la denegatoria del recurso de casación interpuesto contra la decisión del Tribunal de Juicio que resolvió absolver a Sergio Horacio Vargas del delito de Homicidio cuádruplemente calificado por ser cometido con ensañamiento, alevosía, criminis causae y violencia de género, en calidad de partícipe secundario por el beneficio de la duda; y a Federico Nicolás Cajal Gauffin, en calidad de autor del delito de encubrimiento agravado, también “in dubio pro reo” y no hacer lugar a la demanda; manifiesta la arbitraria posición de vedar la vía recursiva, y en consecuencia, privaría a la víctima de Femicidio de su derecho a acceder a la justicia, un derecho de raigambre constitucional y convencional. En el mismo sentido, dijeron queel derecho de acceso a la víctima a la justicia, debe prevalecer sobre el estricto plazo legal procesal y que en cambio, debe prevalecer sobre el exceso de rigorismos formales solo por sostener un criterio de interpretación de estricto carácter legal absolutamente desprovisto del bloque de convencionalidad y del actual contexto pandémico.

En definitiva, se valoró de manera inadecuada las circunstancias fácticas y excepcionales existentes al momento de recurrir. Con ello, se convalidaría, sin derecho a revisión, una sentencia absolutoria injusta. También consideraron que se estaría priorizando las formas en “stricto sensu” y que esas formas, pasarían a tener supremacía sobre el derecho a la víctima a recurrir una sentencia absolutoria, denegando justicia con clara vulneración a sus garantías constitucionales.

Se suma a ello que la voluntad de recurrir en plazo está debidamente probada pues se presentó el recurso el mismo día del vencimiento. Además, dijeron los fiscales, demostraron inequívocamente su interés permanente en llevar adelante el caso y obtener las condenas correspondientes.

Agregaron que el Tribunal de Juicio, siempre respetó los protocolos sanitarios vigentes en virtud de la pandemia, condicionamientos que impregnaron en toda su extensión el juicio. No obstante ello, se registró un contagio efectivo durante las audiencias y aún así, el Tribunal rechazó el planteo, remitiéndose a la normativa procesal en forma rigurosa y sin ponderar la situación sanitaria vigente. En consecuencia, cercenó la posibilidad de la revisión del pronunciamiento.

En la misma línea, los fiscales abundaron con fallos y jurisprudencia específica y acorde a la crisis sanitaria que por supuesto, también modificó el funcionamiento de las estructuras de la administración de Justicia, considerada un servicio esencial para la sociedad. Por caso, y más específicamente en la actuación ante las instancias revisoras, con interpretaciones flexibles y para evitar incurrir en excesivos ritualismos procesales, el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón Sala II establece que: “Corresponde tener por presentada en tiempo y forma la expresión de agravios, ya que las estructuras procesales han sido pensadas para funcionar en épocas, y circunstancias, de normalidad, no en el medio de una emergencia sanitaria derivada de una pandemia. El tribunal debe acudir a las soluciones que balanceen el derecho a la tutela judicial efectiva de todos los involucrados, haciendo lo necesario para que los procesos avancen pero, paralelamente, morigerando la estrictez de las reglas procedimentales, para evitar que —en el camino— algún derecho sea mancillado y quede en el camino”.

Justamente, el Debate en cuestión fue programado en un período de absoluta emergencia sanitaria y las partes consintieron las alternativas propias de un juicio efectuado en circunstancias que no resultaban “normales”, tales como recibir declaraciones testimoniales por vía remota, audiencias sin público, suspensión o postergación de audiencias por turno de vacunación para los jueces, entre otras y priorizando el sentido común.

Señalaron también que resulta absolutamente contradictorio que el Tribunal de Juicio adopte medidas y recaudos de orden “preventivo”, -pero no contempladas en la ley de forma- para evitar la propagación del virus y eventual contagio, mientras que, cuando efectivamente se registra un contagio positivo, cierto, efectivo, y científicamente comprobado, se remita a la literalidad de la norma.

Tanto es así, que conminaron a las partes a hacerse presentes en la Sala de Audiencias para la lectura a los fundamentos de su fallo y sin atender a la condición de salud debidamente expuesta en audiencia y que impedía a los tres fiscales presentarse al recinto sin incurrir en conducta delictiva (Art. 205 del C.P.), sin poner en riesgo o comprometer su propia salud o existencia física, o bien, afectar la salud de terceros, al exponerlos a un eventual contagio.

