Ciudadanas francesas: La Unidad Fiscal pidió que la causa por apremios ilegales avance a juicio

Las defensas solicitaron la extinción de la acción penal por afectación del plazo razonable. Los fiscales María Luján Sodero Calvet y Daniel Espilocín se opusieron y sostuvieron que el planteo ya fue analizado judicialmente. El Tribunal pasó a cuarto intermedio y dará a conocer su decisión en una próxima audiencia.

Los integrantes de la Unidad Fiscal, María Luján Sodero Calvet y Daniel Espilocín representaron al Ministerio Público Fiscal en en la audiencia fijada por la Oficina de Gestión Judicial de Juicios (OFIJU- JUI) para la admisión de la prueba a producir en la causa seguida contra personal policial por apremios ilegales vinculada con actuaciones desarrolladas durante la investigación de los homicidios de las ciudadanas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni.

La audiencia se desarrolló ante el Tribunal presidido por el juez Leonardo Fearns, e integrado además por el juez Eduardo Sangari y la jueza Gabriela González.

Comparecieron los imputados Martín Alberto Flores Saravia, Rubén Ángel Aguirre, Juan Carlos Paz, Osvaldo René Guanca, Néstor Orlando Chilo, Diego Aguirre Guantay, Rodolfo López, Ricardo Hernán Tabacache, Miguel Bernardino Flores, Dante Eduardo Ceballos, Adrián José Quipilor, Carlos Villagrán Guerrero, Fabio José Litián, Héctor Adrián Vázquez y Rodrigo Emmanuel Bautista. Ferraoti, también acusado en la causa, no compareció a la audiencia.

Entre los denunciantes por los presuntos apremios ilegales y otras irregularidades atribuidas al personal policial durante las actuaciones realizadas en 2011 estuvo presente Gustavo Orlando Lasi, condenado por los homicidios de Cassandre Bouvier y Houria Moumni, quien fue trasladado bajo custodia para participar de la audiencia. También comparecieron Francisco Ariel Tejada y Nelson Ricardo Vilte Laxi, mientras que Daniel Octavio Vilte Laxi no estuvo presente.

Al inicio de la audiencia, las defensas plantearon la insubsistencia de la acción penal por afectación del plazo razonable y solicitaron el sobreseimiento de los acusados. También se solicitó suspender el avance de la audiencia hasta que quedara firme la resolución sobre esa cuestión.

Al responder, el fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados Contra Las Personas (UGAP) Daniel Espilocín, sostuvo que el planteo y sus fundamentos ya habían sido tratados judicialmente. Precisó que una sentencia del Tribunal de Impugnación del 17 de septiembre de 2025 confirmó una resolución del Tribunal de Juicio del 15 de mayo de 2025, en la que se analizaron los argumentos vinculados con la duración del proceso y se rechazó la insubsistencia de la acción penal.

Espilocín señaló que el plazo razonable no puede evaluarse en abstracto, sino de acuerdo con las circunstancias concretas de cada proceso. En ese sentido, indicó que las resoluciones anteriores tuvieron en cuenta la complejidad de la causa, la cantidad de imputados, la naturaleza de los hechos y la actividad procesal desplegada durante su tramitación.

El fiscal explicó que se promovieron numerosos recursos e incidencias y aclaró que esas presentaciones constituyeron un legítimo ejercicio del derecho de defensa, aunque también generaron suspensiones del proceso. Agregó que, pese a su prolongada duración, el expediente mantuvo impulso desde la investigación inicial hasta la citación a juicio y que los tribunales que ya intervinieron no consideraron vulnerado el plazo razonable.

Espilocín vinculó además los hechos atribuidos a los acusados con la investigación de los homicidios de Bouvier y Moumni, actualmente objeto de distintas revisiones. Mencionó la existencia de una actuación judicial en Francia y sostuvo que la falta de resolución de esta causa mediante un debate oral y público podría generar responsabilidad para el Estado argentino. Por esos fundamentos, solicitó el rechazo del planteo defensivo.

