La fiscala de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas
Odorisio -a raíz de una denuncia de la
Auditoría General de la Provincia-, llevó adelante una investigación por
irregularidades en la administración de la hostería municipal. La esposa de
Díaz fue imputada como partícipe necesaria.
La Fiscala de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas
Odorisio, imputó al ex intendente de Angastaco y actual diputado provincial Eduardo
Ramón Díaz por el delito de peculado en carácter de autor y a su esposa Alicia
Elvira Ríos, como partícipe necesaria.
Salinas Odorisio tomó la determinación luego de una
investigación que la llevó a reunir las pruebas del ilícito que había sido
denunciado el 6 de junio de 2020, el presidente de la Auditoría General de la
Provincia de Salta, Gustavo Ferraris.
El delito de Peculado se encuentra entre los delitos
contra la administración pública y prevé que “será reprimido con reclusión o
prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario
público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o
custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. Será reprimido con la
misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero,
trabajos o servicios pagados por una administración pública”.
Los hechos
El 6 de junio de 2020, la AGPS presentó una denuncia en
la que daba cuenta de irregularidades del manejo de los fondos del municipio de
Angastaco por parte del intendente saliente, Eduardo Ramón Díaz.
En el informe del relevamiento de información para la
transición institucional en la Municipalidad de Angastaco se detectó que:
1) La hostería municipal era administrada desde
diciembre de 2017 por Alicia Ríos, esposa del intendente Díaz, quien además fue
designada Secretaria de Acción Social;
2) El DEM no instrumentó un Contrato de Concesión para
la explotación de la Hostería;
3) El responsable de cobranzas y recepcionista de la
Hostería no se encontraba registrado como planta de personal de la Hostería;
4) Alicia Ríos empleaba una cuenta personal de Mercado
Pago para acreditar las cobranzas de tarjetas de crédito correspondientes a
reservas efectuadas por los huéspedes mediante la página de Booking.
La investigación de la Unidad de Investigaciones de Delitos
Económicos Complejos llevó a obtener pruebas de lo denunciado por la AGNS.
Entre otras, se constató que la mujer del Intendente
cobraba por el hospedaje que ofrecía la Hostería de dos formas: la primera en
efectivo, que realizaban los huéspedes en la misma Hostería al personal que
allí trabajaba, y la segunda a través de tarjetas de crédito mediante una cuenta
de Mercado Pago que se encuentra a nombre de Alicia Ríos; sin que nunca
rindiera, ni le fuera requerido, lo debido a la Municipalidad.
Teniendo en cuenta que Eduardo Ramón Díaz era el
intendente y tenía a su cargo la administración de la Hostería de la
Municipalidad de Angastaco y de los gastos y percepción de los ingresos que
demande y genere a raíz de los servicios de restaurante y hospedaje que ofrece;
que designó de hecho, sin acto administrativo ni procedimiento que lo avale, a
su esposa como encargada de la Hostería, quien llevaba adelante la
administración y percepción de los ingresos que pudiera generar la explotación
de la misma, es que Salinas Odorisio decidió imputarlo por peculado y a su
esposa como partícipe necesaria.