La Candelaria: continúa el juicio por la tentativa de femicidio y abuso de una menor

Un hombre es juzgado en la ciudad de Metán por un hecho ocurrido el 26 de mayo de 2019 en finca La Aguadita, cuando abusó sexualmente de su cuñada menor de edad, la golpeó y la dejó abandonada en una zona descampada. El propio acusado dio aviso a la Policía, creyendo que le había quitado la vida.

Imagen ilustrativa

El fiscal penal de Rosario de la Frontera, Oscar López Ibarra, representa al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio del distrito Metán, en la audiencia de debate contra Walter Manuel Salazar por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso real con tentativa de homicidio agravado por mediar violencia de género en perjuicio de una menor de edad.

El hecho juzgado ocurrió el 26 de mayo de 2019 en finca La Aguadita, departamento de La Candelaria, cuando el acusado se presentó en una dependencia policial y confesó que había abusado sexualmente de su cuñada de 14 años, la había golpeado y la dejó abandonada en una zona despoblada, inconsciente. Se activaron los protocolos y la menor fue localizada y tras recibir las primeras atenciones, fue derivada al Hospital Público Materno Infantil.

Durante la jornada del viernes 2 de julio, se leyó el requerimiento a juicio y declararon la madre y la hermana de la víctima ante la jueza Carolina Poma Salvadores.

Este miércoles, al reanudarse la audiencia, se continuará con la ronda de testimoniales.

Condena: se ofreció a llevarla y abusó de ella

Un hombre fue condenado en juicio abreviado a cumplir seis años de prisión efectiva por vulnerar la integridad sexual de una mujer a la que conoció en una reunión y a la que se ofreció a trasladar en su vehículo. Será registrado en el Banco de Datos Genéticos.

La fiscala penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, representó al Ministerio Público ante la Sala III del Tribunal de Juicio, en la audiencia de juicio abreviado contra un hombre acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una mujer.

Según consta en la investigación, el acusado conoció a la víctima en una reunión, se ofreció a llevarla en su vehículo y luego se desvió hacia una zona descampada, donde vulneró su integridad sexual.

La jueza Carolina Sanguedolce, luego de recibir la confesión del acusado y la aceptación de los hechos que se le endilgan, le impuso el cumplimiento de una pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo y en el mismo fallo, dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

La Candelaria: es juzgado por la tentativa de femicidio y abuso de una menor

Un hombre será juzgado desde hoy en la ciudad de Metán por un hecho ocurrido el 26 de mayo de 2019 en finca La Aguadita, cuando abusó sexualmente de su cuñada menor de edad, la golpeó y la dejó abandonada en una zona descampada. El propio acusado dio aviso a la Policía, creyendo que la había matado.

Imagen ilustrativa

El fiscal penal de Rosario de la Frontera, Oscar López Ibarra, representa al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio del distrito Metán, en la audiencia de debate contra Walter Manuel Salazar por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso real con tentativa de homicidio agravado por mediar violencia de género en perjuicio de una menor de edad.

El hecho juzgado ocurrió el 26 de mayo de 2019 en finca La Aguadita, departamento de La Candelaria, cuando el acusado se presentó en una dependencia policial y confesó que había abusado sexualmente de su cuñada de 14 años, la había golpeado y la dejó abandonada en una zona despoblada, inconsciente. Se activaron los protocolos y la menor fue localizada y tras recibir las primeras atenciones, fue derivada al Hospital Público Materno Infantil.

La audiencia será presidida por la jueza Carolina Poma Salvadores y está previsto que finalice la próxima semana.

Tras 20 años separados, la sometió sexualmente y violó restricciones judiciales

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 71 años, acusado de los delitos de abuso sexual simple, en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con desobediencia judicial.

La intervención de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, se produjo tras la denuncia radicada en junio de 2019 por la víctima, en contra del acusado, con quien mantuvo una relación de 14 años y tuvo dos hijos en común.

