La fiscal penal Ana Inés Salinas Odorisio, requirió juicio para dos de los menores de edad al momento del hecho y los dos mayores involucrados en el crimen de la docente. Respecto al menor identificado como el autor, pese a ser inimputable, se solicitó al Juzgado de Menores interviniente, la imposición de medidas de seguridad con carácter de indefinida en cuanto a su duración.
La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ana Inés Salinas Odorisio, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 6, para dos menores de 17 años al momento de hecho y para Ian Esteban Caro y Ricardo Nahuel Bonifacio González, requirió juicio como partícipes secundarios del delito de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento, criminis causa y por mediar cuestión de género en perjuicio de Sandra Sylvia Palomo.
Respecto al menor de 16 años, sindicado como el autor del delito de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento, criminis causa y por mediar cuestión de género en perjuicio de Sandra Sylvia Palomo, pese a ser inimputable, la fiscal solicitó al Juzgado de Menores N°3 en feria, la imposición de medidas de seguridad con carácter de indefinida en cuanto a su duración, ordenando su internación en un centro de régimen cerrado que posea las medidas de seguridad adecuadas para lograr su permanencia y en el que se puedan efectuar estudios de manera periódica, como así también brindarle tratamiento psicológico y psiquiátrico. Principalmente, por cuanto el menor sin lugar a dudas, representa una situación de extremo peligro para la vida y seguridad de terceros, tal como surge con total claridad, tanto del informe realizado por las profesionales del Gabinete de Psiquiatría Forense.
En el extenso requerimiento, se detallan las diligencias y pericias que se realizaron en la investigación y los resultados de la reconstrucción que se realizó el pasado 27 de junio, a partir de la cual se pudo establecer qué rol cumplió cada uno de los cinco y cómo habrían sucedido los hechos.
En la fundamentación, la fiscal sostiene que el 31 de agosto de 2019, el menor identificado como el autor del hecho, abordó a Sandra Sylvia Palomo en el estacionamiento subterráneo de un supermercado de barrio Tres Cerritos y le propinó golpes y heridas mortales de arma blanca con la finalidad de apropiarse de la camioneta de la víctima y lograr su impunidad; lo que ya había anunciado previamente a su entorno y por las redes sociales.
El adolescente se aprovechó de la especial situación de la damnificada Palomo, mujer de 52 años de edad, quien se encontraba indefensa y fue sorprendida, disminuyendo toda posibilidad de defensa, viéndose superada por la desventaja física y por la utilización del arma empleada.
Salinas Odorisio destaca que la elección de la víctima por su condición de mujer vulnerable, y la agresividad excesiva ejercida por el homicida, configuraría el elemento objetivo en la agravante de la cuestión de género tal como lo estipula el protocolo para la Investigación de Femicidios, por lo que la investigación debe encausarse en tal sentido ante la muerte violenta de una mujer cuando el autor y sus partícipes son varones.
Respecto a los otros acusados, se establecer que la ayuda posterior que le prestaron al autor, configuraría una participación secundaria toda vez que los mismos, teniendo conocimiento del hecho que iba a cometer, aguardaron su llegada luego de consumado y ayudaron al mismo a buscar el lugar propicio para descartar el cuerpo de la víctima, previo haber usufructuado el vehículo obtenido en el hecho, utilizando el mismo con la finalidad trasladarse a modo de entretenimiento por distintos puntos de la ciudad, primero transportando el cuerpo sin vida de la víctima y luego colaborando en lavar el rodado, intentando hacer desaparecer los rastros dejados, hasta incluso alguno de ellos asistir a una fiesta luego de descartar el cuerpo en un lugar donde pensaron no iba a ser encontrado.