Campo Quijano: ordenan a un criadero de cerdos retirar todos sus animales

La medida, solicitada por la Fiscalía Penal de Rosario de Lerma en el marco de las actuaciones contravencionales que lleva adelante por irregularidades en un criadero de la empresa Regata SA, fue aceptada por la jueza de Garantías Sandra Espeche, quien ayer notificó la orden de desalojo de los animales, la que debe cumplirse en un término de cinco días.

Imágen ilustrativa

A partir del resultado de nuevas diligencias realizadas en el marco de las actuaciones contravencionales iniciadas por el fiscal penal Gustavo Torres Rubelt, ayer la jueza de Garantías 6, Sandra Espeche, dio a conocer la concesión de una medida solicitada por la fiscalía.

Se trata de un pedido de ampliación supletoria a la clausura preventiva, ya conseguida por el fiscal el 18 de mayo pasado. En este caso, Torres Rubelt volvió a solicitar al Juzgado de Garantías, a partir de nuevas pruebas, una medida judicial tendiente a frenar los riesgos de contaminación ambiental en la zona adyacente al criadero.

A tal efecto, la fiscalía dio a conocer el resultado de una serie de testimoniales realizadas entre vecinos de las instalaciones de la empresa Regata SA, ubicada en el camino Paraje El Corralito o Zona Cámara, frente a la escuela República de Venezuela, la cual alberga a una gran cantidad de menores, quienes están expuestos a olores nauseabundos y el riesgo de contraer enfermedades, producto de plagas y otras afecciones propias de la mala disposición de residuos de la planta.

Frente a estas pruebas, testimoniales e informes que fueron presentados por el fiscal en sus fundamentos, la jueza ordenó hacer lugar a la medida solicita, como una ampliación de la clausura preventiva, por lo que ordenó que los responsables de la empresa sean notificados de la misma.

La magistrada ordenó que en el plazo de 5 días, la empresa retire de las instalaciones los animales. Asimismo, y tal como lo planteó la fiscalía, la medida fue dispuesta bajo apercibimiento de que en caso de no ser cumplida, se tendrá a los responsables de la firma como pasibles del posible delito de desobediencia judicial.

Planteo

En su pedido, el fiscal recordó que la empresa, según surge de indagaciones en los municipios de Campo Quijano y Rosario de Lerma, no presentó el estudio de impacto ambiental, el cual se debe presentar antes de iniciar cualquier actividad.

Esta certificación, casualmente, es exigida para verificar que la actividad de la empresa no será de riesgo ambiental, tanto para los vecinos como para los animales y especies autóctonas de la zona donde se radique la planta, en este caso de disposición y engorde de animales porcinos.

Torres Rubelt explicó que si bien con la clausura preventiva, ya obtenida, se cerró el criadero para la actividad comercial, la permanencia y disposición de los animales en las instalaciones mantienen latente los riesgos de contaminación, por lo que la decisión de desalojo de los mismos surge como necesaria a fin de resguardar a los vecinos y animales de la zona de posibles plagas u otras enfermedades.

Cabe resaltar que por la planta circundan tres arroyos, cuyas aguas corren el riesgo de ser contaminadas y luego las mismas correr por otras propiedades, lo cual genera un riesgo concreto, sin contar la situación con una escuela primaria ubicada frente a la planta.

Estos argumentos fueron analizados y aceptados por la juez de garantías, quien dispuso que se mantenga la medida de clausura preventiva, como así también dispuso las medidas correspondientes para el desalojo de los animales de las instalaciones.