En su relato, la mujer sostuvo que llevaban 20 años separados y que el 18 de junio de ese año, cerca de las 16, fue que el acusado se presentó en su domicilio, de barrio Castañares, quien aprovechó que la denunciante estaba sola y le pidió entrar para mostrarle los planos de una casa que poseen en común.

En un momento dado, se dirigieron al dormitorio, donde el acusado la sometió a tocamientos a los que la mujer se resistió, para luego tirarla a la cama y aprovechar su fuerza para accederla carnalmente.

La víctima también sostuvo que ese día, cerca de las 20, recibió un llamado del imputado, quien le dijo que no realizara la denuncia o se quedaría en la calle.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que de los elementos colectados durante la investigación, surgió que el acusado, tras ingresar a la vivienda, intempestivamente sometió a tocamientos inverecundos a la víctima y luego la accedió carnalmente, circunstancia que fue verificada a través de informes médicos.

También surgió que con posterioridad, el imputado siguió comunicándose insistentemente con la denunciante, a pesar de la prohibición de mantener contacto con ella, tal como lo dispuso el Juzgado de Garantías interviniente.

Irá a juicio por abusar sexualmente de dos sobrinas menores de edad

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 2, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 41 años, acusado de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, abuso sexual simple y exhibiciones obscenas, en concurso real y en perjuicio de una menor; y por los delitos de exhibiciones obscenas y abuso sexual simple, en concurso real y en perjuicio de otra.

Del requerimiento, surgió que la denuncia fue radicada en octubre de 2019 por la madre de las víctimas, de 14 y 12 años en ese momento, en contra de su excuñado, antigua pareja de su hermana, tras tomar conocimiento que la joven de 14 años fue abusada sexualmente por el denunciado.

En su relato, la menor de 14 narró claramente que en distintas oportunidades, al domicilio de su tía, ubicado en la Ciudad de Salta, el acusado se bajó los pantalones y la obligó a practicarle sexo oral.

También relató que el imputado la besaba en la boca y la sometía a tocamientos. Tales conductas inverecundas ocurrieron en fecha incierta y cuando la niña tenía entre 10 y 11 años.

En tanto, la menor de 12 relató que en una oportunidad, al ir a la casa de su tía y mientras jugaba en la habitación de su primo, ingresó el acusado, quien le pidió que cerrara los ojos. Al abrirlos, vio que el imputado se había bajado los pantalones. También le pidió que le practicara sexo oral, pero la niña se negó a cumplir la demanda.

Además, sostuvo que en numerosas oportunidades, el acusado la sometió a tocamientos por encima y por debajo de la ropa. Tales conductas impúdicas ocurrieron en fecha incierta y cuando la niña tenía entre 7 y 8 años.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que el acusado, con su actuar depravado e insano y para satisfacer su propia lascivia, atentó contra la integridad sexual de menores, al someterlas a relaciones sexuales involuntarias.

Golpeó a su expareja, la encerró y la sometió sexualmente

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 8, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 22 años, acusado de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y el género, privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y abuso sexual con acceso carnal, todo en concurso real.

La intervención de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, se produjo tras la denuncia radicada por la víctima, en contra de su expareja, de quien se separó por sufrir episodios de violencia y con quien tuvo una hija.

Del requerimiento, surgió que el 2 de diciembre de 2020, cerca de las 21, la víctima acudió al domicilio del acusado, ubicado en barrio Norte Grande de la Ciudad de Salta, para retirar a la menor.

Una vez en el domicilio, el acusado atentó contra la integridad física de su expareja, al propinarle un golpe en la cabeza y arrojarla en la cama, para luego someterla a tocamientos y accederla carnalmente.

El imputado también retuvo a la víctima en su domicilio contra su voluntad, desde el momento del hecho, hasta la madrugada del 3 de diciembre, luego de que la víctima le dijera que sentía mucho dolor de cabeza y le rogara al acusado que la llevara a una salita, circunstancia que fue aprovechada por la damnificada para pedir auxilio en un puesto policial de Infantería. En ese momento, el acusado escapó.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que el acusado, con su actuar depravado e insano y para satisfacer su propia lascivia, atentó contra la integridad sexual de la damnificada, al accederla carnalmente por la fuerza y sin su consentimiento, luego de agredirla físicamente con un golpe en la cabeza, que le produjo lesiones verificadas mediante informes médicos.

