Cerrillos: Policías imputados por atropellar a una pareja y denunciar falsedades

El fiscal penal de Derechos Humanos en feria, Ezequiel Molinati, imputó provisionalmente a dos efectivos policiales por un hecho ocurrido durante la madrugada de año nuevo en barrio Congreso Nacional de Cerrillos.

Las actuaciones de la Fiscalía Penal de Derechos Humanos, iniciaron de oficio tras la publicación de una noticia criminis en un portal digital, que dio a conocer que una patrulla policial, en el lugar y momento señalados, habría atropellado a una mujer.

Con los elementos incorporados en la investigación, el fiscal penal Ezequiel Molinati, sostuvo que surgieron elementos de convicción suficientes para imputar provisionalmente a los dos efectivos policiales.

El chofer del vehículo, con el rango de sargento, fue imputado por los delitos de vejaciones agravadas por la violencia en perjuicio de una mujer, en concurso real con vejaciones agravadas por resultar grave daño a la persona en concurso real con vejaciones en perjuicio de un hombre y falsedad ideológica.

En tanto, otro de los efectivos con el rango de oficial subayudante, fue imputado provisionalmente por el delito de falsedad ideológica.

Del decreto de imputación, se desprendió que durante la madrugada del 1 de enero, por una gresca ocurrida en barrio Congreso Nacional de Cerrillos, se desplazó el móvil policial del destacamento Los Álamos, con cuatro efectivos policiales a bordo.

Al advertir la presencia del móvil, la mujer víctima habría pedido asistencia a los efectivos en medio de la calle y haciéndole señas para que se detuvieran.

Lejos de asistirla, el conductor la habría embestido, por lo que la mujer cayó al suelo. Al ver esta situación, el hombre se acercó a asistir a la mujer, cuando el conductor del móvil habría retrocedido e impactado, lo que le produjo una fractura en la rodilla izquierda.

Por otra parte, cuando el hombre fracturado se encontraba en el hospital de Cerrillos, el conductor del móvil se habría acercado para agredirlo verbalmente, con un trato denigrante con el propósito de mortificarlo.

Con el fin de justificar su proceder, el chofer formuló una denuncia y en su calidad de funcionario público, habría insertado en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar para tergiversar la mecánica de los hechos.

De la misma manera, el oficial subayudante también habría confeccionado un informe para insertar en un instrumento público declaraciones falsas.

Orán: Solicitan se revoque la prisión domiciliaria de dos imputados por torturas

El fiscal penal de Derechos Humanos en feria, Gabriel González, presentó ante el Tribunal de Juicio Sala I del distrito Orán, el pedido de revocatoria contra la resolución que disponía la prisión domiciliaria de los imputados Gerardo Ricardo Páez y Carlos David Morales en una causa por torturas.

Cabe recordar que la Fiscalía formuló acusación en contra de Enzo Anagua, Gerardo Páez y Carlos David Morales por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, todo en concurso real. En tanto, Anagua fue acusado, además del delito de falsedad ideológica.

El Tribunal fundamentó su decisión de revocar la prisión preventiva y otorgar la prisión domiciliaria de los acusados, en el hecho de que, tanto Páez como Morales, no podían continuar en el lugar de detención debido a la enfermedad que padecen, a pesar del tratamiento médico y la situación epidemiológica de Covid-19 y Dengue, en la zona.

El pedido de revocatoria de la medida fue elevado el pasado 29 de octubre de 2021 y entre sus considerandos, el fiscal González precisa que el juez había ordenado la realización de una junta médica e informe social, sin haber notificado al Ministerio Público Fiscal, ni al damnificado, a fin de poder proponer peritos de parte.

