Solís Pizarro: Requieren juicio tras el homicidio culposo de un exfuncionario

El hecho ocurrió el pasado mes de septiembre, cuando Gabriel Olivera sufrió un siniestro vial y tras ser asistido en el lugar, se retiró a su domicilio, donde falleció posteriormente. Se instó el sobreseimiento del funcionario municipal imputado al comprobarse que no incumplió con sus obligaciones.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 7 del distrito Centro, para la licenciada en enfermería Adriana Mariela Serapio como autora del delito de homicidio culposo por mala praxis en perjuicio de Gabriel Alejandro Olivera en concurso ideal con el delito de falsedad ideológica de instrumento público.

La fiscal  instó además, el sobreseimiento de un hombre de 26 años, quien se desempeñaba como supervisor de la obra pública de bacheo en el lugar del siniestro y se encontraba imputado por incumplimiento de los deberes de funcionario público, debido a que pudo comprobarse que actuó dentro del ámbito de las obligaciones legales que por la función que desarrollaba debía efectuar.

El hecho investigado ocurrió durante la madrugada del pasado 26 de septiembre sobre avenida Solís Pizarro de la ciudad de Salta, cuando el conductor de una camioneta sufrió un siniestro vial en una obra de bacheo. Al lugar llegó un móvil del SAMEC a cargo de la imputada, quien le diagnosticó escoriaciones leves e indicó que no era necesario su derivación a un hospital.

Personal policial trasladó a Olivera a su domicilio, donde horas después se produjo su deceso por shock hipovolémico por hemiperitoneo masivo por ruptura hepática en accidente de tránsito lo que, según se informó desde el Gabinete de Medicina Legal del CIF, se podría haber evitado de haber recibido el paciente una atención médica oportuna.

En el requerimiento, la fiscal Simesen de Bielke acusa a la profesional que asistió al fallecido de no haber tomado las precauciones necesarias que requería el siniestro. Sostiene que la omisión de trasladar al damnificado al nosocomio local para que reciba la asistencia adecuada, sería la causa directa de su deceso. Además, se le imputa a la profesional, en su calidad de funcionaria del SAMEC, haber adulterado la planilla de triage consignando que el paciente se habría negado a ser trasladado para recibir asistencia, a pesar de que los testimonios recabados durante la investigación en sede fiscal no revelan tal circunstancia  y tampoco consta en los documentos del personal policial interviniente.