Amplían acusación para un hombre por el homicidio de una persona que resultó con quemaduras

El hecho ocurrió durante la mañana del 23 de julio pasado en inmediaciones de la terminal de ómnibus de la ciudad de Salta y el damnificado, quien aún no fue identificado, estuvo internado con pronóstico reservado y falleció en las últimas horas. El acusado, quien posee antecedentes condenatorios, permanece con prisión preventiva.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, informó que ante el deceso de un hombre que aún no fue identificado, se decidió ampliar la acusación para un hombre mayor de edad, de tentativa de homicidio a homicidio simple.

El acusado estuvo acompañado de un defensor oficial y tras conocer la imputación en su contra, se abstuvo de declarar. El acusado permanece detenido con prisión preventiva en atención a los sendos antecedentes condenatorios que posee.

Según el relevamiento de testigos y análisis de cámaras de seguridad, el personal de la Unidad de Investigación UGAP identificó al acusado como la persona con la que la víctima mantuvo una pelea durante la mañana del domingo y como quien le prendió fuego.

El damnificado fue asistido por terceras personas y trasladado al hospital San Bernardo, donde permaneció internado con pronóstico reservado debido a la gravedad de las quemaduras sufridas en distintas partes del cuerpo y falleció en las últimas horas.

Se busca identificar a un hombre que falleció tras sufrir quemaduras

El hecho ocurrió el pasado 23 de julio en la zona de la terminal de ómnibus de la ciudad de Salta, cuando un hombre de entre 30-35 años resultó con graves quemaduras que derivaron en su muerte. Se solicita la colaboración de la comunidad para su identificación.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, en el marco de una investigación que lleva adelante por un hecho ocurrido el pasado mes de julio, donde un hombre que frecuentaba la zona del parque San Martín resultó con quemaduras que derivaron en su muerte en las últimas horas, solicita la colaboración de la comunidad para establecer su identidad.

De las numerosas tareas desplegadas para su individualización, se pudo conocer que se trata de un hombre de entre 30 y 35 años, de 1.60 mts de altura, tez clara, cabello negro lacio sin canas y que usaba barba.

Como característica particular, cojeaba con la pierna derecha y frecuentaba durante el día el parque San Martín, en la zona de calle Catamarca.

Usaba una campera azul, un pantalón de gimnasia con una franja lateral y se lo veía con un letrero colgado del pecho.

Según testigos entrevistados, no se caracterizaba por sociabilizar y se daba a conocer como “Diego”.

Todo aquel ciudadano que pueda aportar datos ciertos sobre la identidad del fallecido, puede comunicarse al correo electrónico fiscalíagap2@mpublico.gob.ar o al teléfono 4258000 interno 7700 o a la dependencia policial más próxima.

 

 

Fue imputado por un atentado contra un hombre que resultó con quemaduras

Acceso Norte: Condenado por causar un siniestro vial con víctima fatal

Ocurrió durante la mañana del martes 3 de mayo de 2022, cuando un ciclista que se dirigía a trabajar en un barrio privado, fue embestido por una camioneta que circulaba en igual sentido y a exceso de velocidad. El acusado deberá cumplir reglas de conducta.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala I del Tribunal de Juicio del distrito Centro, en la audiencia de juicio abreviado contra Juan Alberto Bazán como autor del delito de homicidio Culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor agravado por el exceso de velocidad en perjuicio de Jesus Santos Córdoba.

El hecho ocurrió durante la mañana del 3 de mayo de 2022 sobre el Acceso Norte, a la altura del acceso a Valle Escondido, cuando el conductor de la camioneta, excediendo la velocidad permitida, embistió al ciclista, quien circulaba en idéntico sentido.

El juez Leonardo Feans, luego de recibir la confesión del acusado, le impuso una pena de 3 años de ejecución condicional, 5 años de inhabilitación especial y reglas de conducta.

Fiscal de Derechos Humanos solicitó el cese inmediato de una medida de sujeción ilegal impuesta a un detenido con padecimiento mental

Fue tras evaluar la documentación aportada, informe de pericia psiquiátrica y otros informes relacionados. Pidió también se emita una recomendación para que se realicen las modificaciones necesarias en el Manual de Procedimientos de la Alcaidía General de la Provincia, garantizando así el respeto de los derechos de las personas con discapacidad y el cumplimiento de los estándares internacionales en materia de tratamiento de reclusos.

El  fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, solicitó al Juez de Garantías de Cuarta Nominación en Feria, Diego Rodriguez Pipino, el retiro inmediato de la medida de sujeción ilegal impuesta a una persona con padecimiento mental, privada de su libertad.

