Ambos efectivos policiales están acusados de agredir físicamente a dos hombres, la madrugada del 25 de noviembre de 2022, en el marco de un operativo de despeje que llevaban a cabo en el corredor Balcarce. Todo quedó registrado por las cámaras de seguridad.
El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 5 del Distrito Centro, contra Gonzalo Rodrigo Wayar Gómez, de 31 años, por los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia, privación ilegítima de la libertad y falsedad ideológica, todo en concurso real y contra Esteban Joel Yurquina, de 45 años, por los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y privación ilegítima de la libertad.
El hecho denunciado ocurrió en la madrugada del 25 de noviembre de 2022 y, según consta en la denuncia, el damnificado caminaba junto a un amigo por calle Balcarce esquina Necochea cuando varios efectivos, que cumplían funciones de despeje, los interceptaron, cortándoles el paso, recibiendo insultos y golpes de puño.
En determinado momento, el acusado Yurquina le propinó golpes con la mano abierta y de puño en la cara al damnificado, lo que le provocó hematomas en rostro frontal y malar derecho, según quedó registrado en el certificado emitido por el médico legal y Hospital San Bernardo. En ese momento, apareció el oficial auxiliar Wayar Gómez, que también lo golpeó en el rostro, lo que fue filmado por el amigo del damnificado.
Respecto a este hecho, el Cuerpo de Investigadores Fiscales (CIF) analizó material fílmico, aportado por particulares, del momento exacto en el que el efectivo golpea a mano abierta a la víctima.
El denunciante manifestó que luego lo esposaron y lo llevaron a la Comisaría 1º, después a la Alcaidía, al Hospital San Bernardo, más tarde, nuevamente a Alcaidía y lo regresaron a la Comisaría 1º, no permitiéndole realizar llamada, ni solicitar un abogado. Según expresó, pudo reconocer a los dos efectivos que son los que le pegaron.
Todo quedó registrado por las cámaras de seguridad, de cuyo análisis de las filmaciones, provistas por el Centro de Videovigilancia, ubicadas en calles Balcarce y Necochea, se observa a dos civiles, uno de ellos sujetando un teléfono móvil, mientras el otro mantiene un altercado con un efectivo policial que le propina un golpe de puño, que lo hace perder el equilibrio. Se pudo visibilizar, además, a dos oficiales que tomaron del cuello al mismo civil, para luego esposarlo.
En relación a la versión de lo sucedido, volcada en el informe policial realizado por el acusado Gonzalo Rodrigo Wayar Gómez, se advierte que no resulta coincidente con la brindada por el damnificado, el testigo y las filmaciones, tergiversando la verdad respecto al origen de la lesión del denunciante, razón por la cual el fiscal estima que su conducta encuadra en el delito de falsedad ideológica, en virtud de haber insertado en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento debía probar.
En el requerimiento, el fiscal González afirma que ambos efectivos se encontraban ejerciendo un acto de servicio, excediendo claramente su función. Que, como consecuencia de ese ilegítimo proceder, le provocaron lesiones al damnificado, que fueron constatadas por el examen médico, expedido por el médico del Hospital San Bernardo, quien dejó constancia que, tras sufrir la agresión de terceros, el denunciante presenta hematomas en rostro, a nivel frontal y zona malar derecha. En historia clínica, el profesional médico diagnosticó traumatismo superficial que afecta la cabeza y el cuello.
Por otro lado, afirma el fiscal de Derechos Humanos, con claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, se privó ilegítimamente de la libertad ambulatoria a ambos damnificados, a quienes retuvieron en la Comisaría 1°, sin causa.
El requerimiento expresa que “se advierte una práctica de violencia institucional, que corresponde erradicar mediante sanción del sistema policial de nuestra provincia y país”.
Continúa expresando que “es preciso destacar que la violencia institucional por parte de las fuerzas de seguridad es una práctica estructural de violación de derechos humanos, por parte de funcionarios públicos policiales y del servicio penitenciario”.
Concluye que “la violencia institucional referida conlleva un plus de reproche, por cuanto es cometida por funcionarios públicos que por sus responsabilidades y deberes, se encuentran autorizados en los supuestos legales, para hacer uso de la fuerza pública, el que debe ser racional y cuya práctica contraria se transforma en violatoria de derechos humanos”.