Declaró el acusado del homicidio de un menor

Aldo Emanuel Paz fue imputado por el delito de homicidio simple en perjuicio de Lautaro Jaime y en su declaración, dio su versión de lo ocurrido en barrio Santa Clara de Asis. Se solicitó que se mantenga su detención.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en feria, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó este jueves a Aldo Emanuel Paz por el delito de homicidio simple en perjuicio del menor Lautaro Jaime de 17 años.

El acusado estuvo acompañado de un defensor oficial y decidió prestar declaración. Dio su versión de lo ocurrido la madrugada del 1 de enero en la puerta de su vivienda en barrio Santa Clara de Asis de esta ciudad.

La fiscal solicitó que se mantenga su detención mientras se cumplen las distintas medidas solicitadas para el esclarecimiento del hecho.

Continúa el juicio por el homicidio en La Ciénaga

Durante la primera jornada declaró el imputado ante el Tribunal. Relató su versión de los hechos y negó ser el autor del homicidio. Este viernes está previsto que declare personal policial interviniente y algunos testigos presenciales del hecho. El juicio finalizará el 8 de enero próximo.

En la Sala III del Tribunal de Juicio se desarrolla desde este jueves 2 de enero, la audiencia de debate contra Víctor Alejandro Cruz imputado como autor del delito de homicidio calificado por alevosía en perjuicio de Enzo Guerrero.

Tras la lectura del requerimiento a juicio, el imputado declaró ante el Tribunal integrado por los jueces Pablo Farah, Gabriela González y Carolina Sanguedolce. Dio su versión de lo ocurrido el 16 de Diciembre de 2018 y negó ser el autor del homicidio de Cruz.

Para la segunda jornada del juicio está prevista la declaración de personal policial que intervino en la investigación y de testigos presenciales del hecho.

Según fijó el Tribunal, la audiencia se extenderá hasta el 8 de enero próximo.

R° de Lerma: no declaró el acusado de apuñalar a su pareja

Víctor Manuel Burgos fue imputado este jueves tras haber lesionado con un arma blanca a su pareja la madrugada del 1 de enero, cuando esta pretendía retirarse de su vivienda. Decidió no prestar declaración.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en feria, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó este jueves a Víctor Manuel Burgos como autor del delito de tentativa de homicidio doblemente calificado por la relación de pareja y por mediar violencia de género en grado de tentativa en perjuicio de su novia de 19 años.

El hecho ocurrió la madrugada del miércoles 1 de enero en una vivienda de barrio San Bernardo de Rosario de Lerma, cuando la mujer junto a una prima decidieron retirarse de la casa del acusado. Éste se puso violento y no permitía que se retiren.

La víctima tenía en brazos al bebé de su prima cuando Burgos con cuchillo en mano, la lesionó en uno de los muslos y por la espalda. El ataque cesó porque los familiares del acusado intervinieron y las dos mujeres y el niño se retiraron del lugar en busca de asistencia.

La fiscal solicitó que se mantenga su detención mientras se completan diligencias solicitadas para el esclarecimiento del hecho.

Un juego que terminó con una muerte

Este jueves fue imputado Aldo Emanuel Paz como autor del delito de homicidio simple en perjuicio del menor Lautaro Jaime de 17 años. Ambos mantenían un juego de manos que terminó en una gresca, donde el adolescente fue lesionado con un arma blanca y falleció cuando era trasladado al hospital.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en feria, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó este jueves a Aldo Emanuel Paz de 25 años como autor del delito de homicidio simple en perjuicio de un menor de 17 años, identificado como Lautaro Jaime.

De las primeras tareas investigativas se estableció que la víctima participaba junto a otras personas de una fiesta en la casa del acusado en barrio Santa Clara de Asis y en determinado momento, mientras sostenían un juego de manos entre ambos, Paz se ofuscó e iniciaron una pelea, donde lesionó mortalmente a Jaime y huyó.

La víctima fue trasladada en forma particular al hospital San Bernardo, donde ingresó sin signos vitales, mientras que el acusado se mantuvo prófugo algunas horas y luego fue detenido en inmediaciones del arroyo Velarde.

Será juzgado por un homicidio en La Ciénaga

Víctor Alejandro Cruz de 19 años, será juzgado desde este jueves por el homicidio calificado de Enzo Guerrero, ocurrido en diciembre de 2018 en la plaza del lugar. La víctima había sido sorprendida sustrayendo el estéreo de un vehículo y recibió una herida punzo cortante a la altura del tórax de parte del acusado.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ana Inés Salinas Odorisio, representará al Ministerio Público ante la Sala III del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Víctor Alejandro Cruz imputado como autor del delito de homicidio calificado por alevosía en perjuicio de Enzo Guerrero.