Al respecto, el fiscal de Derechos Humanos expresó que, conforme a la Junta Médica, el estado de salud de los acusados se agravó no por la falta de atención y medicamentos sino debido al “incumplimiento del plan de alimentación, al sedentarismo y a la ‘toma de conciencia de la adherencia al tratamiento’” y continúa “con lo cual se estima que la falta de cumplimiento del tratamiento médico indicado obedece a una actitud de parte de los mismos acusados, y no a causa de una conducta de falta de colaboración de parte de los encargados de la custodia de los mismos. Con lo cual, el empeoramiento en el estado de salud de los acusados es a causa de una actitud poco colaborativa de los mismos y que no tienen que ver con su actual lugar de encierro”.

En cuanto a la invocación de la situación sanitaria, el fiscal González expresó que no es suficiente para justificar una medida, tendiente a moderar la situación del encierro.

Por último, el fiscal invocó el informe del Servicio Social del que se desprende que, tanto en el caso de Páez como de Morales, no estaban dadas las condiciones para que se les concediera el arresto domiciliario, sobre todo, teniendo en cuenta que el delito más grave por el que fueron acusados es de torturas, ya que permite suponer que, al disponer soltura anticipada o arresto domiciliario, ambos intentarán eludir la acción de la Justicia o entorpecer el desarrollo del juicio.

Es así como en dicho petitorio, la fiscalía de Derechos Humanos solicitó la concesión del recurso de apelación y la elevación del expediente al Tribunal de Impugnación para la revisión de la decisión del Juez y que se deje sin efecto.

Apelan el levantamiento de prohibición de salir del país a un imputado por torturas

El fiscal penal de Derechos Humanos en feria, Gabriel González, interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal de Juicio Sala I de la ciudad de Orán en contra de la resolución del 29 de diciembre de 2021, que dispone levantar la prohibición de salir del país a Rodolfo Jesús Guerrero.

En los fundamentos del recurso, el fiscal sostiene que dicha medida le fue impuesta a Guerrero en el entendimiento de que es suficiente para evitar que éste pueda fugarse; que el Juez no tuvo en cuenta que Guerrero trabaja como personal policial en Orán y omitió el domicilio de residencia hasta la fecha en que intentó salir del país, hecho que no fue constatado por el Juzgado.

Por esta razón, el fiscal González estima que permitirle salir del país a días del inicio de la fecha de la audiencia de debate, fijada por el Tribunal para el 18 de enero de 2022, constituye un serio indicio de fuga, y destaca: “más aún teniendo en cuenta que el imputado y sujeto a proceso penal habría intentado salir del país, desoyendo las ordenes impuestas por la jurisdicción, ello no es más que un grave indicio de que pueda llegar a eludir el accionar de la justicia”.

En la causa contra Guerrero, se encuentran además imputados Gerardo Páez, David Morales, Enzo Anagua y otros, por torturas y lesiones leves en perjuicio de Renzo Rodríguez.

La resolución de fecha 29 de diciembre de 2021 del Tribunal de Juicio Sala I, Distrito Judicial Orán, hace lugar a la solicitud presentada por Guerrero el 27 del mismo mes y año de la restricción impuesta, argumentando que su domicilio real es en el paraje Los Toldos, Santa Victoria, y que para Navidad no pudo ver a su familia porque el control de Migraciones no le permitió salir del país.

Dicha resolución expresa que el imputado Guerrero compareció las veces que fue citado y el hecho de que para llegar a su domicilio real en Los Toldos, debe pasar por un control de Migraciones.

Por su parte, la Fiscalía de Derechos Humanos, ya había expresado que no prestaba conformidad al levantamiento de la prohibición de salir del país, la que, per se, es de menor intensidad que la prisión preventiva y su finalidad es evitar un posible intento de fuga, neutralizando así el riesgo procesal que está situación implica.

Se confirmó la prisión preventiva para un policía imputado por múltiples causas

La Sala IV del Tribunal de Impugnación rechazó el recurso de apelación interpuesto por los abogados de la defensa de Ignacio Esteban Zurita contra la resolución dictada por la Sala V del Tribunal de Juicio del distrito Centro, que desestimó el pedido de revisión de la prisión preventiva.

