Secreto de actuaciones: Es facultad del MPFS la reserva de identidad de los imputados

Ante los insistentes requerimientos de los medios de comunicación acerca a la individualización de los nombres de las personas involucradas en la causa en la que se investiga la actividad de una financiera ilegal, desde el Ministerio Público Fiscal se hace saber que, en uso de facultades que le son propias a los fiscales, los nombres de las personas imputadas e involucradas, sean o no personal policial, serán dados a conocer una vez concluidas la etapa investigativa. Ello con la sola finalidad de asegurar el éxito de la investigación en curso. 

En el deber de informar a la comunidad y teniendo en cuenta el desconocimiento que pudiera existir en materia de legislación, se hace saber que el Artículo 261 del Código Procesal Penal de Salta señala: “Reserva total. El fiscal podrá disponer por decreto fundado, con noticia al Juez de Garantías, por única vez, el secreto total de las actuaciones por un plazo que no podrá superar los 10 días, siempre que la publicidad entorpezca el descubrimiento de la verdad, exceptuándose los actos definitivos e irreproducibles que nunca serán secretos para las partes, con la salvedad de cualquier medida dispuesta bajo reserva parcial en los términos del Art. 262 . El plazo podrá ser prorrogado por igual termino por el Juez de Garantías por auto, a solicitud fundada del Fiscal. No obstante podrá decretarse nuevamente si surgieran otros imputados. Todos los actos y el legajo de investigación serán secretos para los extraños. ”

Cabe destacar que en la causa mencionada, la fiscal de UDEC Ana Inés Salinas Odorissio, ha dispuesto la Reserva de Actuaciones para no frustrar la eficacia de las medidas dispuestas y a fin de garantizar el resultado de la investigación.