Condenado por abuso sexual: pasará 14 años preso por unificación de penas

El hombre, que se encontraba detenido al momento del juicio por una sentencia previa por abuso sexual, fue hallado culpable de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de dos menores de edad.

La Sala 3 del Tribunal de Juicio condenó a un hombre a la pena de 8 años de prisión de cumplimento efectivo por ser autor material de los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de dos menores de edad.

Una mujer, que es hermana de una adolescente de 15 años y madre de una niña de 11, denunció que había tomado conocimiento de que las menores de edad, cuando eran más pequeñas, habían sido abusadas sexualmente por un hombre que era cercano a la familia y tenía acceso a su vivienda.

La fiscal de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual 3, Cecilia Flores Toranzos, tomó intervención en la causa e investigó los hechos denunciados, reuniendo las pruebas necesarias para probar la autoría del hombre en el abuso sexual simple y el abuso sexual con acceso carnal.

Al momento del juicio, el acusado se encontraba alojado en la Unidad Carcelaria 1 cumpliendo una condena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, también por abuso sexual.

La jueza Gabriela González unificó las condenas por lo que ahora el condenado deberá pasar 14 años en prisión.

 

Salvador Mazza: Imputan a un hombre que fue denunciado por abusar de una joven

La víctima aseguró que, tras compartir una reunión social el sábado pasado, el imputado vulneró su integridad sexual cerca del río Caraparí.

La fiscal Penal Gabriela Souto, a cargo de la Fiscalía de Violencia Familiar y de Género de Tartagal, imputó provisionalmente a un hombre de 35 años por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y lesiones agravadas por el género, en concurso real.

Durante la audiencia, el hombre fue asistido por una defensora oficial y se negó a declarar y responder preguntas de la Fiscalía.

El imputado fue denunciado el sábado pasado por una joven que contó que había concurrido a un local bailable en Comunidad La Bendición de Salvador Mazza, donde se llevaba a cabo un “after”. Narró que, cuando sus amigas se retiraron, se quedó en compañía del hombre, que ofreció llevarla en su vehículo, a lo cual accedió.

La joven, de 21 años, aseguró que se despertó más tarde en el vehículo, a la altura del río Caraparí, y al intentar salir,  el hombre le pegó una patada que la arrojó al suelo, en donde fue abusada sexualmente.

Teniendo en cuenta lo manifestado por la víctima, la fiscal Souto ordenó distintas medidas para investigar lo sucedido y la responsabilidad del hombre, que permanece detenido.

 

Preventivamente, dos Fiscalías solicitaron que las menores de edad francesas no sean restituidas a su país

El fiscal de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual 4, Pablo Rivero, investiga una denuncia radicada el 14 de febrero por lo que presentó una medida cautelar de restricción de acercamiento y diferimiento o suspensión del viaje y remitió copia de los informes psicológicos al fiscal en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 2, Agustín Vidal, quien también pidió la suspensión de restitución.

El fiscal en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 2, Agustín Vidal, solicitó el 15 de marzo pasado la suspensión de restitución de dos menores de edad a Francia.

El escrito fue presentado a la jueza de Primera Instancia en lo Civil y de Personas y Familia 3, Claudia Noemí Güemes, y plantea que debe primar el interés superior de las niñas involucradas por sobre lo acordado por sus progenitores, algo que había sido convenido el 3 de febrero pasado por los padres ante la jueza, el fiscal en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 1, Rodrigo Erazo Schmidt y la Asesora de Incapaces 7.

El fiscal Vidal realizó el pedido en base al pedido de imposición de medida cautelar al Juzgado de Garantías 4 realizado por el fiscal Penal de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual 4, Pablo Rivero, que investiga una denuncia por abuso sexual radicada por la madre de las menores el 14 de febrero de 2023 en contra de su expareja.

Al tomar intervención en la causa, el fiscal Rivero requirió distintas medidas, entre las que se incluyó la entrevista con las dos menores de edad, de 13 y 11 años, en Circuito Cerrado de Televisión (CCTV) y pericias psicológicas de urgencia. El informe elevado por los profesionales de Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) llevó al fiscal de UDIS 4 a presentar la medida cautelar.

Atento a las declaraciones vertidas en CCTV por la menores y las pericias psicológicas incorporadas, y existiendo un temor fundado de que ocurran situaciones que traigan aparejadas un claro peligro de entorpecimiento del proceso a través de intimidaciones a las damnificadas y a su grupo familiar que podrían influir en el contenido de sus manifestaciones, deviniendo imperioso neutralizar toda posibilidad de que el denunciado, pueda por sí o a través de terceros ejercer tales actos sobre aquéllos, asegurando así concreten su declaración de manera segura, libre y veraz, el fiscal de UDIS 4 presentó la medida cautelar solicitando se dicte la prohibición de acercamiento a una distancia de 500 metros y prohibición de contacto por cualquier forma o medio (personal, telefónico y/o informático) por parte del denunciado a sus hijas.

