Luego de analizar las pruebas recabadas, la fiscal Penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, declinó la competencia provincial en la causa que se le sigue a la financiera.
La fiscal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, solicitó al Juzgado de Garantías 7 que declare la incompetencia del fuero provincial en la investigación que llevó adelante por denuncias contra la firma Saulo Capital SRL, solicitando que la causa sea derivada al Fuero Federal, dado que los hechos denunciados encuadrarían en el delito de intermediación financiera no autorizada, previsto en el artículo 310 del Código Penal. Además, la financiera se encuentra bajo investigación del Banco Central de la República Argentina por llevar adelante, sin autorización, actividades que son reguladas por la Ley de entidades financieras.
En el escrito, Salinas Odorisio consideró que
el dinero de los denunciantes recibido en Saulo Capital SRL era invertido en
negocios del mercado local. Las ganancias producidas fueron empleadas en muchos
casos para devolver los intereses a los inversores; por lo menos hasta el
cierre de la sede de Saulo en Salta.
Para la UDEC, Saulo Capital SRL habría realizado por cuenta propia actividades de intermediación financiera sin contar con la autorización emitida por la autoridad de aplicación, esto es la Comisión Nacional de Valores. Además, se agrava por la realización de publicidad para captar inversores difundida por distintos medios de comunicación.
En efecto, el artículo 310 del Código Penal
Argentino establece que “…será reprimido con prisión de uno a cuatro años,
multa de dos a ocho veces el valor de las operaciones realizadas e
inhabilitación especial hasta seis (6) años, el que por cuenta propia o ajena,
directa o indirectamente, realizare actividades de intermediación financiera,
bajo cualquiera de sus modalidades, sin contar con autorización emitida por la
autoridad de supervisión competente” y “en igual pena incurrirá quien captare
ahorros del público en el mercado de valores o prestare servicios de
intermediación para la adquisición de valores negociables, cuando no contare
con la correspondiente autorización emitida por la autoridad competente…”.
El Gabinete de Delitos Económicos de UDEC
informó la existencia de contratos celebrados entre la sociedad Saulo Capital
SRL y 344 personas físicas en calidad de inversionistas.
Los contratos aportados por los denunciantes indicaban el título expreso de Contratos de Capitalización, cuya operatoria consistía en la entrega de capital (dinero en moneda local o extranjera), con un plazo de permanencia mínima de 120 (ciento veinte) días corridos, cuya decisión de retiro debía ser expresada con un mínimo de antelación de 30 (treinta) días, caso contrario se renovaba de forma automática por idéntico plazo al original, salvo que la parte interesada decidiera optar por un término de tiempo mayor. El interés generado por el capital aportado rondaba el 20% y 40% cada 30 días.
En el contrato, además, se hacía alusión a que
la recepción de capitales por parte de Saulo tenía por objeto realizar
inversiones en el mercado de capitales y operaciones binarias, entre otros. Al
establecer el término mínimo de permanencia, se indicaba como inversión en un
Fondo de Inversión.
Tras la entrega del dinero, desde Saulo emitían
un recibo donde se consignaba la recepción de fondos en concepto de “servicio
de inversión por contrato”. Resulta menester destacar que los recibos no
cumplían con la Resolución General N° 1415/03 y complementarias, normativa
exigida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en lo concerniente
a emisión y validez de comprobantes.
Según el informe emitido por la Agencia de
Recaudación de la Municipalidad de Salta (ARMSa) y suscripto por el Subsecretario
de Habilitaciones Comerciales de dicha Municipalidad, una fiambrería, una
librería, una rotisería, una pollería, un negocio de venta de ropa y una
distribuidora de mercadería fueron habilitados o se encuentran en trámite a
nombre de Saulo SRL; mientras que a nombre de uno de los socios de Saulo fueron
registrados una confitería, un almacén y una casa de comidas para llevar.
Ahora, la jueza Claudia Puertas, a cargo del Juzgado de Garantías 7, deberá resolver si hace lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal.