El fiscal penal de Derechos Humanos en feria, Gabriel González, interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal de Juicio Sala I de la ciudad de Orán en contra de la resolución del 29 de diciembre de 2021, que dispone levantar la prohibición de salir del país a Rodolfo Jesús Guerrero.
En los fundamentos del recurso, el fiscal sostiene que dicha medida le fue impuesta a Guerrero en el entendimiento de que es suficiente para evitar que éste pueda fugarse; que el Juez no tuvo en cuenta que Guerrero trabaja como personal policial en Orán y omitió el domicilio de residencia hasta la fecha en que intentó salir del país, hecho que no fue constatado por el Juzgado.
Por esta razón, el fiscal González estima que permitirle salir del país a días del inicio de la fecha de la audiencia de debate, fijada por el Tribunal para el 18 de enero de 2022, constituye un serio indicio de fuga, y destaca: “más aún teniendo en cuenta que el imputado y sujeto a proceso penal habría intentado salir del país, desoyendo las ordenes impuestas por la jurisdicción, ello no es más que un grave indicio de que pueda llegar a eludir el accionar de la justicia”.
En la causa contra Guerrero, se encuentran además imputados Gerardo Páez, David Morales, Enzo Anagua y otros, por torturas y lesiones leves en perjuicio de Renzo Rodríguez.
La resolución de fecha 29 de diciembre de 2021 del Tribunal de Juicio Sala I, Distrito Judicial Orán, hace lugar a la solicitud presentada por Guerrero el 27 del mismo mes y año de la restricción impuesta, argumentando que su domicilio real es en el paraje Los Toldos, Santa Victoria, y que para Navidad no pudo ver a su familia porque el control de Migraciones no le permitió salir del país.
Dicha resolución expresa que el imputado Guerrero compareció las veces que fue citado y el hecho de que para llegar a su domicilio real en Los Toldos, debe pasar por un control de Migraciones.
Por su parte, la Fiscalía de Derechos Humanos, ya había expresado que no prestaba conformidad al levantamiento de la prohibición de salir del país, la que, per se, es de menor intensidad que la prisión preventiva y su finalidad es evitar un posible intento de fuga, neutralizando así el riesgo procesal que está situación implica.