El Tribunal no instrumentó la lectura de fundamentos de manera virtual, a pesar del aislamiento de los tres fiscales

A pesar de tener los medios legales para instrumentar la audiencia prevista para la lectura de los fundamentos de manera virtual y no presencial como lo hicieron, el Tribunal no lo hizo. Ello, a pesar de que conocen sus integrantes las acordadas de la Corte de Justicia que implementaron la notificación electrónica como consecuencia de la situación de pandemia y que además está previsto y regulado por ley provincial  Nº 8196 de Audiencias Virtuales.

Los fiscales recordaron  que hay constancia de Secretaría del Juzgado por la que se informa que el  4 de junio por la secretaria de Juzgado, Emilia Silisque, remitió copia de los fundamentos del fallo a los mails particulares (no oficiales) de los fiscales a las 16:21, constancia que fue llamativamente incorporada de inmediato luego de la presentación del defensor Luciano Romano, realizada el día 25 de junio, como consta en el expediente. Esa actitud fue claramente articulada a fin de proveer favorablemente las presentaciones recursivas realizadas por las Defensas.

Entonces, si se pretende tener por válida la notificación materializada por mail privado, hay que tener en cuenta que en ambas páginas oficiales de las Mesas Virtuales, tanto del Ministerio Público, como del Poder Judicial, es clara la leyenda que reza que “para supuestos de escritos presentados en un día u hora inhábil, el inicio del cómputo del plazo comenzará a correr a partir del siguiente día y hora hábil”, por lo que aún allí, y otorgándole virtualidad oficial a dicho procedimiento de notificación; el mail fue remitido posterior al horario de oficina o en horario procesalmente inhábil (a las 16:21 del 4 de junio),  lo que ubica el plazo de inicio del cómputo de los términos, nuevamente en 7 de junio (primer día hábil posterior) y el plazo, comenzaría a correr el 8 de junio.

Los fiscales citaron jurisprudencia referida al exceso ritual manifiesto y cómo se enfatiza en que las formas no pueden impedir el acceso a la verdad y la justicia.

También fundamentaron por qué no hubiesen podido ser reemplazados por otros funcionarios, pues la complejidad del proceso, el devenir y magnitud de la causa, sus pormenores y alternativas del debate, sólo fueron materia de conocimiento de quienes participaron. Con ese criterio se estaría propiciando un desequilibrio en el interés procesal de la Defensa y del Ministerio Público Fiscal, dijeron.

La posibilidad de habilitar la revisión del recurso, importa un componente ineludible de la estructura legal que debe atender todo proceso penal que se precie de ser “debido” o justo, e importa la observancia de las garantías del imputado y la contemplación de las prerrogativas que protegen al interés de las  víctimas, -representadas por el Ministerio Público Fiscal-, en obtener una respuesta estatal que atienda a su derecho constitucional de ser oídas.

Los fiscales citaron jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sobre el deber de los jueces de ejercer de oficio el control de convencionalidad entre las normas internas, la Convención y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y afirmaron que resulta de absoluta justicia habilitar la revisión del pronunciamiento del Tribunal de Juicio, que desatendió circunstancias fácticas de las cuales tenía cabal conocimiento y que no se condicen con la buena fe procesal que todas las partes exhibieron a lo largo del desarrollo del proceso. Y que las circunstancias extraordinarias, de fuerza mayor (Pandemia por Covid19), condicionan los actos jurídicos, pero no habilitan a presumir la ausencia de vocación impugnativa del MPF.

Remarcaron los fiscales que recién pudieron acceder materialmente a los fundamentos el 7 de junio y que los fundamentos fueron cursados de manera efectiva y sin las formalidades del caso (porque fueron remitidos por mails particulares, y no mediante las páginas y mecanismos de notificaciones oficiales),  aún así,  el recuso de apelación fue interpuesto en tiempo oportuno. Esto, porque al haberse notificado fuera de horario de oficina (horario inhábil – 16.30 del 4 de junio), se tiene por día de notificación, el primer día hábil posterior, esto es nuevamente, el 7 de junio último.

Jimena Salas: inicia la segunda semana de juicio

Este lunes, al reanudarse la audiencia de debate contra Sergio Vargas y Nicolás Cajal Gauffín, declararan ocho testigos, entre los que se cuenta personal policial, vecinos y peritos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales.

Desde las 8 de este lunes, se reanudará en la Sala de Grandes Juicios del Poder Judicial, la audiencia de debate contra Sergio Horacio Vargas como partícipe secundario del delito de homicidio triplemente calificado por ser cometido con alevosía y ensañamiento y por precio de o promesa remuneratoria en perjuicio de Jimena Beatriz Salas y en contra de Nicolás Federico Cajal Gauffin como autor responsable del delito de encubrimiento agravado en perjuicio de la administración de justicia.

