A juicio por causar la muerte de un motociclista y huir

El siniestro ocurrió en el mes de octubre de 2019 sobre ruta provincial 23. Un hombre que circulaba en su motocicleta, fue embestido por un vehículo y falleció por las heridas recibidas. El conductor de la camioneta se dio a la fuga y fue identificado por el trabajo investigativo y el aporte fundamental de la familia de la víctima.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, requirió juicio para René Ramiro Ruano por el delito de homicidio culposo por la conducción imprudente y negligente de un vehículo automotor agravado por darse a la fuga en perjuicio de Juan Carlos Lemos.

El hecho ocurrió el 20 de octubre de 2019 sobre ruta provincial 23, cuando Juan Carlos Lemos fue encontrado por dos transeúntes a la vera de la cinta asfáltica junto a su motocicleta con heridas y falleció luego.

Por datos aportados por la propia víctima, se supo que había sido embestido por una camioneta blanca que se dio a la fuga.

De las tareas investigativas desplegadas por personal policial y por el fundamental aporte de la familia de la víctima, que en forma particular recabó datos, se llegó a Ruano como posible autor del siniestro.

Al momento de realizar la inspección ocular sobre el vehículo del sospechoso, se verificaron indicios que lo vinculaban al siniestro y éste habría manifestado voluntariamente que embistió al motociclista pero que se había ido porque lo vio en buen estado.

En el requerimiento, tras evaluar todas las medidas probatorias producidas, el fiscal evidencia una conducta imprudente y negligente por parte de Ruano, quien circulaba en sentido contrario establecido para ese carril. En esta maniobra, le da alcance a la motocicleta conducida por Lemos, provocando una colisión lateral denominada raspado positivo, provocando así que la motocicleta pierda su verticalidad y caiga a la cinta asfáltica al igual que su conductor, quien es despedido hacia la zona de la banquina. Además se tiene acreditado también que no le prestó asistencia alguna a la víctima dejándolo en el lugar del hecho sin corroborar el estado en el que se encontraba, agravando así su accionar.

Se fue del lugar sin hacerse responsable y se mantuvo ajeno a la situación durante dos meses aproximadamente, que de no ser por las averiguaciones realizadas por la familia de la víctima y la Fiscalia, seguiría impune, denotando así su desinterés en las consecuencias de su negligencia e imprudencia.