Además, el fiscal Rivero remitió copia de las pericias psicológicas a la Fiscalía en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 2, a cargo del fiscal Vidal, quien –en concordancia con Rivero– planteó que la situación encuadra en el supuesto de excepción previsto artículo 13 del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, aprobado por Ley 23.857, que dispone que “la autoridad judicial o administrativa del Estado requerido no está obligada a ordenar la restitución del menor si la persona, institución u otro organismo que se opone a su restitución demuestra que: a) …b) existe un grave riesgo de que la restitución del menor lo exponga a un peligro físico o psíquico o que de cualquier otra manera ponga al menor en una situación intolerable…La autoridad judicial o administrativa podrá asimismo negarse a ordenar la restitución del menor si comprueba que el propio menor se opone a su restitución, cuando el menor haya alcanzado una edad y un grado de madurez en que resulta apropiado tener en cuenta sus opiniones”.

Además, evaluó que “si bien las excepciones a la obligación de la inmediata restitución de los menores al país de su residencia habitual son de carácter taxativo y deben ser interpretadas de manera restrictiva para no desvirtuar su finalidad, una valoración conjunta del material aportado a la causa bajo las pautas de interpretación que imperan en materia de restitución internacional conduce a tener por configurada, con el rigor que exige, la causal de grave riesgo para negar el retorno de las niñas a Francia.

La jueza Güemes no hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y ordenó la restitución de las menores de edad con reforzamiento de las medidas de seguridad dictadas y dará intervención a un juzgado en Francia.

 

Abusó de la hija de su pareja y ahora pasará 12 años preso

La madre de una adolescente de 15 años denunció que su hija era abusada por su pareja desde los 12 años. El fiscal Pablo Rivero sostuvo la acusación y logró la condena a prisión efectiva del hombre.

La Sala 6 del Tribunal de Juicio condenó a un hombre a 12 años de prisión de cumplimento efectivo por el delito de abuso sexual simple (dos hechos) y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos), ambos agravados por la guarda y convivencia pre existente con una menor de edad, todo en concurso real.

El fiscal Pablo Rivero, de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual 4, sostuvo la acusación contra el hombre en representación del Ministerio Público Fiscal.

La causa inició con la madre de una adolescente de 15 años, quien denunció que su pareja había abusado sexualmente de su hija desde que tenía 12 años. Contó que tomó conocimiento cuando la menor de edad le comentó a su madrina lo que venía viviendo desde hacía años.

Aseguró que, según le relató, los abusos iniciaron con tocamientos, pero que luego, aprovechando una oportunidad en que viajó a Buenos Aires, su pareja avanzó con el abuso, llegando a someter sexualmente a la niña.

En Circuito Cerrado de Televisión, la menor de edad confirmó los dichos de su madre y brindó precisiones de los lugares y momentos en que ocurrieron los hechos.

El fiscal Pablo Rivero requirió juicio contra el hombre, que se encontraba en libertad. Tras la sentencia, fue apresado y puesto a disposición del Servicio Penitenciario de la Provincia.

Además, el juez José Luis Riera ordenó que el sentenciado sea examinado por un médico del Poder Judicial para la obtención de sus señas particulares y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN, previa asignación del DUIG correspondiente, para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos.

Sometió a tocamientos a su hijastra y fue condenado

El padre de la menor de edad efectuó la denuncia cuando la adolescente le contó lo que le había sucedido.

La Sala 1 del Tribunal de Juicio de Orán condenó a un hombre a tres años de prisión de ejecución en suspenso y reglas de conducta por el delito de abuso sexual simple agravado por la guarda y la convivencia.

La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, representó al Ministerio Público Fiscal durante el juicio y fue quien llevó adelante la investigación, acusando al padrastro de una adolescente.

El 3 de marzo de 2021, el padre de una menor de edad efectuó una denuncia en contra del hombre, asegurando que su hija le había contado que la pareja de su mamá la había tocado en sus partes íntimas.

En Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), la menor no confirmó el hecho, pero los informes psicológicos dieron cuenta que la menor de edad incurría en contradicciones que denotaban que la víctima ocultaba algo.

A través del primer testimonio de la víctima a su padre y la Policía se pudo reconstruir el hecho.