El Tribunal de Impugnación sostiene que tiene dicho en numerosos precedentes que el ordenamiento procesal ha otorgado al imputado la posibilidad de solicitar, de manera continua, su libertad mediante la revisión de la prisión preventiva ya dictada, pero supedita su procedencia a la incorporación de algún elemento que modifique, a favor de suposición, las bases en que se sustentó la medida.

El fallo sostiene que no surge de la presentación de la defensa, la invocación de algún elemento nuevo con entidad para modificar las razones que sustentaron elmantenimiento de la medida y que, por ende, autoricen a revocar la prisiónpreventiva impuesta a Zurita.

El imputado está acusado por los delitos de vejaciones en concurso real, con allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad y sus acumuladas: por vejaciones calificadas y lesiones leves en concurso ideal; por vejaciones calificadas y falsedad ideológica, en concurso real; por severidades calificadas y lesiones leves en concurso ideal; por vejaciones calificadas en concurso ideal, con lesiones graves.

Por su parte, el Tribunal de Juicio Sala V del distrito Centro, notificó al fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, que la audiencia de debate pública por la causa en la que se encuentran imputados, además de Ignacio Esteban Zurita, otros dos efectivos policiales: Pablo Exequiel Toledo y Rómulo Segovia, fue fijada entre el 20 y el 27 de septiembre del presente 2022.

Cabe recordar que los tres efectivos policiales fueron detenidos el lunes 19 de abril de 2021, imputados en múltiples causas, mientras se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana.

De las múltiples causas, se tiene que los efectivos policiales acusados acometieron contra la integridad física de numerosas personas (entre las cuales se encontraban dos menores de edad), y en muchas situaciones y sin motivo alguno, les dispararon con armas no letales. Uno de los damnificados, Luciano Cruz, perdió un ojo por la violencia con la que actuaron los encartados y tenía comprometido el otro, según había trascendido en publicaciones periodísticas.

Rosario de la Frontera: Piden juicio contra un policía que golpeó a un hombre con su cachiporra

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa en la que el sargento Darío Hernán Francia Castedo, de 39 años, fue imputado por la supuesta comisión de los delitos de severidades calificadas por el uso de la violencia en concurso ideal con lesiones leves.

Del requerimiento surgió que el acusado, cerca de las 9 del 7 de junio de 2017, en calle Belgrano al 300, frente de la Comisaria 31 de Rosario de la Frontera, ejercía un acto de servicio y con exceso de sus funciones, habría acometido contra la integridad física del denunciante, quien se encontraba a bordo del móvil 1741, a cargo del imputado.

Al descender del vehículo, el acusado le habría propinado al denunciante un golpe en la espalda y otro en el codo con su cachiporra, que le produjeron lesiones que fueron constatadas mediante certificados médicos.

Además, la oficial de Servicio en ese momento, observó el ingreso a la dependencia del denunciante en llanto, quien solicitó hablar con ella y le informó sobre lo ocurrido.

Por otra parte, de la nómina del personal de servicio y copias certificadas del libro de guardia de la División de Seguridad Urbana Rosario de la Frontera, surgió que el imputado integraba la nómina de personal en servicio y a cargo del móvil 1741, en el que desplazaron al denunciante.

Violencia Institucional
El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, recordó que la Violencia Institucional por parte de las fuerzas de seguridad es una práctica estructural de violación de Derechos Humanos por parte de funcionarios públicos policiales y del servicio penitenciario, cuya tutela de bienes jurídicos le han sido encargada dentro del sistema constitucional y democrático.

A fin de contrarrestar esta histórica y tolerada práctica, resulta necesario adoptar un enfoque basado en Derechos Humanos, que permita identificar y oportunamente en consonancia con los Instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional, erradicar estas prácticas de nuestras democracias, mediante la investigación y sanción de estas conductas ilícitas, máxime cuando ellas son llevadas adelantes por aquellos titulares de la función de seguridad.

