La Unidad Fiscal integrada por los fiscales penales Ana Inés Salinas Odorisio y Gustavo Torres Rubelt, informó que desestimó las actuaciones en torno al fallecimiento de Jorge Horacio Brito y Santiago Beauden, en ocasión de un siniestro aéreo, por no constituir delito ni haber existido participación de terceros.
Tras un pormenorizado análisis de las constancias
incorporadas a la investigación, los fiscales Ana Salinas Odorisio y Gustavo
Torres Rubelt, desestimaron las actuaciones iniciadas el 20 de noviembre
último, por no constituir delito y por no haberse verificado la intervención o
participación de terceros en el resultado luctuoso. Remitieron en forma
definitiva las 64 fojas del Legajo a la Oficina Central de Causas Archivadas.
Es decir, que de los elementos agregados, se advirtió que fue casual el siniestro aéreo ocurrido el 20 de noviembre de 2020, aproximadamente a las 18:50 y sobre el cauce hidrográfico del río Juramento, (en el denominado cañón del Juramento), a siete kilómetros del embalse Cabra Corral.
Según las pericias, informes y pruebas aportados, -entre las
que se incluyó el informe Preliminar de Seguridad Operacional y Sucesos de la Junta
de Seguridad en el Transporte (JST) del Ministerio de Transporte de la Nación-;
el siniestro se habría ocasionado por el actuar imprudente de los propios
damnificados, ya que en oportunidad en la que Brito circulaba piloteando el
helicóptero Eurocopter Écureuil matrícula LV-FQN, llevando como acompañante a
Santiago Beauden -quien oficiaba como piloto de seguridad-, en vuelo visual y con
una trayectoria de suroeste a noreste, con una altura aproximada de entre 100 y
110 metros, el corta cable impactó con la línea de señalización con bochones y
la cortó. Luego, el helicóptero arrastró la segunda línea del canopy,
cortándola en la zona de amarre. El impacto en los cables, habría sometido a la
aeronave a esfuerzos y cargas excesivas, lo que provocó que una de las palas
del rotor principal, seccionara el botalón de cola. La aeronave perdió el
control y se precipitó sobre el cauce del río, en una zona de baja profundidad.
Las muertes de Brito y Beauden, se produjeron por traumatismo encéfalocraneano
y politraumatismo grave por accidente aéreo.
Sobre la empresa prestadora y operadora de turismo
alternativo ubicada en la zona y que opera desde 2003, la investigación precisó
que cuenta con renovación de autorización provincial para prestar servicios de
rafting, trekking, rappel y canopy, vigente hasta el 2 de noviembre de 2022. El
27 de julio de 2005, la Región Aérea Noroeste de la Fuerza Aérea Argentina,
manifestó que no existía impedimento alguno para el montaje de los cables
canopy, ya que no se encontraban en una zona que interfiriera con la actividad
aérea. El sistema consiste en cuatro tendidos de cable, cada uno de los cuales
cuenta con dos cables de acero de 13 mm de diámetro. Todo el sistema está
señalizado con un tendido de acero, con una serie de bochones naranja, ubicados
entre el primer y segundo tendidos.