Por su parte, la fiscal penal de la Unidad de Femicidios (UFEM) María Luján Sodero Calvet sostuvo que los pronunciamientos anteriores abordaron expresamente los distintos institutos invocados por las defensas y descartó que hubiera existido una confusión conceptual al momento de resolverlos.

Remarcó el carácter extraordinario y excepcional de la insubsistencia de la acción penal y sostuvo que su aplicación debe analizarse según las particularidades de cada causa. Señaló que se investigan hechos atribuidos a efectivos policiales, vinculados con otros hechos de especial gravedad, y que se encuentran involucrados derechos fundamentales y cuestiones de relevancia institucional.

Sodero Calvet pidió considerar también las consecuencias que una decisión de esa naturaleza podría producir sobre las causas vinculadas y sostuvo que una eventual mora estatal, aun cuando hubiera existido —lo que señaló que no ocurrió en este caso—, no puede derivar en impunidad.

La fiscal recordó además que el tribunal superior, al intervenir previamente en la causa, señaló que la cuestión del plazo razonable podía ser considerada al momento del debate y recomendó adoptar las medidas necesarias para avanzar con el proceso. Sostuvo que ese pronunciamiento conduce a la realización del juicio oral y público y pidió, junto con Espilocín, que se rechace el planteo de las defensas.

Espilocín se opuso también al pedido de suspender la audiencia hasta que quedara firme la resolución sobre la extinción de la acción penal. Consideró que una nueva suspensión produciría más dilaciones y solicitó que el trámite continuara.

Luego de escuchar a las partes, el Tribunal consideró que, por la complejidad del planteo y la necesidad de realizar un estudio adecuado, correspondía pasar a cuarto intermedio. Dispuso que la Oficina Judicial fije, con la mayor proximidad posible, una nueva audiencia en la que dará a conocer su decisión sobre el pedido de extinción de la acción penal.

Respecto de la suspensión solicitada por las defensas, el Tribunal entendió que el planteo había quedado abstracto, ya que la cuestión fue oralizada y sustanciada durante la audiencia.

Una vez comunicada la resolución pendiente, y de corresponder la prosecución del proceso, la audiencia continuará con el análisis de la prueba ofrecida por las partes y la eventual fijación del debate oral.

 

Crimen de las ciudadanas francesas: Continúan las medidas orientadas a profundizar la investigación

Una comisión integrada por representantes del Ministerio Público Fiscal, el CIF y el Servicio de Biología Molecular Forense realizó diligencias judiciales y científicas en París para profundizar el análisis de evidencia obtenida durante la investigación original y avanzar en distintas líneas aún abiertas.

 En el marco de la investigación por el homicidio de las ciudadanas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni, el Ministerio Público Fiscal de Salta concretó durante la última semana de mayo diversas medidas probatorias en Francia, orientadas a profundizar el análisis de la evidencia reunida en la causa y avanzar en distintas líneas de investigación aún abiertas.

Las diligencias fueron realizadas a través de un exhorto internacional autorizado por la magistrada del distrito judicial de París, Emmanuelle Robinson, y estuvieron a cargo de la fiscal penal de la Unidad de Femicidios Lujan Sodero Calvet, que integra la Unidad creada por la Procuración General de la Provincia para continuar con la investigación del caso, acompañada por la directora del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, Gabriela Buabse y la jefa del Servicio de Biología Molecular Forense, Alejandra Guinudinik.

Las actuaciones desarrolladas en París contaron con una amplia colaboración de las autoridades judiciales francesas, de la Embajada de Francia y del Laboratorio de la Gendarmería Nacional de París, cuyos representantes participaron y asistieron a la delegación argentina durante las distintas diligencias practicadas. En ese marco, también se obtuvo una copia íntegra en formato digital del expediente judicial correspondiente a la causa tramitada en Francia, documentación que fue incorporada al material reunido por la Unidad Fiscal para continuar con su análisis en Salta.