El hecho ocurrió el 16 de diciembre de 2018 por la noche, cuando la víctima fue sorprendido sustrayendo un estéreo de un vehículo estacionado en inmediaciones de la plaza de La Ciénaga y mientras huía, fue agredido por Cruz con un arma blanca. Recibió una herida punzo cortante a la altura del tórax y falleció antes de ser asistido.

El Tribunal estará integrado por los jueces Pablo Farah, María Gabriela González y Carolina Sanguedolce y está previsto que la audiencia se desarrolle del 2 al 8 de Enero.

Rosario de Lerma: atentó contra la vida de su pareja

Una mujer de 19 años fue lesionada con un arma blanca por su pareja la madrugada de este miércoles en barrio San Bernardo. Cuando ella fue auxiliada por otras personas, el agresor se autolesionó. Fue detenido luego de recibir atención médica e intentó quitarse la vida en la celda que ocupaba. Será acusado como autor de tentativa de homicidio calificado.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en turno, Ana Inés Salinas Odorisio, investiga un hecho ocurrido la madrugada de este miércoles en una vivienda de barrio San Bernardo en Rosario de Lerma, donde una mujer de 19 años recibió al menos tres heridas de arma blanca tras una disputa con su pareja.

El ataque cesó cuando la mujer fue auxiliada por otros ocupantes de la vivienda. Ella se retiró en busca de ayuda y el joven de 20 años se provocó autolesiones.

Fue asistido en el hospital local y detenido. Una vez en su celda, intentó quitarse la vida, lo cual fue impedido por personal policial.

La fiscal ordenó diversas medidas tendientes a esclarecer el hecho y la audiencia de imputación se realizará este jueves.

Detenido por el homicidio de un menor

Un hombre de 25 años fue detenido hoy luego de lesionar con un arma blanca a un joven de 17 años. Ocurrió en el marco de una fiesta en barrio Santa Clara de Asis, en la zona Sudeste de la ciudad. La víctima falleció cuando era trasladado al hospital San Bernardo.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en turno, Ana Inés Salinas Odorisio, tomó intervención en un hecho ocurrido la madrugada de este miércoles en barrio Santa Clara de Asis, donde un menor de 17 años falleció luego de recibir una herida de arma blanca en la zona del cuello.

Ocurrió alrededor de las 5 de la mañana de este miércoles en el marco de una fiesta que se desarrollaba en una vivienda del mencionado barrio, donde según testigos, surgió una disputa en la que el menor resultó herido de arma blanca.

El joven fue asistido pero falleció antes de ser ingresado al hospital San Bernardo. Su agresor, identificado por testigos, huyó del lugar y fue detenido horas más tarde en inmediaciones del canal Velarde.

La fiscal dispuso que se realicen las pericias y diligencias de rigor y que el cuerpo sea trasladado al Servicio de Tanatología Forense del CIF para que se le realice la correspondiente autopsia.

El detenido tiene 25 años y será imputado este jueves como autor del delito de homicidio simple.

Pirotecnia sonora: Un dictamen rechaza un amparo de comerciantes

La fiscal interina de Violencia de Género 4, Ana Inés Salinas Odorisio, dictaminó por la improcedencia de una acción de amparo interpuesta por comerciantes en contra de la Municipalidad de Salta. Pidieron habilitación para locales de expendio permanente, pero la fiscal dijo que “se pondría en riesgo el cumplimiento de la prohibición de venta de pirotecnia sonora”. Interviene el Tribunal de Juicio Sala VI.

Los amparistas Luis Monterichel, José San Martín, Marcelo Vázquez López, Emilse Ramos, Sergio Gutiérrez, Mariela Monterichel, Alejandra Arnedo y Cristian Lacalire cuestionaron que la Municipalidad de Salta “deniega la habilitación solicitada como locales de expendio permanente de pirotecnia” y que “la denegatoria, afecta en forma grave su derecho constitucional de trabajar y ejercer comercio como así también se contrapone a leyes nacionales y la Ordenanza vigente”. También hicieron referencia a los trámites burocráticos y la demora en respuesta por parte de la administración municipal.

Además, en el amparo fundaron la arbitrariedad en que la Municipalidad de Salta “en todos y cada uno de los pedidos de habilitación permanente, los rechazó, aduciendo que no podrá otorgar la prefactibilidad de localización atento a lo expresado en el Art. 3 de la Ordenanza 15446, que modifica el art. 25 de la Ordenanza 11666, que dispone que queda prohibida en el ámbito de la Municipalidad de Salta la tenencia, uso, detonación y/o comercialización y/o venta al público mayorista o minorista de todo artefacto que provoque sonoridad…”; cuando en el artículo 6 de la misma ordenanza autoriza la venta de artificios de entretenimiento o venta libre, por lo que solo requieren habilitación de locales comerciales y permiso de venta en una actividad legal y reglamentada por leyes nacionales y la propia ordenanza municipal.