Estas prácticas violentas y en estos ámbitos, han sido históricamente toleradas, por lo que se debe tener presente que en los entornos en la que se produce se advierte un aprovechamiento de una posición ventajosa, que permite una dependencia absoluta o relativa de la autoridad de las personas, que da la condición de posibilidad para el despliegue de las mismas.

Investigan posibles apremios ilegales contra un paciente oncológico

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, investiga la posible comisión del delito de apremios ilegales por parte de efectivos policiales de la Comisaría 45 de General Mosconi y de la motorizada, en perjuicio de un joven de 29 años que permanece internado en delicado estado en el hospital San Bernardo de la ciudad de Salta.

La intervención del fiscal penal Gabriel Alejandro González, se produjo a partir de la denuncia radicada por el padre del joven el pasado 17 de diciembre, en la delegación de la Fiscalía de Derechos Humanos de Tartagal.

En su denuncia, el padre indicó que el joven de 29 años, quien padece leucemia y es un paciente trasplantado, fue interceptado junto a un amigo a bordo de una moto por personal policial motorizado, en inmediaciones de un hotel ubicado sobre ruta nacional 34, para luego ser trasladado a la Unidad Regional 4 y posteriormente a la Comisaría 45 de General Mosconi, donde permaneció detenido durante dos semanas y habría sido golpeado por parte de los efectivos policiales. 

De la denuncia, también surgió que el joven debió ser internado a los pocos días de recuperar su libertad en el hospital Juan Domingo Perón de Tartagal y posteriormente fue derivado al hospital San Bernardo, de la ciudad de Salta.

El fiscal penal Gabriel Alejandro González, dispuso una serie de medidas tendientes al esclarecimiento del hecho investigado, entre ellas, la recepción de numerosas testimoniales, la remisión de la historia clínica del paciente y otras para determinar la data de una lesión y su etiología, toda vez que del certificado médico al momento de la detención se advirtió la presencia de la misma.

Piden el juicio contra el diputado Gustavo Orozco por amenazas

La Unidad Fiscal conformada por los fiscales penales Verónica Simesen de Bielke y Gabriel Alejandro González, requirió ante el Juzgado de Garantías 2 de Metán, la elevación a juicio de la causa en la que el diputado del departamento de Rosario de la Frontera, Gustavo Orlando Orozco, fue imputado por el delito de amenazas, en carácter de autor.

Del requerimiento, surgió que el 28 de julio del corriente año, cerca de las 17, el acusado se presentó en el domicilio de la víctima, ubicado en barrio Arturo Menu de la ciudad termal, quien previamente le había facilitado la pared lateral de su vivienda, para que Orozco la pintara con propaganda política.

En ese contexto, que fue referido por diversos testigos, el denunciante expresó que luego de un intercambio de palabras, el acusado le formuló expresiones amenazantes como “te voy a hacer cagar, no te vas a salvar, te voy a encontrar en la calle y te voy a matar”, mientras introducía la mano en la cintura y se levantaba la remera con el ademán de sacar un arma”.

A su vez, otra testigo manifestó que en ese día y horario, pudo ver en el lugar a una persona de contextura robusta y escuchar que le gritaba a otra.

En sus fundamentos, los fiscales penales Simesen de Bielke y González, indicaron que existen elementos suficientes que permiten sostener la existencia del hecho investigado y que confirman la presencia del acusado en el lugar, donde expresó dichos amenazantes.

Estos dichos anunciaron un mal futuro, cierto y posible, con la finalidad de infundir temor, lo que fue ratificado por la víctima al momento de prestar su declaración en la sede fiscal, donde expresó que desea “volver a tener una vida normal” y que no puede salir de su domicilio por temor al acusado.