Salió a bailar y fue abusada por un conocido

Ocurrió en 2019, cuando una mujer de 17 años salió a bailar con un grupo de conocidos y resultó abusada sexualmente por una de estas personas, que se encontraba circunstancialmente en la ciudad de Salta. Se requirió juicio para el hombre acusado de abuso sexual con acceso carnal.

La fiscala penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 2 para un hombre acusado de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una menor de edad.

El hecho investigado ocurrió en 2019, cuando la víctima de 17 años salió a bailar con personas conocidas y fue abusada por un hombre de 40 años que integraba el grupo y se encontraba en la ciudad de Salta en forma circunstancial.

Durante la investigación se cumplieron diversas medidas solicitadas por la fiscala y que permitieron reunir los elementos de convicción necesarios para solicitar que la causa sea elevada a juicio.

Abusó de su sobrina, menor de edad

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 31 años, acusado del delito abuso sexual con acceso carnal, en calidad de autor y en perjuicio de una menor de 17.

Del requerimiento, surgió que durante la madrugada del 24 de enero de este año, mientras la víctima estaba acostada en una habitación del domicilio ubicado en barrio Nueva Esperanza, llegó el imputado y se acostó en la misma cama.

Ambos empezaron a charlar y luego de un tiempo, la víctima se durmió, hasta que despertó nuevamente porque el acusado la sometía a tocamientos.

Ante esto, la menor rompió en llanto y le pidió al imputado que se alejara, mientras intentaba correrlo con los brazos.

Luego, el acusado se le tiró encima, mientras la joven aun intentaba sacarlo con las piernas, hasta que en un momento, la accedió carnalmente.

La denuncia fue radicada por la madre de la víctima, en contra del tío de la joven, durante los primeros días de febrero, tras tomar conocimiento del abuso.

Irá a juicio por abusar de una menor con retraso madurativo

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 22 años, acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de una menor de 17.

En el marco de la causa, el fiscal penal Federico Obeid, también requirió el sobreseimiento de un segundo imputado de la misma edad, luego de que la investigación permitiera determinar que no intervino en el hecho.

La existencia material del ilícito denunciado por la madre de la víctima y la participación del acusado, surgieron principalmente de la declaración de la menor (con leve retraso madurativo), quien sostuvo que la tarde del 31 de julio de 2019, tras retirarse anticipadamente del colegio al que asistía, se reunió con el acusado y el investigado cuyo sobreseimiento fue requerido en el domicilio del primero, ubicado en Rosario de Lerma, lugar en el que comenzaron a tomar bebidas alcohólicas.

Como la madre del acusado los echó de la vivienda, los tres, a bordo de una moto, se dirigieron hacia la cancha El Timbo, donde continuaron bebiendo, circunstancia que fue advertida por una testigo que dio alerta al 911.

Una vez allí, el acusado aprovechó el estado de embriaguez de la joven y abusó sexualmente de ella en contra de su voluntad.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que si bien en la pericia de cotejo genético no se observaron perfiles genéticos del acusado, no puede perderse de vista que el informe sobre las muestras indicaron la existencia de plasma seminal humano (aunque sin la existencia de espermatozoides, lo que hubiera permitido dilucidar su perfil genético).

En cambio, sí surgió como indicio de la conducta reprochada el informe de pericia de cotejo genético sobre la prenda del imputado, en la que se observaron células epiteliales y espermatozoides, cuyo perfil genético presenta compatibilidad con el perfil genético de la muestra indubitada del acusado.

Tales indicios, permiten sostener como probable que el acusado abusó sexualmente de la menor y de allí la existencia de líquido seminal en los hisopados de aquella, para luego encontrar células epiteliales y espermatozoides en la prenda peritada.