Pero la fiscal sostuvo en su dictamen que “resulta improcedente la acción intentada, toda vez que el amparo es un proceso utilizable en las delicadas y extremas situaciones en las que por carecer de otras vías aptas, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales” y que su apertura exige circunstancias muy particulares, frente a las cuales los procedimientos ordinarios resultan ineficaces. En el mismo sentido, advirtió que las actuaciones se iniciaron “para lograr por esta vía la habilitación de locales destinados a la venta de pirotecnia por lo que resulta ser una facultad exclusiva de la autoridad municipal, que deniega la habilitación en virtud de las ordenanzas que invoca”.

En consecuencia, consideró la funcionaria del Ministerio Público Fiscal que en el pedido de los comerciantes no se verificaron “los recaudos que tornan procedente un recurso de amparo; la ordenanza no es arbitraria ni fue sancionada de manera ilegal, sino que por el contrario, se ha dictado en el ámbito de poder de policía que tiene la Municipalidad para proteger los intereses y el bien común de los vecinos de la ciudad” y agregó que “tampoco se ve vulnerado el derecho a trabajar y ejercer el comercio, frente al poder de policía del municipio consagrado constitucionalmente, que establece que esos derechos pueden ser restringidos en orden a la protección de la salubridad y la moralidad de ciertos sectores vulnerables, como surge de los fundamentos de la Ordenanza en la que se basa la Municipalidad para denegar las habilitaciones solicitadas”.

Finalmente, dijo Salinas Odorisio en su dictamen que “la habilitación pondría en riesgo el cumplimiento de la prohibición de venta de pirotecnia sonora, cuando el órgano legislativo de la Municipalidad, en uso de sus facultades constitucionales, ha restringido legítimamente esa actividad”.

Villa Floresta: nueve años de prisión por un homicidio

Sergio Oscar Arias fue condenado por el homicidio de Jesús Ricardo Navarro, ocurrido el 11 de mayo de este año, cuando la víctima resultó herido con un arma blanca en un confuso episodio y falleció días después en el hospital San Bernardo, donde permanecía internado.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ana Inés Salinas Odorisio, representó al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio en la audiencia de juicio abreviado contra Sergio Oscar Arias por el delito de homicidio simple en perjuicio de Jesús Ricardo Navarro de 47 años, a quien hirió con un arma blanca, provocando su muerte.

El hecho ocurrió la madrugada del sábado 11 de mayo en Villa Floresta, cuando la víctima se encontraba reunido con su hijo y su yerno y se hizo presente uno de los hermanos Arias con intenciones de venderle algunos elementos. El vendedor se ofuscó ante la negativa de Navarro y mantuvieron una gresca, en la que intervinieron dos hermanos del principal imputado.

Navarro recibió una herida de arma blanca en la zona abdominal, por la que fue trasladado al hospital San Bernardo, donde permaneció internado y falleció luego de unas horas.

La jueza María Victoria Montoya Quiroga, luego de recibir la confesión de Sergio Oscar Arias, le impuso la pena de 9 años de prisión efectiva y en el mismo fallo, dispuso que se le brinde tratamiento psicológico y se realice la extracción de material genético del imputado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

En el veredicto dispuso la absolución de Ángel Federico Arias y Carlos Alberto Arias, imputados por el delito de homicidio simple.

Jimena Salas: nuevos elementos comprometen al imputado Cajal Gauffin

Los fiscales penales de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ana Inés Salinas Odorisio y Gustavo Torres Rubelt, ampliaron la imputación contra Nicolás Federico Cajal Gauffin por el delito de encubrimiento agravado en la causa que investiga la violenta muerte de Jimena Salas. Los fiscales incorporaron nuevos elementos probatorios obtenidos con la colaboración de la Dirección General de Aduanas de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Policía Federal. Cajal Gauffin, quien asistió a la audiencia acompañado por su abogado particular, optó por declarar.

Ocultamiento de información relevante

A principios de noviembre del corriente, durante una pericia ordenada en el marco de la investigación, perros certificados en la búsqueda de divisas, moneda de curso nacional y sustancias estupefacientes, detectaron rastros en el maletín secuestrado que fue encontrado en el placard de la habitación principal de la vivienda de Vaqueros.

La medida arrojó resultado positivo luego que los perros “Chizzo” y “Chino” especializados en detectar olor de divisas realizaran un marcaje activo, al igual que los perros “Etan” y “Xina” especializados en la detección de olores universales y de narcóticos, respectivamente.