Entre las medidas cumplidas, se procesaron en el Laboratorio de la Gendarmería Nacional de París remanentes de muestras biológicas conservadas desde la investigación original y que habían sido oportunamente remitidas desde el Laboratorio de Huellas Genéticas de la Universidad de Buenos Aires.

Las tareas realizadas permitieron avanzar en la revisión y selección de material biológico que continuará siendo sometido a estudios complementarios por especialistas franceses. La Unidad Fiscal se encuentra a la espera de los resultados de esas pericias para su incorporación y evaluación en el marco de la investigación.

Asimismo, se recibieron declaraciones testimoniales de genetistas del Laboratorio de Nantes que intervinieron en estudios practicados durante la primera investigación sobre las muestras obtenidas de las víctimas. Los especialistas señalaron que las diferencias observadas entre los resultados obtenidos en Francia y aquellos realizados por el doctor Daniel Corach podrían obedecer a que se trabajó sobre distintas partes del hisopo que contenía el material biológico disponible.

En ese sentido, recordaron que, mientras en estudios realizados en el laboratorio dirigido por Corach se detectó en una muestra correspondiente a Cassandre Bouvier un haplotipo compatible con la patrilínea Vera, en los análisis efectuados en Francia no se observaron esos rastros genéticos. También indicaron que los perfiles masculinos detectados en el pantalón de una de las víctimas son incompletos y no resultan aptos para ser utilizados en cotejos comparativos, pudiendo corresponder a ADN degradado.

Los profesionales aportaron además, la totalidad de la documentación técnica vinculada al perfil genético femenino detectado en el cuerpo de Cassandre Bouvier, información que permitirá continuar evaluando posibles cotejos y nuevas líneas de análisis.

También prestó declaración el médico legista francés que practicó las autopsias en ese país. El profesional rectificó la estimación inicial efectuada en su informe, que ubicaba la muerte de las víctimas entre siete y nueve días antes del hallazgo de los cuerpos, y señaló que el estudio entomológico realizado en Salta, que determinó una data de muerte de entre catorce y quince días previos al hallazgo, junto con la información climática correspondiente a ese período, proporciona una estimación más precisa. Agregó que al momento de elaborar su primer informe no contaba con esos elementos de análisis.

A pedido de Jean-Michel Bouvier, padre de una de las víctimas, también declararon integrantes de la Universidad de La Sorbona, institución en la que ambas jóvenes participaban de un coloquio académico antes de viajar a la Argentina. Los testigos manifestaron conocer a las víctimas e indicaron que el viaje a Salta tuvo fines turísticos, aunque no pudieron precisar si facilitaron el contacto de alguna persona en esta ciudad. Durante la investigación original estas personas no habían sido convocadas a prestar declaración.

En el marco de estas actuaciones, la jueza Emmanuelle Robinson informó además que, a raíz de una denuncia presentada por Jean-Michel Bouvier ante los tribunales de París en septiembre de 2025, se dispuso la apertura de una nueva investigación en Francia vinculada al caso.

Por otra parte, a instancias del Fiscal de Transición Pablo Paz, integrante también de la Unidad Fiscal creada para investigar este hecho, se dictó auto de procesamiento por el delito de falsedad ideológica contra personal policial que participó de la instrucción original de la causa. En éstas actuaciones se concluyó que existían elementos suficientes para considerar que los funcionarios policiales que intervinieron el la investigación original consignaron datos falsos en los informes, referidos al hallazgo de plomos en el lugar del hecho, que elevaron al Juez de Instrucción.

Las medidas cumplidas en Francia permitieron completar distintas diligencias pendientes y profundizar el análisis de evidencia obtenida durante la investigación original, quedando pendiente la incorporación de los resultados de las nuevas pericias genéticas realizadas en ese país, las que serán evaluados e incorporados a la causa conforme sean remitidos por las autoridades judiciales del mismo.