Quince años de prisión para el “curandero” de Orán

Dos mujeres, sin vínculos entre ellas, denunciaron que concurrieron a la casa de Luis Manuel Vidaurre Guerra en búsqueda de ayuda y fueron abusadas sexualmente. La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, investigó ambas causas y llevó al hombre a juicio.

La Sala II del Tribunal de Juicio de Orán condenó a Luis Manuel Vidaurre Guerra, un “curandero”, a 15 años de prisión de cumplimiento efectivo.

La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, lo acusó de dos hechos abuso sexual con acceso carnal y había solicitado la pena de 16 años de prisión.

Los jueces María Laura Toledo Zamora, Raúl Fernando López y Héctor Fabián Fayos dispusieron que el condenado sea examinado por un médico del Poder Judicial para la obtención de sus señas particulares y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN, previa asignación del DUIG correspondiente, para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos.

La causa

El 16 de julio de 2018 una mujer denunció que el 25 de junio un hombre, de nombre Luis, había abusado sexualmente de ella cuando concurrió a su casa para que la curara de un dolor en la boca del estómago. Contó, con detalles, cómo era el lugar y que, el curandero le dijo que se iba a morir, pero la ayudaría a sanar. En ese momento, aseguró, le puso un cuchillo en el cuello y la obligó a mantener relaciones sexuales. Luego, la amenazó con hacerle daño si contaba lo sucedido.

La víctima se retiró a su hogar y calló lo sucedido durante varios días hasta que concurrió a la asistente social de la Municipalidad de Orán en búsqueda de ayuda y le manifestó que quería quitarse la vida. Allí dieron intervención a una psicóloga para que la contuviera y luego efectuó la denuncia.

El 28 de mayo de 2021, otra mujer efectuó una denuncia contra Luis Manuel Vidaurre Guerra, asegurando que concurrió a verlo para que la ayudara a mejorar las ventas de su local de comida.

Una vez en el lugar y mientras ésta le contaba los problemas económicos que atravesaba su comercio, manifestó que Guerra cerró con llave la puerta de ingreso y la abusó  sexualmente.Al igual que con la mujer anterior, amenazó con hacerle daño si contaba lo sucedido.

Tras reunir distintas pruebas e informes psicológicos, la fiscal Filtrín Cuezzo requirió juicio contra el hombre por los dos hechos de abuso sexual con acceso carnal, solicitando la acumulación de las causas por conexidad subjetiva.

“Necesito que me salven”- pedía una víctima de abuso sexual: La madre y su pareja fueron condenados

La menor reveló lo que le sucedía, a través de una carta que entregó a una psicóloga del Centro de Salud de Vaqueros. Además aportó como prueba fotos y videos que robó del celular de su progenitora.

El fiscal Penal de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual 4, Pablo Rivero, representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio abreviado por el que una mujer y su pareja fueron condenados a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo por abusar sexualmente de la hija de ella.

Tras investigar la causa y reunir distintas pruebas, Rivero acusó al hombre de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y convivencia pre existente en concurso ideal con corrupción de menor agravada por la  guarda y convivencia pre existente. A la madre de la menor de edad la acusó del delito de cooperación a la perpetración del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y convivencia pre existente  en concurso ideal con corrupción de menor agravada  por la  guarda y convivencia pre existente.

Tras admitir su responsabilidad en los hechos, el juez Javier Aranibar de la Sala 1 del Tribunal de Juicio condenó a ambos  y fueron puestos a disposición del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta para su traslado a la Unidad Carcelaria 1 para el cumplimiento de la condena impuesta.

El caso

El 27 de febrero de 2021, una psicóloga en el Centro de Salud de Vaqueros radicó una denuncia en representación de su paciente, de 16 años, solicitó la protección de la menor, salvaguardar su integridad física y que se investigue el hecho.

La profesional de la salud mental manifestó que ese día, a las 14:30, la menor de edad se presentó en su consultorio y le entregó una carta, pidiéndole que la leyera una vez que ella se retirara. La psicóloga pensó que tal vez se tratara de un caso de intento de suicidio por lo que indagó a la adolescente, que le manifestó que no se trataba de eso y se retiró.

“Este es un secreto que llevo guardando desde que tengo 13 años y necesito ayuda, necesito que me salven” y “cuento esto en una carta por que me da vergüenza contártelo en persona”, decía la carta. Allí, además, relataba distintos tipos de abuso sexual a los que fue sometida de manera constante, generalmente los fines de semana, por su progenitora y su pareja.

En su misiva, la adolescente también le dijo a la terapeuta que le enviaría videos y fotos (que había robado del celular de su madre) sobre todo lo que le contaba. La psicóloga entregó la carta, videos y fotos junto a la denuncia.

