Declaran responsable por abuso sexual y grooming a un policía que quebrantó su deber de protección

Durante sus alegatos, la Fiscal sostuvo que el acusado aprovechó su condición de policía, la vulnerabilidad de las víctimas y la confianza de sus familias, provocando secuelas que aún hoy afectan sus vidas.

La fiscal penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Celina Morales Torino, representó al Ministerio Público Fiscal durante la audiencia en la que Alberto Gabriel Guaymás fue declarado penalmente responsable por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de una niña que tenía 5 años al momento de los hechos y de una adolescente de 12 años.

Tras valorar las pruebas incorporadas al debate, la jueza Victoria Montoya consideró acreditados los hechos atribuidos al acusado, calificados legalmente como abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual simple, previstos en el artículo 119, tercer párrafo, del Código Penal, y grooming, previsto en el artículo 131 del mismo cuerpo legal. La audiencia de cesura, en la que se determinará la pena a imponer, será fijada por el Tribunal.

En sus alegatos de clausura, la fiscal Celina Morales Torino afirmó que el Ministerio Público Fiscal logró demostrar con certeza la materialidad de los hechos y la responsabilidad penal del acusado, derribando el estado de inocencia que lo amparaba al inicio del debate.

La fiscal sostuvo que Guaymás, quien se desempeñaba como personal policial, «aprovechó la asimetría de poder, la vulnerabilidad de las víctimas y, fundamentalmente, la confianza depositada por sus familias», para cometer delitos que afectaron profundamente la infancia y adolescencia de ambas menores.

Destacó que, en el caso de la niña de 5 años, el abuso ocurrió en un ámbito de intimidad, sin testigos directos, una característica frecuente en este tipo de delitos. Sin embargo, señaló que el relato de la víctima se mantuvo persistente a lo largo del tiempo y fue corroborado por testimonios de docentes, profesionales de la salud mental y referentes de una fundación a la que asistía.

La fiscal remarcó además que el daño provocado trasciende el momento de los hechos. Durante el juicio se conoció que la niña presenta dificultades en el aprendizaje, episodios de angustia, temor a permanecer sola y un marcado descenso en su rendimiento escolar. Según las pericias psicológicas incorporadas al debate, las experiencias vividas impactaron en su desarrollo emocional y continúan condicionando

distintos aspectos de su vida cotidiana.

Respecto del delito de grooming, Morales Torino sostuvo que el acusado utilizó información obtenida durante una intervención policial vinculada a la búsqueda de una adolescente de 12 años para iniciar conversaciones privadas con ella, formularle preguntas de contenido sexual, solicitarle fotografías e

intentar concertar un encuentro.

La madre de la adolescente declaró durante el debate que, tras descubrir esos mensajes, su hija sintió miedo y desconfianza hacia la autoridad policial, mientras que la familia debió modificar hábitos y rutinas por la sensación de inseguridad generada por lo sucedido.

Al solicitar una sentencia condenatoria, Morales Torino sostuvo que el acusado «aprovechó la asimetría de poder, la vulnerabilidad de las víctimas y, fundamentalmente, la confianza depositada por sus familias», y que «lejos de honrar su función, quebrantó el deber de protección que le competía a quien portaba un uniforme para proteger a la sociedad» y remarcó que las pruebas producidas durante el debate permitieron demostrar que ambas víctimas vieron alteradas su infancia y adolescencia como consecuencia de estos hechos.

Apolinario Saravia: Condenado por abuso sexual en un local comercial

El episodio ocurrió mientras la empleada atendía al público y fue acreditado a partir de registros de cámaras de seguridad.

El fiscal penal 2 de Joaquín V. González, en feria, César Saravia, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que se arribó a un acuerdo de juicio abreviado para un imputado por abuso sexual simple.

De acuerdo con la investigación, el hecho ocurrió el 4 de septiembre en un local comercial ubicado en la intersección de las calles Alberdi y Güemes, cuando la damnificada se encontraba atendiendo al público. En esas circunstancias, el acusado ingresó al comercio, solicitó información sobre un producto y, al colocarse detrás de la empleada, realizó un tocamiento por encima de la ropa sin su consentimiento, ante lo cual la mujer reaccionó de inmediato apartando su mano y reclamándole por lo sucedido, tras lo cual el hombre continuó con su compra y se retiró del lugar.

El hecho fue puesto en conocimiento de la propietaria del comercio, quien facilitó el acceso a las cámaras de seguridad del local. Del análisis del registro fílmico se pudo corroborar la secuencia, observándose el acercamiento del imputado por detrás de la empleada y el contacto físico indebido, así como la reacción inmediata de la mujer.

Durante la instrucción penal se incorporaron testimonios, registros fílmicos, informes técnicos y un informe psicológico, que dio cuenta del impacto emocional generado por el episodio. Con el avance de la causa, el imputado reconoció expresamente el hecho atribuido, aceptó la calificación legal y prestó conformidad al procedimiento de juicio abreviado.

Finalmente, el juez de Garantías Héctor Sebastián Guzmán resolvió imponer al imputado la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, junto con reglas de conducta.

Embarcación: Condenado por someter a tocamientos a una menor

El acusado trabajaba como albañil y aprovechó momentos en los que no había un mayor presente para vulnerar su integridad sexual.

La fiscal penal de Embarcación, Gabriela Souto, representó al Ministerio Público Fiscal, ante la Sala I del Tribunal de Juicio de ese distrito, en la audiencia de debate contra un hombre de 66 años como autor del delito de abuso sexual simple.

En el fallo, se le impuso una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y al cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años.

Se dispuso en el mismo fallo, que sea registrado en el Banco de Datos Genéticos.

La víctima es una niña, quien relató en su ámbito escolar, que el albañil que trabajaba en su casa, le realizaba tocamientos en contra de su voluntad, aprovechando cuando su madre no estaba presente.

La madre de la menor fue advertida por las autoridades escolares y realizó la denuncia que originó la investigación.