Así lo establece el decreto de imputación firmado por el fiscal penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, quién acusó provisionalmente a Rubén Méndez Salazar, de 57 años, de los delitos de malversación de caudales públicos e incumplimiento de deberes de funcionario público, en grado de autor. El jefe comunal se presentó este martes a la audiencia de imputación, asistido por su defensa particular y se abstuvo de declarar. Presentará su declaración por escrito.
Del decreto de imputación, surgió que la intervención del fiscal penal Armando Cazón, se produjo tras la denuncia radicada el 26 de octubre de 2020 por el presidente del Concejo Deliberante de Salvador Mazza, Carlos Blademir Villalba.
En la denuncia, Villalba hizo constar que el Municipio de Salvador Mazza cuenta con su Carta Magna Municipal desde 2018, ratificada por la Legislatura Provincial y promulgada por la Ley 8111, la que fija las pautas obligatorias para el representante del Ejecutivo. Sin embargo, el Intendente no puso en funcionamiento ninguna de las áreas establecidas por la normativa.
Villalba dijo en su denuncia que la Carta Orgánica jamás fue puesta en marcha, por lo que el Concejo Deliberante dictó varias normas al respecto, entre ellas, la ordenanza 47/19, que crea un Juzgado Administrativo de Faltas y que fue vetada por el Ejecutivo ese mismo año, mediante la resolución 124/19. En consecuencia, Méndez incurrió en el incumpliendo de sus deberes de funcionario público y privó a los habitantes de una correcta administración pública.
Además, mediante la ordenanza 46/19, se creó el Tribunal de Cuentas del Municipio de Salvador Mazza, pero también fue vetada por el Ejecutivo. Su aprobación fue posteriormente insistida mediante la resolución 123/19, sin que se diera cumplimiento, conforme establece la Carta Orgánica Municipal.
Mediante la ordenanza 48/19, fue creada la Procuración Municipal, que también fue vetada por el Ejecutivo e insistida por resolución 125/19, sin que se diera cumplimiento a la puesta en marcha, conforme a lo previsto en la Carta Orgánica y la ordenanza que exige su cumplimiento.
Malversación de fondos públicos
Según consta en el decreto de imputación, el Intendente también incurrió en el delito de malversación de fondos públicos, ya que hace dos períodos incumple con lo establecido por la Carta Orgánica, al no enviar el presupuesto de gastos para el año de ejercicio al Concejo Deliberante, lo que fue solicitado en diversas oportunidades mediante pedidos de informe.
Por otra parte, mediante la ordenanza 49/19, se exigió a Méndez que enviara el presupuesto al Concejo Deliberante y también fue vetada por el Ejecutivo, por lo que fue insistida mediante la resolución 126/19.
En tres pedidos, se reiteró solicitudes de informes sobre Secretarías Administrativas y la entrega de mercaderías. También, mediante la resolución 129/20, fueron requeridos el segundo y tercer corte trimestral del 2019, sin que se recibiera respuesta.
Tampoco fueron respondidos el pedido de informe 92/2020, que requirió la primera ejecución trimestral de ese año y de la Cuenta General del Ejercicio 2018 vencida, el pedido 68/2020 que requirió informes sobre los fondos provenientes de Nación para combatir el dengue.
Por último, fueron requeridos los gastos por los corsos 2020, el desabastecimiento de agua potable en El Sauzal y la rendición de cuentas de la Cooperadora Asistencial de 2019.