El fiscal Pablo Rivero entrevistó a la adolescente en sede fiscal. La menor de edad corroboró todo lo dicho en su carta y aportó más detalles de las prácticas abusivas y humillantes a las que era sometida.

Tras ordenar distintas medidas, el fiscal de UDIS imputó a la madre y su pareja, considerando que “todos estos sucesos, por las circunstancias en que se realizaron, como así por el tiempo de duración (dos años aproximadamente) han supuesto un grave ultraje y humillación para la víctima. De igual manera la conducta se ve agravada por haber estado el acusado al cuidado de la damnificada y residiendo con ella, encontrándose obligado a tutelar por su bienestar, y por haber aprovechado la convivencia con la misma, lo que le brindó facilidades para concretar estos hechos”.

Además, manifestó que el acusado “por lo prematuro y excesivo, mediante las conductas corruptoras descriptas por la menor de edad, alteró el desarrollo normal de su sexualidad, con lo cual se verificó el delito de corrupción de menores agravado por la guarda y la convivencia”

En cuanto a la madre, Rivero señaló que “no sólo no evitó la perpetración de los ilícitos descriptos, sino que provocó el inicio de la actividad sexual de su hija menor de edad”.

 

Dos hermanas abusadas por su padre y su hermano

Una adolescente de 17 años se fugó de su hogar, y al ser hallada por la Policía, contó que su padre y hermano vulneraban su integridad sexual. Su hermana mayor también denunció que su hermano la abusaba.

La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, imputó provisionalmente a un hombre de 46 años y su hijo de 25 años por abusar sexualmente de su hija y hermanas, respectivamente.

Al mayor de ellos le imputa el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado por haber sido cometido por un ascendiente, por la guarda y la convivencia en perjuicio de su hija. Al segundo hombre le imputa los delitos de abuso sexual simple continuado agravado por haber sido cometido por un hermano, por la guarda y la convivencia en perjuicio una hermana y por abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por haber sido cometido por un hermano, por la guarda y la convivencia en perjuicio otra de sus hermanas, todo en concurso real.

El 11 de marzo, una mujer radicó una denuncia en la Comisaría en contra de su padre y su hermano. Contó que ese día concurrió a la sede policial para retirar a su hermana, de 17 años, que se había fugado de su hogar y fue hallada por la policía. Allí, manifestó, se enteró que la adolescente era abusada sexualmente desde los 10 años por su padre y, desde los 15, por su hermano.

La mujer expuso que convivía junto a sus padres, un hermano de 25 años, su hermana de 17 y un hermano de 9 y que, la adolescente reconoció que a los 10 años su padre la comenzó a someter a tocamientos y a los 15, la accedió carnalmente, algunas veces en su vivienda y otras en un motel alojamiento, siempre bajo amenazas de penitenciarla si no accedía a sus demandas o contaba lo que sucedía. La adolescente también manifestó que su hermano la sometía a tocamientos.

La mujer contó que el mismo hermano había abusado sexualmente de ella.

El 11 de marzo, la madre de las víctimas, también radicó denuncia en contra de su marido e hijo, manifestando que acababa de tomar conocimiento de lo que sucedía.

Los informes médicos corroboraron lo relatado por ambas víctimas.

Los dos hombres fueron detenidos e imputados por la fiscal Filtrín Cuezzo.

 

Orán: Se animó a contar que era abusado y ahora su agresor fue condenado a 12 años de prisión

Un joven de 15 años le confesó a su mamá que, desde los 5, un amigo de su tío lo abusaba cuando ella salía a trabajar. La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, investigó el hecho y llevó al hombre a juicio.

La Sala 2 del Tribunal de Juicio de Orán condenó a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre por considerarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal continuado.

La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, representó al Ministerio Público Fiscal durante el juicio y solicitó en su alegato que el acusado, de 35 años, fuera sentenciado a 14 años de prisión.

En abril 2022, una mujer radicó denuncia en contra del hombre, asegurando que acababa de tomar conocimiento que había abusado sexualmente de su hijo de 15 años.

Contó que el adolescente le había confesado que, desde los 5 años, un amigo de su tío lo había sometido sexualmente en ocho oportunidades. Los hechos ocurrieron en Orán y en Los Toldos, cuando el menor de edad quedaba a cargo de su abuela mientras su madre salía a trabajar.

Tras investigar lo sucedido y reunir las pruebas necesarias, la fiscal Filtrín Cuezzo requirió juicio, instancia que culminó con la condena del hombre.

El acusado fue puesto a disposición del Servicio Penitenciario de la Provincia y el juez Raúl López dispuso que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN para su posterior incorporación en el Banco de Datos Genéticos.