En diciembre de 2022, la madre de las víctimas denunció al hombre. El fiscal Rodrigo González Miralpeix de UDIS 2 consideró que se halla suficientemente acreditado la existencia del delito endilgado y la responsabilidad penal imputada.
El fiscal Penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix, requirió juicio al Juzgado de Garantías 8 contra un hombre de 22 años.
Se lo acusa de ser autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y convivencia preexistente en perjuicio de una menor de 16 años y por abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por la guarda y la convivencia preexistente y abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y convivencia preexistente en perjuicio de una menor de 14 años.
En diciembre de 2022, una mujer radicó denuncia en contra de su pareja, asegurando que acaba de tomar conocimiento de que sus hijas de 16 y 14 años habían sido abusadas sexualmente en reiteradas oportunidades por su pareja. Contó que, tanto ella como sus 3 hijas, tomaban medicación para dormir (presentó receta) y que el hombre habría aprovechado que dormía profundamente para abusar de las menores de edad y cuando estuvo internada por un desajuste en sus valores de insulina ya que es diabética.
En Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), la adolescente de 16 años corroboró lo denunciado por su madre y precisó con detalles que los abusos habían sucedido en una finca en Jujuy y en Salta. Además, contó que el denunciado le decía que no le contara a su mamá porque le iba a dar un paro cardíaco. Manifestó que nunca se había animado a hablar por miedo.
También en CCTV, la menor de 14 años expuso el sometimiento sexual del que había sido víctima por parte del imputado.
Teniendo en cuenta el testimonio de las víctimas, su madre y otras personas, así como informes médicos, ambientales y psicológicos, el fiscal Rodrigo González Miralpeix consideró que se halla suficientemente acreditado, con el grado de convicción necesario a esta etapa del proceso, la existencia del delito endilgado y la responsabilidad penal imputada, por lo que requirió que el hombre sea juzgado.