José Waldino Figueroa cumplirá ocho años y seis meses de prisión efectiva por el delito de lesiones gravísimas agravadas en perjuicio de un joven. Deberá someterse a tratamiento psicológico y se hizo lugar en forma parcial a la demanda civil.
Durante los alegatos, la fiscala penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, solicitó al Tribunal de la Sala IV, que se le aplique al acusado, la pena de diez años de prisión, en adhesión al pedido de la querella, que además pidió que se haga lugar a la demanda civil por un monto de cinco millones de pesos.
La defensa de Figueroa solicitó que sea absuelto por la duda y en forma subsidiaria, que reciba una condena condicional por legítima defensa. Desde la Fiscalía de Estado en tanto, se solicitó que no se haga lugar a la demanda civil.
Tras deliberar, los jueces Roberto Faustino Lezcano, Norma Beatríz Vera y Martín Pérez, dieron a conocer el fallo donde impusieron a José Waldino Figueroa, la pena de ocho años y seis meses de prisión efectiva por el delito de lesiones gravísimas agravadas en perjuicio de Daniel Estrada. Ordenaron su prisión preventiva y su inmediata detención, ya que llegó a juicio en libertad.
Se recomendó a las autoridades del Servicio Penitenciario que el condenado reciba tratamiento psicológico o psiquiátrico por las características de su personalidad y la naturaleza del hecho cometido.
Se hizo lugar en forma parcial a la demanda civil presentada y condenó a José Waldino Figueroa y a la Provincia de Salta a pagar en forma solidaria, conjunta y mancomunada al damnificado la suma de 4 millones de pesos en concepto de reparación integral por los daños causados, más los intereses correspondientes.
También se ordenó que se remita a la fiscalía penal correspondiente, copias de la declaración de dos efectivos policiales por la posible comisión del delito de falso testimonio.