El caso se inició a raíz de una Acción Constitucional de Habeas Corpus presentada por el Defensor Oficial Penal de Ejecución N° 1, ante el Juzgado de Garantías Quinta Nominación,  que solicitó el cese de la medida de sujeción. El informe médico efectuado por el Hospital Ragone, consideró el procedimiento como ilegal, innecesario y perjudicial.

En su dictamen, el Fiscal hace referencia a los informes médicos y documentos presentados en el expediente. Uno de ellos, emitido por las autoridades de la Alcaidía General, menciona el uso de sujeciones consistentes en una cadena de aproximadamente 70 cm de largo, la cual es colocada en el pie del detenido y sujeta a la cama. Esta metodología se aplica únicamente durante las horas de sueño, mientras que durante las actividades diarias, como el desayuno, almuerzo, cena, baño, higiene y recreación, se retira la sujeción, se señala.

El fiscal González solicitó al Juez de Garantías que se haga lugar a la solicitud y se ordene el inmediato retiro de la medida de sujeción, en cumplimiento del artículo 88 de la Constitución Provincial. Se argumenta que la medida de sujeción ha sido impuesta sin prescripción médica, justificándola con el argumento de evitar una fuga o mantener el orden, pero sin tener en cuenta los principios médicos ni el beneficio para la persona con padecimiento mental. Además, cabe mencionar que el accionar, se encuentra regulado normativamente en el Manual de Procedimientos de la Alcaidía General de la Provincia.

Destaca además el Fiscal, la necesidad de realizar una recomendación en la sentencia, dirigida al Ministro de Seguridad, a fin de modificar o readecuar el Manual de Procedimientos de la Alcaidía General de la Provincia, basada en el CORPUS IURIS ESPECIALIZADO en la materia, que incluye la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 13 de diciembre de 2006, la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (Ley 26.378), la Ley de Salud Mental N° 26.657, y las Recomendaciones que surgen de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela).

Hizo especial hincapié, en el fallo «Ximenes Lopes Vs. Brasil» de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el cual se establece que la sujeción se entiende como cualquier acción que interfiera con la capacidad del paciente de tomar decisiones o que restrinja su libertad de movimiento. Además, se reconoce que el uso de la sujeción conlleva un alto riesgo de ocasionar daños o incluso la muerte del paciente, y que las caídas y lesiones son comunes durante dicho procedimiento. El tribunal considera que la sujeción es una de las medidas más agresivas que puede sufrir un paciente en tratamiento psiquiátrico, por lo que debe ser empleada como último recurso y únicamente para proteger al paciente, al personal médico y a terceros en caso de representar una amenaza a su seguridad. Además, se establece que la sujeción debe ser llevada a cabo por personal calificado y no por los propios pacientes, respetando siempre la dignidad del paciente y minimizando los riesgos para su salud.

En igual sentido, el juez actuante al resolver la solicitud de Habeas Corpus, no solo accedió al pedido del defensor oficial, sino que también declaró la inconstitucionalidad del argumento utilizado por las autoridades del Servicio Penitenciario para justificar la aplicación de la medida de «sujeción mecánica» en el detenido.

Condenan a tres policías por un violento hecho en barrio Bicentenario

El hecho juzgado ocurrió el 19 de diciembre de 2020, durante un procedimiento en un domicilio de barrio Bicentenario de la ciudad de Salta, en el que un hombre resultó con lesiones graves. Los otros cinco acusados fueron absueltos.

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, representó al Ministerio Público Fiscal, ante la Sala V del Tribunal de Juicio del distrito Centro, en la audiencia de debate contra el sargento Aldo Daniel Chauque, el cabo Santiago Delfín Jonatan Alcoba, el suboficial principal Leonardo Corrillo, la cabo María José Miranda, el sargento ayudante Jorge Valdiviezo, el sargento Jorge Alberto Saracho Dermith, el cabo Álvaro Nicolás Guanca y el agente Cristian Cruz, como autores de los delitos de allanamiento ilegal, vejaciones agravadas por la violencia y lesiones graves en concurso ideal, todo en concurso real. En tanto Chauque, Alcoba, y el suboficial principal Leonardo Corrillo, enfrentaron además acusación por el delito de falsedad ideológica.

Este miércoles, al reanudarse la audiencia de debate, se escuchó como amicus curiae a representantes del Comité contra la Tortura y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, aportando conceptos y definiciones que consideran debieran ser considerados en el fallo.

Al momento de alegar, el fiscal González solicitó que los imputados Alcoba, Corrillo y Chauque sean condenados a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, al cumplimiento de reglas de conducta y solicitó además una medida cautelar para que sean apartados de su función hasta tanto el fallo quede firme.

Respecto de los otros cinco acusados, no formuló acusación debido a que no quedó acreditada su participación en el hecho.

Cabe recordar que en la jornada previa, el fiscal González retiró la acusación contra la cabo María José Miranda al alcanzarse el grado de certeza de que no tuvo participación en el hecho investigado y se dictó su sobreseimiento.