La Fiscalía apela la prisión domiciliaria de Rangeón, que suma seis imputaciones

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, interpuso ante el Juzgado de Garantías 8, un recurso de apelación al arresto domiciliario de Pablo Marcelo Rangeón, acusado de los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de una víctima; abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de otras dos víctimas y abuso sexual simple en perjuicio de otras tres víctimas.

En sus consideraciones, el fiscal penal Rodrigo González Miralpeix, sostuvo que la magistrada interviniente no realizó un análisis en profundidad de los fundamentos expuestos oportunamente por la parte acusadora y recordó que al momento de resolverse la prisión preventiva del acusado, se sostuvo la necesidad de cautelar el proceso, ante la probable aplicación en firme de una pena privativa de la libertad y a la naturaleza y gravedad de los hechos investigados.

Sin embargo, en esta nueva instancia, la magistrada decidió que el análisis de estos parámetros constituye un “anticipo de pena”, lo que desnaturaliza la razón de considerar dichos aspectos al momento de evaluar la procedencia o el mantenimiento del encierro cautelar, en las condiciones en que se cumplían.

En su momento, el fiscal penal González Miralpeix, alegó que el pronóstico de fuga estimado, por el monto de pena mínima de 6 años por los delitos imputados al acusado, permite presumir una idea elusiva en razón de la natural intención de conservar la libertad. Por otro lado, destacó la necesidad de proteger a los testigos en la etapa plenaria, para que concreten su declaración de manera segura, libre y veraz.

Tales circunstancias sólo pueden ser cauteladas con la prisión preventiva en un ámbito de encierro institucional y no en el ámbito de su domicilio, con el solo control de monitoreo electrónico.

A su vez, en la resolución, la magistrada descartó el peligro de entorpecimiento en la breve referencia a la existencia de una sola víctima, cuando se trata de seis denunciantes. Todas coincidieron en manifestar temor por las represalias que pueda tomar el imputado, quien siempre les manifestó tener mucho poder, por lo que el fiscal reiteró que es necesario neutralizar toda posibilidad de que el imputado pueda ejercer nuevos hechos, como así también influir en los testimonios de los testigos.

En este sentido, cabe considerar que el mantenimiento del encierro cautelar del imputado sostenía el ánimo y la voluntad de quienes tomaron la decisión de radicar las denuncias por hechos que atentaron contra su dignidad y libertad sexual, en el marco de relaciones de clara superioridad, verticalidad y poder.

El encierro en el domicilio del encartado posibilita otros medios de contacto entre aquel y las víctimas, que exceden al mero contacto físico, pero que son suficientes por sí solos para doblegar y presionarlas para mantener sus declaraciones y sostenerlas al momento del debate.

Por otro lado, no debe olvidarse que el sistema tuitivo de nuestro ordenamiento constitucional no solo se dirige a la protección de los derechos del imputado, sino también ampara a la ciudadanía en general y particularmente, en este caso, a las víctimas de violencia sexual y de género, con lo cual quienes sean pasibles de padecer las consecuencias del delito deben ser defendidas del mismo, conforme manda el propio Preámbulo de la Constitución Nacional bajo el principio rector de “afianzar la justicia”.

Ello motiva la necesidad de que los órganos estatales dispongan las medidas que sean necesarias para evitar cualquier tipo de consecuencia negativa para aquellas.

Así, se ve comprometida una cuestión de orden público, pues la vulneración directa de derechos humanos, de raigambre constitucional, constituye una omisión lisa y llana del ordenamiento jurídico argentino.

Por último, el fiscal penal González Miralpeix, insistió en que el orden público que rige en la materia, deviene de la propia legislación interna, tal cual reza el Art. 1 de la Ley De Protección Integral A Las Mujeres (Ley 26.485), y con ello se refirió a la obligación del Estado; es decir, a la administración de justicia, en mano de sus operadores, para garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; y concretamente garantizar el efectivo acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia y a ser protegidas durante su tránsito por el proceso penal.