Del legajo de investigación se desprende que en numerosas oportunidades y desde su comienzo, Nicolás Federico Cajal Gauffin manifestó que no se sustrajo elemento alguno del domicilio y negó la presencia de elementos de valor o susceptibles de ser objeto de robo. Esto produjo que el curso de la investigación se abordara con presunción de robo frustrado al azar y consecuentemente, a una multiplicidad de hipótesis, por lo que los fiscales Salinas Odorisio y Torres Rubelt entienden que el imputado habría ocultado deliberadamente la existencia de dinero, divisas y/o sustancias estupefacientes contenidos en el maletín.

De esta forma, los fiscales pudieron establecer de manera fehaciente que los autores materiales, tras quitar la vida a Jimena Salas de forma violenta y ya lastimados, se dirigieron directamente a la habitación, específicamente al armario y de manera directa al menos uno de ellos; probablemente los dos, identificados por sus perfiles genéticos como H1 y H2. Los rastros biológicos obtenidos por el Servicio de Biología Molecular permitieron afirmar concluyentemente que los victimarios no solo abrieron el maletín, sino que lograron el objetivo de sustraer selectivamente dinero o estupefacientes.

Registros telefónicos y análisis contables

Los fiscales indicaron que de análisis telefónicos se desprende que el 27 de enero de 2017 y a pocos minutos de encontrar el cuerpo de su pareja, el imputado Cajal Gauffin se comunicó con su superior jerárquico de la empresa Garbarino en la ciudad de Buenos Aires, a quien llamativamente puso al tanto de la situación. En su declaración testimonial, el superior no supo dar explicación alguna y negó una vinculación más allá de la laboral. También excluyó la posibilidad de que se tratara de un protocolo o práctica de la empresa.

Minutos después, Cajal Gauffin se comunicó con quien sería el gerente de una sucursal de Neuquén, entendiendo los fiscales que puede existir alguna vinculación con la existencia de dinero, divisas o sustancias.

Además, la declaración de un exempleado de Garbarino de Salta que fue desvinculado en abril de 2017, indicó que Cajal tenía la factibilidad de intervenir en la definición del monto a pagar en concepto de desvinculación con la empresa de cualquier empleado, lo que permite a los fiscales sospechar o determinar el acceso de Cajal Gauffin al dinero que no puede declarar o justificar. El exempleado también aclaró que desde Buenos Aires enviaban al imputado sumas considerables de dinero en concepto de caja chica no declarado y que Cajal Gauffin era el administrador.

El informe contable sostiene que no existe movimiento legal de dinero que pueda justificar que el imputado disponga de dinero o divisas. Sin embargo, las pericias permitieron determinar luego de casi tres años que hubo en el maletín dinero o divisas que no surgen del análisis contable.

En otro párrafo del decreto de ampliación de imputación, surge que del análisis interpretativo de una desgrabación producida en agosto de este año, que el imputado recibió una llamada de un hombre y que el diálogo mantenido evidencia un conocimiento previo de ambas partes, que aporta información relacionada con la investigación. El llamante aportó información al imputado, no solo estableciendo como hipótesis que los autores son de otras provincias o de la zona sur de la ciudad y que indudablemente cometieron el crimen con la cooperación de residentes de Vaqueros, sino también aportó información respecto a posibles sospechosos. Se destaca además al conocer el resultado de las pericias realizadas con los perros, que quien llamó hizo referencia a maniobras típicas del comercio y vinculadas al narcotráfico.

De otro análisis telefónico se desprende que Cajal Gauffin llamó a una aseguradora en diciembre de 2017, pidiendo definiciones respecto a la indemnización por la muerte de Jimena Salas para obtener el cobro de $900.000. En la comunicación, el imputado admite conversaciones con el entonces fiscal interviniente, Pablo Paz. En ese sentido, y atento al contenido de la escucha telefónica, los fiscales Salinas Odorisio y Torres Rubelt remitieron una copia del decreto que amplía la imputación de Nicolás Federico Cajal Gauffin a la Fiscalía de Impugnación a que lleva adelante el sumario administrativo contra Paz.

Alteración de la escena del hecho

Los fiscales pudieron establecer mediante el análisis del abordaje del lugar del hecho plasmado a través de actas y registros fílmicos, que el imputado alteró la escena al ubicar el llavero de Jimena Salas en el alambre próximo a la puerta de ingreso, y que ello no corresponde a la verdadera escena del hecho en el domicilio.

Por lo expuesto, los fiscales ampliaron la imputación contra Nicolás Federico Cajal Gauffin por el delito de encubrimiento agravado luego de ocurrido el hecho caratulado como homicidio triplemente calificado por ser cometido con alevosía y ensañamiento y por precio o promesa remuneratoria en perjuicio de Jimena Salas.

Salinas Odorisio y Torres Rubelt consideraron que el imputado ocultó información relevante para la investigación omitiendo deliberadamente poner en conocimiento el faltante de dinero del maletín para evitar que se investigue su origen, por no poder justificar su procedencia o de sustancias prohibidas para evitar explicar su posesión.