En el veredicto, la jueza Mónica Faber hizo lugar a la solicitud del representante del Ministerio Público Fiscal y condenó a los efectivos Alcoba y Chauque a la pena de 3 años de prisión condicional, 6 años de inhabilitación especial para desempeñar la función policial y el cumplimiento de reglas de conducta como coautores del delito de vejaciones agravadas por la violencia y el grave daño a la salud de la víctima en perjuicio de Fernando Oliver y fueron absueltos del delito de vejaciones en perjuicio de Silvia Guantay y del delito de falsedad ideológica por atipicidad.

Corillo fue condenado a la pena de 3 años de prisión condicional, 6 años de inhabilitación especial para desempeñar la función policial y el cumplimiento de reglas de conducta como coautores del delito de vejaciones agravadas por la violencia y el grave daño a la salud de la víctima en perjuicio de Fernando Oliver y el delito de falsedad ideológica en concurso real. Fue absuelto del delito de vejaciones en perjuicio de Silvia Guantay.

En el fallo se hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el fiscal González, disponiendo que los condenados Chauque, Alcoba y Corillo, sean asignados a cumplir tareas administrativas dentro de la Policía de la Provincia de Salta, no pudiendo ejercer tareas que impliquen cuidar de la seguridad de los ciudadanos y en el caso de Corillo, queda vedado que efectué cualquier tarea que implique dar fe en cualquier instrumento público.

Finalmente los otro cinco imputados, fueron absueltos al retirarse la acusación fiscal.

Cumplirá prisión efectiva tras un violento intento de robo

Una mujer de 26 años fue juzgada por un hecho ocurrido el pasado mes de abril en barrio 17 de Octubre, cuando usando un arma intentó asaltar a una pareja. 

El fiscal penal Gabriel González, subrogante en la Fiscalía Penal 1, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala II del Tribunal de Juicio del distrito Centro, en la audiencia de juicio abreviado contra una mujer de 26 años como autora de los delitos de tentativa de robo con arma y daños en concurso real.

La mujer fue acusada de un hecho ocurrido el pasado mes de abril, cuando irrumpió en una vivienda de barrio 17 de octubre y usando un arma blanca, intentó robar a una mujer y su pareja.

Con la confesión de la acusada, la jueza Victoria Montoya Quiroga le impuso una pena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva, la que se unificó con una condena anterior en una pena única de 4 años de prisión efectiva.

Incidentes en Casa de Gobierno: Imputado por resistencia a la autoridad e incitación a la violencia

Fue demorado por su participación en los incidentes ocurridos en el marco de una protesta. Se solicitó la libertad del imputado bajo el cumplimiento de medidas sustitutivas.

El fiscal penal Gabriel González, interino en la Fiscalía Penal 1, imputó provisionalmente a una persona que responde al alias “Michelo», quien fue aprehendida aproximadamente a horas 15 de este miércoles, bajo el cargo de resistencia a la autoridad, incitación a la violencia Art. 239 y 212 del C.P. en concurso ideal. 

Durante la audiencia de imputación, el acusado se abstuvo de declarar siendo asistido por su abogado particular Nicolás Vedia.

El Fiscal solicitó al Juzgado de Garantías 1 del distrito Centro, la libertad con el cumplimiento de medidas sustitutivas para el imputado.

La acusación se fundamenta en la verificación, a través de material fílmico e informe policial, de que el imputado cuando se encontraba con un grupo indeterminado de manifestantes, y luego de incitarlos a hechos de violencia, se arrojó por arriba de un vallado de seguridad, de aproximadamente dos metros, cayendo pesadamente sobre los efectivos policiales que se encontraban en ese lugar cumpliendo funciones. Acto seguido los manifestantes en gran numero, comenzaron a empujar las vallas pretendiendo derribarlas. El hombre fue demorado en flagrancia y trasladado al Centro de Contraventores; posteriormente, luego del control de legalidad ante el Juzgado de Garantías en turno, y revisión médica pertinente por parte de médico del CIF y de Tribunales, se abstuvo de declarar ante la Fiscalía interviniente. 

El proceso penal continuará de conformidad a las reglas que rige la investigación penal preparatoria en el Código Procesal de Salta.

Demorado tras incidentes en Casa de Gobierno

Un conocido influencer salteño fue demorado hoy tras intentar ingresar por la fuerza al Centro Cívico Grand Bourg en el marco de una protesta.

En el día de hoy, un individuo que responde al alias “Michelo”, fue demorado por parte de la cobertura de seguridad, perteneciente a la Subcomisaría de Barrio Grand Bourg. El sujeto fue aprehendido en flagrancia tras trepar el vallado policial y arrojarse luego, para ingresar a la Casa de Gobierno incitando a la violencia a los manifestantes allí presentes y vociferando epítetos tales como “no ganaron con democracia”, “los muertos votaron”. Con posterioridad los manifestantes comenzaron a empujar la valla policial.

