En los recursos, la fiscal Sodero Calvet cuestionó el rechazo a ampliar la imputación y la posterior decisión de disponer la libertad del imputado. Sostiene que la investigación revela un contexto de violencia de género sostenida y progresiva y que existen elementos que indican riesgo para la víctima y sus hijos.
En el marco de investigación que encabeza por un hecho ocurrido el pasado lunes 10 de agosto, en horas de la tarde, en un domicilio particular de Cerrillos en perjuicio de una joven mujer, este jueves 8 de octubre, la fiscal penal de la Unidad de Femicidios, María Luján Sodero Calvet, representará al Ministerio Público Fiscal en la audiencia donde los jueces del distrito Centro, Jorge Luis Musa e Ignacio Colombo, analizarán los recursos de apelación presentados oportunamente, en relación a la solicitud de ampliación de imputación del hombre de 29 años y respecto a la libertad que le fuera otorgada bajo el sistema de monitoreo.
Cabe recordar que al tomar intervención la Unidad de Femicidios, Sodero Calvet solicitó que se amplíe la imputación por tentativa de homicidio agravado por la relación de pareja y por mediar violencia de género y dos hechos de lesiones leves agravadas, que habrían ocurrido durante 2025 y que fueron incorporados a partir de evidencia digital.
El juez del distrito Centro, Antonio Pastrana, rechazó el pedido al considerar que los hechos incorporados no constituían hechos nuevos o diferentes de los ya imputados y que, respecto de los episodios de 2025, no se habían precisado suficientemente las circunstancias de tiempo, lugar y modo.
Ante esto, la fiscal Sodero Calvet presentó un recurso de apelación, en el que sostiene que la decisión restringe sus facultades investigativas y le impide delimitar el objeto de la investigación conforme a su avance. También plantea que el control judicial debe garantizar el derecho de defensa, pero no sustituir al Ministerio Público Fiscal en la definición de la hipótesis fáctica que será objeto de investigación. Sostuvo además que los distintos episodios deben ser analizados dentro de una dinámica reiterada de violencia en el marco de una relación de pareja.
Por estos fundamentos, solicitó que se revoque la resolución cuestionada y se habilite la ampliación de la imputación, dejando planteada, en caso de rechazo, la reserva de recurrir ante el órgano revisor competente.
En ese contexto, y mientras se encontraba pendiente la discusión sobre la ampliación de la imputación, el 9 de septiembre se realizó una audiencia de revisión de la prisión preventiva del imputado, donde la Fiscalía solicitó que la medida cautelar se mantuviera, fundamentando su pedido en el riesgo que surgía del conjunto de elementos reunidos durante la investigación.
Ante esto, la fiscal Sodero Calvet planteó el contexto de violencia y vulnerabilidad de la mujer víctima y señaló que en el legajo existen informes que describen indicadores de alto riesgo y vulnerabilidad, además de elementos vinculados con una dinámica de violencia que habría sido sostenida y progresiva.
La jueza del distrito Centro Claudia Puertas dispuso la libertad del imputado bajo un sistema de monitoreo. Sodero Calvet apeló la resolución y solicitó que sea revocada y se restablezca la prisión preventiva.
En el recurso, la Fiscal cuestiona que la decisión haya centrado su análisis en la viabilidad del dispositivo SUMA sin realizar, a su criterio, una valoración integral de la prueba y del riesgo advertido.
Otro de los agravios planteados refiere a la valoración de la gravedad de los hechos, ya que sostiene que el análisis no debe limitarse a la calificación jurídica provisoria vigente, sino contemplar el contexto, la continuidad y progresividad de la violencia abordada y el conjunto de elementos reunidos durante la investigación.
Asimismo, cuestiona la idoneidad del sistema de monitoreo SUMA para neutralizar los riesgos advertidos en el caso y sostiene que la resolución no habría explicado de manera concreta por qué esa medida resultaría suficiente para proteger a la víctima y a sus hijos.
Finalmente, la Fiscalía plantea que la decisión no contempló adecuadamente la perspectiva de género ni la perspectiva de infancia.
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