Los jueces Francisco Mascarello, Federico Diez y Federico Armiñana Dohorman recibirán el testimonio de ocho testigos entre los que se cuenta a personal policial, vecinos de barrio San Nicolás en Vaqueros y peritos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales que tuvieron intervención durante la investigación.

Representa al Ministerio Público, los fiscales penales Ana Inés Salinas Odorisio, Gustavo Torres Rubelt y Ramiro Ramos Ossorio.

Jimena Salas: se analizaron las telecomunicaciones y el funcionamiento de la alarma

Durante la jornada de este viernes, declararon dos peritos del CIF, la psicóloga que realizó la autopsia psicológica de la víctima, una mujer que mantenía una relación íntima con uno de los imputados y un oficial de la Policía de la Provincia que expuso sobre el análisis de comunicaciones de los imputados y sobre el funcionamiento de la alarma de la vivienda.

Los jueces que integran el Tribunal de la Sala VII de Juicio, recibieron este viernes el testimonio de dos peritos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales que trabajaron en la investigación y una psicóloga que realizó una autopsia psicológica de la víctima a partir de entrevistas con personas que integraban su círculo más próximo.

Declaró también una mujer que trabajaba junto a Cajal Gauffín y que reconoció que mantenían una relación de carácter intimo desde 2011 o 2012 y que se extendió hasta tiempo después del fallecimiento de Salas. Aseguró que era una relación sin compromiso y que tenían encuentros esporádicos.

La más extensa fue la exposición de un oficial de la Policía de la Provincia que tomó intervención en la investigación seis meses después de ocurrido el hecho a través de la Unidad de Investigaciones Especiales del Ministerio Público y se encargó del análisis de telecomunicaciones y del funcionamiento de la alarma de la vivienda de la víctima.

Con soporte multimedia, se refirió al análisis de las comunicaciones de ambos imputados y al análisis de todas las comunicaciones registradas en la zona adyacente a barrio San Nicolás durante horas previas y posteriores al hecho.

Quedó establecido mediante el análisis de informes solicitados a las empresas de telefonía y a la empresa Facebook, que el imputado Vargas, pese a sostener que no tenía teléfono, al momento del hecho usaba cuatro líneas telefónicas.

Respecto al imputado Cajal Gauffín, se expuso sobre las comunicaciones que mantuvo minutos antes de llegar a su domicilio y encontrar a su mujer sin vida y las que estableció con posterioridad.

Respecto al informe del funcionamiento de la alarma con la que contaba la vivienda de la pareja, mediante datos aportados por la empresa prestadora, quedó determinado que la misma dejó de funcionar el día 26 de enero de 2017 por la tarde sin motivo aparente y se restableció de la misma forma el día 30 de enero.

En la exposición y de un entrecruzamiento de datos, el testigo sostuvo que se pudo establecer que el día 26 de enero, Cajal Gauffín estuvo solo en su casa y que la empresa de la alarma le reportó la falla, la cual no informó a los efectivos intervinientes, constituyendo junto a otros datos que aportó, elementos que produjeron un desvío en la investigación.

Jimena Salas: este jueves declara personal del CIF

Se encuentran citados ocho testigos, entre los que se cuenta a personal profesional del Cuerpo de Investigaciones Fiscales que participó de la etapa investigativa con la realización de distintas medidas probatorias.

En la audiencia de debate que se sigue contra Sergio Horacio Vargas como partícipe secundario del delito de homicidio triplemente calificado por ser cometido con alevosía y ensañamiento y por precio de o promesa remuneratoria en perjuicio de Jimena Beatriz Salas y en contra de Nicolás Federico Cajal Gauffin como autor responsable del delito de encubrimiento agravado en perjuicio de la administración de justicia, se cumple este jueves, la cuarta jornada.

Está previsto que los jueces Francisco Mascarello, Federico Diez y Federico Armiñana Dohorman, reciban la declaración de ocho testigos, entre los que se cuenta el médico que realizó la autopsia de Jimena Salas y otros profesionales del Cuerpo de Investigaciones Fiscales que tuvieron desempeño durante la etapa investigativa.

Representan al Ministerio Público Fiscal, los fiscales penales Ana Inés Salinas Odorisio, Gustavo Torres Rubelt y Ramiro Ramos Ossorio.