El móvil policial en el que debía ser trasladado, debió permanecer en el lugar hasta habilitarse su paso, debido a la presencia de manifestantes que se encontraban bloqueando el acceso.

Posteriormente, se realizó el  trasladado a las dependencias del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) a fines de realizar el correspondiente control médico, solicitándose la detención del mismo, al Juzgado de Garantías en turno y fijándose audiencia de imputación para horas de la tarde.

Interviene la Fiscalía penal N°1, a cargo interinamente del fiscal Gabriel González.

Se investiga el incidente para determinar los cargos precisos y llevar a cabo las acciones legales correspondientes.

Intervención judicial resuelve de forma eficaz el conflicto en corte de ruta

El procurador de la provincia Pedro García Castiella dispuso en la tarde del día miércoles, la presencia de los fiscales Pablo Rivero y Gabriel González en respuesta a la situación de emergencia pública generada, y con el propósito de preservar el derecho a la libre circulación de las personas frente a una protesta y corte de ruta que tenía lugar en el acceso a la ciudad de Salta.

Como primera medida, el coordinador de Fiscales, Pablo Rivero, intentó entablar un diálogo con los manifestantes para garantizar el flujo vehicular de aquellos que intentaban ingresar y salir de la ciudad, dada la gran cantidad de familias, servicios de salud y contingentes varados en el lugar.

A pesar de los esfuerzos por parte de los fiscales, los manifestantes persistieron en bloquear la vía de comunicación y perturbar el tráfico vehicular. Ante esta situación, la Fiscalía dió intervención a la Jueza de Garantías Nº 1, Ada Zunino, quien se presentó en el lugar y ordenó el levantamiento del bloqueo. La magistrada solicitó a los manifestantes que cesaran su actitud y advirtió que, en caso de no hacerlo, se recurriría a la fuerza pública.

Antes de que se venciera el plazo establecido, los manifestantes, de manera voluntaria, despejaron la ruta, permitiendo así el flujo vehicular que se había acumulado en ambos sentidos, extendiéndose aproximadamente por 5 kilómetros.

El fiscal Pablo Rivero resaltó el compromiso de promover el diálogo y el camino institucional, haciendo hincapié en la importancia de respetar la ley y los derechos de todas las partes involucradas.

En el contexto de los acontecimientos ocurridos, el Ministerio Público Fiscal ha destacado su compromiso en asegurar y proteger el ejercicio pleno del derecho a la libre circulación. La intervención de los fiscales y la Jueza de Garantías tenía como objetivo resolver el conflicto surgido en el lugar y garantizar que las personas pudieran transitar sin obstáculos ni riesgos para su integridad.

Condenan a agresor por violencia de género

Durante el juicio, el fiscal Penal Gabriel González, presentó un informe del Polo Integral de Mujeres que  realizaba recomendaciones al advertir que existían otras víctimas de violencia de género del mismo hombre, en las que habían tomado intervención.

El fiscal penal Gabriel González representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia debate en el que un hombre fue condenado a un año y seis meses de prisión de ejecución condicional más reglas de conducta, por ser autor de los delitos de amenazas (dos hechos), desobediencia judicial (cuatro hechos), incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y lesiones agravadas por la relación preexistente y por constituir violencia de género, en concurso real

La Fiscalía de Violencia Familiar y de Género 1 tomó intervención en la causa luego de que una mujer radicara denuncia en contra de su expareja en la Subcomisaría de La Caldera el 17 de abril de 2019. Aseguró que, dos días antes, el hombre la había golpeado tras mantener una discusión por lo que decidió abandonar su vivienda con la hija de ambos, de 5 meses. Al día siguiente, su expareja se presentó en la casa de su madre y se llevó a la bebé, amenazándola.

El Juzgado de Garantías dictó medidas de restricción de acercamiento y de prohibición de ejercer actos de violencia. La mujer radicó tres nuevas denuncias en contra de su expareja por amenazas, por negarse a cumplir con la asistencia alimentaria de su hija y por incumplir la medida de restricción.

Durante el juicio, el fiscal González, presentó un informe elevado a la Fiscalía de Violencia familiar del Polo Integral de Mujeres que realizaba recomendaciones al advertir que existían otras víctimas de violencia de género del mismo hombre, en las que habían tomado intervención.

Durante el desarrollo del juicio por violencia de género, el fiscal González presentó un informe elevado a la Fiscalía de Violencia familiar por parte del Polo Integral de Mujeres, que realizaba recomendaciones con base en el descubrimiento de la existencia de otras víctimas de violencia de género perpetrada por el mismo agresor.