Piden el juicio contra penitenciarias que golpearon brutalmente a una interna

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa en la que cinco efectivas del Servicio Penitenciario de la Unidad Carcelaria 4, fueron imputadas por el delito de severidades calificadas, en calidad de coautoras.

Las imputaciones recayeron sobre las efectivas sargento María José Guzmán, cabo primera Cristina Arancibia Peñaranda y las cabos María Alejandra Gutiérrez y Jésica Judith Maza, quienes en su carácter de funcionarias públicas eran las encargadas de la custodia y vigilancia de la interna víctima.

Si bien en un primer momento también fue imputada la sargento Ana Elizabeth Rodríguez, la investigación permitió determinar que ésta no ingresó a la celda de la víctima, por lo que al haberse corroborado con certeza que no participó del hecho investigado, el fiscal penal González requirió su sobreseimiento.

Del requerimiento, surgió que durante la medianoche del 25 de julio del corriente año, las acusadas acometieron en contra de la integridad física de la víctima, a quien agredieron físicamente con patadas en los brazos, piernas y rostro, que le produjeron lesiones que fueron constatadas mediante un examen médico realizado por el CIF.

Además, prestaron declaración testimonial otras internas, quienes no solo pudieron escuchar los gritos y ver las lesiones sufridas por la víctima, sino que también situaron a las acusadas en el lugar del hecho y las señalaron como las agresoras.

Violencia Institucional

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, recordó que la Violencia Institucional por parte de las fuerzas de seguridad es una práctica estructural de violación de Derechos Humanos por parte de funcionarios públicos policiales y del servicio penitenciario, cuya tutela de bienes jurídicos le han sido encargada dentro del sistema constitucional y democrático.

A fin de contrarrestar esta histórica y tolerada práctica, resulta necesario adoptar un enfoque basado en Derechos Humanos, que permita identificar y oportunamente en consonancia con los Instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional, erradicar estas prácticas de nuestras democracias, mediante la investigación y sanción de estas conductas ilícitas, máxime cuando ellas son llevadas adelantes por aquellos titulares de la función de seguridad.

Estas prácticas violentas y en estos ámbitos, han sido históricamente toleradas, por lo que se debe tener presente que en los entornos en la que se produce se advierte un aprovechamiento de una posición ventajosa, que permite una dependencia absoluta o relativa de la autoridad de las personas, que da la condición de posibilidad para el despliegue de las mismas.

Caso Mamaní: Admiten pruebas y disponen investigación complementaria

El Tribunal de Juicio, Sala II – Vocalía 3 y Juzgado de Menores 3 del Distrito Judicial Sur, Circunscripción Metán, admitió las pruebas ofrecidas por las partes y dispuso abrir un período de investigación complementaria de 30 días, para la producción de pericias psicológicas, informes socioambientales, laborales y prueba de informes.

En noviembre de 2020, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, requirió la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al comisario Walter Ezequiel Omar Mamaní, acusado de los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, en calidad de autor y en perjuicio de Luciano Diez.

El requerimiento incluye a cuatro efectivos policiales con revista en la subcomisaría de El Dorado de Apolinario Saravia, ya que la fiscala penal Simesen de Bielke también requirió la elevación a juicio contra el cabo Juan Giménez, imputado por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica, vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, con coacción, en calidad de autor.

Además, la sargento Julia Antolina Díaz y el sargento Sergio Argañaraz, fueron acusados de los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica, vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real y en calidad de autores.

En tanto, el agente Franco Matías Vizgarra fue imputado por los delitos de privación ilegítima de la libertad y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, en calidad de autor. Sin embargo, al no haberse podido verificar que el acusado estuviera en el momento en el que ocurrieron las detonaciones, la fiscala entendió que correspondía dictar el sobreseimiento por el delito de abuso de armas agravado, al igual que tampoco se puede sostener la acusación por el delito de falsedad ideológica, al no existir informes que lo vinculen.

