El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gustavo Torres Rubelt, apeló la resolución de la Jueza de Garantías 7, quien rechazó el pedido de prisión preventiva y ordenó la inmediata libertad de Elvio Rolando Aguirre, imputado como autor del delito de abandono de persona seguido de muerte en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público, en el marco de la investigación iniciada por el femicidio de Liliana del Valle Flores, ocurrido en diciembre pasado.
En el recurso de apelación presentado ante el Juzgado de Garantías 7, el fiscal Torres Rubelt ratificó que se mantienen los riesgos procesales invocados al solicitarse la prisión preventiva de Elvio Rolando Aguirre, que habilitan que se revoque la libertad otorgada, se disponga su detención y se ordene la prisión preventiva.
Dijo que “la amenaza de pena resulta un indicio por sí mismo suficiente para sostener la procedencia de la prisión preventiva” porque “la pena a imponerse, será de cumplimiento efectivo, y que dicha expectativa, permite presumir la existencia de una idea elusiva en el imputado y pronóstico de fuga en el caso de disponer su liberación”.
Señaló también que en la misma investigación surgió la imputación en contra de otro efectivo policial, Abel Córdoba, por el delito de violación de medio de prueba, registros o documentos, lo cual “no es un dato menor, por cuanto, de tal adulteración realizada en el Libro de Guardia de la Dependencia el mismo día de los hechos, surge con claridad manifiesta el intento de echar un manto de oscuridad sobre el verdadero transcurso de los hechos”.
Y que el hecho de pertenecer el imputado Aguirre, a las Fuerzas de Seguridad de la Provincia, le aporta la mayor facilidad para el acceso a informaciones o el beneficio mediante las vinculaciones para obstaculizar la investigación.
También señaló Torres Rubelt que la magistrada ponderó en su resolución que la adulteración del Libro de Guardia de la dependencia “perjudica la situación del imputado Aguirre”, sin que pueda entenderse que dicha maniobra sea “una acción propia del imputado”. Y agregó el fiscal que “interpretar ello como una artimaña casual por parte del personal policial de la dependencia, realizado en pos de deslindar responsabilidades de unos y agravar la de otros, peca en el mejor de los casos, de inocente”, porque es claro que, inmediatamente luego de producido el nefasto hecho del femicidio de Liliana del Valle Flores, se iniciaron las maniobras corporativas tendientes al borrar todo indicio de negligencia y desidia funcional del que pudiera haber quedado registro”.
De la pericia realizada sobre el celular de Aguirre, se pudo determinar que el imputado se encontraba manteniendo una conversación telefónica en el mismo momento en que Almirón ingresaba el domicilio de su expareja y la ultimaba con tres balazos de su arma reglamentaria.
La llamada que realizaba Aguirre mientras era asesinada Liliana Flores, fue borrada intencionalmente por él mismo, lo que se trató, según el fiscal, de “una maniobra burda y grosera, tendiente a salvar su responsabilidad penal y funcional, y un entorpecimiento gravísimo de la investigación”.
Torres Rubelt insistió en que debe valorarse que la detención del imputado solicitada es con la estricta finalidad de cautelar el proceso, siendo necesaria para asegurar su comparecencia durante la investigación penal preparatoria y en la etapa de juicio, más aún teniendo en cuenta los delitos que se le imputan.
También advirtió que se sigue investigando la relación existente entre Aguirre y Almirón, pero que ya, con los elementos obrantes en la investigación, se puede inferir objetivamente un peligro de entorpecimiento del proceso a través de posibles intimidaciones o agresiones a la familia de la víctima y testigos civiles, que podrían influir en sus manifestaciones. Ello, dijo el fiscal, “convierte en imperiosa la necesidad de neutralizar toda posibilidad de que el imputado pueda por sí o a través de terceros, ejercer dichas presiones”.
Aguirre fue detenido el 10 de junio pasado y liberado el 12.