Los hechos por los que irán a juicio

La fiscala penal Simesen de Bielke entendió que se encuentra acreditado que aproximadamente a las 4 de la mañana del pasado 28 de junio, mientras el denunciante Luciano Diez circulaba lentamente con su vehículo por avenida 9 de Julio, en inmediaciones de Parque Norte – Sala Nido de Apolinario Saravia, apareció en sentido contrario el móvil policial Nº 1745, en el que se desplazaban los acusados, quienes sin motivo alguno, realizaron la detonación de, al menos, cuatro disparos con la intención de amedrentar a Luciano Diez.

Tras esto, se dirigieron al domicilio del denunciante, donde le dijeron que quedaba detenido por evadir un control policial y darse a la fuga, por lo que los acusados privaron al damnificado ilegalmente de su libertad, ya que no había motivos que autorizaran al personal policial para aprehenderlo.

Para avalar la restricción ilegal, los acusados armaron una causa penal, en la que el comisario Walter Ezequiel Mamaní formuló una denuncia en contra de Luciano Diez por el delito de atentado a la autoridad.

Además, durante el traslado de Luciano Diez y luego de que lo ingresaran a la dependencia policial, los acusados lo sometieron a malos tratos físicos y psíquicos.

El Galpón: Policías golpearon a un detenido en la Subcomisaría

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa en la que tres efectivos policiales fueron imputados por los delitos de severidades calificadas en concurso ideal con lesiones leves.

Las imputaciones recayeron sobre el oficial subayudante Ángel Quiñones y los cabos Fabio Adel Saravia y Franco Exequiel Urtado, en calidad de coautores.

Las actuaciones iniciaron con la denuncia radicada por la pareja de la víctima, quien el 30 de marzo compareció ante la Fiscalía de Derechos Humanos de Metán y puso en conocimiento que su pareja, quien permanecía detenido en la Subcomisaría de El Galpón por incumplir la prisión domiciliaria, fue tomado del cuello por un efectivo de apellido Saravia y que forcejearon, por lo que fue llevado al lado del comedor. Luego, relató que fue golpeado por otros efectivos.

Del requerimiento, surgió que el 28 de marzo de 2021, cerca de las 0:45,
en la Subcomisaría de El Galpón, los acusados en servicio le impusieron al detenido bajo su custodia un trato riguroso con incidencia en su integridad física y le provocaron lesiones que fueron constatadas mediante certificados médicos.

En sus fundamentos, el fiscal penal Gabriel Alejandro González, sostuvo que la figura penal de severidades pretende proteger la dignidad del ser humano, que deber ser respetada aun en condiciones de encierro legítimo, teniendo en cuenta el derecho de todo individuo a no sufrir tales procedimientos de parte de los funcionarios públicos, que tienen en sus manos el poder que les otorga la función, o a no ver agravada con ellos la privación de libertad que ya sufren.

Violencia Institucional
La Fiscalía de Derechos Humanos recordó que la Violencia Institucional por parte de las fuerzas de seguridad es una práctica estructural de violación de Derechos Humanos por parte de funcionarios públicos policiales y del servicio penitenciario, cuya tutela de bienes jurídicos le han sido encargada dentro del sistema constitucional y democrático.

A fin de contrarrestar esta histórica y tolerada práctica, resulta necesario adoptar un enfoque basado en Derechos Humanos, que permita identificar y oportunamente en consonancia con los Instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional, erradicar estas prácticas de nuestras democracias, mediante la investigación y sanción de estas conductas ilícitas, máxime cuando ellas son llevadas adelantes por aquellos titulares de la función de seguridad.

Estas prácticas violentas y en estos ámbitos, han sido históricamente toleradas, por lo que se debe tener presente que en los entornos en la que se produce se advierte un aprovechamiento de una posición ventajosa, que permite una dependencia absoluta o relativa de la autoridad de las personas, que da la condición de posibilidad para el despliegue de las mismas.